Boletines/General Villegas

Resolución Nº677/19

Resolución Nº 677/19

General Villegas, 21/08/2019

Visto

El Expediente Nº 2892/11, correspondiente a la habilitación de un comercio, perteneciente al señor José Luis Lucero, dedicado a la explotación del rubro “Taller de Reparación de Maquinaria Pesada”, a partir del 1 de marzo de 2010; y

Considerando

Que mediante Resolución Nº 776/14, agregada a fojas 45 y 46, se registró la habilitación provisoria y subsiguiente renovación, correspondiente al Contribuyente Nº 20538.

Que por Expediente Nº 2892/11 Alcance 2, agregado a fojas 95, el titular del comercio solicita una extensión de la habilitación provisoria.

Que el Departamento de Rentas a fojas 104, informa que el contribuyente no registra deuda.

Que se labraron Acta de Inspección Nº 6348 y Censo de Comercio e Industria Nº 6525, declarando poseer un (1) empleado en relación de dependencia (fojas 117 y 118), con fecha 18 de junio de 2018.

Que analizadas las presentes actuaciones, surge que el contribuyente, no ha podido cumplimentar con la totalidad de los requisitos exigidos en la legislación vigente (Titulo de Propiedad o Contrato de Locación o Comodato y Plano de Obra aprobado por Municipalidad, según Ordenanza Nº 3666 - Anexo I – Capítulo I – Artículo Primero – Incisos 7 y 9).

Que a fojas 130 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente, otorgando la prórroga requerida.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la incorporación de un (1) empleado en relación de dependencia, al Contribuyente Nº 20538 – JOSE LUIS LUCERO, a partir del día 18 de junio de 2018.

ARTÍCULO SEGUNDO: Prorrógase la habilitación provisoria otorgada por Resolución Nº 776/14 y subsiguiente renovación, de un comercio dedicado a la explotación del rubro “TALLER DE REPARACIÓN DE MAQUINARIA PESADA”, denominación comercial “REPARACIÓN LUCERO”, del señor JOSE LUIS LUCERO, D.N.I. Nº 29.505.638, Contribuyente Nº 20538, Codificador de Rentas Nº 71400-06, NIS Nº 1054109-02 –T1G – Servicios Generales, con domicilio comercial en calle Maipú Nº 247 de esta ciudad, individualizado catastralmente como Circunscripción II, Sección B, Manzana 151j, Parcela 11, fecha de alta 1 de marzo de 2010, contando con un (1) empleado en relación de dependencia, Expediente Nº 2892/11.

ARTÍCULO TERCERO: Concédase al señor JOSE LUIS LUCERO, D.N.I. Nº 29.505.638, un plazo de ciento ochenta (180) días, para cumplimentar los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 3666, y demás legislación regulatoria en la materia, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes.

ARTÍCULO CUARTO: La habilitación concedida en el Artículo Segundo, queda supeditada al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia.

ARTÍCULO QUINTO: Previo al vencimiento del plazo acordado en el Artículo Tercero, las oficinas competentes deberán requerir al recurrente, que cumplimente la documentación de acuerdo a lo fijado por la Ordenanza Nº 3666; como así también, informar que es obligación del contribuyente comunicar al Municipio cualquier cambio de la situación, dentro de los treinta (30) días, caso contrario quedará sin efecto la presente habilitación.

ARTÍCULO SEXTO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO SEPTIMO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio e Inspección General, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Contaduría, Procesamiento de la Recaudación, Compras y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.