Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº0058/20

Decreto Nº 0058/20

General Pueyrredon, 13/02/2020

Visto

la estructura orgánica funcional  de la Secretaría de Gobierno, y

Considerando

Que en función de los objetivos trazados, la gestión que se inicia requiere adaptar la estructura orgánico funcional de la Secretaría de Gobierno, con el fin de mejorar y brindar mayor eficiencia al sistema administrativo municipal.     

 

Que en este sentido se considera necesario el traslado de la Dirección General de Tránsito  con sus dependencias componentes, misiones, funciones, personal, bienes, muebles y útiles, de la Secretaría de Gobierno a la Secretaría de Seguridad.   

 

Que es oportuno modificar la denominación de la Subsecretaría de Transporte y Tránsito por Subsecretaría de Movilidad Urbana, adecuando en consecuencia la denominación de las dependencias directamente relacionadas con la Subsecretaría.   

 

Que se requiere trasladar bajo la dependencia directa de la Subsecretaría de Movilidad Urbana a la División Administración de Infractores de Tránsito e Inhabilitados dependiente del Departamento Licencias de Conducir de la Dirección Administrativa Licencias de Conducir de la Dirección General de Transporte.

 

Que se considera importante la creación de la Dirección de Programas de Seguridad Vial dependiente de la Dirección General de Transporte de la Subsecretaría de Movilidad Urbana, cuya misión y funciones deberán establecerse en el plazo de 90 días.

 

Que atento a la creación de la Dirección de Programas de Seguridad Vial, es preciso trasladar bajo su órbita al Departamento Observatorio Vial y a la División Licencias de Conducir, con su personal, bienes, muebles y útiles.

 

Que conforme la naturaleza de las funciones que desarrolla es conveniente trasladar el Departamento de Reinspección Sanitaria dependiente de la Dirección de Transporte, a la Dirección de Protección Sanitaria de la Subsecretaria de Salud y Protección Sanitaria de la Secretaria de Salud, con su misión, funciones, personal, bienes y útiles.

 

Que debido al reordenamiento de ciertas áreas municipales, se considera adecuada la creación en el ámbito de la Secretaría de Gobierno de la Dirección  General de Cooperación Internacional, Colectividades y Culto y su División Administrativa.

 

Que es necesario modificar la denominación de la Subsecretaría de Coordinación de las Delegaciones Municipales, por Subsecretaría de Gobierno y Coordinación de las Delegaciones Municipales, teniendo en cuenta las nuevas funciones asumidas por esta Subsecretaría.

 

Que con el objetivo de reorganizar las funciones municipales se considera conveniente el traslado de las siguientes dependencias de la Secretaría de Gobierno a la Subsecretaría de Gobierno y Coordinación de las Delegaciones Municipales: Distrito Descentralizado Chapadmalal, Dirección General de Protección al Consumidor, Dirección de Defensa Civil, Dirección de Restauración y Preservación de Monumentos Escultóricos, Departamento Operativo de Control en Playas y Servicios de Guardavidas y División Mesa de Entradas Tribunal Municipal de Faltas.                                                                                                                  

Que a los fines del mejoramiento institucional es oportuno el traslado de la Dirección General Municipal para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos con sus dependencias componentes, misiones, funciones, personal, bienes, muebles y útiles, de la Secretaría de Gobierno a la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Secretaría de Desarrollo Social.

 

Que es conveniente crear bajo la órbita de la Secretaría de Gobierno el Departamento Automotores y el Departamento Seguridad y Vigilancia, dependientes de la Subsecretaría de Gobierno y Coordinación de Delegaciones Municipales.

 

Que en función de las modificaciones introducidas en la estructura orgánico funcional de la Secretaría de Gobierno, es necesario aprobar la estructura orgánico funcional y asignar los números de  unidades ejecutoras  correspondientes.

Por ello, en uso de  las atribuciones que le son propias,

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Trasládase la Dirección General de Tránsito dependiente de la Subsecretaría de Transporte y Tránsito de la Secretaría de Gobierno, con sus dependencias componentes, misiones, funciones, personal, bienes, muebles y útiles, a la Secretaría de Seguridad.

