Boletines/General Villegas

Decreto Nº1569/19

Decreto Nº 1569/19

General Villegas, 26/08/2019

Visto

El Expediente Nº 9951/19, iniciado por el Director de Recursos Humanos, informando el requerimiento efectuado por el Instituto de Previsión Social en relación a la tramitación del beneficio de Jubilación Ordinaria (SAP) correspondiente al agente Constante Víctor Bilotta, y que resulta necesario cumplimentar para proseguir con el mismo, siendo que se verifica la omisión en los registros oficiales del Municipio del acto administrativo de designación del mismo como médico concurrente ad honorem, desde el 16 de julio de 1982 al 10 de marzo de 1987; y

Considerando

Que solicita que se adjunte copia de los Decretos de alta y baja de los periodos en los que se desempeñó en calidad de médico concurrente ad honorem en el Hospital Municipal de General Villegas.

Que oportunamente se agregó copia del Decreto Nº 665 mediante el cual es designado a partir del 16 de julio de 1982, para prestar servicios como médico concurrente ad honorem en el Hospital Municipal de General Villegas, si bien no obra en el registro oficial acto administrativo de baja, la misma se consigna el día 10 de marzo de 1987 ya que mediante Decreto Nº 2105/87 fue designado en forma interina como profesional asistente a partir del 11 de marzo de 1987.

Que es necesario proceder a regularizar la situación producida y reconocer los servicios prestados por el señor Constante Víctor Bilotta, por el período comprendido entre el 16 de julio de 1982 al 10 marzo de 1987 dado que se encuentra acreditado el cumplimiento de la obligación principal a su cargo de prestar servicios a la Municipalidad.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Reconócese los servicios prestados por el señor Constante Víctor Bilotta - D.N.I Nº 10.502.563, a la Municipalidad de General Villegas por el período comprendido entre el 16 de julio de 1982 al 10 de marzo de 1987, realizado en el cargo de médico concurrente ad honorem, por cuanto se halla acreditado precedentemente y con fines previsionales en el marco del Programa de Jubilación Digital, que se genera a través del Sistema de Administración Previsional (SAP).

ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Dirección de Recursos Humanos, Departamento Personal, Contaduría y Tesorería cúmplase y archívese.