Boletines/General Villegas

Resolución Nº614/19

Resolución Nº 614/19

General Villegas, 01/08/2019

Visto

El Expediente Nº 3695/10, correspondiente a la habilitación de un comercio, perteneciente al señor José María Pinto, dedicado a la explotación de los rubros “Kiosco - cafetería”, con fecha de alta 14 de junio de 2010, registrado como Contribuyente Nº 20291; y

Considerando

Que por Expediente Nº 3695/10 Alcance 3, agregado a fojas 93, el titular comunica la baja de la actividad comercial, desde el 31 de mayo de 2019.

Que mediante Acta de Constatación Nº 7575, realizada el 07 de junio de 2019, se verificó que el comercio ha dejado de funcionar como tal (fojas 95).

Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 101, informando que el contribuyente no registra deuda.

Que según las constancias obrantes en el Expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.

Que a fojas 105 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.   

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 31 de mayo de 2019, del comercio perteneciente al señor JOSÉ MARIA PINTO, D.N.I.          Nº 10.950.833, Contribuyente Nº 20291, habilitado con los rubros “KIOSCO - CAFETERIA”, denominación comercial “EL LORO”, Codificadores de Rentas Nº 62900-00 y 63100-04, NIS Nº 1050489-05 - T1G - Servicios Generales,  con domicilio comercial en calle Pueyrredón Nº 393 de esta ciudad, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 31, Parcela 17c, no contando con empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 3695/10.

ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Seguridad, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.