 

ARTÍCULO 2º.- Modifícase la denominación de la Subsecretaría de Transporte y Tránsito por Subsecretaría de Movilidad Urbana, dependiente de la Secretaría de Gobierno.

 

ARTÍCULO 3º.- Modifícase la denominación de las siguientes dependencias pertenecientes a la Subsecretaría de Movilidad Urbana:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

  • División Técnica de Control - Subsecretaría de Transporte y Tránsito, por División Técnica de Control – Subsecretaría de Movilidad Urbana.
  • Departamento Despacho – Subsecretaría de Transporte y Tránsito, por Departamento Despacho – Subsecretaría de Movilidad Urbana.
  • Dirección de Coordinación Administrativa - Subsecretaría de Transporte y Tránsito, por Dirección de Coordinación Administrativa – Subsecretaría de Movilidad Urbana.

ARTÍCULO 4º.- Trasládase la División Administración de Infractores de Tránsito e Inhabilitados dependiente del Departamento Licencias de Conducir de la Dirección Administrativa Licencias de Conducir de la Dirección General de Transporte, a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.

 

ARTÍCULO 5º.- Créase la Dirección de Programas de Seguridad Vial dependiente de la Dirección General de Transporte de la Subsecretaría de Movilidad Urbana, cuya misión y funciones deberán establecerse en el plazo de 90 días.

 

ARTÍCULO 6º.- Trasládase el Departamento Observatorio Vial dependiente de la Dirección General de Transporte, con su misión, funciones, personal, bienes, muebles y útiles, a la Dirección de Programas de Seguridad Vial dependiente de la Dirección General de Transporte de la Subsecretaría de Movilidad Urbana.

 

ARTÍCULO 7º.- Trasládase la División Licencias de Conducir dependiente de la Dirección Administración de Licencias de Conducir de la Dirección General de Transporte, con su misión, funciones, personal, bienes, muebles y útiles, a la Dirección de Programas de Seguridad Vial dependiente de la Dirección General de Transporte de la Subsecretaría de Movilidad Urbana.

 

ARTÍCULO 8º.- Trasládase el Departamento de Reinspección Sanitaria dependiente de la Dirección de Transporte de la Dirección General de Transporte de la Subsecretaría de Movilidad Urbana, a la Dirección de Protección Sanitaria de la Subsecretaria de Salud y Protección Sanitaria de la Secretaria de Salud, con su misión, funciones, personal, bienes y útiles.

 

ARTÍCULO 9º.- Créase la Dirección General de Cooperación Internacional, Colectividades y Culto dependiente de la Secretaría de Gobierno, cuya misión y funciones deberán establecerse en el plazo de 90 días.

 

ARTÍCULO 10º.- Créase la División Administrativa de la Dirección General de Cooperación Internacional, Colectividades y Culto, cuya misión y funciones deberán establecerse en el plazo de 90 días.

 

ARTÍCULO 11º.- Modifícase la denominación de la Subsecretaría de Coordinación de las Delegaciones Municipales por Subsecretaría de Gobierno y Coordinación de Delegaciones Municipales, cuya misión y funciones deberán establecerse en el plazo de 90 días.

 

ARTÍCULO 12º.- Déjase expresamente establecido que la Subsecretaría de Gobierno y Coordinación de Delegaciones Municipales, ejercerá funciones de coordinación de las Delegaciones Municipales y los Juzgados Municipales de Faltas.

 

ARTÍCULO 13º.- Trasládase el Distrito Descentralizado Chapadmalal con sus dependencias componentes, misiones, funciones, personal, bienes, muebles y útiles, de la Secretaría de Gobierno a la Subsecretaría de Gobierno y Coordinación de Delegaciones Municipales.

 

ARTÍCULO 14º.- Trasládase la Dirección General de Protección al Consumidor con sus dependencias componentes, misiones, funciones, personal, bienes, muebles y útiles, de la Secretaría de Gobierno a la Subsecretaría de Gobierno y Coordinación de Delegaciones Municipales.

