Boletines/Guaminí

Ordenanza Nº34

Ordenanza Nº 34

Guaminí, 27/12/2019

Ordenanza de presupuesto de gastos.- 

ORDENANZA

ORDENANZA

Art. 1º -Fíjase en la suma de pesos seiscientos ochenta y cuatro millones setecientos diecinueve mil ($ 684.719.000) el total del PRESUPUESTO DE GASTOS de la administración  Municipal para el Ejercicio 2020. Se adjuntan formando parte de la presente Ordenanza los distintos formularios emitidos por el macrosistema RAFAM.-

Art. 2º - Estímase en la suma de seiscientos ochenta y cuatro millones setecientos  diecinueve mil ($ 684.719.000) el CALCULO DE RECURSOS para el Ejercicio 2020destinado a atender las erogaciones a que se refiere el Art. 1º, de acuerdo a la programación de los recursos que surge del Formulario Nº 2 que emite el macrosistema RAFAM, el mismo forma parte integrante de la presente.-

Art. 3º - Los saldos que arrojan al cierre del Ejercicio las cuentas de recursos con afectación y sin afectación, serán transferidas al siguiente,  incorporándolos al Cálculo de Recursos por Decreto del Departamento Ejecutivo. Correlativamente se ampliará el presupuesto de gastos, reforzando créditos de cuentas e incorporando conceptos no previstos. En ambos casos se respetará el destino a que deben ser aplicados los fondos en cuestión.-

 

Art. 4º - Aquellas partidas que en el ejercicio siguiente tengan origen o se financien con recursos afectados serán incorporadas al Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2020 directamente por el Departamento Ejecutivo respetando la finalidad que tuvieron dichos recursos al ser creados.-

 

Art. 5º - El rubro Recursos Humanos está compuesto por los siguientes conceptos:

  • Retribuciones al cargo = Sueldo básico.
  • Retribuciones que no hacen al cargo = Antigüedad
  • Complementos = Adicional por merito, extensión extra-laboral, fallo de caja.

 

Art. 6º -Facultase al Departamento ejecutivo con carácter general y para el ejercicio 2020, a realizar las transferencias de créditos y creaciones de partidas (tanto corrientes como de capital) de otras cuentas del presupuesto que arrojen economía y siempre que ellos conserven créditos suficientes para cubrir las necesidades del ejercicio, sin alterar el monto total del Presupuesto de Gastos sancionado por Ordenanza. (Ley Orgánica de las Municipalidades – Artículo 119).

 

Art. 7º - Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, publíquese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAMINI A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE.-

 

ORDENANZA HCD. nº 34/2019.-