Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº0129/20

Decreto Nº 0129/20

General Pueyrredon, 22/01/2020

Visto

la sentencia definitiva recaída en autos: “CALDERÓN JUAN CARLOS C/MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON S/ REINSTALACIÓN (SUMARÍSIMO) Expediente Nº 64065 de trámite por ante el Tribunal de Trabajo Nº 2 de Mar del Plata, en la cual se hace lugar a la demanda instaurada por el Sr. Calderón Juan Carlos,  y

Considerando

Que ello deviene a raíz del Decreto Nº 0641/17, obrante a fs. 23 y vta. mediante el cual se le dio de baja a partir del 1º de julio de 2017, al agente Juan Carlos Calderón a fin de acogerse a los beneficios de la jubilación prevista en las Leyes Nº 9650, 11685 y 14656.

 

Que en fecha 13 de febrero de 2017  se da inicio al Expediente Nro. 64065 caratulado: “CALDERÓN JUAN CARLOS C/MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON S/ REINSTALACIÓN (SUMARÍSIMO)” en el cual a fs. 2/11 se presenta el letrado apoderado, promoviendo formal demanda de reinstalación en los términos de la Ley 23.551 contra Municipalidad de General Pueyrredon. Relata los hechos, ofrece prueba, funda en derecho, y solicita se haga lugar a la demanda interpuesta en todas sus partes y costas.

 

Que frente a la sentencia definitiva recaída en los autos referidos, la Dirección de Asuntos Judiciales presentó el día 28 de septiembre de 2018, Recurso Extraordinario de Inaplicabilidad de Ley ante la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires a fin de agotar todas las instancias. Fs. 50/51 y vta.

 

Que con fecha 5 de junio de 2019 la Suprema Corte de Justicia dictó resolución rechazando el referido recurso, por lo que corresponde dar cumplimiento a la sentencia judicial definitiva dictada con fecha 17 de agosto de 2018 en los autos referidos, la cual ordena a la Municipalidad de General Pueyrredon a la reinstalación del Sr. Juan Carlos Calderón. 

Que atento a ello, es necesario dejar sin efecto el Decreto Nº 0641/17, retrotrayéndose de este modo a la situación en que revistaba el  nombrado al 1º de julio de 2017, debiendo autorizar el pago a partir de dicha fecha  tal lo ordenado en la manda judicial.

Que en virtud a lo expresado en el considerando inmediato anterior y dado que mediante Decreto Nº 2463/19 se reincorporó erróneamente al agente Juan Carlos Calderón a partir del 1º de enero de 2019 en la Dirección General de Coordinación de Programas de Protección Comunitaria, corresponde dejar sin efecto el mismo.

Que conforme surge del Expediente 1-2015-1754592-2017 del Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación, el Sr. Calderón fue nuevamente electo como Secretario de Actas y Acción Social el día 27 de abril de 2017.

Que de lo dictaminado a fs. 84 y vta., 88 y 117; a fin de llevar adelante oportunamente el acto administrativo de baja a los fines previsionales correspondientes; surge la necesidad de autorizar a la Dirección de Asuntos Judiciales a iniciar la acción sumarísima de exclusión de la tutela sindical en orden a lo dispuesto por el Decreto Nº 2245/2010 y art. 52 de la Ley 23551, tal lo requerido a fs. 106.

Que teniendo en cuenta que el señor Calderón percibe en la actualidad el correspondiente beneficio jubilatorio conferido por el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, se deberá notificar al referido Instituto lo dispuesto en el presente.

 Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

 

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

 

 

ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto el Decreto Nº 0641/17,  mediante el cual se le dio de baja a partir del 1º de julio de 2017, al agente Juan Carlos Calderón, Legajo Nº 20.344/1, a fin de acogerse a los beneficios de la jubilación prevista en las Leyes Nº 9650, 11685 y 14656, en mérito a lo expresado en el exordio del presente.

ARTÍCULO 2º.- Autorízase el pago al agente Juan Carlos Calderón, Legajo Nº 20.344/1 de los haberes correspondientes al cargo de (PERSONAL DE VIGILANCIA II – C. F. 7-10-71-03 – 50 hs. semanales) a partir del 1º de julio de 2017,  atento a lo ordenado por  sentencia definitiva recaída en autos: “CALDERÓN JUAN CARLOS C/MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON S/ REINSTALACIÓN (SUMARÍSIMO) Expediente Nº 64065 de trámite por ante el Tribunal de Trabajo Nº 2 de Mar del Plata.

ARTÍCULO 3º.- Dése intervención a la Dirección  de Asuntos Judiciales a fin de iniciar la acción sumarísima de exclusión de la tutela sindical del agente JUAN CARLOS CALDERÓN  (Legajo Nº 20.344/1) en virtud de detentar el mencionado agente cargo sindical.

ARTÍCULO 4º.- Déjase sin efecto el Decreto Nº 2463/19, mediante el cual se reincorporó a partir del 1º de enero de 2019 al agente JUAN CARLOS CALDERÓN  (Legajo Nº 20.344/1 – CUIL 23-10428690-9),  en mérito a lo expresado en el exordio.

ARTÍCULO 5º.- El Departamento Servicio Previsional de la Dirección de Personal deberá notificar al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires lo dispuesto en el presente decreto.

ARTÍCULO 6º.- El presente decreto será refrendado por los señores SECRETARIOS DE GOBIERNO Y DE SEGURIDAD.

ARTÍCULO 7º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal,  dése intervención a la Dirección de Liquidación y Control de Haberes y a los efectos  indicados en los Artículos 3º y 5º del presente  a la Dirección de Asuntos Judiciales y al Departamento Servicio  Previsional, respectivamente.

BONIFATTI                       OROQUIETA                MONTENEGRO