 

ARTÍCULO 15º.- Trasládase la Dirección de Defensa Civil, con sus dependencias componentes, misiones, funciones, personal, bienes, muebles y útiles, de la Secretaría de Gobierno a la Subsecretaría de Gobierno y Coordinación de Delegaciones Municipales.

 

ARTÍCULO 16º.- Trasládase la Dirección de Restauración y Preservación de Monumentos Escultóricos, con sus misiones, funciones, personal, bienes, muebles y útiles, de la Secretaría de Gobierno a la Subsecretaría de Gobierno y Coordinación de Delegaciones Municipales.

 

ARTÍCULO 17º.- Trasládase el Departamento Operativo de Control en Playas y Servicios de Guardavidas, con sus misiones, funciones, personal, bienes, muebles y útiles, de la Secretaría de Gobierno a la Subsecretaría de Gobierno y Coordinación de Delegaciones Municipales.

 

ARTÍCULO 18º.- Trasládase la División Mesa de Entradas Tribunal Municipal de Faltas con sus misiones, funciones, personal, bienes, muebles y útiles, de la Secretaría de Gobierno a la Subsecretaría de Gobierno y Coordinación de Delegaciones Municipales.

 

ARTÍCULO 19º.- Trasládase la Dirección General Municipal para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos, con sus dependencias componentes, misiones, funciones, personal, bienes, muebles y útiles, de la Secretaría de Gobierno a la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Secretaría de Desarrollo Social.

 

ARTÍCULO 20º.- Créase el Departamento de Automotores dependiente de la Subsecretaría de Gobierno y Coordinación de Delegaciones Municipales, cuya misión y funciones deberán establecerse en el plazo de 90 días.

 

ARTÍCULO 21º.- Créase el Departamento de Seguridad y Vigilancia dependiente de la Subsecretaría de Gobierno y Coordinación de Delegaciones Municipales, cuya misión y funciones deberán establecerse en el plazo de 90 días.

 

ARTICULO 22º.- Apruébase la estructura orgánico funcional de la Secretaría de Gobierno, asignándose los números de unidades ejecutoras correspondientes.

 

 

Unidad Ejecutora

Dependencia

02-00-0-0-0-00

Secretaría de Gobierno

02-00-0-1-0-00

Dirección Despacho Secretaría de Gobierno

02-00-0-1-1-00

Departamento Administrativo Secretaría de Gobierno

02-00-0-1-1-01

División Despacho Administrativo Secretaría de Gobierno

02-00-7-0-0-00

Dirección General de Cooperación Internacional, Colectividades y Culto

02-00-7-0-0-01

División Administrativa de Cooperación Internacional, Colectividades y Culto

02-02-0-0-0-00

Distrito Descentralizado Vieja Usina

02-02-0-1-0-00

Dirección Coordinación Vieja Usina

02-02-0-1-0-01

División Despacho Vieja Usina

02-02-0-1-1-00

Departamento Servicios Vieja Usina

02-02-0-1-2-00

Departamento Habilitaciones y Control Vieja Usina

02-02-0-1-2-01

División Habilitaciones y Permisos Varios Vieja Usina

02-02-0-1-5-00

Departamento Pesca

02-04-0-0-0-00

Delegación Batán

02-04-0-0-0-01

División Administrativa Habilitaciones y Permisos Batán

02-04-0-0-0-02

División Servicios Delegación Batán

02-05-0-0-0-00

Delegación Sierra de los Padres y la Peregrina

02-05-0-0-1-00

Departamento Administración, Habilitaciones y Permisos Varios –Delegación Sierra de los Padres y La Peregrina

02-05-0-0-2-00

Departamento Servicios y Mantenimiento Delegación Sierra de los Padres y La Peregrina

02-05-0-0-3-00

Departamento Operativo Reserva Integral Laguna de los Padres

02-10-0-0-0-00

Delegación Norte

02-10-0-0-1-00

Departamento Administrativo Delegación Norte

02-10-0-0-1-01

División Habilitaciones y Permisos Varios

02-10-0-0-2-00

Departamento Servicios Delegación Norte

02-14-0-0-0-00

Tribunal Municipal de Faltas "Juzgado Nº 4"

