Boletines/General Villegas
Ordenanza Nº 6090/19
General Villegas, 31/10/2019
VISTO:
El Expediente Nº 5493/19, iniciado por el Presidente de la Asociación Bomberos Voluntarios de Emilio V. Bunge, solicitando la prórroga del contrato de comodato que dicha Institución posee sobre el inmueble ubicado en el antiguo matadero municipal; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Ordenanza Nº 4969 del año 2011, se otorgó en comodato a la Asociación Bomberos Voluntarios de Emilio V. Bunge, un inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción VII, Sección C, Chacra 63, Parcela 1, con una superficie de 54.000 mts2, por el término de cinco años con opción a prorrogarlo por idéntico periodo.
Que el mismo fue concedido con la finalidad de la instalación y funcionamiento de una pista de karting y ciclomotores, y la realización de actividades propias.
Que en el mes de marzo de 2016 se venció el contrato de comodato.
Que con fecha 8 de mayo de 2019, la Asociación de Bomberos Voluntarios de Emilio V. Bunge solicita la prórroga del contrato de comodato indicando que el inmueble será destinado para crear un campo de Entrenamiento Bomberil.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos interviene a fojas 5 sugiriendo que se confeccione un nuevo contrato de comodato, estableciendo un nuevo plazo de vigencia y distinto objeto.
Que corresponde dar intervención al Departamento Deliberativo en los términos de la Ley Orgánica para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Autorícese al Departamento Ejecutivo a otorgar en comodato a la Asociación Bomberos Voluntarios de Emilio V. Bunge, una parte del inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 26, Parcela 24c, con una superficie de 54.000 mts2.
ARTICULO 2º: El espacio individualizado en el artículo primero tendrá como objeto crear un campo de entrenamiento bomberil, para la práctica, capacitación e instrucción de los bomberos locales con posibilidad - a futuro - de utilizarse en prácticas a nivel regional.
ARTICULO 3º: El plazo de cesión se establece en 5 años, con opción a prorrogarlo por igual periodo.
ARTICULO:4º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a efectuar las adecuaciones operativas, contables, presupuestarias y administrativas necesarias a fin de poner en ejecución lo dispuesto en la presente
ARTÍCULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas, cúmplase y archívese.