Boletines/General Pueyrredon

Resolución Nº1/20

Resolución Nº 1/20

General Pueyrredon, 03/01/2020

Considerando

Resoluciones de OSSE desde  0001-2020 a la 0080-2020 de fecha  3/01 al 31/01/20.

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                 
 

MAR DEL PLATA,  03/01/2020

 

 

                                                                                     

                                                                  Visto lo actuado en el Expediente Nº 1943-M-2006  Cpo.1 RED DE CLOCA CALLE MATHEU (A.V.) URQUIZA Y PELLEGRINI, cuya ejecución estuvo a cargo de la  Cooperativa de Trabajo DEL PARQUE LTDA.

 

CONSIDERANDO                           

 

                                                                Que  se procedió a formalizar el Acta de Recepción Definitiva de la obra RED DE CLOCA CALLE MATHEU (A.V.) URQUIZA Y PELLEGRINI;

 

                                                                Que a fj. 163 se informa que se ha producido un ahorro de obra por $ 23.412,67  respecto de la  Orden de Compra Nº 563/2019;

                                                                                                                                              

                                                                Que la obra fue ejecutada en un todo de acuerdo a los términos del Pliego de Bases y Condiciones;

                                                               

                                                              Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y  24.672  del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

                                           

                                                         R E S U E L V E

 

ARTICULO 1º: Aprobar  el  Acta  de  Recepción   Definitiva  correspondiente a  la   obra       ------------------ RED DE CLOCA CALLE MATHEU (A.V.) URQUIZA Y PELLEGRINI  realizado por la Cooperativa de Trabajo DEL PARQUE  LTDA. por los motivos expuestos en el exordio de la presente.----------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º: Autorizase  a  la  Contaduría la devolución  del Depósito de  Garantía                   -------------------- de Ejecución de Contrato retenida según Recibo Oficial Nº 260/2019, obrante a fj. 173 del presente expediente.------------------------------------ -----------------------

 

ARTICULO 3º: Autorizar  a  la  Contaduría a proceder a la desafectación del saldo--------

------------------- de la Orden de Compra Nº 563/2019 por un monto de $ 23.412,67 perteneciente a la Cooperativa de Trabajo DEL PARQUE LTDA. por lo expuesto en el exordio de la presente.-----------------------------------------------------------------------------------             

          

ARTICULO 4º: Dése al  Registro de Resoluciones - Pase a Contaduría, Tesorería------------------------------- Gerencia General de Grandes Consumidores para su conocimiento - Cumplido al Área Proyectos Institucionales Agua y Cloaca para su archivo.------------------

RESOLUCION Nº 001-2020                                           FIRMADA

                                                                                    CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

 

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                          
 

MAR DEL PLATA, 03/01/2020

 

 

                                                                                     

                                                                  Visto lo actuado en el Expediente Nº 1095-C-2017 Cpo.1 RED DE CLOCA CALLE CHILE 1316 (VI parcial), cuya ejecución estuvo a cargo de la empresa NASSARA CONSTRUCTORA S.A.

 

CONSIDERANDO                           

 

                                                                Que  se procedió a formalizar el Acta de Recepción Definitiva de la obra RED DE CLOCA CALLE CHILE 1316 (VI parcial);

 

                                                                Que a fj. 223 se informa que se ha producido un ahorro de obra por $ 3.137,40  respecto de la  Orden de Compra Nº 525/2019;

                                                                                                                                             

                                                                Que la obra fue ejecutada en un todo de acuerdo a los términos del Pliego de Bases y Condiciones;

                                                               

                                                              Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y  24.672  del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

                                           

                                                         R E S U E L V E

 

ARTICULO 1º: Aprobar  el  Acta  de  Recepción   Definitiva  correspondiente a  la   obra       ------------------ RED DE CLOCA CALLE CHILE 1316 (VI parcial)  realizado por la Cooperativa de Trabajo DEL PARQUE  LTDA. por los motivos expuestos en el exordio de la presente.------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º: Autorizase  a  la  Contaduría la devolución  del Depósito de  Garantía                   -------------------- de Ejecución de Contrato retenida según Recibo Oficial Nº 273/2019, obrante a fj. 226  del presente expediente.------------------------------------ -----------------------

 

ARTICULO 3º: Autorizar  a  la  Contaduría a proceder a la desafectación del saldo--------

------------------- de la Orden de Compra Nº 525/2019 por un monto de $ 3.137,40 perteneciente a la EMPRESA NASARA CONSTRUCTORA S.A. por lo expuesto en el exordio de la presente.-----------------------------------------------------------------------------------             

          

ARTICULO 4º: Dése al  Registro de Resoluciones - Pase a Contaduría, Tesorería------------------------------- Gerencia General de Grandes Consumidores para su conocimiento - Cumplido al Área Proyectos Institucionales Agua y Cloaca para su archivo.------------------

RESOLUCION Nº 002-2020                                FIRMADA

                                                                          CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

 

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                              
 

                    MAR DEL PLATA, 03/03/2020

 

 

                                                                                     

                                                                  Visto lo actuado en el Expediente Nº 52-C-2019  Cpo.1 RED DE CLOACA CALLE LOPEZ DE GOMARA 7300 E/ PIRAN Y DELLA PAOLERA, cuya ejecución estuvo a cargo de la Cooperativa de Trabajo DEL PARQUE LTDA.

 

CONSIDERANDO                           

 

                                                                Que  se procedió a formalizar el Acta de Recepción Definitiva de la obra RED DE CLOACA CALLE LOPEZ DE GOMARA 7300 E/PIRAN Y DELLA PAOLERA.

                                                                                                                                                  

                                                                Que la obra fue ejecutada en un todo de acuerdo a los términos del Pliego de Bases y Condiciones;

                                                                

                                                              Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y  24.672  del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

                                           

                                                         R E S U E L V E

 

ARTICULO 1º: Aprobar  el  Acta  de  Recepción   Definitiva  correspondiente a  la   obra       ------------------ RED DE CLOCA CALLE LOPEZ DE GOMARA 7300 E/PIRAN Y DELLA PAOLERA realizado por la Cooperativa de Trabajo DEL PARQUE LTDA. por los motivos expuestos en el exordio de la presente.----------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º: Autorizase  a  la  Contaduría la devolución  del Depósito de  Garantía                   -------------------- de Ejecución de Contrato retenida según Recibo Oficial Nº 233//2019,  obrante a fj.115 del presente expediente.-------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3º: Dése al  Registro de Resoluciones - Pase a Contaduría, Tesorería------------------------------- Gerencia General de Grandes Consumidores para su conocimiento - Cumplido al Área Proyectos Institucionales Agua y Cloaca para su archivo.------------------

RESOLUCION Nº 003-2020                                   FIRMADA

                                                                            CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                      
 

MAR DEL PLATA, 03/01/2020

 

 

                                                                                      

                                                                  Visto lo actuado en el Expediente Nº 927-I-2018 Cpo.1 RED DE CLOCA CALLE BELTRAMI (AV) E/ ROSALES Y BOUCHARD, cuya ejecución estuvo a cargo de la Cooperativa de Trabajo DEL PARQUE LTDA.

 

CONSIDERANDO                           

 

                                                                Que  se procedió a formalizar el Acta de Recepción Definitiva de la obra RED DE CLOCA CALLE BELTRAMI (AV) E/ ROSALES Y BOUCHARD;

 

                                                                Que a fj. 148 se informa que se ha producido un ahorro de obra por $ 39.092,82  respecto de la  Orden de Compra Nº 562/2019;

                                                                                                                                              

                                                                Que la obra fue ejecutada en un todo de acuerdo a los términos del Pliego de Bases y Condiciones;

                                                               

                                                              Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y  24.672  del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

                                           

                                                         R E S U E L V E

 

ARTICULO 1º: Aprobar  el  Acta  de  Recepción   Definitiva  correspondiente a  la   obra       ------------------ RED DE CLOCA CALLE BELTRAMI (AV) E/ ROSALES Y BOUCHARD realizado por la Cooperativa de Trabajo DEL PARQUE  LTDA. por los motivos expuestos en el exordio de la presente.----------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º: Autorizase  a  la  Contaduría la devolución  del Depósito de  Garantía                   -------------------- de Ejecución de Contrato retenida según Recibo Oficial Nº 216/2019, obrante a fj. 152  del presente expediente.------------------------------------ -----------------------

 

ARTICULO 3º: Autorizar  a  la  Contaduría a proceder a la desafectación del saldo--------

------------------- de la Orden de Compra Nº 562/2019 por un monto de $ 39.092,82 perteneciente a la Cooperativa de trabajo DEL PARQUE LTDA.  por lo expuesto en el exordio de la presente.-----------------------------------------------------------------------------------             

          

ARTICULO 4º: Dése al  Registro de Resoluciones - Pase a Contaduría, Tesorería------------------------------- Gerencia General de Grandes Consumidores para su conocimiento - Cumplido al Área Proyectos Institucionales Agua y Cloaca para su archivo.------------------

RESOLUCION Nº 004-2020                                    FIRMADA

                                                                            CARLOS  KATZ

 

 

 

 

                                                                                                                                                                                                                                                         
 

                    MAR DEL PLATA,  03/03/2020

 

 

                                                                                     

                                                                  Visto lo actuado en el Expediente Nº 257-C-2018  Cpo.1 RED DE CLOCA CALLE ALVEAR 855 (VI/PARCIAL) E/ HERNANDARIAS Y O. DE ZARATE, cuya ejecución estuvo a cargo de la Cooperativa de Trabajo EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA.

 

CONSIDERANDO                           

 

                                                                Que  se procedió a formalizar el Acta de Recepción Definitiva de la obra RED DE CLOCA CALLE ALVEAR 855 (VI/PARCIAL) E/ HERNANDARIAS Y O. DE ZARATE.

                                                                                                                                                 

                                                                Que la obra fue ejecutada en un todo de acuerdo a los términos del Pliego de Bases y Condiciones;

                                                               

                                                              Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y  24.672  del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

                                           

                                                         R E S U E L V E

 

ARTICULO 1º: Aprobar  el  Acta  de  Recepción   Definitiva  correspondiente a  la   obra       ------------------ RED DE CLOCA CALLE ALVEAR 855 (VI/PARCIAL) E/ HERNANDARIAS Y O. DE ZARATE realizado por la Cooperativa de Trabajo EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA. por los motivos expuestos en el exordio de la presente.---------------

 

ARTICULO 2º: Autorizase  a  la  Contaduría la devolución  del Depósito de  Garantía                   -------------------- de Ejecución de Contrato retenida según Recibos Oficiales Nº 229/2019, Nº 228/2019 obrante a fj. 145 y  fj. 146  del presente expediente.---------------------------------

 

ARTICULO 3º: Dése al  Registro de Resoluciones - Pase a Contaduría, Tesorería------------------------------- Gerencia General de Grandes Consumidores para su conocimiento - Cumplido al Área Proyectos Institucionales Agua y Cloaca para su archivo.------------------

RESOLUCION Nº 005-2020                                  FIRMADA

                                                                           CARLOS  KATZ

 

 

 

 

                                                                      MAR DEL PLATA, 06/01/2020

 

                  Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 1340-C-19 Cpo. 01 referente a la “ADQUISICION MATERIALES P/ MANTENIMIENTO REDES CLOACALES”; y

                                                          

CONSIDERANDO

                Que se ha cumplido con las formalidades del Llamado a Concurso de Precios Nº 97/19, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia, habiéndose presentado para el mismo 03 (TRES) firmas: ELEMENTOS Y PROYECTOS S.A., LEMOCHETE S.A. e I.P.L.I. S.R.L, según surge del Acta de Apertura de fecha 11/12/19 (fs. 24); 

 

              Que a fs. 31, 42 y 52  obran Certificados de Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE con vigencia hasta el 30/06/20 pertenecientes a las firmas ELEMENTOS Y PROYECTOS S.A., LEMOCHETE S.A. e I.P.L.I. S.R.L, respectivamente;

 

                                                              Que al pie de fs. 53 la Gerencia de Producción informa que todas las propuestas presentadas por las firmas oferentes cumplen con lo solicitado; 

 

                                                              Que visto que las ofertas presentadas para los renglones 01 y 03 por la firma ELEMENTOS Y PROYECTOS S.A. y para el renglón 4 por la firma I.P.L.I. S.R.L, exceden su Presupuesto  Oficial, se solicitó a ambas firmas una Mejora de Ofertas (Cédulas de fs. 54 y 56), resultando según Acta de Apertura de fecha 18/12/19 (fs. 58) que la firma ELEMENTOS Y PROYECTOS S.A. ofrece un 2% de descuento en los renglones 01 y 03 del Concurso de Precios de referencia y la firma IPLI SRL concede un 2% de descuento sobre las ofertas presentadas oportunamente para el renglón 4, manteniendo el resto de las condiciones propuestas;

 

                                                           Que la firma I.P.L.I. S.R.L manifiesta según nota de fs. 62 que extiende el plazo de mantenimiento de precios para el presente Concurso hasta el día 07/01/2020 inclusive;

 

                                                           Que atento lo informado por la firma IPLI SRL (punto 3 - pie de fs. 46) donde indica, según su planilla Oferta Alternativa con Descuento con Entrega Total (fs. 51), que el pago deberá efectuarse a los 15 días de entrega del material y presentación de la factura, se remitieron las actuaciones al Area Tesorería (fs. 65) a fin evalúe e informe si lo propuesto por la firma es conveniente financieramente a los intereses de OSSE. Por lo que a fs. 67 dicha Area manifiesta que a tal fin se ha trabajado comparando las condiciones de entrega y pago establecidas por OSSE con las propuestas por el oferente, y los posibles rendimientos financieros de cada alternativa. Mencionando que en el cuadro agregado a fs. 66 se muestran los datos utilizados en la evaluación y los resultados obtenidos (calculados utilizando las tasas vigentes para colocaciones a Plazo Fijo en el BPBA), entendiendo que la propuesta es conveniente si genera un resultado financiero positivo. En conclusión, desde el punto de vista financiero, el Area considera que la propuesta de la firma oferente puede ser aceptada por  generar una condición financiera más ventajosa a los intereses de OSSE. Por último informa que toma nota del monto de la contratación y de la fecha probable de pago a fin de incluir el gasto en la planificación financiera del presupuesto que realiza esta Tesorería (en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00);

                                                            Que si bien la cotización global mejorada de ambos oferentes ($289.416,61) supera sólo en un 2.02% el Presupuesto Oficial fijado ($283.666,04), se observa que la variación de la Divisa extranjera entre la fecha del presupuesto (17/10/19 – fs. 3) utilizado para la confección de la Solicitud de Pedido 3-200-186 y la de Apertura de Ofertas (Mejora del 18/12/19) fue del 3.57%. Por lo que atento que para el presente ya se ha contemplado una Mejora de Precios y que las cotizaciones presentadas se corresponden a valores actuales del mercado, resultaría financieramente conveniente a los intereses de OSSE adquirir los materiales en cuestión en esta instancia a fin de no resentir la operatoria de trabajos que cuenten con dichos materiales;

 

                                                              Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja ADJUDICAR el Concurso de Precios Nº 97/19 “ADQUISICION MATERIALES P/ MANTENIMIENTO REDES CLOACALES” de la siguiente manera: a la firma ELEMENTOS Y PROYECTOS S.A. los renglones 1, 2 y 3 en su Oferta Básica con Entregas Parciales (mejorada en los renglones 1 y 3) con facturación parcial conforme a las entregas parciales efectivamente realizadas y recepcionadas por OSSE por la suma total de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES CON 72/100 ($254.743,72) con impuestos incluidos y a la firma I.P.L.I. S.R.L. el renglón 4 en su Oferta Alternativa con Descuento con Entrega Total (mejorada) con pago a los 15 días de entrega del material y presentación de la factura (ello en un todo de acuerdo a lo informado por el Area Tesorería a fs. 66/7) por la suma total de PESOS TREINTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS CON 89/100  ($34.672,89) con impuestos incluidos, ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta en PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS DIECISEIS CON 61/100 ($289.416,61) con impuestos incluidos por ser sus ofertas convenientes a los intereses de OSSE y cumplir con lo requerido en el PByC; 

                                                     

                                                            Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1°:                Aprobar  las  actuaciones obrantes en el Expediente N° 1340-C-19 Cpo. 01

------------------- referente a la “ADQUISICION MATERIALES P/ MANTENIMIENTO REDES CLOACALES”.------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º:                ADJUDICAR  el   Concurso   de   Precios   Nº  97/19  “ADQUISICION P/

----------------- MANTENIMIENTO REDES CLOACALES” de la siguiente manera: a la firma ELEMENTOS Y PROYECTOS S.A. los renglones 1, 2 y 3 en su Oferta Básica con Entregas Parciales (mejorada en los renglones 1 y 3) con facturación parcial conforme a las entregas parciales efectivamente realizadas y recepcionadas por OSSE por la suma total de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES CON 72/100 ($254.743,72) con impuestos incluidos y a la firma I.P.L.I. S.R.L. el renglón 4 en su Oferta Alternativa con Descuento con Entrega Total (mejorada) con pago a los 15 días de entrega del material y presentación de la factura (ello en un todo de acuerdo a lo informado por el Area Tesorería a fs. 66/7) por la suma total de PESOS TREINTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS CON 89/100  ($34.672,89) con impuestos incluidos, ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta en PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS DIECISEIS CON 61/100 ($289.416,61) con impuestos incluidos por ser sus ofertas convenientes a los intereses de OSSE y cumplir con lo requerido en el PByC.------------------------------------------------

 

ARTÍCULO 3°: El plazo de entrega será en todos los casos a partir de la notificación de la Orden de

------------------ Compra a las firmas adjudicatarias y de acuerdo al siguiente detalle: para la firma ELEMENTOS Y PROYECTOS S.A. serán parciales: 1º entrega: 70% dentro de los 7 (siete) días hábiles y 2º entrega: 30% restante a los 30 (treinta) días corridos,; y para la firma I.P.L.I. S.R.L. la entrega será total dentro de los 15 (quince) días corridos.----------------------------------------------------

 

ARTICULO 4°:        La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma ELEMENTOS Y

-------------------- PROYECTOS S.A. que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae, el que deberá formalizarse en la Tesorería de OSSE. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.-------------------------------------------------------

 

ARTICULO 5º:       Autorizar a la Contaduría a realizar los ajustes que correspondan a la                 -------------------- adjudicación indicada en el Artículo 2º.-----------------------------------------------------

 

ARTICULO 6°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente                                ------------------- adjudicación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.----------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 7º: Notificar a las  firmas  de lo dispuesto  precedentemente.----------------------------------

 

ARTICULO 8º: Dese  al  Registro  de  Resoluciones.  Pase  a  la  Oficina  de Compras a los                 ------------------- efectos  de  dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.-----------------------------------

RESOLUCION Nº 006-2020                               FIRMADA    CARLOS  KATZ

  

 

 

    MAR DEL PLATA, 06/01/2020

 

 

Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 405-C-12 Cpos. 01 y 02 referente al Proyecto interno de “RECOLECCION SELECTIVA DEL PAPEL, METALES, PLASTICOS Y OTROS RESIDUOS PARA SU POSTERIOR RECICLADO – AÑO 2016-2017” y;

 

CONSIDERANDO

 

Que por Resolución de Directorio Nº 912/19 de fecha 16/12/19 (fs 300) se autorizó la firma del Convenio para la  implementación del Proyecto Interno de Recolección Selectiva de Papel, Metales, Plásticos y Otros Residuos para su posterior reciclado – Año 2020-2021  con la  firma DEPOSITO JUNCAL S.A. por ser su propuesta conveniente a los intereses de O.S.S.E;

 

Que mediante nota de fecha 20/12/19 registrada en OSSE bajo el Nº 2099 la firma DEPOSITO JUNCAL SA, habiendo tomado nota de un error involuntario de su parte en la presentación del Pliego en el marco de la cotización de referencia, informan que los precios correctos de los ítems baterías con o sin ácido son $30 mas IVA por Kg  y $38 mas IVA por Kg respectivamente;

 

Que habiendo analizado nuevamente las cotizaciones de las firmas proponentes, resulta igualmente conveniente efectuar una única adjudicación a la firma DEPÓSITO JUNCAL S.A.  ya que la cotización presentada por dicha firma es significativamente superior  y debido a que la contratación a realizar no implica una erogación económica para OSSE, sino exactamente a la inversa;

 

Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja: 1)  dejar sin efecto el Artículo Nº 2 de la Resolución de Directorio Nº 912/19 que autoriza la firma del Convenio para la  implementación del Proyecto Interno de Recolección Selectiva de Papel, Metales, Plásticos y Otros Residuos para su posterior reciclado – Año 2020-2021  con la  firma DEPOSITO JUNCAL S.A y; 2) Aprobar la firma del nuevo Convenio que obra como Anexo 1 para la Implementación del Proyecto Interno de recolección selectiva de papel, metales, plásticos y otros residuos para su posterior reciclado – año 2020-2021 con la  firma DEPÓSITO JUNCAL S.A. por ser su propuesta conveniente a los intereses de O.S.S.E.;

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

 

EL DIRECTORIO  DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTÍCULO 1º: Dejar sin efecto el Artículo Nº 02 de la Resolución de Directorio Nº 912/19                   -------------------- de fecha 16/12/19 por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-------- 

 

ARTÍCULO 2º: Autorizar la firma del Convenio que obra como Anexo 1 para la implementación ------------------- del Proyecto Interno de Recolección Selectiva de Papel, Metales, Plásticos y Otros Residuos para su posterior reciclado – Año 2020-2021  con la  firma DEPOSITO JUNCAL S.A. por ser su propuesta conveniente a los intereses de O.S.S.E.--------------------------

 

ARTICULO 3º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras los  efectos de   ------------------- dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.--------------------------------------------

RESOLUCION Nº 007-2020                                       FIRMADA

                                                                                 CARLOS  KATZ

 

 

 

 

CONVENIO DE RECOLECCIÓN DE PAPEL Y RESIDUOS PARA SU RECICLADO

AÑOS 2020/2021

 

Entre OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA SOCIEDAD DE ESTADO, Cuit 30-63046762-0, representada en este acto por el  Sr. Presidente ARQ. CARLOS ALBERTO KATZ  quien acredita su identidad con D.N.I. Nº 16.593.363 , en adelante "OSSE", por una parte  y por la otra parte, la firma DEPÓSITO JUNCAL S.A., Cuit 30-71435229-2 representada por el Sr. Nicolás Martín Cortiñas en carácter de apoderado, quien acredita identidad con DNI Nº 29.708.891, en adelante LA EMPRESA, acuerdan en celebrar el presente convenio, tendiente a efectivizar la implementación del "PROYECTO INTERNO DE RECOLECCIÓN SELECTIVA DEL PAPEL, METALES, PLÁSTICOS Y OTROS RESIDUOS PARA SU POSTERIOR RECICLADO - AÑO 2020-21" aprobado por Ordenanza Municipal Nº 16430 promulgada mediante Decreto Nº 2517.- El presente convenio se regirá por las cláusulas que se establecen a continuación: 

 

PRIMERA: LA EMPRESA ofrece a OSSE efectivizar la recolección de los residuos que se especifican en la cláusula segunda, previamente usados por ésta e inutilizables para la misma, procediendo a su retiro de las distintas dependencias de OSSE, por medio de la operatoria que se indica en la cláusula tercera, acordando abonar a ésta última un precio por los residuos retirados de la misma.

SEGUNDA: Las partes acuerdan el precio que LA EMPRESA deberá abonar a OSSE en concepto de pago por cada tipo de los residuos según el siguiente detalle:

Renglón 1: Papel blanco: $ 8.50 + IVA por kg.

Renglon 2: Papel de segunda: $ 2.20 + IVA por kg.

Renglón 3: Papel de diario: $ 3.90 + IVA por kg.

Renglón 4: Cartón: $ 3.90 + IVA por kg.

Renglón 5: Hierro: $ 4.50 + IVA por kg.

Renglón 6: Cobre: $ 190.00 + IVA por kg.

Renglón 7: Chapa: $ 3.00 + IVA por kg.

Renglón 8: Bronce: $ 130.00 + IVA por kg.

Renglón 9: Aluminio: $ 22.00 + IVA por kg.

Renglón 10: Vidrio: $ 0,10 + IVA por kg.

Renglón 11: Acero Inoxidable: $ 10.00 + IVA por kg.

Renglón 12: Baterías con ácido: $ 30.00 + IVA por kg.

Renglón 13: Baterías sin ácido: $ 38.00 + IVA por kg.

Renglón 14: Radiadores: $ 80.00 (de cobre) + IVA por kg.

Renglón 15: Tapa de Medidores: $ 2.80+ IVA por kg.

 

Los precios consignados en la presente cláusula son los valores mínimos por kilo para cada tipo de residuo y se encuentran sujetos a variaciones en función a las condiciones de mercado y con previo acuerdo de las partes.

 

En el caso de cables que posean cobre en su interior, se determina que del peso total el 70% es plástico y el 30% cobre. Las partes acuerdan un reconocimiento a LA EMPRESA del 50% del valor de cobre, en concepto de mano de obra a utilizar para el desglose.

 

TERCERA: LA EMPRESA se compromete a:

a) Efectuar el vaciado y retiro de los residuos a reciclar recolectados, de las instalaciones de OSSE con previa coordinación de la Unidad de Gestión Ambiental de OSSE.

b) Con cada retiro de residuo recolectado y sin excepción, LA EMPRESA deberá entregar al responsable de la Unidad de Gestión Ambiental una constancia escrita firmada por quien represente a la firma, indicando fecha del retiro, peso del residuo retirados y la cotización para el pago del mismo, el que no podrá ser inferior a las sumas indicadas en la cláusula segunda.

c) Permitir, cuando OSSE lo requiera, verificar el peso del camión y/o vehículo completo con el retiro del producto, en una báscula pública.-

d) Mantener la báscula de peso con certificado actualizado de calibración.

 

CUARTA: LA EMPRESA deberá abonar el precio acordado en la cláusula segunda mensualmente en la Tesorería de OSSE sita en French 6737 1º piso, en efectivo o con cheque exclusivamente de cuenta corriente de titularidad de dicha firma que será depositado en la cuenta de OSSE que la Tesorería indique. El pago deberá realizarse a mes vencido del 1 al 10 de cada mes. El incumplimiento con el pago en tiempo y forma implicará la mora automática de LA EMPRESA, sin necesidad de previa intimación, pudiendo aplicarse como apercibimiento la rescisión del presente convenio.

 

QUINTA: El presente acuerdo tendrá vigencia desde el 01/01/2020 hasta el 31 de diciembre de 2021.

 

SEXTA: Para todos los efectos legales emergentes del presente convenio las partes se someten a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios competentes de la Pcia. de Bs. As. del Depto. Judicial Mar del Plata, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción, incluso al Federal. Asimismo, las partes constituyen domicilios contractuales, OSSE en calle French Nº 6737, y LA EMPRESA en calle San Lorenzo Nº 6034, ambos de la ciudad de Mar del Plata, en donde serán válidas todas las notificaciones que se practiquen.

 

En prueba de conformidad, se redactan dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Mar del Plata, a los     días del mes de Enero de dos mil veinte.-

 

 

MAR DEL PLATA, 06/01/2020

 

 

VISTO el recurso interpuesto por Lucas José Luis CORREA (CI 1162) contra la Disposición Conjunta de la Gerencia de Recursos Humanos y de la Gerencia de Producción Nº 61/2019 y Nº 94/2019 respectivamente; y

 

 

CONSIDERANDO

 

Que el recurso es formalmente admisible (art. 27, Régimen de Disciplina, Res. 974/13, Anexo II);

 

Que Lucas José Luis CORREA (CI 1162) alega que el día 30/11/2019 concurrió a la despensa ubicada frente a Base Szpyrnal a "comprar algo para comer”; que allí estaba conversando con Diego Sebastian Clavero (CI 818) mientras aguardaba la preparación del “sándwich que había pedido y llevaría para comer luego”; que en tales circunstancias ingresó su superior jerárquico dirigiéndose hacia él "de muy mala manera". Sostiene que la sanción impuesta deviene injustificada porque no estaba consumiendo bebidas alcohólicas;

 

Que sin perjuicio de que los hechos que motivan la sanción disciplinaria han sido expresamente reconocidos por Diego Sebastián Clavero (CI 818), resultando que el recurrente no aporta nuevos elementos que puedan hacer variar la decisión adoptada y que a él no le fue endilgado el consumo de bebidas alcohólicas sino las conductas ya descriptas en el acto impugnado, corresponde rechazar el recurso interpuesto;

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Resoluciones Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE

OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA SOCIEDAD DEL ESTADO

RESUELVE

 

ARTÍCULO 1º: Rechazar el recurso interpuesto por Lucas José Luis CORREA (CI 1162) contra la Disposición Conjunta de la Gerencia de Recursos Humanos y de la Gerencia de Producción Nº 61/19 y Nº 94/19 respectivamente y advertir al trabajador que la reiteración de nuevas faltas disciplinarias podrá ser más severamente sancionada, incluso con despido. La medida se hará efectiva en la fecha que indique la Gerencia de Recursos Humanos, la cual deberá ser comunicada conjuntamente con la notificación de la presente.-

 

ARTÍCULO 2º: Regístrese, notifíquese y cúmplase.-

RESOLUCION Nº 008-2020                              FIRMADA

                                                                       CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

 

MAR  DEL  PLATA, 07/01/2020

 

Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 997-C-19 Cpo.1 referente a los: “SERVICIOS AUXILIARES PARA CONEXIONES” y;

 

CONSIDERANDO

 

          Que por Resolución de Directorio N° 614/19 de fecha 09/09/2019 (fs 72) se resolvió Adjudicar el Concurso de Precios Nº 74/19 “SERVICIOS AUXILIARES PARA CONEXIONES” a la  COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL ($836.000,00) con impuestos incluidos, por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE,  cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $840.360,00 (Orden de Compra Nº 832/19) ;

 

                                                         Que a fs. 135 la Gerencia de Producción, mediante Solicitud Nº 3-200-198, solicita la ampliación de la Orden de Compra Nº 832/2019  para el servicio de referencia por la suma de $836.000,00  equivalente al 100% del monto total de la contratación original y la ampliación de plazo por 120 días;

 

                                                      Que a fs. 139 el Área Contaduría, atento a lo solicitado, informa que solo se podrá ampliar la presente contratación (Orden de Compra Nº 832/19) en la suma de $333.552 o sea hasta el limite de Concurso de Precios ($1.169.552) representando un 39.89% del contrato. Indican que, de tramitarse por este importe, no tienen observaciones que formular pues el Artículo 3 del Pliego de Bases y Condiciones Cláusulas Particulares del Concurso de Precios Nº 74/19 prevé la ampliación hasta el 100%. En relación a la solicitud Nº 3-200-198 informan que se tomará debida cuenta para el ejercicio 2020, una vez resuelta la ampliación, la Unidad Ejecutora deberá confeccionar la solicitud en función a lo informado. Por lo tanto solicitan la tramitación del acto administrativo pertinente que apruebe la ampliación de contrato en un 39.89%;

 

                                                       Que a fs 141 la Gerencia de Producción informa que el plazo previsto para la finalización de tareas para la ampliación solicitada mediante Solicitud de Pedido Nº 3-200-198 se estima en 2 (dos) meses;          

 

                                                          Que el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del P. B. y C.  establece que “Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado podrá disponer el/los aumento/s y/o disminución/es de la contratación hasta un cien por ciento (100 %) del monto de la Orden de Compra. Dichas modificaciones serán obligatorias para la parte Contratista y se liquidarán según el precio de la Orden de Compra. Por la parte suprimida, no se reconocerá lucro cesante.”;  

                                                                                                                                                      

                                                         Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja ampliar la Orden de Compra Nº 832/19 correspondiente al Concurso de Precios Nº 74/19: “SERVICIOS AUXILIARES PARA CONEXIONES” a la  COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS ($333.552,00) equivalente al 39.89% del monto contratado originalmente, estimándose las cantidades a ampliar de cada ítem en forma proporcional  a los establecidos en la Orden de Compra Nº 832/19 y a los precios unitarios allí indicados;  