02-17-0-0-0-00

Subsecretaría de Movilidad Urbana

02-17-0-0-0-01

División Administración de Infractores de Tránsito e Inhabilitados

02-17-0-1-0-00

Dirección de Coordinación Administrativa- Subsecretaría de Movilidad Urbana

02-17-0-1-1-00

Departamento Despacho – Subsecretaría de Movilidad Urbana

02-17-0-1-1-01

División Técnica de Control – Subsecretaría de Movilidad Urbana

02-17-3-0-0-00

Dirección General de Supervisión y Coordinación de Procesos

02-17-4-0-0-00

Dirección General de Transporte

02-17-4-0-1-00

Departamento de Despacho

02-17-4-0-1-01

División Mesa de Entradas

02-17-4-0-3-00

Departamento Logística, Bienes y Suministros

02-17-4-1-0-00

Dirección de Transporte

02-17-4-1-1-00

Departamento Transporte de Cargas

02-17-4-1-1-01

División Habilitación y Verificación Transporte de Cargas

02-17-4-1-1-02

División Administrativa Transporte de Cargas

02-17-4-1-2-00

Departamento Transporte Urbano Colectivo de Pasajeros

02-17-4-1-2-01

División Habilitación y Verificación Transporte Urbano

02-17-4-1-2-02

División Técnica Administrativa de Transporte Urbano

02-17-4-1-3-00

Departamento Transporte

02-17-4-1-3-01

División Administrativa

02-17-4-1-3-03

División Habilitación y Verificación Transporte de Pasajeros

02-17-4-2-0-00

Dirección Administrativa Licencias de Conducir

02-17-4-2-1-00

Departamento Licencias de Conducir

02-17-4-2-1-02

División Fiscalización de Licencias y Archivo Administrativo

02-17-4-2-1-03

División Manejo Defensivo y Seguridad Vial

02-17-4-3-0-00

Dirección Contralor de Transporte

02-17-4-3-1-00

Departamento Contralor de Transporte

02-17-4-3-1-01

División Contralor de Transporte

02-17-4-4-0-00

Dirección de Programas de Seguridad Vial

02-17-4-4-0-01

División Licencias de Conducir

02-17-4-4-1-00

Departamento Observatorio Vial

02-18-0-0-0-00

Subsecretaría de Coordinación Administrativa

02-18-0-1-0-00

Dirección de Administración

02-18-0-1-0-01

División Maestranza

02-18-0-1-0-02

División Administrativa

02-18-0-1-0-03

División Control Formalidad Actos Administrativos

02-18-0-1-1-00

Departamento Legislación y Documentación

02-18-0-1-1-01

División Impresiones

02-18-0-1-1-02

División Ordenamiento de Actos Administrativos

02-18-0-1-2-00

Departamento General Administrativo

02-18-0-1-2-01

División Despacho del Departamento General Administrativo

02-18-0-1-2-02

División Mesa General de Entradas

02-18-0-1-2-03

División Archivo

02-18-0-1-2-04

División Notificaciones y Mandamientos

02-18-1-0-0-00

Dirección General de Coordinación Administrativa

02-18-2-0-0-00

Dirección General de Personal

02-18-2-1-0-00

Dirección de Personal

02-18-2-1-0-01

División Despacho – Dirección de Personal

02-18-2-1-0-03

División Procesos Administrativos

02-18-2-1-1-00

Departamento Administrativo de Personal

02-18-2-1-1-01

División Movimiento de Personal

02-18-2-1-2-00

Departamento Control de Personal

02-18-2-1-2-01

División Control de Asistencia de Personal

02-18-2-1-2-02

División Horas Extras y Minuto Nocturno

02-18-2-1-2-03

División Procesamiento de Novedades

02-18-2-1-3-00

Departamento Legajos

02-18-2-1-3-01

División Asignaciones Familiares, Antigüedades y Títulos

02-18-2-1-3-03

División Ingresos de Personal

02-18-2-1-4-00

Departamento Técnico

02-18-2-1-5-00

Departamento Servicio Previsional

02-18-2-1-5-01

División Certificaciones de Servicio y Asesoramiento Previsional

02-18-2-1-6-00

Departamento Medicina del Trabajo

02-18-2-1-6-01

División Administrativa Medicina del Trabajo

02-18-2-1-7-00

Departamento Higiene y Seguridad en el Trabajo

02-19-0-0-0-00

Tribunal Municipal de Faltas "Juzgado Nº 1"

