Boletines/General Villegas
Resolución Nº 706/19
General Villegas, 27/08/2019
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 2858/13 Alcance 1, correspondientes a la habilitación de un comercio perteneciente a la señora Marta Graciela Pérez, dedicado a la explotación del rubro “Artículos de limpieza”, Contribuyente Nº 21039; y
Considerando
Que por Expediente Nº 2858/13 Alcance 3, agregado al principal como foja 52, la titular del comercio informa el traslado de la actividad comercial al local situado en calle Castelli Nº 1489 de esta ciudad, a partir del 4 de julio de 2016.
Que el Departamento Catastro consignó los datos del inmueble e indica que no registra Plano de Obra aprobado.
Que a fojas 73 y 74, se acompaña Acta de Inspección Nº 5573 y el Censo de Comercio e Industria Nº 5822, declarando no contar con empleados en relación de dependencia.
Que por Expediente Nº 2858/13 Alcance 4, agregado al principal como foja 75, la titular del comercio manifiesta que incorporó los rubros “Blanquería - Bazar” a la actividad comercial principal, a partir del 05 de octubre de 2017.
Que a fojas 83 y 84, se acompaña Acta de Inspección Nº 5767 y el Censo de Comercio e Industria Nº 5989, declarando no contar con empleados en relación de dependencia.
Que a fojas 88 División Comercio e Inspección solicita se registre el traslado y anexo del comercio.
Que a fojas 94, el Departamento de Rentas informa que el contribuyente registra deuda en concepto de “Tasa por Alumbrado Público”.
Que de las constancias obrantes en el mismo, surge que la recurrente cumplimenta parcialmente lo establecido por la Ordenanza Nº 3666- Anexo I - Capítulo I - Artículo Primero - Incisos 6, 7 y 9 - Libre deuda expedido por la oficina de Rentas - Escritura del Inmueble - Plano de obra aprobado por municipalidad).
Que a fojas 98 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese el traslado provisorio de un comercio dedicado a la explotación del rubro “Artículos de Limpieza”, denominación comercial “Burbujas”, perteneciente a la señora Marta Graciela Pérez, DNI Nº 18.554.067, Contribuyente Nº 21039, Codificador de Rentas Nº 62300-07, NIS Nº 1522673-04 - T1R - Residencial, no contando con empleados en relación de dependencia, al local comercial sito en calle Castelli Nº 1489 esquina Luis Cardin de esta ciudad, individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 29e, Parcela 11, a partir del día 04 de julio de 2016.
ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese la incorporación provisoria de los rubros “Blanquería - Bazar”, Codificadores de Rentas Nº 62200-06 y 62300-05, a la actividad comercial principal mencionada en el Artículo Primero, desde el 5 de octubre de 2017.
ARTÍCULO TERCERO: Concédase a la señora Marta Graciela Pérez, DNI Nº 18.554.067, un plazo de ciento ochenta (180) días para cumplimentar los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 3666 y demás legislación regulatoria en la materia, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO CUARTO: El traslado y anexo provisorio concedidos precedentemente, quedan supeditados al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia.
ARTÍCULO QUINTO: Hágase saber que es obligación del contribuyente comunicar al Municipio cualquier cambio de la situación dentro de los treinta (30) días, caso contrario quedará sin efecto la presente habilitación.
ARTÍCULO SEXTO: Deléguese en la oficina de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO SEPTIMO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretarías de Seguridad , División Comercio e Inspección, Dirección de Rentas, División Centro de Cómputos, Procesamiento de la Recaudación, y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.