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1º: Autorizar la ampliación de la Orden de Compra Nº 832/19 correspondiente al                         ------------------  Concurso de Precios Nº 74/19: “SERVICIOS AUXILIARES PARA CONEXIONES” a la  COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS ($333.552,00) equivalente al 39.89% del monto contratado originalmente estimándose las cantidades a ampliar de cada ítem en forma proporcional  a los establecidos en la Orden de Compra Nº 832/19 y a los precios unitarios allí indicados.----------------------------------------------

 

ARTICULO 2º: El plazo previsto para la finalización de los trabajos objeto de la presente                 -------------------  ampliación será de 2 (dos) meses -------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3º: La Gerencia de Compras y Suministros  comunicará a la firma Adjudicataria                    ------------------- que dentro  de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total de la ampliación a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Gerencia de Compras y Suministros, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.---------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 4°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente                                --------------------- ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.-----------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 5°: Notificar  a la  firma  de  lo dispuesto  precedentemente.-----------------------------

 

ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Gerencia de Compras y Suministros -------------------  a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase.---------------

RESOLUCION Nº 009-2020                                         FIRMADA

                                                                                  CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

                                                                     MAR DEL PLATA, 07/01/2020

                                              

             Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 792-O-2019 Cuerpos 01 y 02 referente a la Obra: “COLECTOR PLUVIAL ASTURIAS”;  y 

                                                                                                                                              

CONSIDERANDO

 

                                                      Que se ha cumplido con las formalidades del Segundo Llamado a Licitación Pública Nº 11/19 (Resolución de Directorio Nº 884/19 de fecha 04/12/19 – fs. 284) según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia, habiéndose realizado la apertura de los Sobres Nº 1 según acta de fecha 18/12/19 obrante a fs 349;

 

Que ha presentado sobre 01 (una) firma: CIAGESER S.A.;

 

                                                  Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación habiendo procedido a analizar la documentación del Sobre Nro. 1 presentada por la firma CIAGESER S.A., informa en Acta de reunión obrante a fs. 355 que la firma presenta la  documentación requerida para este Segundo Llamado; que por Resolución de Directorio Nº 884/19 de fecha 04-12-19, se autorizó a dar por cumplido el depósito de garantía a la firma CIAGESER S.A., a dar por comprado el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública N° 11/19 Segundo Llamado y a dar por cumplida la totalidad de la documentación presentada en el Sobre 1 en oportunidad del Primer Llamado; y que tal lo informado en el Acta de Comisión del 11-11-19, la firma CIAGESER S.A. cumple con lo requerido para la presentación del Sobre 1.  Por lo que la Comisión entiende que la mencionada firma cumple con lo requerido en esta instancia, recomendando declarar admisible su Oferta, solicitando al Área Compras se proceda la apertura del Sobre Nº 2;

 

Que la Gerencia de Compras y Suministros en un todo de acuerdo a lo recomendado por la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación aconseja efectuar la Apertura del Sobre Nº 2 (Oferta Económica) correspondiente a la firma CIAGESER S.A., cuya fecha de apertura será dentro de los 2 (dos) días hábiles de firmada la presente, a realizarse en el Edificio sito en calle French 6737;

 

 

                                                Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1°:     Aprobar  las  actuaciones   que  corren  a   partir  de   fs. 285 obrantes  en   el   

------------------ Expediente N° 792-O-2019 Cuerpos 01 y 02 referente a la Obra: “COLECTOR PLUVIAL ASTURIAS”.--------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2°:      Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a efectuar la Apertura del

------------------- Sobre Nº 2 (Oferta Económica) correspondiente a la firma CIAGESER S.A., cuya fecha de apertura será dentro de los 2 (dos) días hábiles de firmada la presente, a realizarse en el Edificio sito en calle French 6737.-------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3º: Notificar a la Firma de lo dispuesto en la presente Resolución.---------------------

 

ARTICULO 4°: Dése al Registro  de  Resoluciones  – Pase  a la Oficina de Compras a fin de        ------------------- dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.------------

RESOLUCION Nº 010-2020                                        FIRMADA  CARLOS KATZ

 

 

 

 

MAR DEL PLATA, 07/01/2020

                                                

    

                                                       Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 1262-C-19 Cpo. 01 referente a la ACTUALIZACION Y RENOVACION TECNOLOGICA EQ NETWORKING (SWITCH CORE)”;  y

 

CONSIDERANDO

 

Que se ha cumplido con las formalidades del 1° llamado a Licitación Pública Nº 14/19 según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia;

 

                                                      Que habiéndose invitado a  08 (ocho) Empresas del ramo (listado de fs. 66), han adquirido el Pliego de Bases y Condiciones las firmas RACKLATINA S.A., TECHNOLOGY BUREAU S.A. y SYSTEMS CORP S.A. pero ninguna ha presentado propuesta para el mencionado Llamado, según consta en Acta de Apertura de fecha 26/12/19 obrante a fs. 94;      

 

                                                     Que habiéndose efectuado relevamiento telefónico y vía e-mail a las empresas que adquirieron pliego, las mismas alegan varios motivos ante la falta de presentación, por ejemplo que al momento de realizar la estructura de costos, la misma tiene en su componente un 80% aproximadamente en Dólares, dado que lo solicitado es material importado en su totalidad, y que en virtud de dicho análisis y con el presupuesto en pesos más la inestabilidad decidieron no participar por el alto riesgo que implicaba cotizar en pesos. Otra de las firmas consultadas fundamenta que no presentaron oferta ya que sus productos, amén de ser más costosos que el presupuesto oficial (casi el doble), tampoco cumplen con las especificaciones solicitadas y no poseen materiales en su catálogo, para poder ofrecer como un reemplazo viable, quedando atentos a un Segundo Llamado;

 

                                                     Que vista la inexistencia de ofertas y teniendo en cuenta las previsiones de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Gerencia de Compras y Suministros aconseja se declare desierto el Primer Llamado y se proceda a realizar un Segundo Llamado a Licitación Pública Nº 14/19, cuya fecha de apertura de sobres será a los 10 (diez) días hábiles de efectuada las publicaciones en alguno de los diarios locales, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras;

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº  7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

                       

ARTICULO 1°:   Aprobar  las   actuaciones que corren a partir de fs 43 del Expediente N° 1262-C-19 Cpo.

------------------ 01 referente a la ACTUALIZACION Y RENOVACION TECNOLOGICA EQ NETWORKING (SWITCH CORE)”.-----------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2°:                    Efectuar   un  Segundo  Llamado  a  Licitación Pública Nº 14/19, cuya fecha de ------------------- apertura de sobres será a los 10 (diez) días hábiles de efectuada las publicaciones en alguno de los diarios locales, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras.--------

 

ARTICULO 3º:                        Efectuar las publicaciones por dos (2) días en el BOLETÍN OFICIAL DE LA

----------------  PROVINCIA DE BUENOS AIRES y por un (1) día en los diarios locales LA CAPITAL y EL ATLANTICO.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 5°:       Dar   por   comprado  a   las   firmas RACKLATINA S.A., TECHNOLOGY BUREAU

------------------ S.A. y SYSTEMS CORP S.A. el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública N° 14/19 Segundo Llamado, entregándose un ejemplar sin cargo a través de la Oficina de Compras.------------

 

ARTICULO 6°: Invitar a participar a las firmas del ramo.-----------------------------------------------------------

 

ARTICULO 7°:  Dése  al  Registro de Resoluciones – Pase al Área Compras a fin de dar cumplimiento a lo

------------------- dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.----------------------------------------------------

 

RESOLUCION Nº 011-2020                                            FIRMADA

                                                                                     CARLOS  KATZ

 

                                                   

          

MAR DEL PLATA, 07/01/2020

 

                                               Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 1412-I-2016 Alcance 29 Cuerpo 01 referente a la Obra: COMPLETAMIENTO RED DE AGUA ALTO CAMET – Convenio Marco Suscripto e/ Ministerio de Infraestructura y Servicio Públicos de la Pcia de Buenos Aires y la M.G.P;  y

                                                                                                                                              

CONSIDERANDO

 

                                              

                                           Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones;

 

                                              Que de acuerdo a lo determinado por el Artículo N° 133 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde llamar a Licitación Pública;

 

                                               Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1°: Aprobar  el  Pliego de Bases y Condiciones obrante  de fs. 62 a 222 ambas                    ------------- ----- inclusive del citado Expediente. ----------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2°: Llamar a Licitación Pública N° 15/19 referente a la Obra  “OBRA                                     -------------------- COMPLETAMIENTO RED DE AGUA ALTO CAMET – Convenio Marco Suscripto e/ Ministerio de Infraestructura y Servicio Públicos de la Pcia de Buenos Aires y la M.G.P” cuya fecha de apertura de sobres  se llevará a cabo a los 15 (quince) días hábiles de efectuada las publicaciones en alguno de los diarios locales, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras.-------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3°: Efectuar las publicaciones por dos (2) días en el BOLETÍN OFICIAL                                         ------------------- DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y por un (1) día en los diarios locales LA CAPITAL y EL ATLANTICO.----------------------------------------------------------------------------

 

 ARTICULO 4º:   Invitar a participar a las firmas del ramo.--------------------------------------------

 

ARTICULO 5°:  Crear la  Comisión  de  Estudio  de  Ofertas  y  Adjudicación  para  la                   ------------------- Licitación Pública N° 15/19 integrada por el Ing Pascual Furchi quien presidirá la misma como titular y el Ing. Juan Carlos Szpyrnal  como suplente por la Gerencia de Obras, el CP Hernán Mingioni como titular y el CP Rafael Principi como suplente ambos por el Área Contaduría y la Dra Fabiana Suter como titular y la Dra. Graciela Leone como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos.----------------------------

 

ARTICULO 6°: Dése al Registro  de  Resoluciones  – Pase  a la Gerencia de Compras y                --------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.------------------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 012-2020                                          FIRMADA

                                                                                    CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

 

MAR DEL PLATA, 07/01/2019

                                                

      

Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 1296-C-19 Cpo. 01 referente a la ADQUISICION SERVIDOR TIPO INTEL XENON”;  y

 

                                                                                                                                              

CONSIDERANDO

 

Que se ha cumplido con las formalidades del 1° llamado a Licitación Privada N° 21/19 según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia;

 

Que habiéndose invitado a 12 (doce) Empresas del ramo (listado de fs. 42), no se ha adquirido Pliego de Bases y Condiciones ni se han presentado propuestas para el mencionado Llamado, según consta en Acta de Apertura de fecha 20/12/19 obrante a fs. 56;

 

Que habiéndose efectuado relevamiento telefónico y vía e-mail a algunas de las empresas invitadas del ramo, las mismas alegan varios motivos ante la falta de presentación, entre ellos, que no hay valor de referencia para poder cotizar por no poder hacerlo en moneda extranjera, por no contar con el equipamiento requerido (falta de stock por adquirirse el mismo de manera tercerizada) y otros debido que el último año ya no han desarrollado con mayor foco el proceso de comercialización de servidores y componentes de hardware. Sumado a ello se argumenta la variación de la divisa extranjera en los meses transcurridos y falta de tiempo para la preparación y presentación de sobre, quedando atentos a un Segundo Llamado;

 

                                                    Que vista la inexistencia de ofertas y teniendo en cuenta las previsiones de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Gerencia de Compras y Suministros aconseja se declare desierto el Primer Llamado y se proceda a realizar un Segundo Llamado a Licitación Privada N° 21/19, cuya fecha de apertura de sobres será a los 10 (diez) días hábiles de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras;

 

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº  7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

                       

ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs. 41 del Expediente 1296-C-

------------------- 19 Cpo. 01 referente a la ADQUISICION SERVIDOR TIPO INTEL XENON”.--------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2°:               Declarar desierto el Primer Llamado y proceder a realizar un Segundo

----------------- Llamado a Licitación Privada N° 21/19, cuya fecha de apertura de sobres será a los 10 (diez) días hábiles de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras.-----------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3°:   Invitar a participar a las firmas del ramo.---------------------------------------------

 

ARTICULO 4°: Dése  al  Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Compras y                -------------------- Suministros a fin de dar  cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------

 

RESOLUCION Nº  013-2020                                        FIRMADA

                                                                                  CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

 

 

 

MAR DEL PLATA, 07/01/2020

                                                

                                                    Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 1352-C-19 Cpo. 01 referente a la ADQUISICION FUENTE ALIMENTACION CARGADORA DE  BATERIA P/ SISTEMA TRANSMISION A DISTANCIA DE EQ MICROMEDICION;  y

                                                                                                                                                        

CONSIDERANDO

 

                                                    Que se ha cumplido con las formalidades del 1° llamado a Licitación Privada N° 22/19 autorizado por Resolución de Directorio Nº 906/19 de fecha 11/12/19 (fs. 21), según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia;

 

                                                    Que habiéndose invitado a 44 (cuarenta y cuatro) empresas del ramo, según listado de fs. 24, sólo constituyó el Depósito de Garantía de Mantenimiento de Oferta y  presentó sobre la firma O.A.C.I. S.A., según consta en Acta de Apertura de fecha 02/01/2020 obrante a fs. 73;

                

                                                     Que ante la existencia de una única oferta y de acuerdo a lo establecido por el Artículo 155 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Gerencia de Compras y Suministros aconseja proceder a realizar un Segundo Llamado para la Licitación de referencia cuya fecha de apertura de sobres será a los 7 (siete) días hábiles de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras;

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

                       

ARTICULO 1°:     Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs 22 obrantes en  el          -------------------- Expediente N° 1352-C-19 Cpo. 01 referente a la ADQUISICION FUENTE ALIMENTACION CARGADORA DE  BATERIA P/ SISTEMA TRANSMISION A DISTANCIA DE EQ MICROMEDICION”.---------------------------

           

ARTICULO 2°: Declarar fracasado el presente llamado y proceder a realizar Segundo Llamado ----------------- a Licitación Privada N° 22/19 cuya fecha de apertura de sobres será a los 7 (siete) días hábiles de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras.----------------------------------------------

ARTICULO 3°: Dar por comprado a la firma O.A.C.I. S.A. el Pliego Bases y  Condiciones de la------------------- Licitación Privada  N° 22/19, entregándose un ejemplar sin cargo a través de la Oficina de Compras.----------------------------------------

 

ARTICULO 4°:   Dar por constituida la Garantía de Mantenimiento de Oferta Recibo Oficial        -------------------- Nº 330 de fecha 27/12/19 (fs. 72) a la firma O.A.C.I.  S.A. para la Licitación Privada  N° 22/19.--------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 5°:     Notificar  a  la   firma   de  lo   dispuesto precedentemente e Invitar participar ------------------ a  las firmas del ramo.-----------------------------------------------

 

ARTICULO 6°:    Dése al Registro  de  Resoluciones  – Pase  a la Oficina de Compras Área       -------------------- Grandes  Contrataciones a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 014-2020                                            FIRMADA

                                                                                     CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

 

MAR DEL PLATA,  07/01/2020

 

 

 

                                                                      Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 764-C-19  Cpo.1 referente a la: “ADQUISICION PRECINTOS DE BRONCE Y CEPO UNIFICADO” y;

 

CONSIDERANDO

 

                                                                    Que por Resolución de Directorio Nº 464/19 de fecha 23 de Julio del 2019 (fs. 32) se  adjudico el Concurso de Precios Nº 39/19 “ADQUISICION PRECINTOS DE BRONCE Y CEPO UNIFICADO” a la firma BOTTICON SRL en su propuesta mejorada (descuento del 3% sobre su propuesta original) por la suma total de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTIUNO CON 05/100 ($534.921,05) con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con lo requerido en el pliego, Orden de Compra 658/19 (fs. 41/43);

 

                                                                   Que a fs. 48  la Gerencia de Servicios, informa que la firma  BOTTICON SRL, según Orden de Compra Nº 658/19,  ha cumplido con todo lo requerido;

 

                                                                  Que a fs. 49 el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 658/19  perteneciente a BOTTICON SRL, se encuentra totalmente cancelada;

 

                                                           Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 166 (fs.38) de fecha 30 de Julio de 2019 perteneciente a la firma BOTTICON SRL;

 

                                                          Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672  del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1º  Dar por cumplimentado a la firma BOTTICON SRL,  el Concurso de Precios--------------------Nº39/19-------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º: Autorizar  a  la  Contaduría  a   proceder a la devolución del Depósito de                 ---------------------Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 166 (fs 38) de fecha 30 de Julio de 2019 perteneciente a la firma BOTTICON SRL.-------------------

 

 ARTICULO 3º:   Dése  al  Registro  de  Resoluciones.  Pase  a  la  Contaduría   a   los  efectos ---------------------- de dar Cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Oficina de Compras. Cúmplase.-------------------------------------------

RESOLUCION Nº 015-2020                                  FIRMADA

                                                                            CARLOS KATZ

 

 

 

 

 

 

 

 

 

MAR DEL PLATA, 07/01/2020

 

 

                                                                                                                                                                                                                                                                            Visto la renuncia presentada por el agente Carlos Ubaldo CORDOBA CI 242,  para acogerse al Beneficio Jubilatorio;  y

 

 

CONSIDERANDO

 

                                  Que la renuncia se concretó por Telegrama Nº 093754161 según lo establecido en el Artículo 240 de la Ley de Contrato de Trabajo;

                                  

                                   Que es necesario formalizar la aceptación con la cual iniciará el trámite de Jubilación Ordinaria en el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires;

                                                                                 

                                   Que corresponde la liquidación de la Bonificación para el personal que se da de baja para acogerse al Beneficio Jubilatorio;

                                   

                                   Que deberá establecerse el monto a abonar en concepto de Anticipo Jubilatorio;                                                            

 

  Que habiéndose presupuestado los distintos Objetos del gasto del inciso 1 GASTOS EN PERSONAL para todo el año 2020, es conveniente la transferencia presupuestaria de los saldos remanentes a los Objetos de Gastos cuyo presupuesto se prevé no alcanzará cubrir los compromisos para el presente ejercicio, dentro del inciso 1;

 

                                   Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO  DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

 SOCIEDAD  DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1º: Aceptar la renuncia presentada por el agente Carlos Ubaldo                   --------------------- CORDOBA DNI 12.182.778, Función Oficial Polifuncional para acogerse al beneficio jubilatorio a partir del 01 de Enero  de 2020.--------------------------

 

ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría-Liquidación de Haberes a liquidar, al            -------------------  tiempo de la baja, la Liquidación Final que correspondiere de acuerdo a las reglamentaciones vigentes para los agentes de OSSE.------------------------------------

 

ARTICULO 3º: Autorizar a celebrar el Contrato de Anticipo Jubilatorio por un importe --------------------mensual de Pesos CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($ 50.457,00).----------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 4º:  Autorizar a la Contaduría a transferir los saldos remanentes                  -------------------    presupuestados para el año 2020 de los distintos Objetos del Gasto del inciso 1 Gastos en Personal, disponiendo las modificaciones presupuestarias que correspondan.------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 5º:  El gasto que demande  se imputará a los Objetos del Gasto del inciso 1 ----------------- GASTOS EN PERSONAL correspondiente a la Jurisdicción 1.2.2.01.02.000 GERENCIA DE PRODUCCION; Categoría Programática 18.01.01 OPERACIONES  y al Objeto del Gasto 1.6.1.01 INDEMNIZACIONES AL PERSONAL y 1.6.1.02 PREMIO Y BONIFICACION ESPECIAL correspondientes a la Jurisdicción 1.2.2.01.14.000 GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS - Categoría Programática 14.00.02 ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS.-----------------------------------

 

ARTICULO 6º: Dese al Registro de Resoluciones, cumuníquese y cúmplase. --------------

RESOLUCION Nº 016-2020                                     FIRMADA

                                                                              CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

MAR DEL  PLATA,  08/01/2020

 

 

 

Visto la Resol. 17/19; y

 

CONSIDERANDO

 

Que mediante el citado acto administrativo se dispuso hacer   efectivo  con   carácter  de   excepción del pago del cien por ciento (100%) del premio “Adicional por Presentismo” y “Adicional por Asistencia Perfecta” reglado por Resolución N°657/14, al agente Florencia Haydee JAUREGUIBERRY (CI 1223),  cuando incurra en inasistencias por Familiar Enfermo referidas a la situación delicada de salud que atraviesa su hija Pilar Di Iorio, debiendo presentar los certificados que avalen las ausencias correspondientes;

 

Que esta enfermedad degenerativa del sistema nervioso que sufre la niña, conlleva al agente a tener que acompañar a su hija viajando a la ciudad de Buenos Aires las veces que el neurólogo de cabecera lo requiera, a fin de controlar la respuesta de la medicación especial que le suministran en el líquido cefalorraquídeo, y luego como complemento continuar el tratamiento en la ciudad de Mar del Plata;

 

Que esta excepción no origina un precedente a tener en cuenta  en otros casos  que se planteen,  ya que el presente constituye un caso de particulares características, siendo a su vez  una facultad de estas autoridades admitir la excepcionalidad a la norma;

 

Por ello,  en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672  del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

ARTÍCULO 1ºProrrogar  con   carácter  de   excepción, a  la  agente  Florencia Haydee ---------------------JAUREGUIBERRY (CI n°1223), a partir del mes de enero de 2020,  el pago del cien por ciento (100%) del premio “Adicional por Presentismo” y “Adicional por Asistencia Perfecta” reglado por Resolución N°657/14, cuando incurra en  inasistencias por Familiar Enfermo referidas a la situación delicada que atraviesa su hija Pilar Di Iorio, debiendo presentar en los certificados que avalen las ausencias correspondientes,  por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-----------------

 

ARTICULO 2º: Reconocer el   pago  del  premio “Adicional por Presentismo”,  así   como ---------------------también el “Adicional Asistencia Perfecta” cuando correspondiere,  por el ejercicio del año 2020,  luego del cual se evaluará su continuidad.-------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3º:   Dése    al    Registro    de   Resoluciones   –    Pase     a    la  Gerencia de ---------------------Recursos Humanos  para su conocimiento y notificación a quienes corresponda.- Pase  a  Liquidación de Haberes  - Cúmplase.---------------------------------

RESOLUCION Nº 017-2020                                        FIRMADA

                                                                                 CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

 

 

 

MAR DEL  PLATA, 08/01/2020

 

 

 

Visto la licencia especial otorgada al Sr. Jefe del Área Proyectos Institucionales Agua y Cloaca dependiente de la Gerencia de Obras, Arq. Luis Asier IRIBERRI Y PLAZAOLA ALDAY   (CI 674), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XVIII,  y;

 

CONSIDERANDO

 

Que por decreto municipal  Nº 3419 de fecha 19 de Diciembre de 2019, el Arq. Luis Asier IRIBERRI Y PLAZAOLA ALDAY (CI 674) fue designado para cumplir las funciones inherentes al cargo de Director General Ejecutivo de Servicios Urbanos, Espacios Públicos y Área Técnica del Ente Municipal de Servicios Urbanos (EMSUR) ), a partir del día 18 de diciembre de 2019;

 

Que resulta necesario cubrir el cargo de la jefatura, a fin de no resentir el normal funcionamiento y organización del Área;

 

Que en función a lo expuesto, asumirá las tareas inherentes al desarrollo administrativo el agente Romina Soledad LOYACONE (CI 735), Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVIII, quien reúne las condiciones para su  desempeño;

 

Que las tareas de Inspección y Certificación de Obras quedarán a cargo del agente MMO Pablo Alberto RIAL (CI 1122), Función A-14 (“Ayudante Técnico”) Clase XVII,  correspondiendo  fijar la categoría para el reemplazo aludido en la Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XV;

 

Que en casos análogos, en los que un trabajador asumió parcialmente la tarea de un superior jerárquico se fijó la política de reconocer la diferencia salarial tomando como parámetro una categoría intermedia, como herramienta de formación y capacitación para los desafíos que se presentan;

 

Que tal supuesto se encuentra previsto en la  Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;

 

Por ello,  en uso de las atribuciones conferidas  por Ordenanzas N° 7.446  y 24.672  del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR  DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º:   Designar   en  carácter de   reemplazo  transitorio   al     agente   Romina -------------------Soledad LOYACONE (CI Nª735), Función P-07 (“Personal de Condsucción”) Clase XVIII,  en la atención y firma del despacho del Área Proyectos Institucionales Agua y Cloaca dependiente de la Gerencia de Obras,  y al  MMO Pablo Alberto RIAL (CI Nª1122), Función A-14 (“Ayudante Técnico”) Clase XVII,  correspondiendo  fijar la categoría para el reemplazo aludido en la Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XV, acompañando y asistiendo al reemplazante  como herramienta de formación y capacitación para los desafíos que se presentan, desde el día 18 de diciembre de 2019, y mientras el titular se encuentre en el cargo de Director General Ejecutivo de Servicios Urbanos, Espacios Públicos y Área Técnica del Ente Municipal de Servicios Urbanos (EMSUR).-------------------------------------------

 

ARTICULO 2°: No  se abonará al reemplazante ninguna diferencia  si  éste  no cumpliera --------------------efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo.  La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo. Cuando estas circunstancias se produzcan en forma ininterrumpida por un término mayor de tres (3) meses, se pagará la diferencia aunque el agente reemplazante no cumpliere efectivamente el reemplazo por justificaciones, permisos o licencias de cualquier tipo.--

 

ARTICULO 3º: El gasto que demande el mencionado reemplazo se imputará  al objeto del -------------------- gasto  1. 1. 5. 02  “Reemplazos”.-----------------------------------------

 

ARTICULO 4°: Dése al Registro  de  Resoluciones – Comuníquese a quienes corresponda          --------------------Cúmplase.--------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 018-2020                                     FIRMADA

                                                                                CARLO KATZ

 

 

 

 

 

 

 

 

 

MAR DEL  PLATA,  08/01/2020

 

 

 

Visto la Licencia Ordinaria otorgada al Ing. Alejandro Luis CAPIZZANO (CI N° 693);  y

 

CONSIDERANDO

 

Que el Ing. Alejandro Luis CAPIZZANO (CI Nº 693), se ausenta por el período comprendido entre el día 27 de enero de 2020  hasta el 14 de febrero de 2020, inclusive;

 

Que si bien el agente se desempeña como Subgerente de la Gerencia de Servicios, el reemplazo solicitado es el de la Jefatura de Instalaciones Eléctricas ubicado escalafonariamente en la Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XX, cargo que fue retenido por el agente de conformidad con la Resolución Nº 952/13;

 

Que por lo expuesto resulta necesario cubrir los trabajos que genere dicho periodo,  a los fines de  no resentir el normal funcionamiento de la Gerencia de Servicios;

 

Que tal supuesto se encuentra previsto en la  Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;

 

Que el agente Daniel Alberto CORDOBA (CI Nº 249), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XVIII, reúne las condiciones de idoneidad para asumir la Jefatura  que conlleva dicha responsabilidad;

 

Por ello,  en uso de las atribuciones conferidas  por Ordenanzas N°7.446  y 24.672  del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR  DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º: Designar  en   carácter de reemplazo transitorio  al  agente Daniel Alberto -------------------CORDOBA (CI Nº 249), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XVIII, en la Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XX, a cargo de la Jefatura de Instalaciones Eléctricas de la Gerencia de Servicios, desde el día 27 de enero de 2020  hasta el 14 de febrero de 2020,, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.---------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2°:   No   se   abonará   al   reemplazante   ninguna   diferencia   si    éste   no -------------------cumpliera  efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.------------------------------------- -------  

 

ARTICULO 3º:   La    erogación   que    demande   esta   Resolución    se   imputará    al    -------------------objeto del gasto 1. 1. 5. 02. “Reemplazos”.---------------------------------------

 

ARTICULO 4°:  Dése     al   Registro   de    Resoluciones   -   Comuníquese    a      quienes --------------------corresponda.-Cúmplase.----------------------------------------------

RESOLUCION Nº 019-2020                                 FIRMADA

                                                                          CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

MAR DEL  PLATA,  08/01/2020

 

 

 

Visto la Licencia otorgada al Sr. Gerente de Obras,  Ing. Flavio Fernando FRANCO  (CI Nº 342), y;

 

CONSIDERANDO

 

Que el Sr. Gerente se ausentará por el período comprendido desde el día 27 de enero de 2020  al 14 de febrero de 2020, inclusive;

 

Que resulta necesario cubrir el cargo a los fines de  no resentir el normal funcionamiento de la Gerencia antedicha;

 

Que el Ing. Pascual FURCHI (CI Nº 426), Sub Gerente de Desarrollo del Saneamiento de la Gerencia de Obras, Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XXI,  es quien llevará adelante el cubrimiento del cargo;

 

Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos Transitorios y sus modificatorias  Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;

 

Por ello,  en uso de las atribuciones conferidas  por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672   del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR  DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º:   Designar   en   carácter   de   reemplazo   transitorio   al   Ing.  Pascual   -------------------FURCHI (CI Nº 426), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XXI, en la atención y firma del despacho de la Gerencia de Obras, Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XXII, por el período comprendido  desde el día desde el día 27 de enero de 2020  al 14 de febrero de 2020, inclusive,  por los motivos expuestos en el exordio de la presente.---------------------------

 

ARTICULO 2º:    No   se   abonará   al   reemplazante    ninguna    diferencia   si  éste   no --------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.--------------------------

 

ARTICULO 3º: El  gasto  que  demande  el mencionado reemplazo se  imputará al  objeto

--------------------- del gasto 1. 1. 5. 02 “Reemplazos”.-----------------------------------------

 

ARTICULO 4º: Dése al Registro  de  Resoluciones. Comuníquese  a quienes  corresponda. --------------------Cúmplase.--------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 020-2020                                             FIRMADA

                                                                                      CARLOS  KATZ

 

 

 

                                                        MAR DEL PLATA, 08/01/2020

 

Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N°  356–C-2018 Cpo. 01referente al: SERVICIO SOPORTE A LA ADM. REMOTA ORACLE/LINUX”;  y

 

CONSIDERANDO

 

     Que por Resolución de Directorio N° 180/18 (fs. 41) de fecha 10 de Abril de 2018, se adjudicó a Concurso de Precios Nº 20/18 a la firma  M.O.S.T. S.A. por la suma total de PESOS CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS  ($159.600,00) con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSE, cumplir con los requerimientos solicitados y ser la misma igual al Presupuesto Oficial. Orden de Compra Nº 173/18 de fecha 20/04/2018 (fs. 47 a 49);

 

                                                          Que a fs. 190 la Gerencia de Sistemas, mediante Solicitud Nº 3-602-25 de PESOS TRECE MIL TRESCIENTOS ($13.300,00), solicita la ampliación de la Orden de Compra Nº 173/18 según Artículo 3 del Pliego de Bases y Condiciones correspondiente al Concurso de Precios de referencia;

 

Que a fs. 192 la Contaduría procede a imputar preventivamente la ampliación solicitada, no presentando objeción ya que el monto de ampliación no supera al 20% del monto contratado originalmente según Orden de Compra Nº 173/18, de acuerdo a lo establecido en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del P.B.yC.;

 

Que el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones establece que: “Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado podrá disponer el/los aumento/s y/o disminución/es de la contratación hasta un veinte (20%) del monto adjudicado. Dichas modificaciones serán obligatorias para la parte contratista y se liquidarán según el precio de la Orden de Compra. …”;

 

Que  por  lo  expuesto  la Jefatura  de Compras aconseja  ampliar la Orden de  Compra Nº173/18 perteneciente a la firma M.O.S.T. S.A. correspondiente al Concurso de Precios Nº 20/18 “SERVICIO DE SOPORTE A LA ADM. REMOTA ORACLE/LINUX”  por la suma de total de PESOS TRECE MIL TRESCIENTOS ($13.300,00), equivalente al 8.33% del monto contratado originalmente no excediendo el 20% fijado como límite en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones;

 

                 Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

 

ARTICULO 1°:        Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 356–C-2018

--------------------- Cpo. 01 a partir de fs. 190 referente a la SERVICIO DE SOPORTE A LA ADM. REMOTA ORACLE/LINUX”.----------------------------------------------------

 

 

 

ARTICULO 2º:           Autorizar   la    ampliación   de   la Orden  de  Compra Nº 173/18

