Boletines/Pinamar
Decreto Nº 0410/20
Pinamar, 13/02/2020
Visto
El Expediente Nº 4123-0089/2020, Caratulado: “VALLE GUSTAVO OSVALDO C/PLUSMAR SA S/POSIBLE INCUMPLIMIENTO a la Ley 24.240.”; y
Considerando
Que la denuncia iniciada por el Señor VALLE Gustavo Osvaldo DNI 22.851.479, con domicilio real en Av. Víctor Hugo Nº 882 de la Localidad de Ostende, Partido de Pinamar, se presento a los efectos de denunciar el extravío de su equipaje a través del transporte contratado PLUSMAR S.A., por lo cual solicita la devolución del mismo o en su defecto el cobro de un “Seguro de Extravío”;
Que con fecha 21 de Enero del corriente se realiza audiencia con la Empresa PLUSMAR S.A. de ésta Ciudad, habiendo sido informada oportunamente de las constancias aportadas al proceso en los términos del Art. 46º de la Ley 13.133;
Que siendo notificada de los hechos expuestos en la denuncia de referencia relacionada con el extravío en el despacho de equipaje, y no habiendo declarado el denunciante el valor del bulto, ofrece a modo conciliatorio el valor de PESOS OCHO MIL ($ 8.000), el cual es aceptado por el Señor VALLE Gustavo Osvaldo, quedando por satisfecha su pretensión conf. Obra a fs. 09;
Que habiendo satisfecho la pretensión del usuario, desde dicha oficina se solicita la Homologación administrativa del Acta Acuerdo y el posterior cierre de las actuaciones, conforme los Art. 47º y 81º de la Ley 13.133;
Que a fs. 11 toma intervención el Secretario de Gobierno, quien avala lo actuado en el expediente de referencia;
Que a fs. 12 el Departamento Ejecutivo ordena la confección del instrumento legal de rigor, en consonancia con lo manifestado anteriormente.
Por ello:
El Intendente de la Municipalidad de Pinamar, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades, DECRETA
Artículo 1º: Homologase lo acordado en Acta de Acuerdo de fs. 09 de fecha 05 de Febrero de 2.020,del Expediente 4123-0089/2020, labrada en la Oficina Municipal de Defensa al Consumidor de Pinamar, en el marco de la denuncia tramitada en los actuados referidos, y como resultado de la audiencia conciliatoria entre las partes involucradas, el Señor VALLE Gustavo Osvaldo DNI 22.851.479, en su carácter de denunciante; y la Empresa PLUSMAR S.A. representada por el Señor TISERA Julio Lucas (apoderado), como denunciada, en un todo de acuerdo a lo expresado en los considerandos del presente y las constancias obrantes en el Expediente 4123-0089/2020.-
Artículo 2º: Notifíquese el contenido del presente a quien corresponda a través de la Dirección de O.M.I.C..-
Artículo 3º: Efectuase la publicación del presente Acto Administrativo en el Boletín Oficial y en un diario de la ciudad de Pinamar a fin de dar publicidad a las actuaciones, a través de La Dirección de Prensa de esta comuna.-
Artículo 4º: Dese al Registro Oficial del Municipio.-