Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 0208/20
General Pueyrredon, 06/02/2020
Visto
lo tramitado mediante Expediente N° 116-P-2020, y
Considerando
Que mediante Decreto Nº 3616/15 se le concedió licencia extraordinaria sin goce de haberes al agente BALUT OLIVAR, TARIFA ARENAS - Legajo Nº 27416/1 de acuerdo a lo normado en el artículo 9º de la Ley 14656, desde el 10 de Diciembre de 2015 y hasta que duren sus funciones por haber sido nombrado en un cargo electivo en el Honorable Concejo Deliberante.-
Que en virtud de haber concluido su período electivo a partir del 10 de Diciembre de 2019, corresponde dar por finalizada su licencia, debiendo reintegrarse a sus funciones en el cargo que ocupaba con anterioridad en la Dirección de Personal del Ente Municipal de Servicios Urbanos.-
Que a fs. 3, solicita licencia sin goce íntegro de haberes a partir del día 1º de Enero y hasta el 31 de Diciembre de 2020 para cumplir funciones en la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.-
Que dicho pedido se encuentra alcanzado por la previsiones del artículo 9º de la ley 14656 “ … Al trabajador que haya sido designado para desempeñar cargos electivos y/o que obedezcan a una función política sin estabilidad, nacionales, provinciales o municipales, le será reservado el cargo de revista durante todo el período que dure su mandato o función…”.-
Que a fs. 4 consta certificado de empleo expedido por la dirección de personal de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, quien certifica que el agente Balut Olivar, Tarifa Arenas ha suscripto un contrato de locación de servicios desde el 1º de Enero de 2020 y hasta el 31 de Diciembre 2020.-
Que del análisis efectuado de los antecedentes del presente y de la documentación obrante resulta necesario que la licencia otorgada sea retroactiva al 1º de enero 2020.-
Que el señor presidente otorga su VºBº y no existiendo inconveniente en acceder a lo requerido.-
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- Dar por finalizada la Licencia Extraordinaria sin Goce de Haberes concedida mediante Decreto 3616/15, reintegrándose a partir del 10 de Diciembre de 2019, al agente BALUT OLIVAR. TARIFA ARENAS - Legajo Nº 27416/1 - Cargo Secretario Administrativo (C.F. 5-10-69-01) - módulo 44 horas semanales – Nº de Orden S 0533, dependiente de la Dirección de Personal del Ente Municipal de Servicios Urbanos.-
ARTÍCULO 2º.- Concédase, al agente mencionado en el artículo 1º del presente Decreto, una Licencia Extraordinaria sin goce de Haberes desde el 1º de enero y hasta 31 de Diciembre de 2020 ambas fechas inclusive, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9º de la Ley 14656 por los motivos expuestos en el exordio.-
ARTÍCULO 3º.- La Contaduría del Ente adoptará las medidas necesarias a fin de dar cumplimiento al presente.-
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor PRESIDENTE del ENTE MUNICIPAL de SERVICIOS URBANOS.-
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal del EMSUR y dése intervención a la contaduría de dicho Ente.-
D`ANDREA MONTENEGRO