-------------------- perteneciente la firma firma M.O.S.T. S.A. correspondiente al Concurso de Precios Nº 20/18 “SERVICIO DE SOPORTE A LA ADM. REMOTA ORACLE/LINUX”  por la suma de total de PESOS TRECE MIL TRESCIENTOS ($13.300,00), equivalente al 8.33% del monto contratado originalmente no excediendo el 20% fijado como límite en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones. ---------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3°: La presente contratación se efectuará desde la notificación de la Orden -------------------- de Compra. El servicio se realizará todos los días de la semana, incluyendo sábados, domingos, feriados nacionales, no laborables y asuetos administrativos y hasta agotar los ítems contratados, estimándose el período de ejecución del servicio por el término de 1 (UN) mes (Junio).  --------------------------------

 

ARTICULO 4º: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente                                ------------------- adjudicación y ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.----------------------------

 

ARTICULO 5º: Notificar a la  firma de lo dispuesto precedentemente.----------------------

 

ARTICULO 6°: Dése  al  Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras                   ------------------- Area Grandes Contrataciones a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase.---------------------------------------------------------------------------

 

RESOLUCION Nº 021-2020                                     FIRMADA

                                                                              CARLOS  KATZ

 

 

 

MAR DEL  PLATA, 10/01/2020

 

 

 

Visto la solicitud presentada por el agente Daniela GRAFFITTI (CI 899) referente al otorgamiento de un adelanto de haberes,  y;

 

CONSIDERANDO

 

Que el trabajador durante el año 2019 fue sometido a una intervención quirúrgica de alta complejidad en el Departamento de neurocirugía de la institución médica F.L.E.N.I. de Buenos Aires, y como secuela de la misma requiere el uso de audífonos cuyo valor asciende a PESOS CIENTO TREINTA MIL ($130.000,00);

 

Que manifiesta la imposibilidad de contar con el dinero necesario para hacer frente a su adquisición, por lo cual solicita un anticipo de sus haberes equivalente a PESOS CIENTO VEINTE MIL ($120.000,00); 

 

Que si bien se encuentra afiliada a la prepaga OSDE, la misma posee un sistema de reintegro de los importes previamente abonados;

 

Que atendiendo a un criterio de solidaridad con el trabajador -tratándose de una problemática de salud que repercute en su desempeño laboral cotidiano-, se ha evaluado la oportunidad de anticipar la suma solicitada;

 

Que el agente deberá restituir la totalidad del importe  una vez que la prepaga haya hecho lo propio, debiendo adjuntar la documental pertinente que lo acredite, en un plazo no mayor a sesenta (60) días;

 

Que la garantía del adelanto está constituida por las sumas devengadas a la fecha a favor del peticionante, e indemnización equivalente a las  vacaciones no gozadas y demás beneficios que le correspondan liquidar, en el supuesto de la extinción del vínculo laboral;

 

Que siendo a su vez una facultad de estas autoridades admitir la excepcionalidad a la norma –que es contraria al otorgamiento de anticipos de haberes-  y tratándose de una excepción, no origina un precedente ya que el presente constituye un caso de particulares características;

 

 Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446  y 22.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º:    Autorizar   la   firma  del   convenio  de   un adelanto  en  los                     -------------------- haberes del agente Daniela GRAFFITTI (CI 899), de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($120.000,00), en virtud de los motivos expuestos en el exordio de la presente.----------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2°:  El   agente    reintegrará   la   totalidad   del   adelanto  una vez que la                    --------------------prepaga se lo restituya, debiendo acompañar los comprobantes pertinenentes, para lo cual deberá arbitrar todos los medios a su alcance para evitar demoras en las tramitaciones.---------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3º:   El  adelanto    de    sueldo    deberá    imputarse     a   la       Cuenta       ---------------------patrimonial  1.1.3.4.9.01 - “Anticipo al Personal”.------------------------

 

ARTICULO 4:   Dése        al       Registro      de       Resoluciones   –    Pase       a       la  --------------------Gerencia de Recursos Humanos  para su conocimiento y notificación a quienes corresponda.- Pase  a  Liquidación de Haberes  - Cúmplase.------------------------

RESOLUCION Nº 022-2020                                 FIRMADA

                                                                           CARLOS  KATZ

 

CONVENIO ADELANTO HABERES

 

 

 

PRELIMINAR (PARTES) Entre OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E. con domicilio en calle French Nº 6737 de la ciudad de Mar del Plata, en adelante “OBRAS SANITARIAS”, representada para este acto por el  Sr. Presidente  del  Directorio,  Arq. Carlos Alberto KATZ,  DNI Nº 16.593.363, por una parte, y por la otra  la  Sra. Daniela GRAFFITTI, DNI 12.276.880, domiciliado en la calle Pascuala MUGABURU  Nro. 7466 de la ciudad de Mar del Plata, en adelante el “BENEFICIARIO”, suscriben el presente Convenio de adelanto de Sueldo en los términos del artículo 130 de la Ley de Contrato de Trabajo.-

 

PRIMERO:   ”OBRAS  SANITARIAS”  entrega  la  suma de  PESOS  CIENTO VEINTE --------------MIL ($120.000,00), en  concepto de Adelanto de Haberes, al agente Daniela GRAFFITTI (CI 899) quien se desempeña en forma interrumpida en OBRAS SANITARIAS  desde el 01/09/2006.--------------------------------------------------------------

 

SEGUNDO: El agente se compromete  a  restituir  la totalidad del  importe   anticipado ---------------una vez que la prepaga haya hecho lo propio, debiendo adjuntar la documental pertinente que lo acredite.------------------------------------------------------------

 

 

En prueba de conformidad se redactan y firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor, uno para cada parte, en la ciudad de Mar del Plata a los  …………días del mes de ………………… del  año  2020.---------------------------------------------------------------------

 

 

 

 

 

 

 

 

                                                                      MAR DEL PLATA, 13/01/2020

 

                                                

                                                        Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 1412-I-16 Alcance 28 Cpo. 01 referente a la ADQUISICION MATERIALES P/ RED AGUA Bº ALTO CAMET PROGRAMA UNOPS”;  y

                                                 

CONSIDERANDO               

                    

Que se ha cumplido con las formalidades del Segundo  llamado a Licitación Privada N° 20/19, autorizado por Resolución de Directorio Nº 872/19 (fs. 71), según surge de las actuaciones agregadas al Expediente de referencia, presentando sobre únicamente la firma LEMOCHETE S.A., según surge del Acta de apertura de fecha 12/12/19, obrante a fs. 108;

 

Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación informa según Acta de reunión de fs. 146 y cuadro de fs. 144 lo siguiente: Respecto al ANALISIS DE LA DOCUMENTACION del único oferente LEMOCHETE S.A. la misma cumple con la presentación de la totalidad de la documentación exigida por OSSE. Respecto al ANALISIS TECNICO los renglones cotizados cumplen técnicamente con lo requerido en el Pliego de Bases y condiciones en sus especificaciones técnicas. En relación al ANALISIS ECONOMICO y atento que el precio cotizado por LEMOCHETTE S.A. para algunos de los renglones (1, 2, 3, 4, 8, 10, 11, 12, 13, 14, 17, 18 y 19) supera al Presupuesto Oficial en distintos porcentajes (aprox. 79,71% en el total) según cuadro acompañado a fs. 145 anverso; y el cotizado para los otros renglones (5, 6, 7, 9, 15 y 16) está por debajo del mismo (aprox. 15.41% en el total) según cuadro acompañado a fs. 145 reverso, la Comisión finalmente RECOMIENDA: 1) DECLARAR TECNICAMENTE ADMISIBLE la oferta (renglones  1 a 19 inclusive); 2) ADJUDICAR a la firma LEMOCHETE S.A. los renglones 5, 6, 7, 9, 15 y 16 por la suma total de PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y TRES  ($56.143,00), aclarando que para los renglones 15 y 16 se han respetado los precios unitarios cotizados, ya que el oferente ha incurrido en un error al consignar los precios totales para ambos renglones; y 3) Solicitar MEJORA DE PRECIOS  para los renglones 1, 2, 3, 4, 8, 10, 11, 12, 13, 14, 17, 18 y  19;              

                                                   Que la Gerencia de Compras y Suministros, en un todo de acuerdo a lo recomendado por la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación, aconseja: ADJUDICAR la Licitación Privada N° 20/19 a la firma LEMOCHETE S.A. los renglones 5, 6, 7, 9, 15 y 16 por la suma total de PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y TRES  ($56.143,00) con impuestos incluidos, por cumplir con lo requerido en el pliego, ser las propuestas de dichos renglones convenientes a los intereses de OSSE y encontrarse sus ofertas por debajo del Presupuesto Oficial fijado para dichos renglones de $66.367,00. Asimismo, dado que el monto a adjudicar se encuentra por debajo del Tope establecido a la fecha por la L.O.M. para las Contrataciones Directas ($233.894,00), en cumplimiento a lo establecido en el Art. 13 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares no se le requerirá la constitución del Depósito de Garantía de Adjudicación; y solicitar una MEJORA DE PRECIOS  a la firma LEMOCHETE S.A. para los renglones 1, 2, 3, 4, 8, 10, 11, 12, 13, 14, 17, 18 y  19 cuya apertura se llevará a cabo a los 2 (dos) días hábiles de firmada la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras, en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 5.1.c) de las Cláusulas Generales del P.B. y C;

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1°:     Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs.72 del Expediente N° 1412--------------------- I-16 Alcance 28 Cpo. 01 referente a la ADQUISICION MATERIALES P/ RED AGUA Bº ALTO CAMET PROGRAMA UNOPS”.-----------------------------------------------

 

ARTICULO 2°:      ADJUDICAR la Licitación Privada N° 20/19 a la firma LEMOCHETE S.A.

---------------------- los renglones 5, 6, 7, 9, 15 y 16 por la suma total de PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y TRES  ($56.143,00) con impuestos incluidos, por cumplir con lo requerido en el pliego, ser las propuestas de dichos renglones convenientes a los intereses de OSSE y encontrarse sus ofertas por debajo del Presupuesto Oficial fijado para dichos renglones de $66.367,00. Asimismo, dado que el monto a adjudicar se encuentra por debajo del Tope establecido a la fecha por la L.O.M. para las Contrataciones Directas ($233.894,00), en cumplimiento a lo establecido en el Art. 13 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares no se le requerirá la constitución del Depósito de Garantía de Adjudicación.-------------------------------

 

ARTICULO 3°: El plazo de entrega será dentro de los 20 (veinte) días de notificada la Orden de

------------------- Compra a la firma adjudicataria.--------------------------------------------------------

 

ARTICULO 4°:         Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a efectuar un llamado a

------------------- MEJORA DE PRECIOS  a la firma LEMOCHETE S.A. para los renglones 1, 2, 3, 4, 8, 10, 11, 12, 13, 14, 17, 18 y  19 cuya apertura se llevará a cabo a los 2 (dos) días hábiles de firmada la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras, en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 5.1.c) de las Cláusulas Generales del P.B. y C.----------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 5°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente                                ------------------- adjudicación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.-----------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 6°: Notificar a la firma de lo dispuesto en la presente Resolución.---------------------

 

ARTICULO 7°:         Dése al Registro  de  Resoluciones  – Pase  a la Oficina de Compras Área

----------------------- Grandes Contrataciones a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.------------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 023-2020                                          FIRMADA

                                                                                    CARLOS  KATZ

 

 

MAR  DEL  PLATA, 13/01/2020

 

 

Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 1213-C-19 Cpo.1 referente al: “MEJORAMIENTO OPERATIVO  2019 P/ RECAMBIO CONEXIONES Y AUXILIARES P/ SIST DIST AGUA POTABLE – SERV EXCAVACIONES Y ROTURA PAVIMENTO” y;

 

CONSIDERANDO

 

                                                        Que por Resolución de Directorio N° 819/19 de fecha 05/11/2019 (fs 45) se resolvió Adjudicar  el Concurso de Precios Nº 84/19 “MEJORAMIENTO OPERATIVO  2019 P/ RECAMBIO CONEXIONES Y AUXILIARES P/ SIST DISTAGUA POTABLE – SERV EXCAVACIONES Y ROTURA PAVIMENTO” a la COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA en la suma total de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO CON 40/100 ($840.624,40) con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y  cumplir con lo requerido en el pliego (Orden de Compra Nº 1002/19);

 

                                                         Que a fs. 101 la Gerencia de Producción, mediante Solicitud Nº 3-200-204, solicita la ampliación de la Orden de Compra Nº 1002/2019  para el servicio de referencia por la suma de $420.312,20  equivalente al 50% del monto total de la contratación original;

 

                                                         Que a fs. 104 el Área Contaduría, atento a lo solicitado, informa que solo se podrá ampliar la presente contratación (Orden de Compra Nº 1002/19) en la suma de $328.927 o sea hasta el limite de Concurso de Precios ($1.169.552) representando un 39.12% del contrato. Indican que, de tramitarse por este importe, no tienen observaciones que formular pues el Artículo 3 del Pliego de Bases y Condiciones Cláusulas Particulares del Concurso de Precios Nº 84/19 prevé la ampliación hasta el 50%. En relación a la solicitud Nº 3-200-204 informan que se tomará debida cuenta para el ejercicio 2020, una vez resuelta la ampliación, la Unidad Ejecutora deberá confeccionar la solicitud en función a lo informado. Por lo tanto solicitan la tramitación del acto administrativo pertinente que apruebe la ampliación de contrato en un 39.12%;

 

                                                          Que a fs 131 el Área Gestión Técnico – Operativa de la Gerencia de Producción propone un plazo de 25 (veinticinco) días corridos para cumplir con la ampliación de Contrato en un 39,12% equivalente a un monto de $328.927; 

 

                                                           Que a fs 133 el Área Seguridad y Salud ocupacional habiendo evaluado el contenido de fs 96 a 121 presentado por la COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA informa que cumple con lo solicitado. Agregan que el contrato del Responsable en Higiene y Seguridad es por dos meses de duración, por el periodo de obra, si esta se prorrogara en mas tiempo deberá adecuar el contrato; 

 

                                                          Que el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del P. B. y C.  establece que “Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado podrá disponer el/los aumento/s y/o disminución/es de la contratación hasta un cincuenta por ciento (50 %) del monto de la Orden de Compra. Dichas modificaciones serán obligatorias para la parte Contratista y se liquidarán según el precio de la Orden de Compra. Por la parte suprimida, no se reconocerá lucro cesante.”;             

                                                                                              

                                                         Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja ampliar la Orden de Compra Nº 1002/19 correspondiente al Concurso de Precios Nº 84/19: “MEJORAMIENTO OPERATIVO  2019 P/ RECAMBIO CONEXIONES Y AUXILIARES P/ SIST DIST AGUA POTABLE – SERV EXCAVACIONES Y ROTURA PAVIMENTO” a la  COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS TRESCIENTOS VENTIOCHO MIL NOVECIENTOS VENTISIETE ($328.927,00) equivalente al 39.12% del monto contratado originalmente, estimándose las cantidades a ampliar de cada ítem en forma proporcional  a los establecidos en la Orden de Compra Nº 1002/19 y a los precios unitarios allí indicados debiendo presentar el Contrato del Responsable de de Seguridad e Higiene por el periodo de la citada ampliación; 

 

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

 

ARTICULO 1º: Autorizar la ampliación de la Orden de Compra Nº 1002/19 correspondiente al                    ------------------ Concurso de Precios Nº 84/19: “MEJORAMIENTO OPERATIVO  2019 P/ RECAMBIO CONEXIONES Y AUXILIARES P/ SIST DISTAGUA POTABLE – SERV EXCAVACIONES Y ROTURA PAVIMENTO” a la  COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS TRESCIENTOS VENTICOHO MIL NOVECIENTOS VENTISIETE ($328.927,00) equivalente al 39.12% del monto contratado originalmente,  estimándose las cantidades a ampliar de cada ítem en forma proporcional  a los establecidos en la Orden de Compra Nº 1002/19 y a los precios unitarios allí indicados, debiendo presentar el Contrato del Responsable de  Seguridad e Higiene por el periodo de la citada ampliación  ------------------------------

 

ARTICULO 2º: El plazo previsto para la finalización de los trabajos objeto de la presente  ampliación ------------------ será de 25 (veinticinco) días corridos.---------------

 

ARTICULO 3º: La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma Adjudicataria que                  ------------------- dentro  de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total de la ampliación a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Gerencia de Compras y Suministros, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.-

 

ARTICULO 4°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente                                --------------------- ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.---------------------------------------------------

 

ARTICULO 5°: Notificar  a la  firma  de  lo dispuesto  precedentemente.------------------

 

ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Gerencia de Compras y Suministros a fin ------------------- de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase.---------------------------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 024-2020                                                  FIRMADA

                                                                                            CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

 

                                                           MAR DEL PLATA, 13/01/2020

 

                                                           Visto la nota remitida por el Sr. Secretario de Obras y Planeamiento Urbano Municipal; y

 

CONSIDERANDO

 

                                                           Que mediante esta nota solicita la designación de un representante de la Empresa para integrar la “Unidad de Gestión Gabinete Urbano Sostenible”;

 

                                                           Que el agente Ing. Juan Carlos SZPYRNAL (C.I. 642) Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVIII reúne las condiciones de idoneidad y conocimientos necesarios para aportar a la Unidad de Gestión;

 

                                                           Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

ARTÍCULO 1º: Designar al agente Ing. Juan Carlos SZPYRNAL (C.I. 642) Función P-07  --------------------(“Personal de Conducción”) Clase XVIII como titular y como suplente el agente Ing. Juan Antonio ALBO C.I. (689)  Función P-07 “Personal de Conducción”) Clase XVIII  para integrar la “Unidad de Gestión Gabinete Urbano Sostenible”.-------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda.                                --------------------Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 025-2020                                             FIRMADA

                                                                                       CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

 

               MAR DEL PLATA, 15/01/2020

 

 

                  Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 755-C-19 Alcance 03 Cpo. 01 referente a la “ADQUISICION VALLAS DE SEÑALIZACION VERTICAL DE MADERA P/ PLAN MEJORAMIENTO RECAMBIO CONEXIONES 2019”; y

 

CONSIDERANDO

 

                                                         Que por Resolución de Directorio Nº  471/19 de fecha 23 de Junio de 2019 (fs. 36), se adjudicó el Concurso de Precios Nº 61/19 a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA por la suma total de PESOS DOSCIENTOS QUINCE MIL ($215.000,00) con impuestos incluidos por ser su propuesta la mas conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con los requerimientos solicitados y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial, Orden de Compra Nº 799/19;                                                       

                                                       Que a fs. 67, la Gerencia de Producción informa que la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA,   ha  dado cumplimiento con todo lo requerido según Orden  de Compra Nº 799/19;

 

                                                         Que a fs. 68 el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 799/19 perteneciente a la  COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA, se encuentra  totalmente cancelada;

          

 Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 220 (fs. 46) de fecha 20 de Setiembre del 2019 perteneciente a la  COOPERATIVA DE  TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA;       

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672  del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1º: Dar  por  cumplimentado a la  COOPERATIVA DE  TRABAJO LA RAZON -------------------DE MI VIDA LTDA, el  Concurso  de Precios Nº  61/19; ------

 

ARTICULO 2º: Autorizar  a  la  Contaduría  a  proceder  a la devolución del Depósito de       ------------------- Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 220 (fs. 46) de fecha 20 de Setiembre  del 2019  perteneciente a la firma COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA; -------------------------------------------------

 

ARTICULO 3º: Dése   al   Registro   de  Resoluciones. Pase a la Contaduría a los                     ------------------- efectos de dar Cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Oficina de Compras. Cúmplase.--------------------------------------------------------

 

RESOLUCION Nº 026-2020                                        FIRMADA

                                                                                  CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

MAR DEL PLATA,  15/01/2020

 

Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 675-C-17 Cpos. 01 a 06 referente al: “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA – AÑO 2017/18y;

 

CONSIDERANDO

 

                                           Que por Resolución de Directorio N° 352/17 de fecha 06/07/17 (fs. 141) se adjudicó la Licitación Pública N° 05/17 a la firma COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTADA. en la suma total de PESOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SEIS ($7.659.306,00), con impuestos incluidos (97.820 hs. a un valor hora de $78,30) por resultar su propuesta la más conveniente a los intereses de OSSE,  cumplir con lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones y encontrarse por debajo del Presupuesto Oficial de $8.504.470,80;

 

Que por Resolución de Directorio Nº 361/18, de fecha 18/07/2018 (fs 1157/8) se aprobó la celebración del Acta Acuerdo entre OSSE y la contratista que consta a fs 1147/1148 autorizando a retener y afectar a ampliación de garantía de contrato la suma de $2.912.762,59 correspondiente a: AVILA FRANCISCO FERNANDO según Recibo Oficial Nº 100 de $390.753,58 (fs 1125); CORDOBA GABRIEL EDUARDO según Recibo Oficial Nº 101 de $944.114,15  (fs 1126); GODOY MAZZA LAUTARO según Recibo Oficial Nº 102 de $309.090,89 (fs 1127); GOMEZ CLAUDIA BEATRIZ según Recibo Oficial Nº 103 de $473.370,73 (fs 1128); GUAYMAS MARCELA ALEJANDRA según Recibo Oficial Nº 104 de $795.433,24 (fs 1129). Respecto a MARIANI MARIA LAURA no se practicó retención atento a que se produjo la solución definitiva y; respecto a RIQUELME NATALIA ALEJANDRA se encontraba aún pendiente de estimación.

 

Que por Resoluciones de Directorio Nº 342/18, 436/18, Nº 625/18 y 782/19 se procedió a la Devoluciones de las Garantía pertenecientes a CORDOBA GABRIEL EDUARDO, GUAYMAS MARCELA ALEJANDRA, GOMEZ CLAUDIA BEATRIZ y GODOY MAZZA LAUTARO respectivamente. Respecto a AVILA FRANCISCO FERNANDO la Asesoría Laboral informa a fs 1278 que, habiendo efectuado la consulta en la Mesa de Entradas Virtual de los Tribunales de Trabajo del Depto Judicial Mar del Plata, no surge que hubiere sido iniciada acción judicial. Sin embargo, todavía no han transcurrido mas de dos años y seis meses desde la extinción del vinculo según lo informado por la Asesoría Laboral;

 

Que atento a la retención que, en Acta Acuerdo suscripto entre OSSE y la contratista, se encontraba pendiente de estimación correspondiente a RIQUELME NATALIA ALEJANDRA, a  fs 1207 la Asesoría Laboral procede a la estimación del eventual monto reclamado ascendiendo a la suma total de $598.741,14. Por lo que, a fin de mantener protegida a OSSE mediante el deber de indemnidad en razón del reclamo efectuado, conforme la cláusula 2.1 del Acta Acuerdo antes mencionado, se efectuó de los pagos correspondientes, la retención del 40% de la estimación realizada por la Accesoria Laboral ascendiendo la misma a la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 89/100 ($239.496,89) con  el objeto de constituir una Garantía Adicional (Comprobantes de Retención Nº 3960 y 4001 ( fs 1275);

 

Que con fecha 30/12/19 (fs 1282) la COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTDA presenta nota registrada en OSSE bajo el Nº 2121/19 en la cual solicitan la devolución de la retención que se efectuó durante el periodo que dicha Cooperativa prestó servicio para OSSE en virtud que, con fecha 20/12/19 se homologó convenio con la Sra. Riquelme Natalia Alejandra por ante el Tribunal de Trabajo Nº 3 – Expediente Nº 1898/2019. Por lo que solicitan se efectúe la devolución del monto retenido en concepto de previsión para juicio efectuada por OSSE respecto de la Srta Riquelme Natalia DNI 31.832.257;

 

Que a fs. 1284 la Asesoría Laboral informa en autos caratulado “RIQUELME NATALIA ALEJANDRA C/ COOPERATIVA DE TRABAJO EL CUSTODIO LTDA y otro/a S/ DESPIDO”, EXPTE Nº 32.115, de trámite ante el Tribunal de Trabajo 3 del Depto Judicial Mar del Plata que fue homologado acuerdo conciliatorio, desinteresándose la actora en continuar la acción contra OSSE, que así ha quedado liberada de toda responsabilidad en relación al reclamo laboral;

 

 Que en consecuencia, de acuerdo a lo dictaminado por la Asesoría Laboral y en cumplimiento a lo dispuesto en la cláusula 2.3 del Acta Acuerdo aprobada por Resolución de Directorio Nº 361/18 de fecha 18/07/2018 que establece que se restituirá la garantía en la parte que corresponda cuando fuera demostrada la solución definitiva al reclamo, corresponde proceder a la devolución de la Retención efectuada a la contratista según Comprobantes Nº 3960 y 4001 (fs 1275) por la suma total de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 89/100 ($239.496,89); 

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº  7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1º:  Dar    por    acreditado   a    la    firma    COOPERATIVA    DE    TRABAJO    EL   ------------------- CUSTODIO LTADA la resolución del conflicto con el Asociado RIQUELME NATALIA ALEJANDRA ----------------------------------------------

 

ARTICULO 2º:   Autorizar a la Contaduría y Tesorería a proceder a la devolución  de la Retención ------------------ efectuada a la contratista según Comprobantes Nº 3960 y 4001 (fs 1275) por la suma total de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 89/100 ($239.496,89).------------------------

 

ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los  efectos de dar ------------------- cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Gerencia de Compras y Suministros. Cúmplase.---------------------------------------------

RESOLUCION Nº 027-2020                                           FIRMADA

                                                                                     CARLOS  KATZ

 

MAR DEL  PLATA  15/01/2020

 

                                                                                                                                

Visto la CELEBRACIÓN DEL 77º ANIVERSARIO de la TORRE TANQUE y el desarrollo del CICLO DE CONCIERTOS EN LOS JARDINES DE LA TORRE  a realizarse en la Torre Tanque de Falucho y Mendoza;  y

 

CONSIDERANDO

 

 Que  este verano como cada temporada de verano festejamos los  aniversarios de la Torre Tanque con un ciclo de conciertos de artistas locales coordinadas con la Secretaría de Cultura;

 

Que a través de estos conciertos se genera cada temporada mayor cantidad de afluencia de público –tanto locales como turistas-  que reciben a través de estas presentaciones, el mensaje de la importancia del cuidado del agua, preservación de los recursos naturales y de las instalaciones sanitarias;

 

Que a través de este mecanismo de difusión se ha comprobado que se  logra acceder a un  importante  cantidad de público a la que se la induce a usar racionalmente el agua, a cuidar sus desagües cloacales y pluviales, a evitar la basura en la vía pública para garantizar el normal funcionamiento de los sumideros; entre otros mensajes que permiten a la Empresa la concientización de la población;

 

Que estas acciones de Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. hacen al cumplimiento de la función de la Responsabilidad Social Empresaria;

 

                                                                Que se deberán efectuar aportes materiales, logísticos y humanos para llevar a cabo este ciclo de concierto, constituyendo la misma un aporte adicional a la Campaña del USO RACIONAL DEL AGUA, con la generación de hábitos responsables y conciencia ecológica;

 

                                                               Que asimismo y también dentro del marco de la responsabilidad social de la Empresa con nuestra comunidad,  es parte de nuestra tarea comunicar la importancia de las acciones que se están llevando a cabo desde OSSE, como generadora de una mejor calidad de vida.

 

Que Obras Sanitarias Mar del Plata-Batán SE tiene el compromiso de participar activamente en función de la tarea educativa y de promoción que  viene desarrollando en forma intensiva cada temporada estival;

 

Que la Secretaría de Cultura, presenta una propuesta de artistas que se presentarán en los Jardines, cuyas presentaciones estarán a cargo de OSSE;

 

Que la Contaduría informa que la presente contratación se encuadra en lo establecido en el Inciso 3º del Artículo 156 de la Ley Orgánica de las Municipales;

 

 Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza N° 7.446 y  24672;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º: Aprobar las actuaciones  obrantes  referidos al Ciclo de Conciertos en

--------------------los Jardines de la Torre Tanque y en el marco de la celebración del 77º ANIVERSARIO DE LA TORRE TANQUE.--------------------------------------------------------

 

ARTÍCULO 2°: Aprobar el Cronograma de presentaciones por el período comprendido entre el 29/01/2020 y el 31/03/2020 en el Ciclo de Conciertos en los Jardines de la Torre Tanque de acuerdo con el detalle que como Anexo I forma parte de la presente,  ascendiendo el Total  de  las  Contrataciones  a  la  suma  de  Pesos  veintisiete mil ($27.000). Los servicios prestados serán facturados por la Asociación Argentina  Actores. -----------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTÍCULO 3°:  A propuesta de la Secretaría de Cultura podrá efectuarse modificación

--------------------en la programación pudiendo ser reemplazados los artistas originalmente propuestos por otros que cumplan con la documentación exigida y cobren iguales valores en cada presentación.-------------------------------------------------------------

 

ARTÍCULO 4 °:   Suscribir el Acuerdo de Colaboración entre OSSE y la Secretaría de

----------------------Cultura del Municipio de Gral Pueyrredon que como Anexo II forma parte de la Presente.---------------------------------------------------------------------------------

 

ARTÍCULO 5 °:   Los gastos  que  demanden  las   contrataciones  del  artículo 2º serán

--------------------imputadas  Jurisdicción 1.2.2.01.13.000 - Categoría programática 13.00.02 - Objeto del Gasto 3.9.9 Otros Servicios Varios - Fuente de Financiamiento 1.2.0.  --------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTÍCULO 6 °:   Dese   al    Registro    de    Resoluciones  –  Comuníquese  a la Gcia.                          --------------------- de Relaciones Institucionales, Contaduría y Tesorería de OSSE. Cúmplase. ---------------------------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 028-2020                                FIRMADA

                                                                        CARLOS  KATZ

 

ANEXO I

 

 

ENERO                                                                       

Miércoles  29, Duo la Trova (música latinoamericana)

                        Blues Machine (Blues)

 

Jueves 30 Florencia Cosentino (música popular latinoamericana)

                Karina Levine ( Tango)                

 

Viernes 31 Lyrics Show(música Lírica

                 Maldita Ramona (Rock)

 

 

Costo por espectáculo: $4.500. x 2 espectáculos por dia = $ 9.000 por día

 

 

 

 

TOTAL $ 27.000 (PESOS VEINTISIETE MIL).

 

 

ANEXO II

ACUERDO DE COLABORACIÓN

77º ANIVERSARIO TORRE TANQUE

 

Entre Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado con domicilio en calle French nº 6737 de Mar del Plata, representada en este acto por su Presidente Arq Carlos Katz, con domicilio en French 6737 de Mar del Plata, representada en este acto por el señor Secretario de Cultura Lic Carlos Balmaceda con domicilio Leandro N. Alem 2469, que se designará en adelante “LA SECRETARÍA DE CULTURA por la otra parte, convienen en celebrar el presente Acuerdo de Colaboración, sujeto a las cláusulas que a continuación se detallan:  

 

PRIMERA: O.S.S.E y la SECRETARÍA DE CULTURA se comprometen a realizar en el marco del 77º Aniversario de la Torre Tanque el Programa “CICLO DE CONCIERTOS DE ARTISTAS MARPLATENSES”, a desarrollarse los días jueves, viernes y sábados durante el período comprendido entre el 29 y 31 de enero de 220 -con entrada libre y gratuita-

 

SEGUNDA: Las partes se comprometen a:

O.S.S.E.

  1. Facilitar las instalaciones del parque de la cisterna de la Torre Tanque.
  2. Atender los servicios generales de mantenimiento, vigilancia y limpieza.
  3. Contratación de Sonido, iluminación y locución del Ciclo
  4. Servicio de fotografía y filmación
  5. Pago de los importes correspondientes a los  derechos de SADAIC y AADICAPIF.

