Boletines/Daireaux
Decreto Nº 1146/19
Daireaux, 12/11/2019
Visto
Las actuaciones obrantes en Expedientes Internos de Bromatología Nro. 4022-1981/18 y Nro. 4022-2105/19, y
Considerando
Que por los mismos se gestiona la habilitación de un comercio bajo el rubro: a) “Venta de Helados y Productos Congelados” en el primer expediente citado bajo la titularidad de la Sra. Basualdo Silvana Maribel – DNI Nro. 31.096.555 – ; y b) “Heladería” en el segundo expediente a nombre del Sr. Tejero Carlos Javier – DNI Nro. 27.385.457 - operando bajo la denominación de fantasía “Pueblo Chico”, todos domiciliados en la Ciudad de Daireaux ;
Que en cada caso la Dirección de Bromatología e Inspección General ha labrado el Acta de Verificación correspondiente, por la que se constata que el local a habilitar en cada caso reúne las condiciones necesarias para proceder a tal fin;
Que la Asesoría legal se expide en cada Expediente certificando que se ha cumplido con los requisitos exigidos en la Ordenanza Nro. 933/05, de la cual se agrega copia a cada Expediente;
Que a fin de permitir un mejor seguimiento de las condiciones de habilitación de cada comercio, la Dirección de Bromatología e Inspección Gral deberá efectuar los controles periódicos pertinentes, debiendo tenerse en cuenta que ésta subsistirá mientras mantengan las condiciones en que la misma fue otorgada, y que la actividad a desarrollar no afecte derechos de terceros;
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTICULO 1º. Otorgar Habilitación Comercial a la Sra. Basualdo Silvana Maribel – DNI Nro. 31.096.555 – Cuit Nro. 27-31096555-9 , autorizando la apertura de un comercio en calle Jorge Newbery y Chacabuco de la Ciudad de Daireaux, bajo el rubro: Venta de Helados y Productos Congelados , conforme constancia obrantes en Expediente Administrativo Nro. 4022-1981/18 y atento haber cumplimentado lo exigido por Ordenanza Nro. 933/05.-
ARTICULO 2°. Habilitase el funcionamiento de un comercio con actividad principal en el rubro: Heladería operando bajo la denominación de fantasía “Pueblo Chico”, a nombre del Sr. Tejero Carlos Javier – DNI Nro. 27.385.457 – Cuit Nro. 20-27385457-7, cuyo domicilio comercial es Urquiza Nro. 196 de Daireaux, de acuerdo a lo actuado por Expediente Interno de Bromatología Nro. 4022-2105/19 (Acta de Verificación Nro. 00018985).-
ARTICULO 3º. Las presentes habilitaciones podrán ser revocadas por resolución fundada de éste Departamento Ejecutivo, cuando cada local no reuniere las mismas condiciones en que fue otorgada y/o cuando la actividad a desarrollar en el mismo afecte los derechos de terceros, debiendo llevar adelante por parte de la Dirección de Bromatología e Inspección General los controles periódicos pertinentes. El no pago de cuatro (4) cuotas consecutivas y/o alternadas de la Tasa de Seguridad e Higiene dará lugar a la caducidad de la habilitación otorgada.-
ARTICULO 4º. Las habilitaciones otorgadas son intransferibles, de carácter personal, y sujetas, en lo específico, a las particulares restricciones que den las ordenanzas vigente y futuras.-
ARTICULO 5º. Regístrese la presente por la Dirección de Cómputos y por la Oficina de Recaudación y Control Tributario. Elévese posteriormente a la Dirección de Bromatologia e Inspección General a fin de que otorgue certificado de habilitación y copia al solicitantes, una vez firme y consentido procédase a su archivo.-
ARTICULO 6º. COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.--