Boletines/General Villegas
Ordenanza Nº 6080/19
General Villegas, 19/09/2019
VISTO:
El Expediente Nº 9196/19, iniciado por la Directora de Inspección General, elevando la solicitud presentada por el Foro Municipal de Seguridad del Partido de General Villegas por un espacio en el Palacio Municipal de Justicia; y
CONSIDERANDO:
Que Departamento Catastro interviene a fojas 6, individualizando el inmueble como Circunscripción I, Sección A, Manzana 26, Parcela 24c, UF 2, sito en calle Mariano Moreno 445.
Que a fojas 8 la Secretaría de Obras y Servicios Públicos informa que en el Palacio de Justicia existe una superficie de 30 metros cuadrados incluido un toilette.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas no formulando objeciones a la suscripción de un contrato de comodato, mediante el cual se conceda el uso gratuito de una fracción del inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 26, Parcela 24c, UF 02, de la ciudad de General Villegas al Foro Municipal de Seguridad, para ser destinado a su instalación y funcionamiento.
Que los Foros Municipales de Seguridad fueron creados por Ley Provincial Nº 12.154.
Que la Ley Nº 9533, faculta a conceder el uso de inmuebles correspondientes al dominio público municipal.
Que corresponde dar intervención al Departamento Deliberativo en los términos de la Ley Orgánica para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
ORDENANZA
ARTÍCULO 1: Autorícese al Departamento Ejecutivo a ceder en comodato al Foro Municipal de Seguridad del Partido de General Villegas, una fracción de 30 metros cuadrados aproximadamente del inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 26, Parcela 24c, UF02, sito en calle Mariano Moreno Nº 445 de la ciudad cabecera.
ARTÍCULO 2º: El espacio individualizado en el artículo primero deberá ser destinado a la instalación y funcionamiento del Foro Municipal de Seguridad.
ARTÍULO 3º: El plazo de cesión se establece en 5 años, con opción a prorrogarlo.
ARTÍCULO 4º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir toda la documentación necesaria para dar cumplimiento a la presente ordenanza.
ARTÍCULO 5º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a efectuar las adecuaciones operativas, contables, presupuestarias y administrativas necesarias a fin de poner en ejecución lo dispuesto en la presente
ARTÍCULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas, cúmplase y archívese.