 

  El SECRETARÍA DE CULTURA:

  1. Sugerir del Programa del “CICLO DE CONCIERTOS DE ARTISTAS MARPLATENSES”
  2. Difusión y promoción del ciclo de conciertos que incluya la mención del festejo del 77º aniversario de la Torre Tanque.
  3. Selección de los artistas marplatenses que realizarán sus actuaciones los días miércoles,  jueves y  viernes desde el 29 y 31 de enero 2020 inclusive en el horario de las 20.00hs en la Torre Tanque
  4.  Coordinación de las actuaciones y de los requerimientos de los artistas
  5. Control y recopilación de documentación de pago de los artistas que formarán parte del Programa del mencionado Ciclo
  6. Nombrar un persona referente de la  SECRETARÍA DE CULTURA a los efectos de la coordinación de tareas que deberá estar presente durante el desarrollo de los conciertos
  7. Brindar desde la SECRETARÍA la colaboración necesaria para la mejor difusión, organización y convocatoria del Ciclo.
  1. Diseño e impresión del Programa de Actuación para las jornadas conmemorativas del 77º aniversario de banners, folletería, programas y/o invitaciones alusivas al homenaje

 

 TERCERA: La SECRETARÍA DE CULTURA y O.S.S.E. observarán en sus relaciones el mayor espíritu de colaboración teniendo en cuenta que la finalidad de este Acuerdo tiende a beneficiar el desarrollo de las actividades de cada una de las partes, por lo que la labor a realizar deberá ser un ejemplo de cooperación y esfuerzos.

 

Previa lectura y de plena conformidad, firman la presente en tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto a los …… días del mes de Enero  del 2020

 

 

 

 

MAR DEL  PLATA,  15/01/2020

 

Visto la solicitud del agente Emilio Javier MARTIN (CI 910) Función Oficial Polifuncional respecto de la renuncia a la Guardia de tres turnos en la que se desempeña en el Area Operaciones de la Gerencia de Producción; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Gerencia de Recursos Humanos ha evaluado la solicitud, recomendando el traslado del agente Emilio Javier MARTIN (CI 910) al Area Cloración, manteniendo su situación escalafonaria, e incorporándose al sistema de guardia rotativa de 2 (dos) turnos);

 

Que a los efectos del cumplimiento del servicio, deberá mantener actualizado el Registro Profesional habilitante para conducir los equipos móviles de la empresa (Clase C);

 

Que la Ordenanza Nº7446, expresa que el Directorio tendrá amplias facultades para organizar, dirigir y administrar la sociedad, correspondiéndole según el inc. d) Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad y e) Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones;

 

Por ello,  en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y  24.672  del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

ARTÍCULO 1º: Aceptar la renuncia que el trabajador Emilio Javier MARTIN (CI 910                         ------------------- solicita a la guardia de tres turnos del Area Operaciones por razones particulares.------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTÍCULO 2º: Trasladar al agente Emilio Javier MARTIN (CI 910) al Area Cloración,                       ------------------- manteniendo su situación escalafonaria, e incorporándolo al sistema de guardia rotativa de 2 (dos) turnos.-----------------------------------------------------------------

 

ARTÍCULO 3º Notificar al trabajador que a los efectos del cumplimiento del servicio,                 ------------------- deberá mantener actualizado el Registro Profesional habilitante para conducir los equipos móviles de la empresa (Clase C).-----------------------------------------

 

ARTÍCULO 4º: Autorizar a la Contaduria a hacer las transferencias presupuestarias      -----------------------correspondientes.--------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 5ºDése al  Registro  de   Resoluciones  – Notifíquese a los interesados.                  --------------------- Cúmplase.----------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 029-2020                                     FIRMADA

                                                                              CARLOS  KATZ

 

 

 

 

MAR DEL  PLATA, 15/01/2020

 

Visto la solicitud del agente Pablo Ariel MAGGI (CI 659) Función Encargado Oficial Polifuncional respecto de la renuncia a la Guardia de dos turnos; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Gerencia de Producción se ha expedido, recomendando la incorporación del trabajador al sistema de turno fijo de las cuadrillas de agua;

 

Que la Ordenanza Nº7446, expresa que el Directorio tendrá amplias facultades para organizar, dirigir y administrar la sociedad, correspondiéndole según el inc. d) Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad y e) Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones;

 

Por ello,  en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y  24.672  del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

ARTÍCULO 1º: Aceptar la renuncia que el trabajador Pablo Ariel MAGGI (CI 659)                     ------------------- Función Encargado Oficial Polifuncional solicita a la guardia de dos turnos por razones particulares.--------------------------------------------------------------------

 

ARTÍCULO 2º: Incorporar  al agente al turno fijjo de las cuadrillas de agua,                 --------------------- manteniendo su situación escalafonaria.-----------------------------------

 

ARTÍCULO 3º: Autorizar a la Contaduria a hacer las transferencias presupuestarias      -----------------------correspondientes.--------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 4ºDése al  Registro  de   Resoluciones  – Notifíquese a los interesados.                  --------------------- Cúmplase.----------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 030-2020                                   FIRMADA

                                                                             CARLOS  KATZ

                                   

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

MAR DEL  PLATA,  16/01/2020

 

 

 

Visto la Licencia Ordinaria otorgada a la Sub Contadora  TAUBER María Laura (CI 401), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XXI  y;

 

CONSIDERANDO

 

Que la  Sub Contadora TAUBER María Laura (CI 401), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XXI, se ausentará por el período comprendido desde el día 16 de enero de 2020 hasta el día 10 de febrero de 2020, inclusive;

 

Que resulta necesario cubrir el cargo durante la ausencia del agente mencionado, a fin de no resentir el normal funcionamiento y organización del Área;

 

Que tal supuesto se encuentra previsto en la  Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;

 

Que el C.P. Rubén Daniel SESTO (CI 768), Función P-07 (“Personal de Conducción”),  Clase XVII,  reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de forma transitoria;

 

Por ello,  en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446  y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR  DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º:   Designar   en   carácter   de   reemplazo   transitorio    al   C.P.    Rubén --------------------Daniel SESTO (CI 768), Función P-07, Clase XVII, en la atención y firma del cargo Sub Contador,  Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XXI,  por el período comprendido desde el día  27 de enero de 2020 hasta el día 10 de febrero de 2020,  inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.--------------------------------

 

ARTICULO 2°:  No   se   abonará   al   reemplazante   ninguna   diferencia   si    éste   no  --------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo.  La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.---------------------------------------------

 

ARTICULO 3º:   El gasto que demande  el mencionado reemplazo  se  imputará al  objeto

--------------------- del gasto 1. 1. 5. 02 “Reemplazos”.---------------------------------------------

 

ARTICULO 4°:   Dése    al    Registro   de    Resoluciones  –    Comuníquese    a    quienes --------------------corresponda - Cúmplase.------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 031-2020                                  FIRMADA   CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

 

MAR DEL  PLATA, 16/01/20

 

 

 

Visto la Licencia Ordinaria otorgada al agente Carlos Antonio JARA (CI 503) EOPF (“Encargado Oficial Polifuncional”),  y;

 

CONSIDERANDO

 

Que dicho agente  solicitó licencia por el período comprendido entre los  días 19 de noviembre de 2019 hasta el día 25 de noviembre de 2019, inclusive, y resultó necesario cubrir el cargo por el agente Gustavo Alberto LUJAN (CI 515), Función M-02 (“Maquinista), Clase XII, a los fines de no resentir el normal funcionamiento del servicio;

 

Que existió una omisión involuntaria de la Gerencia de Producción,  generando que la Contaduría no pueda efectuar la liquidación, por lo que corresponde dictar el acto administrativo convalidando el reemplazo provisorio efectuado por el agente Gustavo Alberto LUJAN (CI 515), en el cargo de EOPF (“Encargado Oficial Polifuncional”),  , por el período enunciado;

 

Por ello,  en uso de las atribuciones conferidas  por Ordenanzas N°7.446 y 24.672  del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º: Reconocer   el   reemplazo   transitorio   cumplimentado   por   el   agente --------------------Gustavo Alberto LUJAN (CI 515), Función M-02 (“Maquinista), Clase XII,  en ausencia del agente Carlos Antonio JARA (CI 503) ubicado escalafonariamente  como EOPF (“Encargado Oficial Polifuncional”),  por el período comprendido entre los  días 19 de noviembre de 2019 hasta el día 25 de noviembre de 2019, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2°:  La liquidación  de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en ---------------------cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.------------------------

 

ARTICULO 3º:   El   gasto   que   demande   el   mencionado  reemplazo  será imputado al --------------------objeto del gasto 1.1.5.02 “Reemplazos”.-----------------------------------------

 

ARTÍCULO 4º: Dése  al Registro  de  Resoluciones – Notifíquese  a  quienes corresponda.-                                           --------------------Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 032-2020                                      FIRMADA

                                                                               CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

                                                                                                                                                                                                                                                                  
 

                    MAR DEL PLATA, 16/01/2020

 

 

                                                                                     

                                                                  Visto lo actuado en el Expediente Nº 410796-S-2004 RED DE CLOACA CALLE ALSINA (VP/PARCIAL) ENTRE AZCUENAGA Y LARREA, cuya ejecución estuvo a cargo de la Cooperativa de Trabajo DEL PARQUE LTDA.

 

CONSIDERANDO                           

 

                                                                Que  se procedió a formalizar el Acta de Recepción Definitiva de la obra RED DE CLOACA ALSINA (VP/PARCIAL) ENTRE AZCUENAGA Y LARREA.

 

                                                                Que la obra fue ejecutada en un todo de acuerdo a los términos del Pliego de Bases y Condiciones;

 

                                                              Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y  24.672  del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

                                           

                                                         R E S U E L V E

 

ARTICULO 1º: Aprobar  el  Acta  de  Recepción   Definitiva  correspondiente a  la   obra       ------------------ RED DE CLOACA CALLE ALSINA (VP/PARCIAL) ENTRE AZCUENAGA Y LARREA ejecutado por la Cooperativa de Trabajo DEL PARQUE  LTDA. por los motivos expuestos en el exordio de la presente.------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º: Autorizase  a  la  Contaduría la devolución  del Depósito de  Garantía                   -------------------- de Ejecución de Contrato retenida según Recibo Oficial Nº 196/2019 obrante a fj. 145 y Recibo Oficial Nº 282/2019 obrante a fj.179  del presente expediente.----

               

ARTICULO 3º: Dése al  Registro de Resoluciones - Pase a Contaduría, Tesorería------------------------------- Gerencia General de Grandes Consumidores para su conocimiento - Cumplido al Área Proyectos Institucionales Agua y Cloaca para su archivo.------------------

RESOLUCION Nº 033-2020                                    FIRMADA

                                                                             CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                 
MAR DEL PLATA, 16/01/2020

 

 

                                                                                     

                                                                  Visto lo actuado en el Expediente Nº 1220-C-2014 Cpo.1 RED DE CLOCA CALLE ROSALES (VP) ENTRE POLONIA Y BRUMANA, cuya ejecución estuvo a cargo de la  Cooperativa de Trabajo EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA.

 

CONSIDERANDO                           

 

                                                                Que  se procedió a formalizar el Acta de Recepción Definitiva de la obra RED DE CLOCA CALLE ROSALES (VP) ENTRE POLONIA Y BRUMANA;

 

                                                                Que a fj. 305 se informa que se ha producido un ahorro de obra por $ 3.418,90  respecto de la  Orden de Compra Nº 750/2019;

                                                                                                                                             

                                                                Que la obra fue ejecutada en un todo de acuerdo a los términos del Pliego de Bases y Condiciones;

                                                               

                                                              Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y  24.672  del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

                                           

                                                         R E S U E L V E

 

ARTICULO 1º: Aprobar  el  Acta  de  Recepción   Definitiva  correspondiente a  la   obra       ------------------ RED DE CLOCA CALLE ROSALES (VP) ENTRE POLONIA Y BRUMANA realizado por la Cooperativa de Trabajo EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA. por los motivos expuestos en el exordio de la presente.------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º: Autorizase  a  la  Contaduría la devolución  del Depósito de  Garantía                   -------------------- de Ejecución de Contrato retenida según Recibo Oficial Nº 242/2019, obrante a fj. 276 del presente expediente.------------------------------------ -----------------------

 

ARTICULO 3º: Autorizar  a  la  Contaduría a proceder a la desafectación del saldo--------

------------------- de la Orden de Compra Nº 750/2019 por un monto de $ 3.418,90  perteneciente a la Cooperativa de Trabajo EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA. por lo expuesto en el exordio de la presente.-----------------------------------------------------------------          

          

ARTICULO 4º: Dése al  Registro de Resoluciones - Pase a Contaduría, Tesorería------------------------------- Gerencia General de Grandes Consumidores para su conocimiento - Cumplido al Área Proyectos Institucionales Agua y Cloaca para su archivo.------------------

RESOLUCION Nº 034-2020                                                  FIRMADA

                                                                                           CARLOS  KATZ

 

 

 

                                                                       MAR DEL PLATA, 20/01/2020

 

                                               Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 1202-C-19 Cpo. 01 referente al “SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA – FEBRERO A AGOSTO DE 2020”;  y

                                                                                                                                              

CONSIDERANDO

 

                                               Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones;

 

                                              Que de acuerdo a lo determinado por el Artículo N° 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde llamar a Licitación Pública;

 

                                               Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672  del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1°:      Aprobar  el  Pliego de Bases y Condiciones obrante de fs. 60 a fs. 79,       ------------------- ambas inclusive y reversos del citado Expediente. --------------------------

 

ARTICULO 2°:    Llamar a Licitación Pública N° 01/20 referente al “SERVICIO DE    --------------------- TRANSPORTE Y CARGA – FEBRERO A AGOSTO DE 2020”cuya fecha de apertura de sobre único se llevará a cabo a los 15 (quince) días hábiles de efectuada las publicaciones en alguno de los diarios locales, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras.-----------------------------------------------

 

ARTICULO 3°: Efectuar las publicaciones por dos (2) días en el BOLETÍN OFICIAL    ------------------- DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y por un (1) día en los diarios locales LA CAPITAL y EL ATLANTICO.----------------------------------------------------------

 

 ARTICULO 4º:   Invitar a participar a las firmas del ramo.----------------------------------

 

ARTICULO 5°:  Crear la  Comisión  de  Estudio  de  Ofertas  y  Adjudicación  para  la  ------------------ Licitación Pública N° 01/20 integrada por el Ing. Pablo G. Simoni,  quien presidirá la misma como titular, la CP Natalia Massaro como suplente, ambos por la Gerencia General de Coordinación y Estrategia Operativa, el Arq. Pablo Rivas también por la misma gerencia,  la Lic. Maria Marta Solera como titular y la C.P. Silvia Soliverez como suplente ambas por la Gerencia de Compras y Suministros; y la Dra. Fabiana Suter como titular y la Dra. Graciela Leone como suplente ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo. -----------

 

ARTICULO 6°: Dése al Registro  de  Resoluciones  – Pase  a la Gerencia de Compras y ------------------- Suministros a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------

 

RESOLUCION Nº 035-2020                                     FIRMADA

                                                                              CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

                                                                      MAR DEL PLATA, 22/01/2020

 

                  Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 1350-C-19 Cpo. 01 referente a la “ADQUISICION MATERIALES P/ RECAMBIO CONEXIONES PLAN MEJORAMIENTO OPERATIVO 2019”; y

                                                          

CONSIDERANDO

                Que se ha cumplido con las formalidades del Llamado a Concurso de Precios Nº 98/19, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia, habiéndose presentado para el mismo 02 (DOS) firmas: LEMOCHETE S.A. e I.P.L.I. S.R.L. según surge del Acta de Apertura de fecha 19/12/19 (fs. 32) las cuales cumplen con todo lo requerido en el P.B. y C.;

              Que al pie de fs. 53 la Gerencia de Producción informa que las firmas cumplen técnicamente con lo requerido por dicha Gerencia;

             Que a fs. 58 la firma I.P.L.I S.R.L. presenta nota solicitando, respecto a la primera entrega del Renglón Nº 5 “CAÑO PEBD K6  13 MM ESPESOR 2 MM”, entregar  3 rollos K6 y 4 rollos K10 (Tuboforte), completando los 700 mts. requeridos en esta primera entrega y al pie de dicha foja, la Gerencia de Producción informa que acepta la forma de entrega;

                                                                 Que si bien para los renglones Nº 3, 4 y 7 consta sólo una oferta válida, la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo 155 establece que: "Si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo. En circunstancias distintas, el segundo llamado será procedente y obligatorio";

                                                   

                                                                Que el Artículo mencionado en el considerando anterior  se refiere expresamente a las licitaciones y no a los Concursos de Precios;

 

                                                              Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja ADJUDICAR  el Concurso de Precios Nº 98/19: “ADQUISICION MATERIALES P/ RECAMBIO CONEXIONES PLAN MEJORAMIENTO OPERATIVO 2019” de la siguiente manera:  a la firma I.P.L.I. S.R.L. los renglones Nº 01 y 05 por la suma total de PESOS NOVENTA MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 00/100 ($90.382,00) y a la firma LEMOCHETE S.A. los renglones Nº 02, 03, 04, 06, 07 y 08 por la suma total de CIENTO DIECISIETE MIL SETENTA Y UNO CON 30/100 ($117.071,30) por ser sus ofertas convenientes a los intereses de OSSE,  cumplir con lo requerido en el P.B.y C. y encontrarse la adjudicación global por debajo del Presupuesto Oficial; 

                                                        

                                                            Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1°: Aprobar  las  actuaciones obrantes en el Expediente N° 1350-C-19 Cpo. 01                              -------------------- referente a la “ADQUISICION MATERIALES P/ RECAMBIO CONEXIONES PLAN MEJORAMIENTO OPERATIVO 2019”. -------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2: ADJUDICAR  el Concurso de Precios Nº 98/19: “ADQUISICION MATERIALES  ------------------- P/ RECAMBIO CONEXIONES PLAN MEJORAMIENTO OPERATIVO 2019” de la siguiente manera:  a la firma I.P.L.I. S.R.L. los renglones Nº 01 y 05 por la suma total de PESOS NOVENTA MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 00/100 ($90.382,00) y a la firma LEMOCHETE S.A. los renglones Nº 02, 03, 04, 06, 07 y 08 por la suma total de CIENTO DIECISIETE MIL SETENTA Y UNO CON 30/100 ($117.071,30) por ser sus ofertas convenientes a los intereses de OSSE,  cumplir con lo requerido en el PByC. y encontrarse la adjudicación global por debajo del Presupuesto Oficial. ------------------------------------------------------------------------------

 

ARTÍCULO 3°: °:          Se deberán realizar entregas parciales. El plazo de entrega será en todos -------------------- los casos a partir de la notificación de la Orden de Compra y de acuerdo al siguiente detalle: para la firma I.P.L.I. S.R.L. será: *1º Entrega: 70% de los Renglones Nº 01 y 05 dentro de los 07 (SIETE) días hábiles; 2º Entrega: 30 % restante de ambos renglones a los 30 (treinta) días corridos y, para la firma LEMOCHETE S.A. será: *1º Entrega: 70% de los Renglones Nº 02 y 03, 3 u. del Renglón Nº 04, 1 u. del Renglón Nº 06, 3 u. del Renglón Nº 07 y 1 u. del Renglón Nº 08 dentro de los 07 (SIETE) días hábiles; 2º Entrega: 30 % restante de los renglones Nº 02 y 03, 1 u. del renglón Nº 04, 1 u. del Renglón Nº 06, 2 u. del Renglón Nº 07 y 1 u. del Renglón Nº 08 a los 30 (treinta) días corridos. ----------------------------------------------------

 

ARTICULO 04º: Autorizar a la Contaduría a realizar los ajustes que correspondan para            -------------------- aquellos renglones adjudicados que excedan el Presupuesto Oficial. -------------

 

ARTICULO 05°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente                                ------------------- adjudicación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.-----------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 06º: Notificar a las  firmas  de lo dispuesto  precedentemente.---------------------------

 

ARTICULO 07º: Dese  al  Registro  de  Resoluciones.  Pase  a  la Gerencia de Compras y             -------------------- Suministros a los efectos  de  dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.-------

RESOLUCION Nº 036-2020                                                    FIRMADA

                                                                                              CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                                                                      MAR DEL PLATA,  22/01/2020

 

Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 792-O-2019 Cuerpos 01 y 02 referente a la Obra: “COLECTOR PLUVIAL ASTURIAS”;  y 

                                                                                                                                              

CONSIDERANDO

                                                  

Que por Resolución de Directorio Nº 010/20 de fecha 07 de Enero  de 2020 (fs. 358) se autorizó la apertura del Sobre Nº 2 (“Propuesta Económica”) de la Licitación Pública Nº 11/19 Segundo Llamado correspondiente a la firma CIAGESER S.A, efectuándose la Apertura del mencionado Sobre con fecha 10 de Enero de 2020 según consta en Acta de fs. 363;

 

Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación, en Acta de Reunión obrante a fs. 387, informa que habiendo procedido al análisis de la documentación presentada por la oferente en el Sobre Nro. 2, la misma cumple con la presentación de la documentación exigida en el P.B.C. en esta instancia en forma correcta y no habiendo observaciones que formular. Analizada la Oferta Básica del Segundo Llamado que data de Diciembre de 2019 de la firma CIAGESER S.A que asciende a $ 5.591.324,77 lo que representa un 19,66 % por encima del P.O. ($4.672.734,98), el cual, según el art. 18 de las Cláusulas Particulares del P. B. y C. data de mayo de 2019. Por lo que, a los efectos de presentar una comparación más ajustada, la Comisión solicitó actualización del presupuesto oficial –confeccionado por el Área Apoyo Ingeniería de la Gcia. de Obras -  el cual, calculado a diciembre de 2019 asciende a $ 5.974.324,47 (cuadro adjunto a fs. 388), de tal manera, la oferta Básica de la firma CIAGESER S.A. resulta un 6,42 % por debajo del Presupuesto Oficial actualizado. Con respecto a la Oferta Alternativa de la firma CIAGESER S.A en la cual ofrece un descuento de 0,6 % sobre su Oferta, es decir de $ 33.547,95, si se le otorga un Anticipo Financiero del 20 % ($ 1.118.264,95) la Comisión no advierte conveniencia económica ni financiera por esta opción, no teniendo relevancia el porcentaje de descuento ofrecido respecto del porcentaje de anticipo financiero pretendido. Por lo tanto considera que la propuesta económica de la firma oferente en su Oferta Básica resulta igualmente conveniente a los intereses de OSSE, aconsejando finalmente preadjudicar la presente licitación a la firma CIAGESER S.A  por la suma de $5.591.324,77 con impuestos incluidos;

 

 

    Que la situación coyuntural que atraviesa el país debido a los cambios en la divisa extranjera, lo cual trajo aparejado una importante devaluación de la moneda de curso legal sumado a la aceleración de la inflación, confluye en la variación observada en el Presupuesto Oficial reflejada por la Comisión. Por lo que compartiendo el criterio expuesto en el anterior Considerando se concluye que la propuesta económica de la Oferta Básica  de la firma oferente resulta igualmente conveniente a los intereses de OSSE;

                                                                               

Que la Gerencia de Compras y Suministros  en un todo de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación recomienda preadjudicar la Licitación Pública Nº 11/19 Segundo Llamado a la firma CIAGESER S.A en la suma total de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y UN MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO CON 77/100 ($5.591.324,77) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones;

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs. 360 obrantes en el                       --------------------- Expediente N° 792-O-2019 Cuerpos 01 y 02 referente a la Obra: “COLECTOR PLUVIAL ASTURIAS”.-------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2°:   Preadjudicar la Licitación Pública Nº 11/19 Segundo Llamado a la firma

------------------- CIAGESER S.A  en la suma total de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y UN MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO CON 77/100 ($5.591.324,77) con impuestos incluidos por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones.--------------------------

 

ARTICULO 3°:   El plazo de ejecución de la Obra “COLECTOR PLUVIAL ASTURIAS”; será -------------------   de 90 (noventa) días corridos a partir de la firma del Acta de Inicio de obra. El Acta de Inicio se firmará a los cinco días hábiles de firmado el Contrato. El Contrato se firmará a los cinco días hábiles de notificada la Adjudicación de la presente.-----------------------

 

ARTÍCULO 4º: La Gerencia de Compras y Suministros  comunicará a la firma Preadjudicataria  ------------------  que dentro de los 3 (tres) días hábiles de notificada deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 6.2 del Pliego de Bases y Condiciones Generales. ---------------------

 

ARTICULO 5º: Autorizar a la Contaduría a devolver el Depósito de Garantía de                         -------------------   Mantenimiento  de Oferta a las firmas: ROMERO PABLO ESTEBAN según Recibo Nº 262  de fecha 04/11/2019 (fs. 270), ISTRIA S.A según Recibo Nº 264  de fecha 06/11/2019 (fs. 271) y   ALPA VIAL S.A según Recibo Nº 316  de fecha 17/12/2019 (fs. 348).----

 

ARTICULO 6º: Notificar a la firma de lo dispuesto en la presente Resolución.--------------------

 

ARTICULO 7º: Encomendar a la Gerencia General de Grandes Consumidores a             -------------------  instrumentar el procedimiento referido al 2º Registro de Oposición.----

 

ARTICULO 8°: Dése  al  Registro de  Resoluciones – Pase  a  la  Oficina  de  Compras a fin         ------------------- de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.----------------------

RESOLUCION Nº 037-2020                                         FIRMADA

                                                                                   CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

 

      MAR DEL PLATA, 22/01/2020

 

 

                                                        Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 756-C-19 Cpo.1 referente a la: “ADQUISICION TRAILER Y ENGANCHES TIPO BOCHA P/ TRANSPORTE DE TUNELERA” y;

 

 

CONSIDERANDO

 

                                                         Que por Resolución de Directorio Nº  507/19 de fecha  05 de Agosto de 2019 (fs. 33), se adjudicó el Concurso de Precios Nº 56/19 “ADQUISICION TRAILER Y ENGANCHES TIPO BOCHA P/ TRANSPORTE DE TUNELERA”   a la firma MDQ TRAILERS de GIUSTI CARLOS ALDO  por la suma total de PESOS DOSCIENTOS CATORCE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO CON 30/100 ($214.878,30) con impuestos incluidos, por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE,  cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial,  Orden de Compra 781/19 (fs 46);

                                                         

                                                          Que a fs. 78  la Gerencia Apoyo Administrativo de la Gerencia de Producción  informa que la firma  MDQ TRAILERS de GIUSTI CARLOS ALDO,  ha  dado cumplimiento con todo lo requerido según Orden  de Compra Nº 781/19;

 

                                                         Que a fs. 79  el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 781/19 perteneciente a la firma MDQ TRAILERS de GIUSTI CARLOS ALDO , se encuentra totalmente cancelada;

          

 Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 195 (fs. 42) de fecha 30  de Agosto del 2019 perteneciente a la firma  MDQ TRAILERS de GIUSTI CARLOS ALDO;

 

          Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672  del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1º: Dar  por  cumplimentado a la firma MDQ TRAILERS de GIUSTI                           ---------------------CARLOS ALDO, el  Concurso  de Precios Nº  56/19; ---------------------------

 

ARTICULO 2º: Autorizar  a  la  Contaduría  a  proceder  a la devolución del Depósito de       ------------------- Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 195 (fs. 42) de fecha 30  de Agosto  del 2019  perteneciente a la firma MDQ TRAILERS de GIUSTI CARLOS ALDO.---

 

ARTICULO 3º: Dése   al   Registro   de  Resoluciones. Pase a la Contaduría a los                     ------------------- efectos de dar Cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Oficina de Compras. Cúmplase.------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 038-2020                                   FIRMADA

                                                                             CARLOS  KATZ.

 

 

 

 

 

 

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                             
 

                    MAR DEL PLATA, 22/01/2020

 

 

                                                                                      

                                                                  Visto lo actuado en el Expediente Nº 1915-C-2017

RED DE CLOACA CALLE VERTIZ (VI) ENTRE MAGNASCO Y NAMUNCURA, cuya ejecución estuvo a cargo de la Cooperativa de Trabajo EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA.

 

CONSIDERANDO                           

 

                                                                Que  se procedió a formalizar el Acta de Recepción Definitiva de la obra RED DE CLOACA CALLE VERTIZ (VI) ENTRE MAGNASCO Y NAMUNCURA.

 

                                                                Que la obra fue ejecutada en un todo de acuerdo a los términos del Pliego de Bases y Condiciones;

 

                                                              Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y  24.672  del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

                                           

                                                         R E S U E L V E

 

ARTICULO 1º: Aprobar  el  Acta  de  Recepción   Definitiva  correspondiente a  la   obra       ------------------ RED DE CLOACA CALLE VERTIZ (VI) ENTRE MAGNASCO Y NAMUNCURA ejecutado por la Cooperativa de Trabajo EL BARRIO EN SUS PUÑOS  LTDA. por los motivos expuestos en el exordio de la presente.------------------------------------

 

ARTICULO 2º: Autorizase  a  la  Contaduría la devolución  del Depósito de  Garantía                   -------------------- de Ejecución de Contrato retenida según Recibo Oficial Nº 283/2019 obrante a fj. 158 y Recibo Oficial Nº 284/2019 obrante a fj.159  del presente expediente.----

                

ARTICULO 3º: Dése al  Registro de Resoluciones - Pase a Contaduría, Tesorería------------------------------- Gerencia General de Grandes Consumidores para su conocimiento - Cumplido al Área Proyectos Institucionales Agua y Cloaca para su archivo.------------------

RESOLUCION Nº 039-2020                            FIRMADA

                                                                      CARLOS  KATZ

 

 

 

 

                                                                                              MAR DEL PLATA,  23/01/2020

 

                                                                              Visto el artículo 93 de la Ordenanza Nº 24.119; y

 

CONSIDERANDO

 

                                                                              Que la Ordenanza Nº 24.119 en su artículo 93 establece que el Directorio de O.S.S.E. informará al Honorable Concejo Deliberante las tasas y los descuentos a aplicar en cada caso y en toda ocasión que se modifique en el ejercicio vigente;

 

                                                                              Que en vista del escenario económico-social, a fin de fomentar el pago y recupero de deuda a través de los Planes de Facilidades de Pago previstos en el art. 93 del RGSS, se proponen alternativas y propuestas de financiamiento de deudas para las Zonas III, IV y V hasta 6º/2018, para facilitar a los usuarios del Servicio Sanitario, una accesibilidad adecuada a los tiempos que corren;

 

                                                                              Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza N° 7.446 y  24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

 

R E S U E L V E

 

ARTÍCULO 1º: Fijar para el mes de Febrero de 2020 los siguientes intereses:                                              ----------------------resarcitorio del  1.25 %  (uno punto veinticinco por ciento), un interés Punitorio I del 1.87 % (uno punto ochenta y siete por ciento) y un interés Punitorio II del 2.50% (dos punto cincuenta por ciento).------------------------------------------------------

 

ARTÍCULO 2º: Fijar para el sistema permanente de financiación un interés del 2.51 % -------------------- (dos punto cincuenta y uno por ciento).---------------------------------------

 

ARTICULO 3°: Establecer planes de facilidades de pago con la quita sobre                   ---------------------- actualizaciones, intereses y recargos según la modalidad de pago conforme el siguiente esquema:

 

Modalidad de pago

% de descuento

Contado.

50 %

De dos a seis cuotas.

30%

De siete a doce cuotas.

10%

Escasos Recursos hasta treinta y seis cuotas.

80%

De trece a veinticuatro cuotas

0 %

 

Planes de Facilidades de Pago (Zonas III, IV y V, hasta 6º/2018).

 

Modalidad de pago

% de descuento

Contado.

60 %

De dos a seis cuotas.

40%

De siete a doce cuotas.

20%

 

Planes de Facilidades de Pago en cuentas de Gestión Judicial.

