Boletines/General Villegas

Resolución Nº669/19

Resolución Nº 669/19

General Villegas, 20/08/2019

Visto

El Expediente Nº 1366/18, iniciado por la señora Patricia Andrea Galdona, solicitando la habilitación municipal de un comercio dedicado a la explotación de los rubros “Despensa - Verdulería”, desde el día 1 de febrero de 2018; y

Considerando

Que el Departamento Catastro a fojas 14, suministra los datos del inmueble donde funciona el comercio e indica que no registra plano de obra aprobado.

Que a fojas 15 y 16, se adjunta el Acta de Inspección     Nº 6239 y el Censo de Comercio e Industria Nº 6507, mediante el cual declara no contar con empleados en relación de dependencia.

Que por Acta de Inspección Nº 245, la oficina de Bromatología, certifica que el mismo se encuentra apto para su funcionamiento.

Que División Comercio e Inspección eleva el informe de práctica a fojas 30, requiriendo otorgar la habilitación provisoria del mismo.

Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 39, informando que no registra deuda.

Que de las constancias obrantes en el mismo, surge que cumplimenta parcialmente los requisitos exigidos por la legislación vigente (Ordenanza Nº 3666 - Anexo I - Capítulo I - Artículo Primero - Inciso 6,7 y 9 – Libre Deuda otorgado por la Oficina de Rentas - Plano de Obra Aprobado por la Municipalidad y Escritura del Inmueble).

Que a fojas 59 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la habilitación provisoria de un comercio dedicado a la explotación de los rubros “Despensa - Verdulería”, denominación comercial “Despensa Patricia”, de la señora Patricia Andrea Galdona - D.N.I Nº 22.383.207, Codificadores de Rentas Nº 62100-06 y 62100-04 - NIS Nº 1608462-01 - T1R - Residencial, no contando con empleados en relación de dependencia, en el inmueble comercial ubicado en calle Velurtas N° 1202 de ésta ciudad, individualizado catastralmente como Circunscripción l- Sección B- Quinta 60- Manzana 60a- Parcela 2 , fecha de apertura 1 de febrero de 2018.

ARTÍCULO SEGUNDO: Concédase a la señora Patricia Andrea Galdona - D.N.I Nº 22.383.207, un plazo de Ciento Ochenta (180) días para cumplimentar los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 3666 y demás legislación regulatoria en la materia, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes.

ARTÍCULO TERCERO: La habilitación provisoria concedida en el Artículo Primero, queda supeditada al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia

ARTÍCULO CUARTO: Hágase saber que es obligación del contribuyente comunicar al Municipio cualquier cambio de la situación dentro de los treinta (30) días, caso contrario quedará sin efecto la presente habilitación.

ARTÍCULO.QUINTO: Déjase constancia que devengará automáticamente la obligación del contribuyente de abonar la “Tasa por Alumbrado Público”, correspondiente al período transcurrido entre la fecha de apertura y el primer cobro efectivo de la misma.

ARTÍCULO SEXTO: Deléguese en la oficina de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO SEPTIMO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Seguridad, División Comercio e Inspección General, División Centro de Cómputos, Dirección de Rentas, Bromatología, Contaduría, Procesamiento de la Recaudación y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.