Boletines/General Villegas

Resolución Nº598/19

Resolución Nº 598/19

General Villegas, 17/07/2019

Visto

El Expediente Nº 6908/05, correspondiente a la habilitación municipal de un comercio, perteneciente a la señora Patricia Alejandra Ibarreta, dedicado a la explotación del rubro “Venta al por Menor de Ropa”, a partir del 28 de octubre de 2005; y

Considerando

Que mediante Resolución Nº 356/06, agregada a fojas 27, se registró la habilitación provisoria, y subsiguientes renovaciones, correspondiente al Contribuyente Nº 4061.

Que por Expediente Nº 6908/05 Alcance 1, agregado a fojas 136, la titular del comercio solicita una extensión de la habilitación provisoria.

Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 150, informando que el recurrente no registra deuda.

Que se labraron Acta de Inspección Nº 6568 y Censo de Comercio e Industria Nº 6833, declarando no poseer empleados en relación de dependencia (fojas 143 y 144).

Que analizadas las presentes actuaciones, surge que el contribuyente no ha podido cumplimentar con la totalidad de los requisitos exigidos en la legislación vigente (Plano de Obra aprobado por Municipalidad, según Ordenanza Nº 3666 – Anexo I – Capítulo I – Artículo Primero – Inciso 9).

Que a fojas 156 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente, otorgando la prórroga requerida.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Prorrógase la habilitación provisoria otorgada por Resolución Nº 356/06 y subsiguientes renovaciones, de un comercio dedicado a la explotación del rubro “VENTA AL POR MENOR DE ROPA”, denominación comercial “EL VESTIDOR”, de la señora PATRICIA ALEJANDRA IBARRETA, D.N.I. Nº 27.667.310, Contribuyente Nº 4061, Codificador de Rentas Nº 62200-01, Usuario Nº 540 - Cliente Nº 155 - Medidor Nº 1919369 - T1R - Residencial, con domicilio comercial en calle Sarmiento Nº 16 de la localidad de Cañada Seca, individualizado catastralmente como Circunscripción XIII, Sección A, Manzana 16, Parcela 1k, fecha de alta 28 de octubre de 2005, no contando con empleados en relación de dependencia, Expediente Nº 6908/05.

ARTÍCULO SEGUNDO: Concédase a la señora PATRICIA ALEJANDRA IBARRETA, D.N.I. Nº 27.667.310, un plazo de ciento ochenta (180) días, para cumplimentar los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 3666, y demás legislación regulatoria en la materia, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes.

ARTÍCULO TERCERO: La prórroga concedida en el Artículo Primero, queda supeditada al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia.

ARTÍCULO CUARTO: Previo al vencimiento del plazo acordado en el Artículo Segundo, las oficinas competentes deberán requerir al recurrente, que cumplimente la documentación, de acuerdo a lo fijado por la Ordenanza Nº 3666; como así también informar que es obligación del contribuyente, comunicar al Municipio cualquier cambio de la situación, dentro de los treinta (30) días, caso contrario quedará sin efecto la presente habilitación.

ARTÍCULO QUINTO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO SEXTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio e Inspección General, Dirección de Rentas, División Centro de Cómputos, División Comercio e Inspección, Contaduría, Procesamiento de la Recaudación, Compras y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.