 

Modalidad de pago

% de descuento

De trece a veinticuatro cuotas - Juridico

0 %

 

ARTÍCULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda.                        --------------------Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 040-2020                                           FIRMADA

                                                                                   CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

 

MAR DEL  PLATA, 22/01/2020

 

 

 

Visto la solicitud presentada por el agente Oscar Aníbal CEPEDA  (CI 136), referente al otorgamiento de un adelanto de haberes,  y;

 

CONSIDERANDO

 

Que el trabajador manifiesta la imposibilidad de contar con el dinero necesario para hacer frente a gastos básicos familiares, por lo cual solicita un anticipo de sus haberes equivalente a PESOS VEINTE MIL ($20.000,00); 

 

Que atendiendo a un criterio de solidaridad con el trabajador tratándose de una problemática económica familiar, se ha evaluado la oportunidad de anticipar la suma solicitada;

 

Que el agente se compromete a efectivizar la devolución de dicho importe, autorizando a que la suma total le sea retenida del haber correspondiente al  mes de  febrero del cte. año ;

 

Que siendo a su vez una facultad de estas autoridades admitir la excepcionalidad a la norma –que es contraria al otorgamiento de anticipos de haberes-  y tratándose de una excepción, no origina un precedente ya que el presente constituye un caso de particulares características;

 

 Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446  y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º:    Autorizar   la   firma  del   convenio  de   un adelanto  en  los                     -------------------- haberes del agente Oscar Aníbal CEPEDA  (CI 136), de PESOS VEINTE MIL ($20.000,00), en virtud de los motivos expuestos en el exordio de la presente.-----------

 

ARTICULO 2°:  El   agente    restituirá    la   totalidad    del   importe    del     adelanto -------------------- efectuado,  con el haber correspondiente al  mes de febrero del cte. año.-----

 

ARTICULO 3º:   El     adelanto    de    sueldo    deberá    imputarse     a   la       Cuenta       ---------------------patrimonial  1.1.3.4.9.01 - “Anticipo al Personal”.----------------------------

 

ARTICULO 4:   Dése        al       Registro      de       Resoluciones     –     Pase       a       la   -------------------Gerencia de Recursos Humanos  para su conocimiento y notificación a quienes corresponda.- Pase  a  Liquidación de Haberes  - Cúmplase.---------------------------

RESOLUCION Nº 041-2020                                    FIRMADA

                                                                             CARLOS  KATZ

 

CONVENIO ADELANTO HABERES

 

 

 

PRELIMINAR (PARTES) Entre OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E. con domicilio en calle French Nº 6737 de la ciudad de Mar del Plata, en adelante “OBRAS SANITARIAS”, representada para este acto por el  Sr. Presidente  del  Directorio,  Arq. Carlos Alberto KATZ,  DNI Nº 16.593.363, por una parte, y por la otra  el  Sr. Oscar Aníbal CEPEDA  DNI Nº 13.920.999, domiciliado en la calle Victoriano MONTES  Nro. 3164 de la ciudad de Mar del Plata, en adelante el “BENEFICIARIO”, suscriben el presente Convenio de adelanto de Sueldo en los términos del artículo 130 de la Ley de Contrato de Trabajo.-

 

PRIMERO:   ”OBRAS  SANITARIAS”    entrega   la    suma   de  PESOS    VEINTE   MIL  --------------($20.000,00), en  concepto de Adelanto de Haberes, al agente Oscar Aníbal CEPEDA  (CI 136) quien se desempeña en forma ininterrumpida en OBRAS SANITARIAS  desde el 01/10/1984.-------------------------------------------------------------------------------------

 

SEGUNDO: El agente se compromete  a  restituir  la   totalidad   del  importe   anticipado --------------- con del haber correspondiente al  mes de febrero del cte. año.--------------------

 

 

En prueba de conformidad se redactan y firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor, uno para cada parte, en la ciudad de Mar del Plata a los  …………días del mes de ………………… del  año  2020.---------------------------------------------------------------------

 

 

 

 

MAR DEL  PLATA,  23/01/2020

VISTO el Decreto DE 75/2020 y las notas presentadas por Carlos Alberto Katz, Fernando Javier Navarra, José Daniel Díaz y Mario José Ricciuto; y

 

CONSIDERANDO

Que en virtud del decreto DE 75/2020 se estableció a partir del 1 de enero de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020 una deducción del haber mensual del 20% de la remuneración neta en el caso del Intendente y del 15% en el caso de los restantes funcionarios;

Que ni los directores de OSSE ni el síndico han quedado comprendidos en el ámbito subjetivo de aplicación del citado decreto, pero comparten la necesidad de adoptar iguales medidas de austeridad, habiendo presentado notas en donde manifiestan su intención de donar sin destino específico a OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E. el quince por ciento (15%) de su haber mensual neto;

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº  7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1º: Aceptar –ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante– la                    ---------------------- donación sin destino específico a OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA SE efectuada por Carlos Alberto Katz, Fernando Javier Navarra, José Daniel Díaz y Mario José Ricciuto del quince por ciento (15%) de los haberes mensuales netos que respectivamente devenguen entre el 01 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2020.-

 

ARTÍCULO 2º: Encomendar a la Contaduría que practique las retenciones pertinentes,                    --------------------- sin perjuicio de su reversión en caso que la donación no fuere aceptada por el Honorable Concejo Deliberante.-

 

ARTÍCULO 3º: Regístrese, notifíquese y cúmplase.----------------------------------------------

RESOLUCION Nº 042-2020                                    FIRMADA

                                                                             CARLOS  KATZ

 

 

 

MAR DEL PLATA,  23/01/2020

 

 

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                  Visto la renuncia presentada por el agente Adriana Celia REYNA CI 593,  para acogerse al Beneficio Jubilatorio;  y

 

 

CONSIDERANDO

 

                                  Que la renuncia se concretó por Telegrama Nº 093754119  según lo establecido en el Artículo 240 de la Ley de Contrato de Trabajo;

                                              

                                               Que es necesario formalizar la aceptación con la cual iniciará el trámite de Jubilación Ordinaria en el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires;

                                                                                                             

                                               Que corresponde la liquidación de la Bonificación para el personal que se da de baja para acogerse al Beneficio Jubilatorio;

                                  

                                   Que deberá establecerse el monto a abonar en concepto de Anticipo Jubilatorio;                                                                                   

 

  Que habiéndose presupuestado los distintos Objetos del gasto del inciso 1 GASTOS EN PERSONAL para todo el año 2020, es conveniente la transferencia presupuestaria de los saldos remanentes a los Objetos de Gastos cuyo presupuesto se prevé no alcanzará cubrir los compromisos para el presente ejercicio, dentro del inciso 1;

 

                                   Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO  DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

 SOCIEDAD  DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1º: Aceptar la renuncia presentada por el agente Adriana Celia REYNA                  --------------------DNI 11.506.246, Función Oficial Polifuncional para acogerse al beneficio jubilatorio a partir del 01 de Febrero  de 2020.--------------------------------------

 

ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría-Liquidación de Haberes a liquidar, al            -------------------  tiempo de la baja, la Liquidación Final que correspondiere de acuerdo a las reglamentaciones vigentes para los agentes de OSSE.------------------------------------

 

ARTICULO 3º: Autorizar a celebrar el Contrato de Anticipo Jubilatorio por un importe --------------------mensual de Pesos TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS TRECE

 ($ 35.813,00).------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 4º:  Autorizar a la Contaduría a transferir los saldos remanentes                  -------------------    presupuestados para el año 2020 de los distintos Objetos del Gasto del inciso 1 Gastos en Personal, disponiendo las modificaciones presupuestarias que correspondan.------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 5º:  El gasto que demande  se imputará a los Objetos del Gasto del inciso 1 ----------------- GASTOS EN PERSONAL correspondiente a la Jurisdicción 1.2.2.01.02.000 GERENCIA DE PRODUCCION; Categoría Programática 02.00.02 APOYO A PRODUCCIÓN  y al Objeto del Gasto 1.6.1.01 INDEMNIZACIONES AL PERSONAL y 1.6.1.02 PREMIO Y BONIFICACION ESPECIAL correspondientes a la Jurisdicción 1.2.2.01.14.000 GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS - Categoría Programática 14.00.02 ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS.-----------------------------------

 

ARTICULO 6º: Dese al Registro de Resoluciones, cumuníquese y cúmplase. --------------

RESOLUCION Nº 043-2020                              FIRMADA

                                                                        CARLOS KATZ

 

 

 

 

 

 

MAR DEL PLATA,  23/01/2020

 

 

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                             Visto la renuncia presentada por el agente Oscar Darío ENTRATICO CI 558,  para acogerse al Beneficio Jubilatorio;  y

 

 

CONSIDERANDO

 

                                  Que la renuncia se concretó por Telegrama Nº 212169040 6737 01022020 según lo establecido en el Artículo 240 de la Ley de Contrato de Trabajo;

                                              

                                               Que es necesario formalizar la aceptación con la cual iniciará el trámite de Jubilación Ordinaria en el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires;

                                                                                                             

                                               Que corresponde la liquidación de la Bonificación para el personal que se da de baja para acogerse al Beneficio Jubilatorio;

                                  

                                   Que deberá establecerse el monto a abonar en concepto de Anticipo Jubilatorio;                                                                                   

 

  Que habiéndose presupuestado los distintos Objetos del gasto del inciso 1 GASTOS EN PERSONAL para todo el año 2020, es conveniente la transferencia presupuestaria de los saldos remanentes a los Objetos de Gastos cuyo presupuesto se prevé no alcanzará cubrir los compromisos para el presente ejercicio, dentro del inciso 1;

 

                                   Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO  DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

 SOCIEDAD  DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1º: Aceptar la renuncia presentada por el agente Oscar Darío ENTRATICO                   ------------------DNI 11.736.573, Función Maquinista Clase XII para acogerse al beneficio jubilatorio a partir del 01 de Febrero de 2020.---------------------------------------

 

ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría-Liquidación de Haberes a liquidar, al            -------------------  tiempo de la baja, la Liquidación Final que correspondiere de acuerdo a las reglamentaciones vigentes para los agentes de OSSE.------------------------------------

 

ARTICULO 3º: Autorizar a celebrar el Contrato de Anticipo Jubilatorio por un importe --------------------mensual de Pesos CUARENTA Y DOS MIL UNO ($ 42.001,00).----------

 

ARTICULO 4º:  Autorizar a la Contaduría a transferir los saldos remanentes                  -------------------    presupuestados para el año 2020 de los distintos Objetos del Gasto del inciso 1 Gastos en Personal, disponiendo las modificaciones presupuestarias que correspondan.------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 5º:  El gasto que demande  se imputará a los Objetos del Gasto del inciso 1 ----------------- GASTOS EN PERSONAL correspondiente a la Jurisdicción 1.2.2.01.02.000 GERENCIA DE PRODUCCION; Categoría Programática 18.01.01 OPERACIONES  y al Objeto del Gasto 1.6.1.01 INDEMNIZACIONES AL PERSONAL y 1.6.1.02 PREMIO Y BONIFICACION ESPECIAL correspondientes a la Jurisdicción 1.2.2.01.14.000 GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS - Categoría Programática 14.00.02 ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS.-----------------------------------

 

ARTICULO 6º: Dese al Registro de Resoluciones, cumuníquese y cúmplase. --------------

RESOLUCION Nº 044-2020                                    FIRMADA

                                                                              CARLOS  KATZ

                                                      MAR DEL PLATA,  23/01/2020

 

 

 

                                                                        Visto la  licencia ordinaria  otorgada al Jefe  de Control de Efluentes Industriales Área Puerto Marítimo,      GAYOSO, Gustavo Daniel   (CI Nº 492), Función P-07, (“Personal de Conducción”)   Clase XX y;

 

CONSIDERANDO

 

                                                      Que el Jefe  de Control de Efluentes Industriales Área Puerto Marítimo,  GAYOSO, Gustavo Daniel (CI Nº 492), Función P-07, (“Personal de Conducción”)     Clase XX    se ausentará por el período comprendido desde el día  04  de febrero  de  2020   hasta el día  21   de  febrero   de  2020  inclusive;

 

                                                      Que resulta necesario cubrir el cargo a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la Jefatura  antedicha;

 

      Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución 799/03 de Procedimiento de Reemplazo Transitorio y su modificatoria Resolución Nº  371/08; 

 

       Que el agente CASTELLAN PAPE, Carlos Fabián    (CI Nº 350)  Función P-07, (“Personal de Conducción”)    Clase XVII  designado a cargo de la Jefatura Control de Instalaciones y  Operación Escollera Sur de la  Gerencia de Calidad, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo; 

 

                                                      Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y  24.672   del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

 

ARTICULO 1º :  Designar     en   carácter   de   reemplazo    transitorio    al      agente   ------------------- CASTELLAN PAPE,   Carlos Fabián  (CI 350), Jefe Control de Instalaciones y Operación Escollera Sur en la Función P-07, (“Personal de Conducción”)   Clase XX, desde el día 04  de febrero  de  2020  y hasta el día  21  de febrero  de  2020   inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.----

 

ARTICULO 2º :  No   se  abonará   al    reemplazante  ninguna   diferencia  si  éste   no ------------------- cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencias o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.-------------

 

ARTICULO 3º:  La   erogación    que   demande  esta  Resolución  se    imputará     al  -------------------  objeto  del  gasto 1.1.5.02. ¨Reemplazos¨.-----------------------------------

 

 

 

 

 

 

 ARTICULO 4º:  Dése    al    Registro  de    Resoluciones-Comuníquese     a     quienes -------------------- corresponda. Cúmplase.------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 045-2020                                        FIRMADA

                                                                                 CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

 

 

MAR DEL  PLATA, 23/01/2020

 

 

 

Visto la Licencia Ordinaria otorgada a la CP María Cristina PANIZO (CI 682) Jefe del Área Presupuesto, Costos y Control de Gestión,  Función  P-07 (“Personal de conducción”), Clase XXI,  y;

 

CONSIDERANDO

 

Que la CP María Cristina PANIZO (CI 682) se ausentará durante el periodo comprendido desde el día 15 de enero de 2020 hasta el día 24 de enero de 2020, inclusive;

 

Que resulta necesario cubrir el cargo a los fines de  no resentir el normal funcionamiento del área antedicha;

 

Que tal supuesto se encuentra previsto en la  Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;

 

Que el CP Rafael Luis PRINCIPI  (CI 680),  Función P-07 (“Personal de conducción”), Clase XIX,  reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de forma transitoria;

 

Por ello,  en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446  y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

 

ARTICULO 1º:  Designar   en   carácter   de  reemplazo  transitorio  al  CP  Rafael   Luis --------------------PRINCIPI (CI 680) Función P-07 (“Personal de conducción”) Clase XIX, en la atención y firma de la Jefatura del Área Presupuesto, Costos y Control de Gestión, con la Función P-07, Clase XXI,  durante el periodo comprendido desde el día 15 de enero de 2020 hasta el día 24 de enero de 2020, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-----------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2°:    No   se    abonará    al   reemplazante    ninguna  diferencia  si   éste   no --------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.---------------------------------------------

 

ARTICULO 3º:   El   gasto   que   demande   el   mencionado  reemplazo  será imputado al --------------------objeto del gasto 1.1.5.02 “Reemplazos”.-----------------------------------------

 

ARTICULO 4º:      Dése   al    Registro   de    Resoluciones   -   Comuníquese   a    quienes --------------------corresponda.--------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 046-2020                                                   FIRMADA

                                                                                             CARLOS  KATZ

 

 

MAR DEL PLATA,  23/01/2020

 

 

 

Visto la Licencia Ordinaria presentada por el Gerente General de Grandes Consumidores, Arq. Alejandro Marcelo POZZOBON  (CI 365)  Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XXIII, y;

 

CONSIDERANDO

 

Que el Sr. Gerente solicita licencia ordinaria por el período comprendido entre los días 27 de enero de 2020 hasta el 14 de febrero  de 2020, inclusive;

 

Que  resulta necesario cubrir el cargo a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la Gerencia mencionada;

 

Que tal supuesto se encuentra previsto en la  Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;

 

Que el agente Mario Alberto REAL (CI 399) Sub Gerente General de Grandes Consumidores, Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XXII, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de forma transitoria;

 

Que  resulta necesario transferir el manejo de la Caja Chica de la Gerencia General de Grandes Consumidores al agente reemplazante;

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR  DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

 

ARTICULO 1º: Designar  en  carácter  de  reemplazo transitorio al  agente Mario Alberto --------------------REAL (CI 399) Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XXII, durante el periodo comprendido entre los días 27 de enero de 2020 hasta el 14 de febrero  de 2020, inclusive,  para la atención y firma del despacho de la Gerencia General de Grandes Consumidores,  Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XXIII, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.------------------------------------------------------

 

ARTICULO  2°:     No    se   abonará  al   reemplazante   ninguna  diferencia   si  este   no --------------------cumpliera efectivamente  con  el  reemplazo por suspensión, ausencias o licencias de cualquier tipo.  La  liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó  el reemplazo.------------------------------

 

ARTICULO 3º  El  gasto que demande   el mencionado   reemplazo  será    imputado  al  

 -------------------objeto del gasto  1.1.5.02  “Bonificación por Reemplazo”.--------------------

 

ARTÍCULO 4°:   Encomendar  el  manejo de la Caja  Chica   de  la Gerencia  General  de  ------------------Grandes Consumidores al agente designado por el período enunciado en el artículo primero.------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 5°: Dése   al  Registro    de     Resoluciones – Comuníquese      a     quienes           ---------------------corresponda - Cúmplase.-----------------------------------------------------------

 

RESOLUCION Nº 047-2020                                    FIRMADA

                                                                              CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

MAR DEL PLATA,  23/01/2020

 

 

Visto lo actuado en Expediente Nº 1084, Letra “A”, Año 2019 caratulado "Faltante Herramientas en Sector Taller s/ Sumario Administrativo"; y

 

 

CONSIDERANDO

 

 

Que por Resolución Nº 647/19 (fs. 26) se dispuso la instrucción de Sumario Administrativo en relación a los faltantes informados por la Gerencia de Servicios en fecha 04/09/2019 y 11/09/2019 de: Taladro Censo 5392; pesas de bronce calibradas para regulación de maniobras; herramientas de mano varias (llaves; destornilladores; llaves francesas, etc); 3 cajas de tubos; 2 pistolas de calor 2000W marca Black & Decker; 5 Taladros Percutor 800 w marca Stanley cod. 8071; 3 Taladros Percutor SDS marca Dewalt D25013K; 1 Cadora marca Dewalt; 1 Martillo Rotopercutor marca Bosch; 1 torno manual marca Bosch; 1 Torquímetro con regulador; y 1 amoladora de 5 pulgadas (fs. 1 a 4); y Bronce Mecánico 60x300 mm. (14521);  Bronce Metálico 80 x300 mm. (14522); Bronce SAE 65 Buje 90x45x300 mm. (18799); Bronce Metálico 70x300 mm. (24474) (fs. 9 a 13) respectivamente;

 

Que a fs. 209/213 se formuló cargo de responsabilidad a OSCAR ANÍBAL CEPEDA (CI 136) imputándole incumplimiento al deber de prestar el servicio, con eficiencia, capacidad y diligencia (art. 1, incs. “a” Régimen de Disciplina, Res. 974/13, Anexo II; Art. 84 LCT) configurado por la omisión consistente en no haber adoptado mecanismos de registro y/o control adecuados, ya sea de carácter general o especial, que permitiesen determinar la efectiva existencia de los bienes faltantes del Pañol en los diferentes momentos o hitos en que se produjo el desplazamiento de las custodia del mismo con motivo del reemplazo en el puesto desempeñado en forma habitual por Héctor Oscar Mastrángelo (CI 832), al cual pasó a desempeñare transitoriamente Damián Ariel Cepeda Carrasco (CI 1009) -entre el 12/07/2019 y el 02/07/20-, lo que impide achacar responsabilidad subjetiva a trabajador/es a cargo de la custodia del pañol al momento de concretarse el o los faltantes, circunstancia que agrava al incumplimiento (Art. 8º Inc. "b" del Régimen de Disciplina, Res. 974/13, Anexo II);

 

Que OSCAR ANÍBAL CEPEDA (CI 136) en fecha 13/12/20 fue debidamente notificado de ello, como así también de la citación a declarar en los términos del art. 19 del RD, de la vista de las actuaciones y del plazo para presentar descargo y ofrecer prueba (fs. 215/215vta.). En fecha 18/12/2019 compareció a la audiencia fijada y prestó declaración. Allí en su defensa adujo no ser “responsable directo” ya que no se encuentra a su cargo la custodia de las llaves del pañol y que al mismo tienen acceso otras personas (personal de Sector Montaje en ocasión de operativos y de Intendencia). Asimismo manifestó que no se realizó “revisión” o inventario ante el reemplazo  del encargado de Pañol, dado que se trató de un supuesto de enfermedad imprevisto, designándose reemplazante en forma urgente, decisión consensuada con el Gerente de Servicios. Esgrimió como justificación por la falta de realización de inventario con anterioridad a la ausencia de personal y de tiempo. Por otra parte sostuvo que resulta imposible detectar los faltantes hasta efectuar la búsqueda concreta de algún bien;

 

Que han dictaminado el Instructor Sumarial (fs. 216222) y la Junta de Disciplina (fs. 223);

 

Que tales dictámenes carecen de efectos vinculantes, siendo potestad del Directorio de la empresa calificar las pruebas y los hechos, caracterizar la falta cometida y determinar la sanción adecuada, ello como manifestación de la potestad disciplinaria que se le reconoce tanto a la Administración Pública, como a todo empleador (art. 10, inc. “e”, ordenanza 7.446; art. 67, LCT);

 

Que está acreditado: a) Que el Pañol del Sector Talleres de donde se produjeron los faltantes consiste en un espacio dentro del edificio de la Gerencia de Servicios (French al 6900) ubicado en la planta baja, con un cerramiento metálico de tejido con tres puertas (dos habilitadas y una en desuso), existiendo en poder de la Gerencia de Servicios un juego de llaves de las dos puertas en uso, el cual durante el horario de funcionamiento (7:00 a 14:00) queda en custodia del Encargado de Pañol y fuera de ese horario guardada bajo llave en la oficina técnica contigua. Así surge de los informes de Área Intendencia del 24/09/19 (fs. 87) y de Gerencia de Servicios del 27/09/19 (fs. 139/141); y declaraciones testimoniales de Rodolfo Ramón Haldemann (CI 152) (fs. 190); Marcos Adrián Escobar (CI 512) (fs. 191) y Daniel Eduardo Aller (CI 221) (fs. 192); b) Que la conducción del personal que allí se desempeña recae sobre el Jefe de Sector Talleres, OSCAR ANÍBAL CEPEDA (CI 136). Así surge del informe de Gerencia de Servicios del 27/09/19 (fs. 13 y fs. 139/141); c) Que Héctor Oscar Mastrángelo (CI 832), es el trabajador que se desempeña como Encargado del Pañol. Así surge del informe de Gerencia de Servicios del 27/09/19 (fs. 139/141); de Juan Carlos Barrionuevo (CI 606) del 02/09/19 (fs. 3); del Área Mantenimiento Mecánico del 03/09/19 (fs. 2); nota suscripta por Héctor Oscar Mastrángelo (CI 832) en 02/09/19 (fs. 4); d) Héctor Oscar Mastrángelo (CI 832) se ausentó con motivo de enfermedad desde el 12/07/2019 hasta el 01/09/2019, ambas fechas inclusive. Así surge del informes de Área Mantenimiento Mecánico del 03/09/19 (fs. 2) y de Gerencia de Servicios del 27/09/19 (fs. 139/141); nota suscripta por Héctor Oscar Mastrángelo (CI 832) en 02/09/19 (fs. 4); registro de Sistema de Recursos Humanos / Informa de Ausencias por CI del 01/10/19 (fs. 182 vta) y Listados de Movimientos por CI (fs. 202); Disposición de Reemplazo obrante en de Sistema de Recursos Humanos / Legajo Digital (fs. 203); e) Que en consecuencia por Disposición Nº 29/19 de la Gerencia de Servicios del 12/07/2017 (fs. 203) se designó en reemplazo de Héctor Oscar Mastrángelo (CI 832) (hasta a su reintegro) a Damián Ariel Cepeda Carrasco (CI 1009) quien se desempeña en forma habitual como medio oficial polifuncional en el Sector Talleres. Así surge del informe de Gerencia de Servicios del 27/09/19 (fs. 139/141); copia de Disposición de Reemplazo obrante en de Sistema de Recursos Humanos / Legajo Digital (fs. 203); f) Que en fecha 02/09/2019 Héctor Oscar Mastránegelo (CI 832) se reincorporó a prestar funciones, tomando servicios en lugar y horario habitual, es decir en el Pañol del Sector Talleres a las 07:00 AM. Así surge del informes de Área Mantenimiento Mecánico del 03/09/19 (fs. 2) y de Gerencia de Servicios del 27/09/19 (fs. 139/141); nota suscripta por Héctor Oscar Mastrángelo (CI 832) en 02/09/19 (fs. 4); copias de Certificados Médicos presentados por Héctor Oscar Mastrángelo (CI 832) prescribiéndosele reposo obrante en Sistema de Recursos Humanos / Legajo Digital (fs. 204/207); Listado de Fichadas por CI / Sistema de Recursos Humanos (fs. 208); g) Que esa misma jornada, Héctor Oscar Mastránegelo (CI 832) informó a su entonces superior jerárquico Juan Carlos Barrionuevo (CI 606) -quien ese día, en virtud de Disposición Nº 32/2019, asumía temporalmente la función de jefe de Sector Talleres en reemplazo de OSCAR ANÍBAL CEPEDA (CI 136) en uso de vacaciones solicitadas el 07/08/19- que al tomar servicio detectó el faltante de las siguientes herramientas: Taladro Censo 5392; pesas de bronce calibradas para regulación de maniobras; herramientas de mano varias (llaves; destornilladores; llaves francesas, etc); 3 cajas de tubos; 2 pistolas de calor 2000W marca Black & Decker; 5 Taladros Percutor 800 w marca Stanley cod. 8071; 3 Taladros Percutor SDS marca Dewalt D25013K; 1 Caladora marca Dewalt; 1 Martillo Rotopercutor marca Bosch; 1 torno manual marca Bosch; 1 Torquímetro con regulador; y 1 amoladora de 5 pulgadas. Esa novedad fue comunicada "antes de media mañana" (SIC) de ese día al Jefe de Área Mantenimiento Mecánico, Ing. Daniel LUTI (CI 364), procediéndose a hacer la denuncia policial ante Comisaría 6ta. el 06/09/19 por intermedio de Héctor Oscar Mastránegelo (CI 832). Así surge del informes de Juan Carlos Barrionuevo (CI 606) del 02/09/19 (fs. 3) del Área Mantenimiento Mecánico del 03/09/19 (fs. 2) y de Gerencia de Servicios del 27/09/19 (fs. 139/141); nota suscripta por Mastrangelo en 02/09/19 (fs. 4); denuncia policial efectuada el 06/09/19 ante comisaría Sexta  (fs. 6/8); Disposición de Reemplazo obrante en de Sistema de Recursos Humanos (Legajo Digital) (fs. 28);  planilla de solicitud de vacaciones de OSCAR ANÍBAL CEPEDA (CI 136) obrante en de Sistema de Recursos Humanos (Legajo Digital) (fs. 29); h) Que posteriormente, entre el 06/09/19 y el 11/09/19, Héctor Oscar Mastránegelo (CI 832) informó a Juan Carlos Barrionuevo (CI 606) y éste al Jefe de Área Mantenimiento Mecánico, que también se presentaba el faltante de barras de bronce para mecanizado, confección de aros, bujes, ejes en general para reparación de válvulas de tipo esclusa, de retención, vástagos roscados, tuercas [1 Bronce Mecánico 60x300 mm. (14521);  Bronce Metálico 80 x300 mm. (14522); Bronce SAE 65 Buje 90x45x300 mm. (18799); Bronce Metálico 70x300 mm. (24474)], procediéndose a hacer la denuncia policial ante Comisaría 6ta. el 11/09/19 por intermedio de Héctor Oscar Mastrangelo. Estos materiales no se hallaban al 12/07/19 en el Pañol del Sector Talleres, sino que ingresaron el 27/08/19, retirado por Damián Ariel Cepeda Carrasco (CI 1009) del Depósito del Área Suministros Gerencia de Compras, contando al efecto con adecuada autorización conferida por el Jefe de Sector Talleres, OSCAR ANÍBAL CEPEDA (CI 136).Así surge del informes de Área Mantenimiento Mecánico (fs. 9) y de Gerencia de Servicios del 11/09/19 y del 27/09/19 (fs. 13 y fs. 139/141); nota suscripta por Héctor Oscar Mastrángelo (CI 832) (fs. 10); denuncia policial efectuada el 11/09/19 ante Comisaría Sexta  (fs. 19); informe Área Suministros de la Gerencia de Compras del 19/09/19 (fs. 34 y sigs.); i) Que el Pañol del Sector Talleres cuenta con medidas de seguridad adecuadas, tratándose de un ambiente debidamente cerrado con llaves en sus tres accesos, ubicado dentro de un taller, dotado de rejas, cámaras de seguridad, alarmas, registro de acceso (identidad, fecha y hora), y servicio de vigilancia contratado, sumado a una razonable organización del tareas con un trabajador responsable por su administración y custodia. Así surge de informe de Área Intendencia del 24/09/19 (fs. 87) e informe de Gerencia de Servicios del 27/09/19 (fs. 139/141); j) Que la compulsa efectuada a los registros de medidas de seguridad implementados (filmaciones, libro de vigilancia, registro de accesos) descarta que la sustracción de los bienes faltantes se hubiera producido fuera del horario de funcionamiento del Pañol (ya sea mediante el violentamiento de los accesos o el uso indebido de la copia de llaves resguardadas para el supuesto de emergencias), situación que no habría pasado desapercibida sino por el contrario registrada y detectada; k) Que, por otro lado, el libro de registro implementado en el Pañol, sin perjuicio de sus deficiencias (ver en este sentido constancia de fs. 200), no arroja que las herramientas y materiales faltantes hubieran sido entregados para el desarrollo de tareas y no devueltos por trabajadores autorizados o terceros. Así surge del libro de registro implementado en el Pañol recibido el 05/12/19 a fs. 200. Asimismo del informe de Gerencia de Servicios del 27/09/19 (fs. 139/141) se desprende que “Las herramientas (máquinas portátiles) eran nuevas y tenían destino de las cuadrillas, por lo tanto nunca se retiraron”; l) Que Héctor Oscar Mastrángelo (CI 832) mediante las notas que elevó a sus superior (fs. 4 y 10); denuncias policiales (fs. 7 y 19) y declaración prestada en las presentes (fs. 188) adujo que las herramientas denunciadas como faltantes en primera instancia (denuncia policial del 6/9/19) se hallaban en el interior del pañol al comienzo de su licencia por enfermedad, verificando a su regreso el faltante; y que no estaba en conocimiento de la existencia en el Pañol de las barras de cobre al producirse su reincorporación el 02/09/19; m) Que, por su parte Damián Ariel Cepeda Carrasco (CI 1009) en su declaración prestada en las presentes (fs. 198) adujo desconocer el detalle de bienes existentes en el taller al momento de asumir la función de pañolero así como al momento de terminar su reemplazo; desconociendo que durante el cumplimiento de su función se hubieran producido los faltantes y poniendo en duda la veracidad de la denuncia; n) Que ni el 12/07/19 ni el 02/09/19 se dejó constancia o se documentó el detalle de bienes "recibidos" en custodia por el trabajador reemplazante que asumía la función Encargado de Pañol, ni los bienes "entregados" por éste al fin del reemplazo. Tal tipo de precaución no fue efectuada siquiera respecto de los bienes de mayor tamaño o valor, o los de menor antigüedad, características que facilitaban  la medida, o la aconsejaban especialmente.; ñ) Que de tal manera no resulta factible establecer de forma exacta y fehaciente el detalle de los bienes en custodia de los Encargados de Pañol que allí se desempeñaron en forma sucesiva (Mastrángelo hasta el 12/07/19 y desde el 02/09/19; Cepeda Carrasco entre el 12/07/19 y el 02/09/19). En otras palabras no existe forma de establecer si los bienes faltantes efectivamente se encontraban en el pañol al momento de entrar el misma en custodia de Damián Ariel Cepeda Carrasco (CI 1009); ni si efectivamente se encontraban al momento de reincorporarse Héctor Oscar Mastrángelo (CI 832); o) Que por lo tanto en esta instancia no resulta posible establecer cuándo se produjeron efectivamente los faltantes ni en consecuencia identificar al trabajador responsable por su custodia, a quien se pudiera efectuar reproche por haber ocasionado o dado lugar a los faltantes; quedando tal análisis sujeto a la eventual aparición de nuevos elementos de interés;

 

