Boletines/General Villegas
Decreto Nº 1436/19
General Villegas, 07/08/2019
Visto
El oficio librado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la ciudad de Rufino, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados “PARDO S.A c/ Báez Mariela s/ Demanda Ejecutiva – Expte Nº 839/2017” registrado como Expediente Nº 8480/19 Alcance 1, solicitando se sirva retener y depositar en el porcentaje de ley, sobre los remuneraciones que percibe la señora Mariela Báez, D.N.I Nº 27.441.598; y
Considerando
Que a fojas 4, obra el informe de la Dirección de Recursos Humanos donde se consignan los datos de la agente y solicitando que se retenga y deposite mensualmente el porcentaje que por ley corresponda sobre las remuneraciones hasta cubrir la suma de Pesos siete mil setecientos ($ 7.700.-) en concepto de capital más la suma de Pesos setecientos setenta ($ 770.-) en concepto de intereses y costas.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 6, solicitando se autorice a descontar mensualmente en el porcentaje de ley que corresponda sobre las remuneraciones que percibe la agente, hasta cubrir la suma consignada en concepto de intereses, y costas futuras las que se deberán ser depositadas en la Cuenta Judicial Nº 68444, CBU 3300030330000000684447 del Nuevo Banco de Santa Fé S.A, sucursal Rufino, a la orden de este Juzgado y perteneciente a estos autos.
Que la Contaduría Municipal informa la imputación a fojas 8.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Autorízase a la Dirección de Recursos Humanos, a descontar mensualmente en el porcentaje de ley que corresponda sobre las remuneraciones que percibe la agente Mariela Báez, D.N.I N° 27.441.598, 230 módulos, 48 horas semanales, Jurisdicción 1110105000, Categoría Programática 30.03.00, hasta cubrir la suma de Pesos siete mil setecientos ($ 7.700.-) en concepto de capital con más la suma de pesos setecientos setenta ($ 770.-) en concepto de intereses y costas futuras, conforme lo ordenado en oficio librado por el Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial y del Trabajo de la Ciudad de Rufino en autos caratulados “PARDO S.A c/ Báez Mariela s/ Demanda Ejecutiva – Expte Nº 839/2017” registrado como Expediente Nº 8480/19 Alcance 1”.
ARTÍCULO SEGUNDO: La Tesorería Municipal deberá depositar el monto que se origine en el Artículo Primero, en la Cuenta Judicial N° 68444, CBU 3300030330000000684447 del Nuevo Banco de Santa Fé S.A,. sucursal Rufino a la orden de éste Juzgado y para estos autos.
ARTÍCULO TERCERO: La retención del embargo deberá ingresar a la siguiente cuenta para su posterior transferencia:
74003 - EMBARGOS
ARTÍCULO CUARTO: Remítase copia al Juzgado interviniente.
ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Dirección de Recursos Humanos, Departamento Personal, Contaduría, Tesorería y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.