02-19-0-0-0-01

División Despacho Juzgado Nº 1

02-20-0-0-0-00

Tribunal Municipal de Faltas "Juzgado Nº 2 "

02-21-0-0-0-00

Tribunal Municipal de Faltas "Juzgado Nº 3"

02-22-0-0-0-00

Tribunal Municipal de Faltas "Juzgado Nº 5"

02-23-0-0-0-00

Subsecretaría de Inspección General

02-23-1-0-0-00

Dirección General de Inspección General

02-23-1-0-1-00

Departamento de Coordinación y Técnico de Inspección

02-23-1-0-1-01

División Mesa de Entradas – Dirección General de inspección General

02-23-1-0-2-00

Departamento Re.B.A

02-23-1-0-3-00

Departamento Publicidad

02-23-1-0-4-00

Departamento Control del Espacio Público

02-23-1-0-7-00

Departamento de Higiene Acústica y Nocturnidad

02-23-1-1-0-00

Dirección de Inspección

02-23-1-1-1-00

Departamento Habilitaciones

02-23-1-1-1-01

División Operativa de Habilitaciones

02-23-1-1-1-02

División Administrativa de Habilitaciones

02-23-1-1-2-00

Departamento Seguridad Industrial y Comercial

02-23-1-1-2-01

División Seguridad Industrial y Comercial

02-23-1-2-0-00

Dirección Operativa

02-23-1-2-1-00

Departamento Operativo

02-24-0-0-0-00

Subsecretaría de Gobierno y Coordinación de Delegaciones Municipales

02-24-0-0-0-01

División Mesa de Entradas Tribunal Municipal de Faltas

02-24-0-0-1-00

Departamento Operativo de Control en Playas y Servicios de Guardavidas

02-24-0-0-2-00

Departamento de Automotores

02-24-0-0-3-00

Departamento de Seguridad y Vigilancia

02-24-0-1-0-00

Dirección de Restauración y Preservación de Monumentos Escultóricos

02-24-0-2-0-00

Dirección de Defensa Civil

02-24-0-2-1-00

Departamento de Defensa Civil

02-24-0-2-1-01

División Operativa de Defensa Civil

02-24-1-0-0-00

Distrito Descentralizado Chapadmalal

02-24-1-0-1-00

Departamento de Coordinación, Administración y Despacho Chapadmalal

02-24-1-0-2-00

Departamento de Servicios Chapadmalal

02-24-1-0-3-00

Departamento Habilitaciones, Control y Permisos Varios Chapadmalal

02-24-2-0-0-00

Dirección General de Protección al Consumidor

02-24-2-0-1-00

Departamento de Información al Consumidor

02-24-2-0-2-00

Departamento Administrativo de Defensa del Consumidor

02-24-2-1-0-00

Dirección Defensa del Consumidor

02-24-2-2-0-00

Dirección de Lealtad Comercial y Metrología Legal

02-24-2-2-0-01

División Metrología Legal

02-24-2-2-1-00

Departamento Lealtad Comercial

 

ARTICULO 23º.- Por la Secretaria de Economía y Hacienda – Dirección de Presupuesto- se realizaran las modificaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente.

 

ARTICULO 24º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Seguridad, de Salud y de Desarrollo Social.

 

ARTÍCULO 25º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y por la Dirección de Personal efectuar las comunicaciones pertinentes. Cumplido vuelva al Departamento Técnico de Personal.

 

                  BONIFATTI        BERNABEI      OROQUIETA 

                HOURQUEBIE                         MONTENEGRO