Que no resultan procedentes las defensas o justificaciones esgrimidas por el imputado ya que: a) En primer lugar la responsabilidad jerárquica del trabajador sobre el pañol en cuestión se desprende del informe de la Gerencia de Servicios del 27/09/19 (fs. 139/141) donde claramente se informa que “el Pañol y el Encargado de Pañol (Oscar Mastrángelo) dependen del jefe de Sector Taller Oscar Cepeda”. Resulta inherente a la función de conducción ejercida por el trabajador la tarea consistente en establecer la organización y/o forma de trabajo en el sector, de modo tal de poder cumplir con las funciones y misiones especificas; así como adoptar mecanismos de control apropiados. Por lo tanto las situaciones apuntadas por el imputado a fin de sostener su falta de responsabilidad “directa” sobre el sector (custodia de llaves por terceros y acceso autorizado a otras personas), resultan a todo evento atribuibles a su persona, debiendo en su caso haber adoptado decisiones apropiadas a fin de suprimirlas o modificarlas.; b) Por otro lado, sin perjuicio de no resultar acreditada, se considera inatendible la excusa consistente en la imposibilidad de adoptar los mecanismos de registro y/o control adecuados (mencionando el imputado realizar un inventario) a causa de falta de personal y/o tiempo, ya que tal tipo de precaución resulta prioritaria teniendo en cuenta la función del pañol, debiendo haberse privilegiado su concreción. En este sentido, teniendo en cuenta que la finalidad o justificación de existencia de un Pañol es custodiar y conservar a resguardo las herramientas y materiales, pocas y muy excepcionales tareas podrían prevalecer sobre la omitida. Dicho de otro modo: ¿Qué sentido tendría la existencia de un pañol con un empleado especialmente avocado si ningún mecanismo de control permitiese establecer los bienes a su cargo asumiendo responsabilidad por ello?; c) Asimismo no cabe aceptar como justificación la situación de urgencia manifestada por el imputado (ante enfermedad del encargado de Pañol Sr. Hector Mastrángelo) ya que, más allá de ratificarse el carácter de prioritario de la medida omitida,  no surge acreditado haberse realizado ninguna gestión –aunque infructuosa- tendiente a fijar responsabilidades por las custodia de los bienes; y que a todo evento aún de haberse intentado ello se habría imposibilitado o dificultado precisamente por la falta de adopción de registros documentales y/o mecanismos de control de carácter general. A su vez tal excusa no sería aplicable ante la reincorporación de Mastrángelo a sus funciones habituales, tratándose de un acontecimiento cierto y previsible;

 

Que de tal manera OSCAR ANÍBAL CEPEDA (CI 136) incurrió en el incumplimiento al deber de prestar el servicio, con eficiencia, capacidad y diligencia (art. 1, incs. “a” Régimen de Disciplina, Res. 974/13, Anexo II; Art. 84 LCT) configurado por la omisión consistente en no haber adoptado mecanismos de registro y/o control adecuados, ya sea de carácter general o especial, que permitiesen determinar la efectiva existencia de los bienes faltantes del Pañol en los diferentes momentos o hitos en que se produjo el desplazamiento de las custodia del mismo con motivo del reemplazo en el puesto desempeñado en forma habitual por Héctor Oscar Mastrángelo (CI 832), al cual pasó a desempeñare transitoriamente Damián Ariel Cepeda Carrasco (CI 1009) -entre el 12/07/2019 y el 02/07/20-. La precaución o recaudo omitido se imponía de sólo considerar que entre el faltante denunciado se incluyen gran cantidad de herramientas, algunas de mediano porte por ello fácilmente identificables (cajas de tubo; taladros, caladora, martillo retropercutor, torno manual, etc); y algunas de alto valor (caladora marca Dewalt $9.500 aprox.; torno manual marca Bosch $9.500; amoladora de 5 pulgadas $9464 conforme informe del Área Suministros de la Gerencia de Compras de fs. 34 y sigs) o reciente adquisición (conforme informe de Gerencia de Servicios del 27/09/19 de fs. 139/141: “Las herramientas (máquinas portátiles) eran nuevas y tenían destino de las cuadrillas, por lo tanto nunca se retiraron”) requiriendo por ello especial cuidado;

 

Que la omisión en el caso ha impedido achacar responsabilidad subjetiva a trabajador/es a cargo de la custodia del pañol al momento de concretarse el o los faltantes, circunstancia que agrava al incumplimiento, resultando procedente la aplicación de sanción disciplinaria de cinco (5) días de suspensión (Art. 3º Inc. “e”; 8º Incs. “a” y “b” R.D.);

 

Que siendo la medida susceptible de recurso, en este oportunidad se considera conveniente que, de interponerse el mismo, quede suspendido el cumplimiento de la sanción disciplinaria sujeto a lo que se resuelva en definitiva (arts. 27 y 30, RD);

 

Que OSSE está sujeta a la fiscalización externa del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires (Acuerdo HTC de fecha 05/05/1988, dictado en el expediente letra "T" número 2968 interno /84, iniciado por la división Municipalidades "B"). En consecuencia, encontrándose dicho órgano facultado a iniciar sumario administrativo de responsabilidad patrimonial (Resolución HTC AG 0019/16, de fecha 15/09/2016), OSCAR ANÍBAL CEPEDA (CI 136) no quedará exento de responsabilidad por daños hasta tanto no se pronuncie concreta y definitivamente al respecto;

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N ° 7446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTÍCULO 1º: Aplicar cinco (5) días de suspensión a OSCAR ANÍBAL CEPEDA (CI 136)  y advertir al trabajador que la reiteración de nuevas faltas disciplinarias podrá ser más severamente sancionada. La suspensión se hará efectiva en la fecha que indique la Gerencia de Recursos Humanos, la cual deberá ser comunicada conjuntamente con la notificación de la presente. Sin embargo, de interponerse recurso quedará suspendida, sujeto a lo que se resuelva en definitiva.------------------------------------------------------------
 

ARTÍCULO 2ºEl trabajador no quedará exento de responsabilidad por daños hasta  tanto el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires no se pronuncie concreta y definitivamente al respecto.--------------------------------------------------------------
 

ARTÍCULO 3º: Regístrese, notifíquese y cúmplase.----------------------------------------------

RESOLUCION Nº 048-2020                                      FIRMADA

                                                                                CARLOS  KATZ
 

 

 

MAR DEL PLATA,  23/01/2020

 

Visto lo actuado en Expediente Nº 1266, Letra “A”, Año 2019 caratulado "Sustracción de Bienes de Armarios  s/ Sumario Administrativo"; y

 

CONSIDERANDO

 

Que por Resolución Nº 771/19 (fs. 4) se dispuso la instrucción de Sumario Administrativo atento haberse informado que en fecha 18/10/19 trabajadores del Área Mantenimiento Mecánico aseveraron haber visto cómo otro trabajadores de esa Área habría sustraído bienes de los armarios existentes en el Sector Tornería, los cuales trasladó a los vestuarios;;

 

Que a fs. 22/23 se formuló cargo de responsabilidad a DAMIÁN ARIEL CEPEDA CARRASCO (CI 1009) imputándole incumplimiento al deber de de obrar de buena fe ajustando su conducta a lo que es propio de un buen trabajador (art. 1, RD; arts. 62 y 63, LCT), violación del deber de "cuidar los bienes de la empresa, velando por la economía del material y la conservación de los elementos que fueran confiados a su utilización o custodia" (art. 1, inc. "d", RD), "inconducta notoria", "hecho que genere daño a los intereses patrimoniales o morales de la empresa que por su entidad pueda provocar una pérdida de confianza", y "falta grave" (art. 7, inc. "d", "f" y "g", RD), configuradas por el ocultamiento, primero en su campera y luego en su mochila, de materiales que estaban a resguardo en los armarios de la tornería.-);

 

Que DAMIÁN ARIEL CEPEDA CARRASCO (CI 1009) en fecha 06/11/19 fue debidamente notificado de ello, como así también de la citación a declarar en los términos del art. 19 del RD, de la vista de las actuaciones y del plazo para presentar descargo y ofrecer prueba (fs. 24/24vta.). En fecha 19/11/2019 DAMIÁN ARIEL CEPEDA CARRASCO (CI 1009) compareció asistido por representante gremial y con patrocinio letrado e hizo uso del derecho a no declarar (fs. 26), presentando descargo el día 26/11/2019 (fs. 27/28). En el mismo alega que sufre adicción a las drogas, que ello afecta su economía, que tiene tres hijos menores, que actualmente se encuentra separado de la madre, que la misma está embarazada de su actual pareja y el día 18/10/2019 le reclamó que se ocupara de sus hijos porque en su condición no podía hacerlo, que no teniendo dinero para afrontar esa situación "...me desespero, y me obnubilo, y en ese estado es que tomo unos materiales de sobrantes descartados de trabajos realizados pensando en venderlos y así lograr algunos pesos para tener para mis hijos...". Agrega que "...ese estado de locura temporaria hizo que no pudiese medir la gravedad de mis actos, cosa que de inmediato percibí y de allí que devolví los elementos que había tomado momentos antes...". Para concluir pide se tenga en cuenta que no tiene antecedentes disciplinarios;

 

Que han dictaminado el Instructor Sumarial (fs. 29/33) y la Junta de Disciplina (fs. 34);

 

Que tales dictámenes carecen de efectos vinculantes, siendo potestad del Directorio de la empresa calificar las pruebas y los hechos, caracterizar la falta cometida y determinar la sanción adecuada, ello como manifestación de la potestad disciplinaria que se le reconoce tanto a la Administración Pública, como a todo empleador (art. 10, inc. “e”, ordenanza 7.446; art. 67, LCT);

 

Que está acreditado: a) Que el día 18/10/2019, en horas del mediodía, de las tres personas que se desempeñan en la tornería, únicamente se encontraba en el lugar de trabajo DAMIAN ARIEL CEPEDA CARRASCO (CI 1009), hallándose ausentes Oscar Ruben Rampoldi y el inmediato superior jerárquico Osvaldo Alfredo Gutierrez, ambos usufructuando permisos horarios. Así surge acreditado por los reportes de fichadas de Osvaldo Alfredo Gutierrez (fs. 6/7) y Oscar Rubén Rampoldi (fs. 15/16), concordantes con los testimonios de Rodolfo Ramón Haldemann ("...Lo llamé por teléfono a su jefe directo que es Osvaldo Gutierrez y él me dice que se había tomado horas y no estaba en la empresa...", fs. 10), Camila Lucia Heredia ("...Después está el jefe de Damián, que es Gutierrez, pero se había ido antes, se había pedido horas. El otro compañero de Damián, que se llama Rampoldi también se había ido con permiso de horas de la parte del torno, que son ellos tres...", fs. 12vta. y 13), Juan Carlos Martinez ("...Rampoldi se había ido a las 12 con permiso de hora y Gutierrez a las 11. Había quedado Damián Cepeda sólo en la parte de tornos...", fs. 17vta.), Carlos Gabriel Finamore ("...No estaba Gutierrez que es el encargado de tornería, ni el otro tornero que es Oscar Rampoldi. En ese momento ellos se habían retirado con permiso de hora...", fs. 18) y Brian Ezequiel Hermo ("...Gutierrez y Rampoldi, creo que los dos se habían tomado horas...", fs. 20vta.); b) Que en tal circunstancia fue aprovechada por DAMIAN ARIEL CEPEDA CARRASCO (CI 1009) para tomar uno o varios objetos de los armarios de la tornería que ocultó envueltos en su campera, dirigiéndose inmediatamente después al vestuario. Resultan veraces y forman convicción suficiente sobre este hecho las declaraciones de Camila Lucia Heredia ("...Yo lo ví a Damián cuando se estaba llevando una cosa. No sé bien que cosas, supuestamente bronce, porque después me mostró... Las metió en la campera de él y se fue al vestuario para meterlas en una mochila. Después cuando me mostró estaban adentro de la mochila...", fs. 12) y Brian Ezequiel Hermo ("...Yo estaba sentado en la parte de bombas con Camila Heredia y lo que vi que el pone una campera en el piso, abre una puerta de atras de los tornos, saca una bolsa y la envuelve con la campera, se la pone abajo del brazo y se va para el vestuario. Camila me dice mira mirá, se está por robar algo. Yo no estaba prestando atención porque estaba hablando con ella. Y cuando ella me dice, allí es que miro y lo vi hacer eso...", fs. 20), ambos testigos directos del hecho. Sus dichos aparecen corroborados por Juan Carlos Martionez, quien desde el lugar en el que se hallaba no pudo apreciar con toda claridad la maniobra ("...Estaba en un banco de trabajo desarmando un equipo. Mi compañera estaba en el lugar donde tenemos las herramientas, el escritorio, la computadora. Y ya como la otra vez habían faltado cosas en el pañol, es como que todos sospechamos de todos. Yo lo noté en una actitud rara a este chico y yo le hice señas a mi compañera para que mirara a este chico para ver que estaba haciendo. Desde ese lugar donde ella estaba al lugar lo tenía de frente a él y lo podía observar bien. Yo estaba a la misma distancia, unos siete metros, pero tapado por los tornos. En ese momento veo que mi compañera viene corriendo y me dice que se robó algo. Me dice "yo vi que agarró algo". Yo le dije exactamente lo mismo, pero como estaba tapado por los tornos no podía ver que era lo que había agarrado...", fs. 17). Además, el propio imputado ha reconocido tal extremo en estas actuaciones de manera expresa ("...tomo unos materiales de sobrantes descartados de trabajos realizados pensando en venderlos y así lograr algunos pesos para tener para mis hijos...", fs. 27); c) Que habiendo sido descubierto, en un principio DAMIAN ARIEL CEPEDA CARRASCO (CI 1009) negó la acusación de sus compañeros de trabajo, pero finalmente terminó reconociendo la maniobra y restituyendo las piezas de metal que había ocultado entre sus pertenencias. Concuerdan en ello la totalidad de las declaraciones testimoniales recibidas: Rodolfo Ramón Haldemann ("...Después de haber hablado yo con Luti y antes de hacer el informe, a Damián lo encontré al lado de mi oficina, cerca del mediodía, no recuerdo la hora, y allí me comenta que había agarrado unos bronces viejos y que ya los había devuelto. Eso yo no lo ví. Me dijo que necesitaba plata para los hijos, pero que ya había devuelto todo...", fs. 10 vta.); Camila Lucía Heredia ("...Martínez me acompañó para hablar con Damián para que diga que era lo que había guardado. Yo fui y le quise contar a Haldemann y como él en ese momento no hizo nada, yo fui sola a hablar con Damián para ver que es lo que se había llevado y primero me dice que nada. Después me terminó diciendo y yo quería que le dijera a Haldemann. Después me fui al vestuario de hombres con Martínez porque Damián quería mostrar lo que tenía en la mochila que había sacado del cofre y a mi me dijo que era bronce pero yo no estoy segura, me mostró unas materiales pero yo no los sé distinguir y mi compañero Martínez no sé si lo habrá visto, porque estaba atrás mío... Yo me fui. Y dijo que iba a devolver las cosas y después le pidió perdón a los jefes, yo lo vi cuando le pidió disculpas a Finamore... Al principio no me quería mostrar que es lo que tenía y después me terminó diciendo que agarró eso porque no tenía para darle de comer a los hijos y que no quería pedirle plata a nadie...", fs. 12 y vta.); Juan Carlos Martínez ("...al ver que nadie de los jefes a los que nosotros habíamos avisado hacían nada tomamos la decisión de encararlo nosotros y preguntarle que se había robado. Nos dijo que nada. Cuando lo empezamos a apretar que lo habíamos visto no les quedó más que aceptar que había sacado un poco de bronce en desuso para supuestamente venderlo y darle de comer a los hijos porque no tenía plata. Allí fue donde tomamos la decisión de retarlo y decirle que devuelva lo que había sacado porque nos comprometía a las tres o cuatro personas que estábamos allí. Y entonces fue y devolvió lo que había tomado. Yo lo vi hacerlo. Eran piezas de bronce rotas en desuso, que se guardan porque si hay que usar para hacer otros piezas y no tenía porque tomarlas...", fs. 17 y vta.); Carlos Gabriel Finamore ("...Yo cuando ingrese ya había pasado todo, ya estaban notificados  nuestros superiores y yo no vi nada. Posterior a eso este muchacho -por Cepeda digo- estaba nervioso y en un momento después de que paso todo me llama aparte y me pide disculpas. Le pregunto que había pasado y me dijo "yo como lo respeto mucho" -textuales palabras- "todo lo que había sacado lo devolví devuelta" y entonces yo le digo si tenés una situación grave porque no hablas con tu papá. Me dijo que tenía un problema económico y que necesitaba plata para los hijos, que tenía una situación personal. Me pidió disculpas. Me dijo que devolvió todo pero nunca me dijo que era lo que había devuelto, que ya lo había hablado con sus superiores. Estaba muy mal por su actitud...", fs. 18 y vta.) y Brian Ezequiel Hermo ("...Yo me voy a cambiar al baño porque yo ya me iba y cuando estaba en el baño cambiándome entró él primero, atrás entró Camila y atrás entro este hombre al que le dicen "el colita" -el que ya declaró, Juan Carlos Martínez- y la hacen abrir el casillero y saca la bolsa que tenía. No ví lo que había adentro. Allí se van y yo me seguí cambando... Él le decía primero que se llevaba una bisagra y no quería abrir el casillero y después terminó diciendo que se estaba llevando bronce porque no tenía para darle de comer a sus hijos. Mis compañeros les hacían preguntas. Él primero no quería abrir el locker y lo hizo ante la insistencia. Yo después me fui y no sé lo que pasó...", fs. 20);

 

Que de tal manera el imputado incurrió en la falta que se imputó, configurando su comportamiento (ocultamiento entre sus pertenencias personales de piezas de metal que se hallaban resguardadas en los armarios de la tornería) incumplimiento del deber de obrar de buena fe ajustando su conducta a lo que es propio de un buen trabajador (art. 1, RD; arts. 62 y 63, LCT), violación del deber de "cuidar los bienes de la empresa, velando por la economía del material y la conservación de los elementos que fueran confiados a su utilización o custodia" (art. 1, inc. "d", RD), "inconducta notoria", "hecho que genere daño a los intereses patrimoniales o morales de la empresa que por su entidad pueda provocar una pérdida de confianza", y "falta grave" (art. 7, inc. "d", "f" y "g", RD);

 

Que sin perjuicio de la suma gravedad de la falta, habilitando la misma incluso el despido con causa (Art. 7º incs. “d”; “·e”; f”; “g” y/o “i” RD. Res. 974/13 Anexo II), en esta oportunidad se considera procedente la aplicación de sanción de treinta (30) días de suspensión apelando a su fin correctivo, advirtiendo al trabajador que la reiteración de nuevas faltas disciplinarias podrá ser más severamente sancionada, incluso con despido;

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N ° 7446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: Aplicar treinta (30) días de suspensión a DAMIÁN ARIEL CEPEDA CARRASCO (CI 1009) y advertir al trabajador que la reiteración de nuevas faltas disciplinarias podrá ser más severamente sancionada, incluso con despido. La suspensión se hará efectiva en forma inmediata en la fecha que indique la Gerencia de Recursos Humanos, la cual deberá ser comunicada conjuntamente con la notificación de la presente.--------------------------------------------------------------------------------------------------
 

ARTÍCULO 2º: Regístrese, notifíquese y cúmplase.----------------------------------------------

RESOLUCION Nº 049-2020                                          FIRMADA

                                                                                     CARLOS  KATZ
 

 

 

 

 

 

MAR DEL PLATA, 23/01/2020

 

 

         Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro.1125-P-19 Cpo.1 referente a la  “REMODELACION SUMIDEROS BALCARCE 8698 Y 8699 ESQ BRASIL” y;

 

 

 

CONSIDERANDO

 

                                            Que por Resolución de Directorio Nº 781/19 de fecha 25 de Octubre  de 2019 se adjudicó la Contratación Directa Art 133 LOM Nº 37/19 REMODELACION SUMIDEROS BALCARCE 8698 Y 8699 ESQ BRASIL a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA por la suma total de PESOS QUINIENTOS VEINTE MIL ($520.000,00) con impuestos incluidos, por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE,  cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial, Orden de Compra 981/19  (fs, 128/9);

 

Que a fs. 175 la Gerencia de Producción  informa que la COOPERATIVA DE TRABAJO EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA ha dado cumplimiento con todo lo requerido según Orden  de Compra Nº  981/19;

 

Que a fs. 176 el Área Contaduría informa que la Orden  de Compra Nº  981/19 perteneciente a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA se encuentra  totalmente cancelada;

 

Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 261 (fs 125) de fecha 01 de Noviembre de 2019  perteneciente a la  COOPERATIVA DE TRABAJO EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA;

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132  del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1º: Dar  por  cumplimentado a la  COOPERATIVA DE TRABAJO EL BARRIO -------------------EN SUS PUÑOS LTDA  el    Concurso  de Precios Nº  78/18.-------------------

ARTICULO 2º:  Autorizar  a  la  Contaduría  a  proceder a la devolución del Depósito de ---------------------Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 261 (fs 125) de fecha 01 de Noviembre de 2019  perteneciente a la  COOPERATIVA DE TRABAJO EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA.----------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3º:  Dése   al   Registro   de  Resoluciones. Pase a la Contaduría a los      -----------------------efectos  de dar Cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Oficina de Compras. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 050-2020                                   FIRMADA

                                                                             CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

 

                                                                      MAR DEL PLATA, 24/01/2020

 

 Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 1359-C-19 Cpo. 01 referente a la “ADQUISICION CUBIERTAS PARQUE AUTOMOTOR”; y

                                                          

CONSIDERANDO

 

Que se ha cumplido con las formalidades del Llamado a Concurso de Precios Nº 100/19, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia y habiéndose invitado a 12 (DOCE) firmas del ramo, según listado de fs. 12/13, sólo  se presentó para el mismo 01 (UNA) firma: CROVO DAVID según surge del Acta de Apertura de fecha 20/12/19 (fs. 14);

 

Que a fs. 21 el Área Clínica Automotor y Equipos dependiente de la Gerencia General  de Coordinación y Estrategia Operativa informa que teniendo en cuenta la urgencia en la adquisición de los bienes solicitados, si bien las marcas ofrecidas no son las solicitadas como referencia, cumple técnicamente con lo solicitado por el Área. Asimismo y en referencia al renglón 13, en el cual no se presentó oferta, informa que se desiste de la adquisición del mismo a través del presente expediente;

 

Que se entiende del informe técnico del Área Clínica Automotor y Equipos dependiente de la Gerencia General  de Coordinación y Estrategia Operativa que las marcas ofrecidas por la firma CROVO DAVID son primeras marcas;  

 

Que visto que la oferta presentada por la firma CROVO DAVID excede el Presupuesto  Oficial de $852.246,00 se solicitó una Mejora de Ofertas, resultando según Acta de Apertura de fecha 06/01/2020 (fs 25) que dicha firma mantiene los precios expuestos y no pueden realizar ninguna mejora en la misma ya que sufrió un aumento de precios todos los neumáticos de los ítems solicitados. Asimismo el día 20/01/2020 indica que los precios ofrecidos se mantendrán por el término de 5  días hábiles a partir de la fecha, venciendo la misma el 27/01/2020 (fs 37); 

 

Que si bien la oferta supera un 7.15% el Presupuesto Oficial, se observa que para la confección de la Solicitud de Pedido Nº 3-530-184 (fs 01) se tuvo en cuenta un  presupuesto de fecha 22/10/2019, siendo que la apertura de sobres fue realizada el 20/12/2019 y la Mejora de Precios el 06/01/2020, sufriendo en tal período, nuestra moneda de curso legal, una importante devaluación, con una variación del índice de Precios Nivel General del 8.06%  sumado a la necesidad del Área solicitante de contar con las cubiertas a la mayor brevedad posible, resultaría conveniente a los intereses de OSSE adquirir los bienes objeto de la presente contratación en esta instancia;

 

Que la firma CROVO DAVID efectuó consulta vía mail indicando que en la medida 10 x 16.5 (RENGLON 6 CUBIERTA 10 X 16.5 – 10 TELA P/ MAQ VIALES) el neumático no viene de 10 telas ofreciendo de 8 telas, por lo que se consultó al Área Clínica Automotor y Equipos dependiente de la Gerencia General  de Coordinación y Estrategia Operativa la que respondió que luego de haber concurrido al local del proveedor y verificado la calidad de las cubiertas ofrecidas de 8 telas en la medida 10 x 16.5,  las mismas son aceptadas (fs 38);

 

  Que a fs 34 obra Certificado de Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE con vigencia hasta el 30/06/2020 perteneciente a la firma  CROVO DAVID. Al momento de efectuar la inscripción antes mencionada, el inmueble declarado como domicilio comercial registraba deuda, solicitando la firma que se descuente la deuda del servicio sanitario del pago a efectuar por la presente contratación, según nota agregada a fs 35;

 

Que con fecha 21/01/2020 la firma CROVO DAVID  presenta nota agregada a fs 41 por la que informa que dispone, en caso de resultar adjudicataria, de la entrega inmediata de los bienes ofrecidos, por lo que solicita autorización para omitir la Constitución de la Garantía de Contrato conforme lo contempla el artículo 8 del Pliego de Bases y Condiciones Generales;

 

Que en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 8 del PByC Generales la Gerencia de Compras y Suministros notificará a la firma adjudicataria la aceptación de lo requerido;

                                                

 Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja ADJUDICAR  el Concurso de Precios Nº 100/19: “ADQUISICION CUBIERTAS PARQUE AUTOMOTOR” a la firma CROVO DAVID los renglones Nº  1 a 12 ambos inclusive, con la aclaración en el renglón Nº 6 “CUBIERTA 10 X 16.5 – 8 TELAS  P/ MAQ VIALES”  por la suma total de PESOS NOVECIENTOS TRECE MIL CIENTO SETENTA Y DOS ($913.172,00) con impuestos incluidos por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y  cumplir con lo requerido en el PByC y declarar DESIERTO el renglón Nº 13 CUBIERTA 205/75 R-14, por no existir cotización en la presente modalidad de compra;

                                                        

                                                            Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1°: Aprobar  las  actuaciones obrantes en el Expediente N° 1359-C-19 Cpo. 01                              -------------------- referente a la “ADQUISICION CUBIERTAS PARQUE AUTOMOTOR  -----

 

ARTICULO 2: ADJUDICAR  el Concurso de Precios Nº 100/19: “ADQUISICION                    -------------------- CUBIERTAS PARQUE AUTOMOTOR” a la firma CROVO DAVID los renglones Nº  1 a 12 ambos inclusive, con la aclaración en el renglón Nº 6 “CUBIERTA 10 X 16.5 – 8 TELAS  P/ MAQ VIALES”  por la suma total de PESOS NOVECIENTOS TRECE MIL CIENTO SETENTA Y DOS ($913.172,00) con impuestos incluidos por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y  cumplir con lo requerido en el PByC.---------------------------------------

 

ARTÍCULO 3°: Declarar DESIERTO el renglón Nº 13 CUBIERTA 205/75 R-14   desistiendo    -------------------- la  adquisición bajo la presente  modalidad de compra.-----------------------------

 

ARTICULO 4°: Autorizar  a la Gerencia General  de Coordinación y Estrategia Operativa         -------------------- Gerencia de Sistemas a iniciar un nuevo trámite de compra del renglón indicado en el Art. 3º en caso de que lo necesiten.--------------------------------------------------------

 

ARTÍCULO 5°: El plazo de entrega será dentro de los 3(tres) días hábiles de notificada la                                           ------------------- Orden de Compra a la firma adjudicataria --------------------------------------------

 

ARTICULO 6°: Autorizar a las Áreas de incumbencia a efectuar la retención de la deuda del     -------------------- servicio sanitario de la cuenta 406842/000 al momento de efectuar un pago por la presente contratación. ---------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 7º: Autorizar a la Contaduría a realizar los ajustes que correspondan a la                 -------------------- adjudicación indicada en el Artículo 2º.-----------------------------------------------

 

ARTICULO 8°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente                                ------------------- adjudicación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.-----------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 9º: Notificar a la  firma  de lo dispuesto  precedentemente.-------------------------------

 

ARTICULO 10º: Dése  al  Registro  de  Resoluciones.  Pase  a  la  Gerencia de Compras  y                        ------------------- Suministros a los efectos  de  dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.--------

RESOLUCION Nº 051-2020                                FIRMADA

                                                                           CARLOS  KATZ

 

 

                                                          MAR DEL PLATA, 24/01/2020

 

                       

                                                Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 1412-I-16 Alcance 28 Cpo. 01 referente a la ADQUISICION MATERIALES P/ RED AGUA Bº ALTO CAMET PROGRAMA UNOPS”;  y

 

 

CONSIDERANDO                                                                          

                                               Que por Resolución de Directorio Nº 023/20  de fecha 13/01/2020 (fs. 149) se autorizó efectuar un llamado a MEJORA DE PRECIOS  a la firma LEMOCHETE  S.A. para los renglones 1, 2, 3, 4, 8, 10, 11, 12, 13, 14, 17, 18 y  19.;

      

                                               Que según surge del Acta de Apertura de fecha 16/01/2020 (fs.153) la firma LEMOCHETE S.A. presenta nota informando que mejoran su oferta original ofreciendo un 4.5% de descuento, si la compra incluye todos los ítems. Asimismo el día 16/01/2020 indica que los precios ofrecidos se mantendrán por el término de 5  días hábiles a partir de la fecha, venciendo la misma el 27/01/2020;

 

                                               Que la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación, en Acta de reunión obrante a fs 158, visto la Mejora de Precios del 4.5% ofrecida por la firma LEMOCHETE SA recomienda: ADJUDICAR  los renglones 1, 2, 3, 4, 8, 10, 11, 12, 13, 14, 17, 18 y  19 de la Licitación Privada Nº 20/19 Segundo Llamado “ADQUISICION MATERIALES P/ RED AGUA Bº ALTO CAMET PROGRAMA UNOPS” a la mencionada firma por la suma de $1.385.195,99;

 

                                               Que si bien la oferta global mejorada supera un 71.62% el Presupuesto Oficial, se observa que para la confección de la Solicitud de Pedido Nº 3-115-10 (fs 21) se tuvo en cuenta para los renglones 1-2-11-12-13 un presupuesto de fecha 05/09/2019 y para el resto de los renglones la información existente en el Sistema ,  siendo que la apertura de sobres del Primer Llamado fue realizada el 25/11/2019 no existiendo ofertas, la apertura del Segundo Llamado fue realizada el 12/12/2019 y la Mejora de Precios el 06/01/2020, sufriendo en tal período, nuestra moneda de curso legal, una importante devaluación, y habiendo una aceleración de la inflación y un aumento de la divisa extranjera sumado a la necesidad del Área solicitante de contar con los materiales objeto de la presente contratación y visto que los aumentos de precios serian mayores ante un eventual nuevo llamado resultaría conveniente a los intereses de OSSE adquirir los bienes objeto de la presente contratación en esta instancia;

                                                                                               

                                             Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros, en un todo de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión, recomienda ADJUDICAR  los renglones 1, 2, 3, 4, 8, 10, 11, 12, 13, 14, 17, 18 y  19 de la  Licitación Privada Nº 20/19 Segundo Llamado “ADQUISICION MATERIALES P/ RED AGUA Bº ALTO CAMET PROGRAMA UNOPS” a la firma LEMOCHETE S.A. por la suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CIENTONOVENTA Y CINCO CON 99/100 ($1.385.195,99) con impuestos incluidos, por cumplir con lo requerido en el pliego y ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE;

 

                                              Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y  24.672 del Honorable Concejo Deliberante:

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

 

ARTICULO 1°:    Aprobar   las   actuaciones  que  corren  a  partir  de   fs.  148  obrantes  en    -------------------  el Expediente N° 1412-I-16 Alcance 28 Cpo. 01 referente a la ADQUISICION MATERIALES P/ RED AGUA Bº ALTO CAMET PROGRAMA UNOPS”.-

 

ARTICULO 2°: ADJUDICAR los renglones 1, 2, 3, 4, 8, 10, 11, 12, 13, 14, 17, 18 y  19 de la     -----------------  Licitación Privada Nº 20/19 Segundo Llamado “ADQUISICION MATERIALES P/ RED AGUA Bº ALTO CAMET PROGRAMA UNOPS” a la firma LEMOCHETE S.A. por la suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CIENTONOVENTA Y CINCO CON 99/100 ($1.385.195,99) con impuestos incluidos, por cumplir con lo requerido en el pliego y ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE.----------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3°:La Gerencia de Compras y Suministros  comunicará a la firma LEMOCHETE -------------------- SA que  dentro de  los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Gerencia de Compras y Suministros, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.---------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 4°:    El plazo de entrega será dentro de los 20 (veinte) días de notificada la Orden ------------------- de Compra a la firma adjudicataria.-----------------------------------------------------

