Boletines/General Villegas

Resolución Nº685/19

Resolución Nº 685/19

General Villegas, 21/08/2019

Visto

El Expediente Nº 7611/17, correspondiente a la habilitación de un comercio, perteneciente a la señora Mirta Graciela López, dedicado a la explotación del rubro “Elaboración de viandas”, con fecha de alta 10 de julio de 2017, registrado como Contribuyente Nº 21901; y

Considerando

Que por Expediente Nº 7611/17 Alcance 1, agregado a fojas 53, el recurrente comunica la baja de la actividad comercial, desde el 24 de abril de 2019.

Que mediante Acta de Constatación Nº 7915, realizada el 28 de mayo de 2019, se verificó que el comercio ha dejado de funcionar como tal (fojas 55).

Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 61, informando que el contribuyente no registra deuda.

Que según las constancias obrantes en el Expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.

Que a fojas 65 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 24 de abril de 2019, del comercio perteneciente a la señora MIRTA GRACIELA LOPEZ, D.N.I. Nº 14.178.894, Contribuyente Nº 21901, habilitado con el rubro “ELABORACIÓN DE VIANDAS”, denominación comercial “EL RINCON DE LA ABUELA MIRTA”, Codificador de Rentas Nº 62100-07, NIS Nº 1054231-01 – T1R – Residencial,  con domicilio comercial en calle Avda. Chassaing Sur Nº 657 de esta ciudad, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Quinta 53, Parcela 18a, no contando con empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 7611/17.

ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio e Inspección General, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.