Boletines/Vicente López

Decreto Nº5860/19

Decreto Nº 5860/19

Vicente López, 30/12/2019

CORRESPONDE A EXPTE. 4119-000241/2015

Visto

La locación del inmueble sito en Hipólito Yrigoyen 4848 de la Localidad de Florida Oeste, Partido de Vicente López;

Considerando

Que, mediante el expediente nro. 4119- 00241/2015 se procedió a la locación del inmueble sito en Ia calle Hipólito Yrigoyen 4848 de Ia localidad de Florida Oeste, propiedad de Yrigoyen Center S.A., disponiéndose la misma mediante decreto 1823/2015;
Que, dicho contrato ha sido modificado posteriormente, en sus cláusulas segunda (ap. 2.1.), tercera (ap. 3.1.) y sexta (ap. 6.1.) mediante adendas de fechas 5 de enero de 2017 y 7 de febrero de 2019, registradas en el Registro Unico de Contratos bajo los núrneros 111/17 y 109/19 respectivaniente;
Que, asimismo, según consta de estas actuaciones administrativas, en fecha 10 de mayo de 2019 se ha entregado a la locadora un proyecto de remodelación del inmueble y los planos de obra respectivos, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el apartado 5.5. del contrato oportunamente suscripto;
Que, dichas remodelaciones se han proyectado a fin de cubrir necesidades de reubicación de distintas Secretarias del Departamento Ejecutivo y, por su parte, la locadora ha prestado su expresa conformidad con el proyecto de obra en fecha 13 de mayo de 2019, conforme se desprende de la constancia de fs. 926;
Que, en efecto, luego de otorgada dicha conformidad, resultó imperiosa la reformulación de Ia cláusula segunda del contrato - cf Adenda RUC 111/17- a fin de modificar el destino del bien locado y adecuarlo asi a las proyecciones efectuadas, las que a la fecha tienen un alto grado de avance. A tales fines, se suscribio la tercera adenda en fecha 2 de mayo de 2019, mediante la cual quedó establecido como nuevo destino de Ia locacion el funcionamiento de la Subsecretaría Instituto de Formación y Capacitación en Seguridad Pública, la Secretaría de Fiscalización y Control y Ia Secretaría de Desarrollo Social, y/o cualquier dependencia del Estado Nacional, Provincial y/o Municipal que el Departamento Ejecutivo considere; 
Que asimismo, conforme surge de fs. 881, y en virtud de lo dispuesto oportunamente mediante decreto 3409/18, se ha solicitado al Banco de la Provincia de Buenos Aires expida nueva tasación del inmueble objeto de la locación, a fin de establecer ajustes y diferencias que surjan a los efectos de lo establecido en el Articulo sexto del contrato;
Que a la fecha la entidad bancaria no ha remitido la tasación actualizada, extremo que no debe obstar a la recomposición del valor del canon locativo, atento la coyuntura inflacionaria y a fin de velar por las prestaciones equitativas y recíprocas. Por ello se han solicitado además diversas tasaciones privadas, que aporten un valor de referencia, mientras se espera se expida el Departarnento de Tasaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires;
Que hasta tanto pueda contarse con la tasación pertinente, y en virtud de lo dispuesto en el ap. 6.1. del contrato y en el decreto 3409/18, se establece un nuevo canon locativo vigente desde el 1 de enero de 2019 y hasta la finalizacion del contrato, en la suma de PESOS DOS MILLONES CIEN MIL ($2.100.000.-) mensuales, sin perjuicio de los ajustes que oportunamente se consideren;
Que en virtud de ello corresponde adecuar los montos efectivamente abonados desde enero de 2019 a la fecha, habiéndose devengado a favor de la locadora una diferencia mensual de PESOS SETECIENTOS MIL ($700.000.-)
Que a los efectos de lo expresado en el párrafo anterior, se confeccionó la Solicitud de pedido número 8960 por la suma de PESOS OCHO MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($8.400.000.-) obrante a f.s. 960 y Ia Dirección General de Contaduria procedió a Ia reserva de fondos, emitiendo solicitud de gastos número 10045, obrante a fs. 934/935;
Que, asimismo, ante el próximo vencimiento del plazo contractual -que acaecerá el próximo 31 de diciembre de 2019 conforme se dispusiera por decreto 755/18- se dispone la prórroga del mismo, por el plazo de 24 meses venciendo en consecuencia el día 31 de diciembre de 2021, con opción a prorroga por idéntico plazo;
Que mientras transcurren los tiempos necesarios para obtener la tasación oficial del Banco de la Provincia de Buenos Aires, y sin perjuicio de los ajustes que pudieren realizarse una vez que se cuente con dicho documento, el canon mensual a partir del 1 de enero de 2020 y por el término de la locación, se establece en la suma de PESOS DOS MILLONES CIEN MIL ($2.100.000.-) mensuales;

Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que Ie son propias:

DECRETA:

ARTICULO 1°.- DISPONER el canon locativo mensual del inmueble sito en Ia calle Hipólito Yrigoyen 4848 de la localidad de Florida Oeste, Partido de Vicente López, sede del Instituto de Formación y Capacitación Policial de Vicente López, de la Secretaría de Fiscalización y Control y la Secretaría de Desarrollo Social, y/o cualquier dependencia que el Departarnento Ejecutivo considere, en la suma de PESOS DOS MILLONES CIEN MIL($2.100.000.-) mensuales, por el período comprendido entre los meses de enero a diciembre de 2019.
ARTICULO 2°.- ABONAR a YRIGOYEN CENTER S.A., CUlT 30-71475345-9 (proveedor número 4315) la suma de PESOS OCHO MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($8.400.000.-) en carácter de ajuste por Ia determinación final del monto locativo mensual por el periodo comprendido entre los meses de enero y diciembre de 2019, convalidándose lo actuado.
ARTICULO 3°.- DEBITAR el gasto que demande el Articulo 2° de la Jurisdicción Secretaría de Seguridad 1110126000, unidad ejecutora 18, dependencia 1203, Categoría Programática 25.02.00, Código 3.2.1.0., del ejercicio vigente.
ARTICULO 4°.- DISPONER la prórroga del plazo de la locación del inmueble sito en la calle Hipólito Yrigoyen 4848 de Ia localidad de Florida Oeste, Partido de Vicente López por el término de 24 meses, a contar desde el 1 de enero de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2021, con opción a prórroga automática a favor de la Municipalidad de Vicente López por idéntico término.
ARTICULO 5°.- ESTABLECER que el valor del canon locativo para el período de prórroga dispuesto en el artículo anterior, será determinado en relación a la tasación oficial del Banco de la Provincia de Buenos Aires y sus eventuales ajustes y diferencias que surjan. A los efectos de Ia prórroga, a partir del mes de enero del año 2020 y hasta tanto no se expida el Departarnento de Tasaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires, el canon locativo se determina en la suma de PESOS DOS MILLONES CIEN MIL (2.100.000.-) mensuales;
ARTICULO 6°.- NOTIFICAR el presente decreto a Ia interesada.
ARTICULO 7°.- REFRENDEN el presente decreto los Señores Secretarios de Seguridad y de Hacienda y Finanzas.
ARTICULO 8°.- TOMEN CONOCIMIENTO las Secretarias de Hacienda y Finanzas (Dirección General de Contaduría y Dirección de Tesorería), Seguridad, Fiscalización y Control y de Desarrollo Social.
ARTICULO 9°.- DAR al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente, archivar el presente.

Fdo: Martinez- Gasulla- Alvarez