 

ARTICULO 5°: Autorizar a la Contaduría a realizar los ajustes que correspondan a la                             -------------------- imputación preventiva para los renglones adjudicados.-----------------------------

 

ARTICULO 6°: Autorizar al Área Contaduría a devolver el Depósito de Garantía de                                       ------------------------  Mantenimiento de Oferta a la firma LEMOCHETE S.A. según Recibo Oficial Nº 304 de fecha 11/12/2019 (fs 107), una vez que las misma efectúe el Depósito de Garantía de Adjudicación.------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 7°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente                                ------------------- adjudicación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.-----------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO  8°: Notificar a la  firma de lo dispuesto precedentemente.-------------------------------

 

ARTICULO 9°: Dése al Registro  de  Resoluciones  – Pase  a la Gerencia  de Compras y            ----------------- -  Suministros  a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 052-2020                                           FIRMADA

                                                                                     CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

MAR DEL PLATA,  27/01/2020

 

                                               VISTO la necesidad  que tiene  la  Gerencia General de Grandes Consumidores  de  realizar  lectura de  medidores, relacionados  con  la facturación del  servicio, y prestar atención al cliente en la Oficina Comercial ubicada en Batan; y

 

CONSIDERANDO

 

                                               Que los agentes dependientes de las Áreas Oficinas Comerciales,   Facturación   y Micromedición,  de la Gerencia General de Grandes Consumidores utilizan como medio de movilidad el transporte publico de pasajeros, en el horario de labor,  para cumplir con las tareas inherentes al trabajo asignado;

 

                                               Que  Obras  Sanitarias Mar del Plata  reconoce a  los  agentes dependientes de las  Áreas Oficinas Comerciales, Facturación   y Micromedición de la Gerencia General de Grandes Consumidores,  la necesidad de  abonar  la  movilidad;

 

                                                Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante:

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

 

R E S U E L V E

 

                                                          

ARTICULO 1°:  Fíjase a partir del 2 de Enero de 2020 y hasta el 31 de Diciembre de 2020 ------------------- para los agentes dependientes de las Áreas Oficinas Comerciales, Facturación y Micromedición de la Gerencia General de Grandes Consumidores, un adicional por  movilidad por  el  uso del transporte  público de  pasajeros al  servicio de O.S.S.E., equivalentes  a un  máximo de  3 pasajes por cada día  hábil, lo que  deberán ser  certificados  por el  jefe de  las Áreas  correspondientes.-------------------------------------------

 

ARTICULO 2°: Impútese  el   presente  gasto   a   la    Jurisdicción 1.2.2.01.03.000              ------------------- GERENCIA DE COMERCIALIZACION-, Categoría Programatica 03.01.02 Apoyo Comercialización- Objeto del  gasto 3.7.1. Pasaje.------------------------------

 

ARTICULO 3º: Regístrese, dése al  Registro  de   Resoluciones,  comuníquese a quienes      ------------------ corresponda  y cúmplase.------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 053-2020                                      FIRMADA

                                                                               CARLOS KATZ

 

 

 

 

                                                                      MAR DEL PLATA, 27/01/2020

 

                  Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 1357-C-19 Cpo. 01 referente a la “ADQUISICION MARCO Y TAPA HF P/ CALZADA”; y

                                                          

CONSIDERANDO

                Que se ha cumplido con las formalidades del Llamado a Concurso de Precios Nº 99/19, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia, habiéndose presentado para el mismo 03 (TRES) firmas: I.P.L.I. S.R.L., REDISAN S.R.L. y XARE HOLDING S.A. según surge del Acta de Apertura de fecha 23/12/19 (fs. 20) las cuales cumplen con todo lo requerido en el P.B. y C.;

              Que al pie de fs. 50 la Gerencia de Producción informa que las firmas cumplen técnicamente con lo requerido por dicha Gerencia;

                                                                   Que habiéndose intimado a la firma REDISAN S.R.L. mediante Cédula de fs. 53 para que presente la documentación requerida para la Re-Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE, se recibe parte de la documentación el día 10/01/19, comprometiéndose a enviar la documentación faltante a la brevedad. Al respecto, con fecha 22/01/20 dicha firma envía nota donde manifiesta aceptar la emisión de un Certificado de Proveedores de OSSE Condicional supeditando la recepción de cualquier pago que se pudiera producir por parte de OSSE hacia su empresa, a la correcta recepción de la misma. Por lo que, atento a la necesidad de contar con los bienes objeto de la presente contratación, que la única firma proponente es un proveedor habitual de OSSE, que su propuesta de $167.200,00 es conveniente económicamente dado que se encuentra por debajo del Presupuesto Oficial de $311.454,00 y cumple con los requerimientos técnicos solicitados, resulta conveniente autorizar  a la Gerencia de Compras y Suministros a Inscribir a la firma REDISAN S.R.L. en el Registro de Proveedores OSSE, emitiéndose un Certificado Condicional  para el Concurso de Precios Nº 99/19 encontrándose los pagos sujetos a la presentación de la documentación que se detalla a continuación: 1) Ultimo Balance Certificado por Contador Público Nacional y legalizado ante el Consejo Profesional de Ciencias Económicas cerrado al 30/06/19 (Original O Copia certificada ante Escribano Público); 2) Copia de la Declaración Jurada Anual Impuesto a las ganancias Año 2019;

 

                                                              Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja ADJUDICAR  el Concurso de Precios Nº 99/19: “ADQUISICION MARCO Y TAPA HF P/ CALZADA” a la firma REDISAN S.R.L. por la suma total de CIENTO SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($167.200,00) por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE,  cumplir con lo requerido en el P.B.y C. y encontrarse por debajo del Presupuesto Oficial de $311.454,00. Asimismo, dado que el monto a adjudicar se encuentra por debajo del Tope establecido a la fecha por la L.O.M. para las Contrataciones Directas ($233.894,00), en cumplimiento a lo establecido en el Art. 08 del Pliego de Bases y Condiciones Generales para Concursos y Licitaciones, no se le requerirá la constitución del Depósito de Garantía de Adjudicación;

                                                        

                                                            Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1°: Aprobar  las  actuaciones obrantes en el Expediente N° 1357-C-2019 Cpo. 01                              -------------------- referente a la “ADQUISICION MARCO Y TAPA HF P/ CALZADA”. --------

 

ARTICULO 2º:    Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a extender a la firma          ------------------ REDISAN S.R.L.  un Certificado Condicional de Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE con vencimiento 30/06/2020, quedando los pagos correspondientes a la presente Contratación sujetos a la presentación de la siguiente documentación: : 1) Ultimo Balance Certificado por Contador Público Nacional, y legalizado ante el Consejo Profesional de Ciencias Económicas cerrado al 30/06/19 (Original O Copia certificada ante Escribano Público); 2) Copia de la Declaración Jurada Anual Impuesto a las ganancias Año 2019.----------

 

ARTICULO 03º: ADJUDICAR  el Concurso de Precios Nº 99/19: “ADQUISICION MARCO Y  ------------------- TAPA HF P/ CALZADA” a la firma REDISAN S.R.L. por la suma total de CIENTO SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($167.200,00) por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE,  cumplir con lo requerido en el P.B.y C. y encontrarse por debajo del Presupuesto Oficial de $311.454,00. Asimismo, dado que el monto a adjudicar se encuentra por debajo del Tope establecido a la fecha por la L.O.M. para las Contrataciones Directas ($233.894,00), en cumplimiento a lo establecido en el Art. 08 del Pliego de Bases y Condiciones Generales para Concursos y Licitaciones, no se le requerirá la constitución del Depósito de Garantía de Adjudicación;  -------------------------------------------------------------------

 

ARTÍCULO 04°: El plazo de entrega será dentro de los 20 (VEINTE) días corridos de recibida  -------------------la Orden de Compra por parte de la firma adjudicataria. ----------------------------

 

ARTICULO 05°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente                                ------------------- adjudicación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.-----------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 06º: Notificar a las  firmas  de lo dispuesto  precedentemente.---------------------------

 

ARTICULO 07º: Dese  al  Registro  de  Resoluciones.  Pase  a  la Gerencia de Compras y             -------------------- Suministros a los efectos  de  dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.-------

RESOLUCION Nº 054-2020                                                FIRMADA

                                                                                          CARLOS  KATZ

 

 

 

                                                                     MAR DEL PLATA, 28/01/2020

 

                                                 Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 1262-C-19 Cpo. 01 referente a la ACTUALIZACION Y RENOVACION TECNOLOGICA EQ NETWORKING (SWITCH CORE)”

                                                                                                                                              

CONSIDERANDO

                                                   Que por Resolución de Directorio N° 011/20 de fecha 07/01/2020 (fs.100) se autorizó efectuar un Segundo Llamado a Licitación Pública Nº 14/19, cuya fecha de apertura está prevista para el día 29 de Enero de 2020 a las 11:00 horas;

 

Que con fecha 24/01/2020 el apoderado de la firma SYSTEMNET S.A. (adquirente del Pliego para el segundo llamado) presenta Nota solicitando una prórroga por siete (07) hábiles para poder ofrecer una mejor propuesta técnica/económica para la presente Licitación;

 

Que a fs. 139 la Gerencia de Sistemas informa que no se observa impedimento en aceptar el pedido de prórroga de la empresa SYSTEMNET S.A., contando así con varias propuestas técnicas con el fin de obtener la mejor solución;

 

Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros, en un todo de acuerdo a lo informado por la Gerencia de Sistemas, aconseja prorrogar la fecha de apertura de la Licitación Pública Nº 14/19 2º Llamado, cuya nueva fecha de apertura de sobre único se llevará a cabo a los 07 (siete) días hábiles de efectuada las publicaciones en alguno de los diarios locales, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras;

 

 

                                                Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1°:          Prorrogar la fecha de apertura de la Licitación Pública Nº 14/19 2º

-------------------- Llamado, cuya nueva fecha de apertura de sobre único se llevará a cabo a los 07 (siete) días hábiles de efectuada las publicaciones en alguno de los diarios locales, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras.--

 

ARTICULO 2°: Efectuar las publicaciones por dos (2) días en el BOLETÍN OFICIAL    ------------------- DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y por un (1) día en los diarios locales LA CAPITAL y EL ATLANTICO.----------------------------------------------------------

 

ARTÍCULO 3°:          Notificar por Cédula a las firmas adquirentes del pliego y a las firmas

------------------- invitadas del ramo, formando la misma parte integrante del P. B. y C., debiendo adjuntarla a la presentación de la oferta firmada por el proponente.-----------------

 

ARTICULO 4°:      Dése  al  Registro  de Resoluciones – Pase  a  la  Oficina  de  Compras –

------------------Área Grandes Contrataciones a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.--------------------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 055-2020                                       FIRMADA

                                                                                CARLOS  KATZ

 

 

 

 

MAR DEL PLATA 28/01/2020

 

 

 

Visto las facultades de organización y dirección de la Empresa (arts. 64, 65 y ccdtes., LCT) y las  necesidades del servicio; y

 

CONSIDERANDO

 

Que la Gerencia de Calidad ha manifestado la necesidad de conformar un equipo de profesionales abocados a las problemáticas ambientales habida cuenta que hasta hace pocos años el principal problema a resolver por OSSE en relación al impacto ambiental sobre el medio marino costero y la calidad de las aguas recreativas se centraba en resolver el conflicto de vuelco de efluentes cloacales a través de la Planta de Pretratamiento Ing. Baltar –sin perjuicio de la competencia específica de la Gerencia de Asuntos Judiciales, Administrativos y Contenciosos Administrativos-;

 

Que con la construcción y puesta en funcionamiento del Emisario Submarino en 2014 y la EDAR en 2018, ese conflicto que durante décadas fue el foco principal de atención de la Empresa hoy aparece resuelto y con resultados altamente satisfactorios;

 

Que en los últimos años la problemática ambiental ligada a la prestación de los servicios que brinda la empresa ha ampliado notoriamente su espectro y requerimientos, incluyendo nuevas temáticas y proyectos a explorar y desarrollar;

Que ello responde a la numerosa legislación en materia ambiental que ha entrado en vigencia a partir de una demanda social creciente en tal sentido;

 

Que si bien en todos los ámbitos de OSSE se desarrollan prácticas a la sustentabilidad ambiental, es importante apuntalar transversalmente dichas acciones, brindando entre otros temas un adecuado encuadre legal a las mismas;

 

Que algunas de las iniciativas que se trabajan en la organización requieren –para su consolidación y puesta en marcha- un ineludible ajuste a las normas vigentes y a la exploración de formatos legales que faciliten su implementación;

 

Que se ha evaluado la oportunidad y conveniencia de recategorizar al agente Juan Matias COSSO (CI 1039) en la Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVII, con las funciones  que como Anexo I forman parte de la presente, incorporándolo al equipo de trabajo de la Gerencia de Calidad;

 

Que como manifestación de tales atribuciones el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.445), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.445);

 

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº  7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º: Incorporar al agente Juan Matias COSSO (CI 1039) al equipo de trabajo                  ------------------ de la Gerencia de Calidad, para desempeñar las tareas que a título enunciativo se expresan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente, reubicándolo en la Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVII, a partir del primer día hábil del mes posterior a la firma de la presente.--------------------------------------

 

ARTICULO 2°:  Autorizar a  la Contaduría a  realizar  las  adecuaciones  presupuestarias --------------------que pudieren corresponder.---------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3°:  Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese. Pase a Contaduría a sus --------------------efectos.  Cúmplase.--------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 056-2020                                        FIRMADA

                                                                                  CARLOS  KATZ

 

ANEXO I

Responsable de Análisis Jurídico Ambiental

 

 

Nivel Escalafonario: P-07 Clase XVII

 

Dependencia Directa: Jefatura de Gestión e Ingeniería Ambiental

 

Requerimientos para el puesto: Abogado matriculado con experiencia y con antecedentes en  derecho ambiental 

 

MISION: Asistir a la Jefatura en todo lo referente a la política ambiental de la organización, en el marco de los principios rectores del desarrollo sostenible para la preservación, conservación, defensa y mejoramiento del ambiente

 

FUNCIONES:

 

 

  • Participar en la definición, planificación y ejecución de iniciativas relacionadas con la gestión ambiental.

 

  • Aportar soluciones que involucren el elemento jurídico, desde su área específica de conocimiento a las problemáticas ambientales

 

  • Intervenir en los procesos de planificación y de toma de decisiones sobre temas ambientales, a fin de participar en el diseño de políticas ambientales y en la ejecución de programas de gestión ambiental.

 

  • Evaluar el personal a su cargo y proponer su capacitación para el correcto desempeño de las tareas encomendadas.

 

  • Determinar, evaluar y seleccionar cursos de acción a seguir en las situaciones que se planteen en el ejercicio de su cargo. Asignar a su personal dependiente las instrucciones y los medios para el cumplimiento de dichas decisiones.

 

 

 

MAR DEL PLATA  28/01/2020

 

 

 

Visto el requerimiento de la Gerencia General de Coordinación y Estrategia Operativa; y

 

CONSIDERANDO

 

Que con un criterio de racionalización de los recursos, se han  reorganizado algunas tareas fomentando la participación de los agentes que se desempeñan en la dependencia para hacer frente a las demandas del servicio a pesar de las vacantes producidas;

 

Que los equipos de conducción de la Gerencia con un criterio de máxima eficiencia llevan adelante un nuevo esquema de trabajo con participación de todos los agentes en las tareas, sin que se produzca ingreso de personal a la dependencia;

 

Que para cubrir un mayor espacio de tiempo dedicado al servicio se requiere incorporar al agente Sergio Carlos CORRAL (CI 1131) al Módulo “B” del Acta Paritaria Nº 8/2013 de Reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo en el Expediente de Negociación Colectiva Nº 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, manteniendo su situación escalafonaria;

 

Que el agente ha prestado su conformidad al respecto;

                                                     

Que  el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.445), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.445);

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº  7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º: Incorporar al agente  Sergio Carlos CORRAL (CI 1131) dentro del marco                            -------------------- del Acta Paritaria 08/2013, en Módulo “B” (8 hs. diarias o 40 semanales de lunes a viernes), manteniendo su situación escalafonaria y con las funciones que como anexo XV de la Resolución 733/2019, a partir del primer día hábil del mes de enero del corriente.---------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2°:   Autorizar a  la Contaduría a  realizar  las  adecuaciones  presupuestarias --------------------que pudieren corresponder.---------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3°:   Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese. Pase a Contaduría a sus --------------------efectos.  Cúmplase.------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 057-2020                                       FIRMADA

                                                                                 CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

MAR DEL PLATA  28/01/2020

 

 

 

Visto el requerimiento de la Gerencia de Calidad; y

 

CONSIDERANDO

 

Que con un criterio de racionalización de los recursos, se han  reorganizado algunas tareas fomentando la participación de los agentes que se desempeñan en los laboratorios de Química y Bacteriología de Potabilidad para hacer frente a las demandas del servicio a pesar de las vacantes producidas;

 

Que los equipos de conducción de la Gerencia con un criterio de máxima eficiencia han generado un nuevo esquema de trabajo con participación de todos los agentes en las respectivas técnicas analíticas de dichos sectores;

 

Que para completar las tareas operativas correspondientes a los laboratorios de Química y Bacteriología de Potabilidad se necesita  cubrir un mayor espacio de tiempo dedicado al servicio, por lo que se requiere incorporar al agente Marisol IGLESIAS (CI 1237) al Módulo “B” del Acta Paritaria Nº 8/2013 de Reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo en el Expediente de Negociación Colectiva Nº 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, manteniendo su situación escalafonaria;

 

 

Que el agente ha prestado su conformidad al respecto;

                             

Que  el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.445), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.445);

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº  7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º: Incorporar al agente  Marisol IGLESIAS (CI 1237) dentro del marco del                        -------------------- Acta Paritaria 08/2013, en Módulo “B” (8 hs. diarias o 40 semanales de lunes a viernes), manteniendo su situación escalafonaria y con las funciones que como anexo I forma parte integrante de la misma, a partir del primer día hábil del mes posterior a la firma de la presente.--------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2°: Autorizar a  la Contaduría a  realizar  las  adecuaciones  presupuestarias --------------------que pudieren corresponder.---------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese. Pase a Contaduría a sus --------------------efectos.  Cúmplase.--------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 058-2020                                   FIRMADA

                                                                             CARLOS  KATZ

 

ANEXO I

 

Analista de laboratorio de química y bacteriología de Potabilidad

 

 

Nivel Escalafonario: A 14 (“Ayudante Técnico”)

 

Dependencia Directa: Jefe del laboratorio y Jefe de Calidad Planificación y Evaluación de Proyectos

 

Requerimientos para el cargo: Título Técnico

 

FUNCIONES

 

  • Preparar material y soluciones para análisis de muestras.
  • Preparar medios de cultivo y análisis de las muestras de rutina del sector analítico.
  • Analizar todo tipo de muestras de los distintos sectores analíticos.
  • Colaborar con la operación de equipos de laboratorio de alta complejidad.
  • Realizar tareas tendientes a preservar la calidad analítica de los laboratorios de fisicoquímica y bacteriología de potabilidad, como control de insumos, mantenimiento de equipos, seguimiento de gráficos de control, registros de calibraciones y verificaciones, registros de temperatura de estufas.
  • Participar en tareas de muestreo.
  • Colaborar en el desarrollo de nuevos proyectos y puesta a punto de nuevas técnicas en el sector.
  • Cumplir con toda otra tarea asignada dentro del Laboratorio de Aguas  de la Gerencia de Calidad.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

MAR DEL PLATA, 28/01/2020

 

 

 

Visto la licencia por enfermedad solicitada por el agente Mónica Leticia ZAPPATERRA (CI 400),  Gerente de Irregularidades en el Servicio, Función P-07(“Personal de Conducción”) Clase XXII,  y;

 

CONSIDERANDO

 

Que la Sra. Gerente se ausentará por el motivo arriba mencionado, desde el día 28 de enero de 2020, hasta su recuperación;

 

Que resulta necesario cubrir el cargo durante su ausencia a fin de no resentir el normal funcionamiento y organización de la mencionada Gerencia;

Que  la  agente Claudia Haydee CAAMAÑO (CI  415), Subgerente de Irregularidades en el Servicio, ubicada escalafonariamente en la Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XXI reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de forma transitoria;

 

Que tal supuesto se encuentra previsto en la  Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;

 

Que  resulta necesario transferir el manejo de la Caja Chica de la Gerencia de de Irregularidades en el Servicio al agente reemplazante;

 

Por ello,  en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza Nº 7.446  y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS  SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

 

ARTICULO 1º:  Designar en carácter de  reemplazo transitorio al  agente Claudia Haydee --------------------CAAMAÑO (CI 415), Subgerente de Irregularidades en el Servicio, ubicada  escalafonariamente en la Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XXI,  en la atención y firma de la Gerencia de Irregularidades en el Servicio, P-07 Clase XXII,  desde el día 28 de enero de 2020 hasta la recuperación del agente Mónica Leticia ZAPPATERRA (CI 400),  por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-------------

 

ARTICULO 2°:   No    se    abonará   al   reemplazante   ninguna  diferencia   si   éste  no  --------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencias o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.-------------------------------

 

ARTICULO 3°:   Encomendar    el   manejo    de   la    Caja    Chica    de   la   Gerencia de --------------------Irregularidades  en el Servicio de acuerdo a lo  enunciado en el artículo primero, al agente reemplazante.-----------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 4:    La    erogación    que    demande    el    mencionado    reemplazo    será  --------------------imputado al objeto del gasto 1.1.5.02 “Reemplazos”.---------------------------

 

ARTICULO 5:  Dése  al  Registro de Resoluciones Comuníquese  a quienes  corresponda. -------------------Cúmplase.------------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 059-2020                                   FIRMADA

                                                                             CARLOS  KATZ-

MAR DEL PLATA,  28/01/2020

 

 

 

Visto la resolución 927/19 donde se detallan los agentes en condiciones de llevar adelante la distribución de facturas de OSSE durante el ejercicio 2020; y

 

CONSIDERANDO

 

Que en virtud del significativo número de bajas registradas del personal originalmente asignado, la Gerencia General de Grandes Consumidores solicitó ampliar el listado de personal y de esa manera contribuir a la entrega de facturas de las cuotas 1, 2/2020 y Pago Anticipado de las remesas 100 y 200, dentro de los tiempos establecidos;

 

Que Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. cuenta con personal interesado en la distribución de facturas que no se encuentra en el padrón de reparto del ANEXO 1 de la resolución 927/19;

 

Que se requiere un mayor dinamismo a la hora de establecer los repartidores de las futuras emisiones, considerándose oportuno y conveniente encomendar a la Gerencia de Recursos Humanos la actualización permanente del registro de interesados en función del procedimiento establecido por Resolución 504/2013;

 

Que en el futuro, ante nuevas oportunidades de llevar adelante la tarea de distribuir la facturación con personal propio, la Gerencia de Recursos Humanos elaborará el acto administrativo respectivo, el cual permitirá realizar la entrega de las facturas a los interesados por parte de la Gerencia General de Grandes Consumidores y efectuar la liquidación respectiva a través de la Contaduría, en función de los valores establecidos por la Resolución específica dictada para el caso particular;

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Consejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

ARTICULO 1º: Autorizar  a  la    Gerencia   de    Recursos     Humanos   a    la   selección y --------------------ampliación del registro de los agentes autorizados a repartir las distintas facturas de OSSE,  a los efectos de  garantizar la normal distribución de las mismas, de acuerdo a las consideraciones establecidas en el exordio de la presente y en las Resoluciones 504/2013, 927/2019 y ccdtes.----------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º: La   Gerencia    General   de  Grandes   Consumidores,   comunicará  a  la  -------------------- Gerencia de Recursos Humanos la necesidad de ampliación del padrón y esta  remitirá la nueva nómina con el Orden de Merito correspondiente con los agentes a incorporar como repartidores.---------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3º: Los valores a abonar serán los que se hayan establecido para la                   ---------------------- generalidad de repartidores por la última Resolución dictada en particular.---------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 4º:  Dése    al     Registro     de    Resoluciones.  -     Comuníquese    a   quienes --------------------correspondan. -  Cúmplase.----------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 060-2020                                FIRMADA

                                                                          CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

                                                                MAR DEL PLATA,  28/01/2020

 

 

Visto la necesidad de reorganizar la Gerencia de Producción de cara a las necesidades del servicio;  y

 

CONSIDERANDO

 

Que la planificación necesaria para hacer frente a dichas necesidades involucra generar una estructura capaz de brindar sostenibilidad a los diversos proyectos;

 

Que si bien se realizaron algunos cambios estructurales, los cuales permitieron que personal calificado llevara adelante la tareas de cada Área o Sector, los mismos  no revistieron  el encuadre orgánico funcional adecuado en función a la envergadura de los temas y las responsabilidades que trae aparejado la conducción de las áreas de la Gerencia de Producción;

 

Que en ese contexto –a lo largo del tiempo- se han llevado a la práctica modificaciones que en el presente requieren su formalización de cara a las demandas hacia la Gerencia, completando de esa forma la redefinición de Funciones y la modificación del organigrama, lo cual permitirá mejorar los procesos de gestión tanto técnica como administrativa de los distintos Departamentos, Áreas y Sectores que forman parte de la dependencia;  

 

Que en función de la mejor cobertura de las demandas hacia la gerencia, cuyo origen se presenta en cualquier punto del radio servido, se ha configurado a lo largo de los años,  una distribución de recursos operativos y humanos en torno de dos grandes bases operativas: Base Norte y  Base Sur;

 

Que en ese sentido, el personal puede prestar servicio en una u otra base de conformidad con las necesidades operativas, sin perjuicio de  lo cual, a los efectos de lograr una mayor eficiencia y responsabilidad por los bienes a su cargo,  se encuentran distribuidos o asignados a una de dichas bases territoriales;  

 

Que se ha evaluado la oportunidad y conveniencia de designar al agente Carlos Omar TARELA (CI 640) a cargo de la “Jefatura de Estaciones Elevadoras Cloacales”; al agente Julio Cesar  Salvador MAFFIA (CI 531) a cargo de la “Jefatura de Mantenimiento de Redes Cloacales y Equipos desobstructores Norte y Sur”, al agente Martín Omar  RODRIGUEZ (CI 632) a cargo de la “Jefatura de Cloaca zonas Norte y Sur”  al agente José Luis MODEGA (CI 502) a cargo de la “Jefatura de Agua zonas Norte y Sur mañana-tarde” al agente Daniel Alejandro OLIVERA (CI 590) a cargo de la “Jefatura de Agua zonas Norte y Sur mañana-tarde” y Fabian Alfredo PERNA (CI 298)  a cargo de “Jefatura de Agua zonas Norte y Sur mañana-tarde” todos ellos en el nivel escalafonario P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVIII y al agente Matias Nicolas PAIS   (CI 1014) a cargo de la Sub Jefatura de Agua Norte y Sur en la Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XV;

 

Que la actividad de la empresa constituye un servicio esencial en los términos del 2do párrafo del art 24 de la Ley 25877 y que además por la índole turística de la ciudad se generan picos ocasionales y/o estacionales de mayores requerimientos, resulta necesario que el personal jerárquico de la Gerencia de Producción pueda adecuar su jornada de labor a las necesidades de la actividad;

 

Que en virtud de ello,  los agentes Mario Daniel TOLABA (CI 448); Jorge Gabriel ARANGO (CI 489); Roberto Carlos ROCHET  (CI 737); Diego Fernando LINES (CI 545); Miguel Angel MAFFIA (CI 379); Guillermo Nestor CECHETTO (CI 495); Carlos Omar TARELA (CI 640); Julio Cesar  Salvador MAFFIA (CI 531); Martín Omar  RODRIGUEZ (CI 632); José Luis MODEGA (CI 502); Daniel Alejandro OLIVERA (CI 590); Fabian Alfredo PERNA (CI 298) y Matias Nicolas PAIS   (CI 1014) quedarán incorporados en el ámbito del Módulo horario establecido en el  Acta Nº 3/2019 de Reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo en el Expediente de Negociación Colectiva Nº 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;

 

 

                                                Por ello,  en uso de las atribuciones conferidas  por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672  del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR  DEL PLATA

                                                   SOCIEDAD DE ESTADO

 

R E S U E L V E

 

ARTÍCULO 1º: Designar al agente Carlos Omar TARELA (CI 640) a cargo de la                     ---------------------- “Jefatura de Estaciones Elevadoras Cloacales”; al agente Julio Cesar  Salvador MAFFIA (CI 531) a cargo de la “Jefatura de Mantenimiento de Redes Cloacales y Equipos desobstructores Norte y Sur”, al agente Martín Omar  RODRIGUEZ (CI 632) a cargo de la “Jefatura de Cloaca zonas Norte y Sur”  al agente José Luis MODEGA (CI 502) a cargo de la “Jefatura de Agua zonas Norte y Sur mañana-tarde” al agente Daniel Alejandro OLIVERA (CI 590) a cargo de la “Jefatura de Agua zonas Norte y Sur mañana-tarde” y Fabian Alfredo PERNA (CI 298)  a cargo de “Jefatura de Agua zonas Norte y Sur mañana-tarde” todos ellos en el nivel escalafonario P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVIII y al agente Matias Nicolas PAIS   (CI 1014) a cargo de la Sub Jefatura de Agua Norte y Sur en la Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XV.-----------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º: Incorporar a los trabajadores aludidos precedentemente y a los agentes                           -------------------- Mario Daniel TOLABA (CI 448), Jorge Gabriel ARANGO (CI 489), Roberto Carlos ROCHET  (CI 737), Diego Fernando LINES (CI 545), Miguel Angel MAFFIA (CI 379) y Guillermo Nestor CECHETTO (CI 495)  en el ámbito del  Módulo horario establecido en el  Acta Nº 3/2019 de Reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo en el Expediente de Negociación Colectiva Nº 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.----------------------------

 

ARTÍCULO 3º: Aprobar las misiones y funciones  que  forman parte integrante de la                        --------------------- presente como anexos I a V--------------------------------------------------- 

 

ARTICULO 4º: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias

------------------que pudieren corresponder.----------------------------------------------------

 

ARTICULO 5°: Dése    al    registro    de Resoluciones.-  Comuníquese     a      quienes --------------------corresponda.- Cúmplase.--------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 061-2020                                  FIRMADA

                                                                           CARLOS  KATZ

 

 

 


 

 

ANEXO I

Jefatura de Estaciones Elevadoras Cloacales

 

Nivel Escalafonario: P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVIII

 

Dependencia Directa: Jefatura de Operaciones

 

MISION: Actuar de forma programada, aplicando mejora continua, sobre el sistema de bombeo cloacal, cumpliendo con las normas de seguridad e higiene, el marco regulatorio y demás normativa de competencia vigente para el desarrollo de la actividad.

 

FUNCIONES:

 

 

  • Organiza y controla la operación de las estaciones elevadoras de los líquidos cloacales.
  • Comprueba y mantiene el adecuado funcionamiento de la totalidad del sistema, chequeando fases de línea, amperaje de motores, nivel y/o calibración del rango de protección de fases, niveles de aceite de los transformadores, niveles de aceite y agua de lubricación de bombas, temperatura de cojinetes, presión de líneas, niveles de líquido en cisternas, cámaras y tanques, niveles de alarmas y niveles de ruido.
  • Verifica el estado de limpieza de rejas, retiro y depósito en contenedor de sólidos gruesos, limpieza de filtros, recambio de instrumentos o elementos averiados que pusieran fuera de servicio un equipo o denotasen lecturas no confiables.
  • Informa necesidades de mantenimiento de emergencia y urgencia que pudieran dejar fuera de servicio las instalaciones.
  • Asigna al personal dependiente del Area a su cargo la limpieza en las estaciones elevadoras de líquidos cloacales.
  • Recorre el sistema de bombeo para verificar la rutina establecida de detección y comprobación de anomalía y fallas, identificando las que puedan interferir en las maniobras de puesta en marcha y/o afectar y/o perjudicar, en forma parcial o total al sistema de bombeo, la normal prestación del sistema de abastecimiento y saneamiento y sus usuarios.


