Boletines/General Villegas

Decreto Nº1557/19

Decreto Nº 1557/19

General Villegas, 26/08/2019

Visto

El Expediente N° 10034/19, iniciado por la Directora de Desarrollo Territorial, elevando la nómina mensual de beneficiarios de “subsidios becas” de la localidad de Cañada Seca, destinado a apoyo de estudiantes, por un monto de Pesos cuatro mil novecientos ($ 4.900), para su evaluación; y

Considerando

Que los subsidios a indigentes se hallan reglamentados por el Artículo 130 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades y el Decreto 28/1995 del Departamento Ejecutivo.

Que la Contaduría Municipal interviene a fojas 20.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase “subsidios becas” por la suma total de Pesos cuatro mil novecientos ($ 4.900), destinado a estudiantes de la localidad de Cañada Seca, conforme el siguiente detalle:

Responsable Adulto

D.N.I

Nombre y Apellido

D.N.I

Importe

Albornoz Emilia Susana

11.923.472

Domínguez Jorgelina

43.843.239

$    700

Albornoz Emilia Susana

11.923.472

Domínguez Felipe David

43.514.075

$    700

Bonda José Alberto

17.520.594

Bonda Romina Soledad

41.073.528

$    700

Bonda José Alberto

17.520.594

Bonda Aymara Pía

44.962.780

$    700

Domínguez Valeria

23.720.817

Domínguez Mateo

43.514.065

$    700

Guevara Valeria

30.623.025

Palavecino Julián

41.103.635

$    700

Olivera Luis Carlos

22.354.288

Olivera Eugenia

41.103.644

$    700

ARTÍCULO SEGUNDO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:

Jurisdicción:

Secretaría de Acción Social

Fuente de Financiación:

132

Inciso:

5 - Transferencias

Partida Principal:

1 - Transferencia al Sector Privado para financiar gastos corriente

Partida Subparcial:

03 - Becas

Programa:

62 - Asistencia Social Directa

Actividad Proy:

03 - Subsidios Varios

Importe:

$ 4.900.-

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las  Oficinas de Contaduría, Tesorería, Secretaría de Hacienda y Finanzas, Secretaría de Desarrollo Social y Dirección de Desarrollo Territorial; cúmplase y archívese.