Boletines/General Villegas
Resolución Nº 628/19
General Villegas, 05/08/2019
Visto
El Expediente Nº 693/13, correspondiente a la habilitación de un comercio, perteneciente a la señora Josefa Elsa López, dedicado a la explotación del rubro “Elaboración, venta y distribución de agua envasado”, con fecha de alta 28 de diciembre de 2012, registrado como Contribuyente Nº 20960; y
Considerando
Que mediante Censo Nº 6421, la titular declaró que posee dos (2) empleados, con fecha 18 de junio de 2018.
Que se agrega constancia de defunción, fechada 01 de febrero de 2019 (fojas 207).
Que mediante Acta de Constatación Nº 7989, realizada el 05 de junio de 2019, se verificó que el comercio ha dejado de funcionar como tal (fojas 206).
Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 213, informando que el contribuyente no registra deuda.
Que por Expediente Nº 693/13 Alcance 2, agregado a fojas 215, el esposo de la titular comunica la baja de la actividad comercial, desde el 01 de febrero de 2019.
Que según las constancias obrantes en el Expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.
Que a fojas 221 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la incorporación de dos (2) empleados en relación de dependencia, al Contribuyente Nº 20960 – JOSEFA ELSA LÓPEZ, a partir del día 18 de junio de 2018.
ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese la baja a partir del día 01 de febrero de 2019, del comercio perteneciente a la señora JOSEFA ELSA LÓPEZ, D.N.I. Nº 5.144.306, Contribuyente Nº 20960, habilitado con los rubros “ELABORACIÓN, VENTA Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA ENVASADA”, denominación comercial “AGUA EXPRES”, Codificadores de Rentas Nº 31000-27 y 62100-21, NIS Nº 1500840-01 – T1R – Residencial, con domicilio comercial en calle Tacuarí Nº 70 de esta ciudad, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción II, Sección B, Manzana 151b, Parcela 13, contando con dos (2) empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 693/13.
ARTÍCULO TERCERO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio e Inspección General, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.