Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 693/17
Adolfo Gonzales Chaves, 14/06/2017
Visto
El Expediente 4055-14-2017, Ref. Programa de Fortalecimiento Familiar Ley 13.163;
Lo determinado por la mencionada Ley en cuanto al Fondo de Fortalecimiento de Programa Sociales; y
Considerando
Lo solicitado por la Directora de Acción Social a fojas 177/181;
Lo informado por Contaduria Municipal a fojas 183;
Por ello;
El INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias;
ARTICULO 1º.- Otórgase al beneficiario del Programa de Fortalecimiento Familiar, MENNA ARIEL, DNI Nº 29.594.349, la suma de Pesos SEIS MIL ($6.000) a partir del mes de Junio hasta Diciembre de 2017, inclusive.-
ARTICULO 2º.- Otórgase al beneficiario del Programa de Fortalecimiento Familiar, SALAZAR OLIVERA MAXIMILIANO ALEJANDRO, DNI Nº 36.488.928, la suma de Pesos TRES MIL ($ 3.000) a partir del mes de Junio hasta Diciembre de 2017, inclusive.-
ARTICULO 3º.- Otórgase al beneficiario del Programa de Fortalecimiento Familiar, CARRIZO PALAVECINO SERGIO SEBASTIAN, DNI Nº 41.026.111, la suma de Pesos CUATRO MIL ($ 4.000) a partir del mes de Junio hasta Diciembre de 2017.-
ARTICULO 4º.- Otórgase al beneficiario del Programa de Fortalecimiento Familiar, D´ANNUNZIO SERGIO, DNI Nº 23.898.555, la suma de Pesos DOS MIL QUINIENTOS ($ 2.500) por el mes de Junio de 2017.-
ARTICULO 5º.- Establécese que la ayuda otorgada por Dto 161/2017, a las beneficiarias del Programa de Fortalecimiento Familiar, FARIAS NORMA LUJAN, DNI Nº 18.590.288 y a la Sra. VILLALBA GRISELDA será de CUATRO MIL ($ 4.000.-) a partir del mes de Julio hasta Diciembre de 2017, inclusive.- El pago deberá efectuarse a nombre de Colman Karina Andrea, DNI Nº 22.475.426.-
ARTICULO 6º.- Déjase sin efecto, a partir del mes de Julio de 2017, el beneficio otorgado por Decreto Nº 320 /2017, a DI ROCCO CONSTANZA, DNI Nº 40.348.666 en el marco del Programa de Fortalecimiento Familiar, conforme a lo informado por la Directora de Acción Social a fojas 177 del Expediente 4055-14-2017.-
ARTICULO 7.- El gasto mencionado precedentemente, se imputará con cargo a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno
Programa 21.10.00 Fondo de Fortalecimiento de Programa Sociales Ley 13.163
Fuente de Financiamiento 132: De origen Provincial
5.0.0.0 Transferencias
5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes
5.1.3.0 Becas
ARTICULO 8º.-Tomen razón Contaduría y Dirección de Acción Social; cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-