 

 

ANEXO II

Jefatura de Mantenimiento de Redes Cloacales y Equipos desobstructores Norte y Sur

 

 

Nivel Escalafonario: P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVIII

 

Dependencia Directa: Jefatura de Agua y Cloaca Norte y Sur

 

MISION:  Mantener y reparar la red de cloacas, de acuerdo a los trabajos programados o de emergencia, cumpliendo con los procedimientos internos de la empresa, las normas de seguridad vigentes, el cuidado del medio ambiente y las normativas que regulan los trabajos en la vía pública.

 

FUNCIONES:

 

  • Verifica y asigna las órdenes de trabajo diarias para establecer un recorrido lógico o por prioridades de urgencia y/o emergencia.
  • Identifica junto a los Encargados las herramientas, equipos, materiales y equipamientos necesarios para realizar las tareas.
  • Verifica el funcionamiento de los equipos hidroyet y desobstructor y genera las ordenes de servicio necesarias para a su puesta a punto para realizar las tareas.
  • Controla la correcta señalización y demarcación de la zona de trabajo.
  • Verificar que la reparación y/o intervención se haya realizado correctamente y se encuentre en perfectas condiciones de uso.
  • Certifica que la solicitud de intervención se finalice de manera completa, especificando trabajadores intervinientes, vehículos y materiales
  • Instruye al personal acerca del retiro de las herramientas, los materiales, el equipamiento y los elementos de protección personal colocando los desechos generados en los lugares adecuados y preparados para tal fin.
  • Informa a los Encargados de cuadrilla y al personal dependiente la manera en que deben registrar los resultados de las tareas realizadas de acuerdo a los procedimientos internos de la empresa.


 

ANEXO III

Jefatura de Cloaca Zona Norte y Sur

 

Nivel Escalafonario: P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVIII

 

Dependencia Directa: Jefatura de Agua y Cloaca Norte y Sur

 

MISION:   Organizar, designar y/o controlar las actividades de las cuadrillas de acuerdo a tareas programadas y de emergencia, informando los resultados y considerando los procedimientos de la empresa, las normas de seguridad, el cuidado del medio ambiente y las normativas que regulan los trabajos en la vía pública

 

FUNCIONES:

 

 

  • Supervisa y controla la calidad de los trabajos ejecutados y los materiales empleados, haciendo cumplir las reglas y especificaciones técnicas de la empresa.

 

  • Es responsable de hacer cumplir los plazos de ejecución de los trabajos, conforme cronograma de órdenes de trabajo

 

  • Lidera los recursos humanos a su cargo, facilitando las herramientas, materiales, equipos y conocimientos para ejecutar las tareas asignadas.

 

  • Evalúa el desempeño del personal a su cargo, conforme cantidad, complejidad y calidad de trabajos ejecutados diariamente, por cada recurso y en forma integral.

 

  • Interpreta en oficina, el cronograma de orden de trabajo, tiempos, tareas y su tipo, reparación, empalme, cambio de servicio de conexión domiciliaria.

 

  • Agrupa las ordenes de trabajo por prioridades y tipo, determinando en función de la complejidad y volumen, la cantidad de recursos humanos, materiales herramientas y elementos de seguridad e higiene y movilidad.

 

  • Define in situ la metodología más adecuada y secuencias del conjunto de tareas, indicando a sus recursos forma y modo de ejecutarlas.

 

  • Delega y autoriza el retiro de materiales, herramientas, equipos de trabajo y de seguridad e higiene del pañol o depósito que los trabajos involucran.

 

  • Supervisa, coordina, controla y evalúa el resultado de los trabajos ejecutados, cuantificando el desempeño de las capacidades de su personal en forma conjunta e individual, realizando informes pertinentes, elevados a la superioridad.

 

  • Registra cantidad de horas y recursos materiales y humanos afectados, como así también tipología, complejidad y queda informado.

 

  • Controla las herramientas y materiales sobrantes que se devolverán a depósito para el control de stock.

 

  • Informa a su superior las órdenes de trabajo cumplidas (cerradas), como así también las faltantes según cronograma, detallando las cuestione imposibilitaron llevarlas a cabo.

 

 

 

ANEXO IV

Jefatura de Agua Zona Norte y Sur Mañana - Tarde

 

Nivel Escalafonario: P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVIII

 

Dependencia Directa: Jefatura de Agua y Cloaca Norte y Sur

 

MISION:   Organizar, designar y/o controlar las actividades de las cuadrillas de acuerdo a tareas programadas y de emergencia, informando los resultados y considerando los procedimientos de la empresa, las normas de seguridad, el cuidado del medio ambiente y las normativas que regulan los trabajos en la vía pública

 

FUNCIONES:

 

 

  • Supervisa y controla la calidad de los trabajos ejecutados y los materiales empleados, haciendo cumplir las reglas y especificaciones técnicas de la empresa.

 

  • Es responsable de hacer cumplir los plazos de ejecución de los trabajos, conforme cronograma de órdenes de trabajo

 

  • Lidera los recursos humanos a su cargo, facilitando las herramientas, materiales, equipos y conocimientos para ejecutar las tareas asignadas.

 

  • Evalúa el desempeño del personal a su cargo, conforme cantidad, complejidad y calidad de trabajos ejecutados diariamente, por cada recurso y en forma integral.

 

  • Interpreta en oficina, el cronograma de orden de trabajo, tiempos, tareas y su tipo, reparación, empalme, cambio de servicio de conexión domiciliaria.

 

  • Agrupa las ordenes de trabajo por prioridades y tipo, determinando en función de la complejidad y volumen, la cantidad de recursos humanos, materiales herramientas y elementos de seguridad e higiene y movilidad.

 

  • Define in situ la metodología más adecuada y secuencias del conjunto de tareas, indicando a sus recursos forma y modo de ejecutarlas.

 

  • Delega y autoriza el retiro de materiales, herramientas, equipos de trabajo y de seguridad e higiene del pañol o depósito que los trabajos involucran.

 

  • Supervisa, coordina, controla y evalúa el resultado de los trabajos ejecutados, cuantificando el desempeño de las capacidades de su personal en forma conjunta e individual, realizando informes pertinentes, elevados a la superioridad.

 

  • Registra cantidad de horas y recursos materiales y humanos afectados, como así también tipología, complejidad y queda informado.

 

  • Controla las herramientas y materiales sobrantes que se devolverán a depósito para el control de stock.

 

  • Informa a su superior las órdenes de trabajo cumplidas (cerradas), como así también las faltantes según cronograma, detallando las cuestione imposibilitaron llevarlas a cabo.

 

 

ANEXO V

Sub Jefatura de Agua Zona Norte y Sur

 

Nivel Escalafonario: P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XV

 

Dependencia Directa: Jefatura de Agua y Cloaca Norte y Sur

 

MISION:   Organizar, designar y/o controlar las actividades de las cuadrillas de acuerdo a tareas programadas y de emergencia, informando los resultados y considerando los procedimientos de la empresa, las normas de seguridad, el cuidado del medio ambiente y las normativas que regulan los trabajos en la vía pública

 

FUNCIONES:

 

 

  • Supervisa y controla la calidad de los trabajos ejecutados y los materiales empleados, haciendo cumplir las reglas y especificaciones técnicas de la empresa.

 

  • Es responsable de hacer cumplir los plazos de ejecución de los trabajos, conforme cronograma de órdenes de trabajo

 

  • Lidera los recursos humanos a su cargo, facilitando las herramientas, materiales, equipos y conocimientos para ejecutar las tareas asignadas.

 

  • Evalúa el desempeño del personal a su cargo, conforme cantidad, complejidad y calidad de trabajos ejecutados diariamente, por cada recurso y en forma integral.

 

  • Interpreta en oficina, el cronograma de orden de trabajo, tiempos, tareas y su tipo, reparación, empalme, cambio de servicio de conexión domiciliaria.

 

  • Agrupa las ordenes de trabajo por prioridades y tipo, determinando en función de la complejidad y volumen, la cantidad de recursos humanos, materiales herramientas y elementos de seguridad e higiene y movilidad.

 

  • Define in situ la metodología más adecuada y secuencias del conjunto de tareas, indicando a sus recursos forma y modo de ejecutarlas.

 

  • Delega y autoriza el retiro de materiales, herramientas, equipos de trabajo y de seguridad e higiene del pañol o depósito que los trabajos involucran.

 

  • Supervisa, coordina, controla y evalúa el resultado de los trabajos ejecutados, cuantificando el desempeño de las capacidades de su personal en forma conjunta e individual, realizando informes pertinentes, elevados a la superioridad.

 

  • Registra cantidad de horas y recursos materiales y humanos afectados, como así también tipología, complejidad y queda informado.

 

  • Controla las herramientas y materiales sobrantes que se devolverán a depósito para el control de stock.

 

  • Informa a su superior las órdenes de trabajo cumplidas (cerradas), como así también las faltantes según cronograma, detallando las cuestione imposibilitaron llevarlas a cabo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                                                               MAR DEL PLATA, 28/01/2020

 

Visto los requerimientos hacia el Area Control de Flota y Logística dependiente de la Gerencia General de Coordinación y Estrategia Operativa; y

 

CONSIDERANDO

 

Que la actividad de la empresa constituye un servicio esencial en los términos del 2do párrafo del art 24 de la Ley 25877 y que además por la índole turística de la ciudad se generan picos ocasionales y/o estacionales de mayores requerimientos;

 

Que se incorporó a partir del 5 de noviembre de 2019 al agente Sebastian Edgardo GASCUE  (CI 1004) en el sistema de guardia rotativa para cubrir un mayor espacio de tiempo dedicado al servicio, omitiéndose formalizar oportunamente el acto administrativo respectivo;

 

Que corresponde instrumentar el mismo y reconocer al trabajador las diferencias salariales que correspondan, de conformidad con el informe de fecha 16 de enero del corriente de la Sra Gerente General de Coordinación y Estrategia Operativa;

 

 Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446, 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º:   Convalidar desde el día 05 de Noviembre de 2019 la  designación del         ------------------   agente Sebastian Edgardo  GASCUE (CI 1004) en el  régimen de guardia rotativa de dos turnos, y hasta el vencimiento del plazo fijado por la Resolución 706/2019.-

 

ARTICULO 2º: Notifíquese al  interesado.  Cumplido  remítase  a  la   Gerencia  de                   ------------------- Recursos  Humanos  que  tomara  debida  nota  en el  legajo  respectivo,  y a  Liquidación  de  Haberes  que procederá  a liquidar las diferencias salariales  que correspondan.---------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3º: Dése  al  Registro  de  Resoluciones.  Comuníquese.-------------------------

RESOLUCION Nº 062-2020                                      FIRMADA

                                                                                CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

                                                               MAR DEL PLATA, 28/01/2020

 

Visto la ausencia a causa del accidente de trabajo sufrido por el agente  Lorena Soledad OLIVERA (CI 1258) por el cual se ausentó desde el día 15 de Octubre al 28 de Diciembre de 2019; y

 

CONSIDERANDO

 

Que el mencionado agente presta servicios en el Area  Gestión de Flota y Logística de la Gerencia General de Coordinación y Estrategia Operativa en guardia rotativa de dos turnos;

 

                                                                               

Que el agente JULIAN NAHUEL PEREZ (CI 1169) desarrolló tareas en guardia rotativa para cubrir un mayor espacio de tiempo dedicado al servicio, durante la ausencia del agente;

 

Que se omitió formalizar oportunamente el acto administrativo respectivo, por lo cual corresponde instrumentar el mismo y reconocer al trabajador las diferencias salariales que correspondan, de conformidad con el informe de fecha 16 de enero del corriente de la Sra Gerente de Coordinación y Estrategia Operativa;

 

 

 Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446, 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º:   Convalidar desde el día 24 de Octubre al 28 de diciembre de 2019 la                ----------------- designación del agente Julian Nahuel PEREZ (CI 1169) en el  régimen de guardia rotativa de dos turnos.------------------------------------------------------------------- 

 

ARTICULO 2º: Notifíquese al  interesado.  Cumplido  remítase  a  la   Gerencia  de                   ------------------- Recursos  Humanos  que  tomara  debida  nota  en el  legajo  respectivo,  y a  Liquidación  de  Haberes  que procederá  a liquidar las diferencias salariales  que correspondan.-------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3º: Dése  al  Registro  de  Resoluciones.  Comuníquese.-------------------------

RESOLUCION Nº 063-2020                                  FIRMADA

                                                                            CARLOS  KATZ

 

                                                      MAR DEL PLATA, 29/01/2020

 

                                                   Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 1085-C-2018 Cpos. 01 y 02 referente a la ADQUISICION DE HIPOCLORITO DE SODIO AL 100%”, y

 

 

CONSIDERANDO

 

                                            Que por Resolución de Directorio Nº 626/18 de fecha 08 de Noviembre  de 2018 se adjudicó la provisión de HIPOCLORITO DE SODIO AL 100% (con reducción de cantidades) -  Licitación Privada Nº 12/18 Segundo Llamado a la firma INDU QUIMICA S.A  por la suma total de PESOS DOS MILLONES SESENTA Y CINCO MIL OCHO CON 05/100 ($2.065.008,05), equivalentes a 216.685 (DOSCIENTOS DIECISEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO) litros; por ser la oferta más conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con lo requerido en el P.B y C.,  Orden de Compra Nº 651/18 (fs. 262/5);

 

                                            Que por Resolución de Directorio Nº 327/19 de fecha 05 de Junio de 2019 se autorizo  la ampliación  de la Orden  de  Compra Nº 651/18  perteneciente la firma INDU QUIMICA S.A. correspondiente a la Licitación Privada Nº 12/18 Segundo Llamado  “ADQUISICION DE HIPOCLORITO DE SODIO AL 100%”  por la suma de total de PESOS UN MILLON TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA CON 20/100 ($1.032.480,20), equivalente al 49,99% del monto contratado originalmente no excediendo el 50% fijado como límite en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones, Orden de Compra Nº 495/19 (fs, 290/292);

 

Que a fs. 294 la Gerencia de Producción informa que la firma INDU QUIMICA S.A. ha cumplido con lo requerido según Ordenes de Compra Nº 651/18 y 495/19;

 

Que a fs. 295 el Área Contaduría informa que las Ordenes de Compra Nº 651/18 y 495/19; pertenecientes a la mencionada firma se encuentran totalmente canceladas;

 

Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación: Recibo Oficial Nº 209 (fs. 273) de fecha 13 de Noviembre de 2018 y  Recibo Oficial Nº 141 (fs. 289) de fecha 25  de Junio de 2019  perteneciente a la firma INDU QUIMICA S.A.;

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma INDU QUIMICA S.A. la Licitación                       --------------------Privada Nº 12/18 Segundo Llamado.------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de Garantía   ---------------------de Adjudicación: Recibo Oficial Nº 209 (fs. 273) de fecha 13 de Noviembre de 2018 y Recibo Oficial Nº 141 (fs. 289) de fecha 25  de Junio de 2019  perteneciente a la firma INDU QUIMICA S.A. -----------------------------------------------------------------------------------------

 

 ARTICULO 3º: Dése  al  Registro  de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los  efectos de dar    --------------------Cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Oficina de Compras. Cúmplase---------------------------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 064-2020                                        FIRMADA

                                                                                  CARLOS  KATZ

 

 

 

MAR DEL  PLATA, 29/01/2020

 

 

 

Visto la Licencia Ordinaria otorgada a la Sra. Jefe de Secretaría de Directorio, Graciela Rosa FUNES (CI 668), Función P-07 (“Personal de conducción”), Clase XIX, y;

 

CONSIDERANDO

 

Que la agente Graciela Rosa FUNES (CI 668) se ausentará por el período comprendido entre el día 05 de Febrero de 2020 al 19 de Febrero de 2020,  inclusive;

 

Que resulta necesario cubrir el cargo durante la ausencia del agente mencionado, a fin de no resentir el normal funcionamiento y organización de dicha Secretaría;

 

Que el agente José Antonio STINZIANO (CI 405), Función P-07 (“Personal de conducción”), Clase XVII, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo;

 

Que tal supuesto se encuentra previsto en la  Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;

 

Que es menester encomendar el manejo de la Caja Chica asignada a dicha Secretaría;

 

  Por ello,  en uso de las atribuciones conferidas  por Ordenanzas N° 7.446  y 24.672  del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR  DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º: Designar   en  carácter de reemplazo transitorio  al agente José                    --------------------Antonio STINZIANO (CI 405), Función P-07 (“Personal de conducción”), Clase XVII, en la firma y despacho de la Secretaría de Directorio, Función P-07 (“Personal de conducción”) Clase XIX, por el período comprendido entre el día 05 de Febrero  de 2020 al 19 de Febrero de 2020, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-----------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2°:    No   se    abonará    al   reemplazante    ninguna  diferencia  si   éste   no -------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.---------------------------------------------

 

ARTICULO 3º:   El   gasto   que   demande   el   mencionado  reemplazo  será imputado al -------------------objeto del gasto 1.1.5.02 “Reemplazos”.------------------------------------------

 

ARTICULO 4°:  Encomendar  el manejo  de  la  Caja  Chica  de Secretaría del Directorio ---------------------por el período enunciado en el artículo primero, al agente reemplazante.-

 

ARTICULO 5°: Dése al Registro  de  Resoluciones – Comuníquese a quienes corresponda          --------------------Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 065-2020                                           FIRMADA

                                                                                     CARLOS KATZ

 

 

 

MAR DEL PLATA,  29/01/2020

 

 

 

Visto la Licencia Ordinaria otorgada al agente Patricia Alejandra ESCALADA (CI 752), Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XIX, y;

 

CONSIDERANDO;

 

Que la Sra. Jefe del Área Cobranzas de la Sub Gerencia de Cobranzas de la Gerencia General de Grandes Consumidores, se ausentará durante el periodo comprendido desde el día 10 de febrero de 2020 hasta el día 06 de marzo de 2020, inclusive;

 

Que resulta necesario cubrir el cargo a los fines de  no resentir el normal funcionamiento del área antedicha;

 

Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución 799/03 de Procedimiento de Reemplazos Transitorios y su modificatorias  Resoluciones 151/05 y 371/08;

 

Que el agente María Romina PLATINI (CI 878), Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XV, Jefe del Área Presupuesto dependiente de la Sub Gerencia de Cobranzas, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de forma transitoria;

 

Por ello,  en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

ARTICULO 1º:   Designar   en   carácter  de  reemplazo  transitorio   al   agente   María   --------------------Romina PLATINI (CI 878),, Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XV,  en la atención y firma del despacho de la Jefatura del Área Cobranzas de la Sub Gerencia de Cobranzas dependiente de la Gerencia General de Grandes Consumidores, en la Función P-07, Clase XIX,  durante el periodo comprendido desde el día 10 de febrero de 2020 hasta el día 06 de marzo de 2020, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.---------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2°:    No   se    abonará    al   reemplazante    ninguna  diferencia  si   éste   no --------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.---------------------------------------------

 

ARTICULO 3º:   El   gasto   que   demande   el   mencionado  reemplazo  será imputado al --------------------objeto del gasto 1.1.5.02 “Reemplazos”.-----------------------------------------

 

ARTICULO 4º:      Dése   al    Registro   de    Resoluciones   -   Comuníquese   a    quienes --------------------corresponda.--------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 066-2020                                          FIRMADA

                                                                                   CARLOS  KATZ

MAR DEL PLATA, 29/01/2020

 

 

 

Visto la Licencia Ordinaria otorgada al agente Pablo Enrique IGLESIAS (CI 402), Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XIX, y;

 

CONSIDERANDO;

 

Que el Sr. Jefe del Área Certificados de Servicios de la Sub Gerencia de Cobranzas dependiente de la Gerencia General de Grandes Consumidores, se ausenta durante el periodo comprendido desde el día 20 de enero de 2020 hasta el día 07 de febrero de 2020, inclusive;

 

Que resulta necesario cubrir el cargo a los fines de  no resentir el normal funcionamiento del área antedicha;

 

Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución 799/03 de Procedimiento de Reemplazos Transitorios y su modificatorias  Resoluciones 151/05 y 371/08;

 

Que el agente Sebastián Rodrigo MARTINEZ (CI 1052), Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XV, del Área Certificados de Servicios, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de forma transitoria;

 

Por ello,  en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Consejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

ARTICULO 1º:   Designar   en   carácter  de  reemplazo  transitorio  al  agente  Sebastián   --------------------Rodrigo MARTINEZ (CI 1052) Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XV, en la atención y firma del despacho de la Jefatura del Área Certificados de Servicios de la Sub Gerencia de Cobranzas dependiente de la Gerencia General de Grandes Consumidores, en la Función P-07, Clase XIX,  durante el periodo comprendido desde el día 20 de enero de 2020 hasta el día 07 de febrero de 2020, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2°:    No   se    abonará    al   reemplazante    ninguna  diferencia  si   éste   no --------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.---------------------------------------------

 

ARTICULO 3º:   El   gasto   que   demande   el   mencionado  reemplazo  será imputado al --------------------objeto del gasto 1.1.5.02 “Reemplazos”.-----------------------------------------

 

ARTICULO 4º:      Dése   al    Registro   de    Resoluciones   -   Comuníquese   a    quienes --------------------corresponda.--------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 067-2020                                    FIRMADA

                                                                             CARLOS  KATZ

 

 

MAR DEL PLATA, 29/01/2020

 

 

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                         Visto la renuncia presentada por el agente Rafael Luis PRINCIPI  CI 680,  para acogerse al Beneficio Jubilatorio;  y

 

 

CONSIDERANDO

 

                                  Que la renuncia se concretó por Telegrama Nº 093754135  según lo establecido en el Artículo 240 de la Ley de Contrato de Trabajo;

                                  

                                   Que es necesario formalizar la aceptación con la cual iniciará el trámite de Jubilación Ordinaria en el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires;

                                                                                  

                                   Que corresponde la liquidación de la Bonificación para el personal que se da de baja para acogerse al Beneficio Jubilatorio;

                                  

                                   Que deberá establecerse el monto a abonar en concepto de Anticipo Jubilatorio;                                                            

 

  Que habiéndose presupuestado los distintos Objetos del gasto del inciso 1 GASTOS EN PERSONAL para todo el año 2020, es conveniente la transferencia presupuestaria de los saldos remanentes a los Objetos de Gastos cuyo presupuesto se prevé no alcanzará a cubrir los compromisos para el presente ejercicio, dentro del inciso 1;

 

                                   Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO  DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

 SOCIEDAD  DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1º: Aceptar la renuncia presentada por el agente Rafael Luis PRINCIPI                  --------------------DNI 10.798.076, Función P-07 Clase XIX  para acogerse al beneficio jubilatorio a partir del 11  de Febrero  de 2020.-------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría-Liquidación de Haberes a liquidar, al            -------------------  tiempo de la baja, la Liquidación Final que correspondiere de acuerdo a las reglamentaciones vigentes para los agentes de OSSE.------------------------------------

 

ARTICULO 3º: Autorizar a celebrar el Contrato de Anticipo Jubilatorio por un importe --------------------proporcional correspondiente al mes de Febrero del corriente año de Pesos CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE ($ 47.867,00) y de los meses subsiguientes de Pesos SETENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS UNO       ($71.801,00) -------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 4º:  Autorizar a la Contaduría a transferir los saldos remanentes                  -------------------    presupuestados para el año 2020 de los distintos Objetos del Gasto del inciso 1 Gastos en Personal, disponiendo las modificaciones presupuestarias que correspondan.------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 5º:  El gasto que demande  se imputará a los Objetos del Gasto del inciso 1 ----------------- GASTOS EN PERSONAL correspondiente a la Jurisdicción 1.2.2.01.10.000 OFICINAS DE LEY S/LEY ORGANICA MUNICIPAL; Categoría Programática 10.00.01 CONTADURÍA y al Objeto del Gasto 1.6.1.01 INDEMNIZACIONES AL PERSONAL y 1.6.1.02 PREMIO Y BONIFICACION ESPECIAL correspondientes a la Jurisdicción 1.2.2.01.14.000 GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS - Categoría Programática 14.00.02 ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS.----------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 6º: Dese al Registro de Resoluciones, cumuníquese y cúmplase. --------------

RESOLUCION Nº 068-2020                                  FIRMADA

                                                                          CARLOS  KATZ

 

                                                        MAR DEL PLATA, 30/01/2020

 

Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 1011-C-18 Cpo. 01 y 02  referente a la “CONTRATACION SEGUROS 2019-2020”;  y

 

CONSIDERANDO

 

Que por Resolución de Directorio N° 58/19 (fs. 229/30) de fecha 30/01/19, se adjudicó la Licitación Privada Nº 1/19 a la firma CAJA DE SEGUROS SA los renglones 1 a 6 ambos inclusive, 8 y 11 (Oferta BÁSICA- Pago único) por la suma total de PESOS SEISCIENTOS TRENTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO CON 44/100 ($630.235,44)-(Orden de Compra Nº 93/19) y a la firma NACION SEGUROS S.A, los renglones 7, 9, 10 y 12 a 19 ambos inclusive (Oferta BÁSICA- Pago único) por la suma total de PESOS TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS CON 44/100 ($39.376,44) (Orden de Compra Nº 92/19); siendo la adjudicación total de PESOS SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS ONCE CON 88/100 ($ 669.611,88);

 

 

Que por Resoluciones de Directorio N° 137/19 (fs. 264) de fecha 01/03/19, Nº 562/19 (fs.277) de fecha 20/08/19 y Nº 775/1* (fs.282), de fecha 25/10/19, respectivamente, se autorizó la ampliación de la Orden de Compra 93/19 perteneciente a la firma CAJA DE SEGUROS SA por la suma total de PESOS MIL QUINCE ($1.015,00) equivalente al 0,16% aproximadamente del importe total adjudicado a dicha firma, no excediendo el 50% fijado como límite en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones,(Orden de Compra Nº 231/19);

 

    Que a fs 284/286  y 289/291 el Área Contaduría en virtud de vencer la cobertura de las Ordenes de Compra Nº 92/19 y 93/19 el día 01/02/2020 a las 12hrs, considera  necesario ampliar la contratación a efectos de contar con los Seguros por el término de 2 (dos) meses y hasta tanto se gestione la contratación anual de Seguros, todo ello en un todo de acuerdo a lo indicado en el art 3º de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones que rige la presente contratación, confeccionando  las  Solicitudes de Pedido Nº 3-620-3 y 3-620-4 y procediendo a realizar la imputación preventiva correspondiente a las ampliaciones solicitadas, representando ambas solicitudes un 16.66% aproximadamente del monto de la contratación original, que sumado a la 1º ampliación totalizan un 16.74%, no superando el porcentaje permitido en el PByC;

 

Que el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones establece que: “Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado podrá disponer el/los aumento/s y/o disminución/es de la contratación hasta un cincuenta por ciento (50%) del monto de la Orden de Compra....”;

 

Que por  lo  expuesto  se aconseja Ampliar la Orden de Compra Nº 93/19 perteneciente a la firma CAJA DE SEGUROS  S.A. por la suma total de PESOS CIENTO SEIS MIL CINCUENTA Y CUATRO CON 24/100 ($106.054,24) y Ampliar la Orden de Compra Nº 92/19 perteneciente a la firma NACION SEGUROS S.A, por la suma total de PESOS SEIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y DOS  CON 20/100 ($6.532,20), equivalentes ambas ampliaciones  al 16,66% aproximadamente del importe total adjudicado, que sumado a la 1º ampliación totalizan un 16.74%, no superando el porcentaje del 50% fijado como límite en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones;

 

                 Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

 

ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs 278 del Expediente N°               ------------------1011-C-18 Cuerpo 02  referente a la “CONTRATACION SEGUROS 2019-2020”.--------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

 

ARTICULO 2º: Ampliar la Orden de Compra Nº 93/19 perteneciente a la firma CAJA DE     -------------------- SEGUROS  S.A. por la suma total de PESOS CIENTO SEIS MIL CINCUENTA Y CUATRO CON 24/100 ($106.054,24) y Ampliar la Orden de Compra Nº 92/19 perteneciente a la firma NACION SEGUROS S.A, por la suma total de PESOS SEIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y DOS  CON 20/100 ($6.532,20), equivalentes ambas ampliaciones  al 16,82% aproximadamente del importe total adjudicado, que sumado a las ampliaciones indicadas, totalizan un 16.74%, no superando el porcentaje del 50% fijado como límite en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones.---------------------------

 

ARTICULO 3°: El plazo de cobertura de la presente ampliación será desde las 12 hs del día                        -------------------- 01/02/2020, vencimiento de la Póliza Original, hasta las 12 hs del día 01/04/2020.--------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 4°:    La  oficina  de  Compras  comunicará  a la firma CAJA DE SEGURO       ------------------- S.A. que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificadas deberán efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contraen. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, las mismas deberán ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.------------------------------------------------------ ------------------

 

ARTICULO 5º: Notificar a la Firma de lo dispuesto en la presente Resolución.------------- ----

 

ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras                    ------------------- a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase.------------

 

RESOLUCION Nº 069-2020                                            FIRMADA

                                                                                     CARLOS  KATZ

 

 

 

                                                                      MAR DEL PLATA, 30/01/2020

 

                                                        Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 1106-C-19 Cpo. 01 referente a la ADQUISICION EQUIPO MUESTREADOR AUTOMATICO PORTATIL Y FIJO P/ EFLUENTES”;  y

                                                 

CONSIDERANDO                  

                    

                                                         Que se ha cumplido con las formalidades del Segundo Llamado a Licitación Privada N° 19/19 (Resolución de Directorio Nº 846/19 de fecha 20/11/19-fs. 84), según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia, presentándose para el mismo 01 (una) firma: JENCK S.A. según surge del Acta de Apertura de fecha 09/12/19 obrante a fs. 129;

 

                                                         Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación, en Actas de reunión obrante a fs. 176 y 189, informa que se ha analizado la documentación  agregada de fs. 181 a 184. Habiendo así cumplido la firma JENCK S.A. con la presentación de la totalidad de la documentación requerida por OSSE. Por lo que la Comisión reitera la recomendación de adjudicación formulada en acta de fs. 176 pto. 2 a la firma JENCK S.A. para los renglones 1 y 2 por la suma total de $1.952.156,39;

 

                                                    Que si bien la oferta de los renglones 1 y 2 por $1.952.156,39 supera en un 16.68% el Presupuesto Oficial fijado para dichos renglones ($1.673.000,00), se observa que para la confección de la Solicitud de Pedido Nº 3-800-28 de fecha 08/08/2019 (fs 1) se tuvo en cuenta un presupuesto de fecha 18/06/2019, siendo que la apertura de sobres del Primer Llamado fue realizada el 05/11/2019 y la apertura del Segundo Llamado el 09/12/2019 existiendo en ambas instancias una única oferta (JENCK S.A.), sufriendo en tal período, nuestra moneda de curso legal, una importante devaluación, y habiendo una aceleración de la inflación y un aumento de la divisa extranjera, sumado a la necesidad del Área solicitante de contar con los equipos objeto de la presente contratación y visto que los aumentos de precios serian mayores ante un eventual nuevo llamado, resultaría conveniente a los intereses de OSSE adquirir los equipos de la presente contratación en esta instancia;

 

                                                         Que la Gerencia de Compras y Suministros en un todo de acuerdo a lo recomendado por la Comisión aconseja ADJUDICAR los renglones 1 y 2 en su Oferta Alternativa Bienes Importados – Anexo 6.1 (Cotización del Dólar Tipo Vendedor del BNA: $ 62,25 del día 02/12/19) de la Licitación Privada N° 19/19 Segundo Llamado a la firma JENCK S.A. por la suma total de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS CON 39/100 ($1.952.156,39) con impuestos incluidos por cumplir con lo requerido en el pliego y ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE;  

 

                                                               Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

                                          

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1°:    Aprobar   las   actuaciones   que corren   a   partir   de   fs.   85   obrantes    en  el

-------------------- Expediente N° 1106-C-19 Cpo. 01 referente a la ADQUISICION EQUIPO MUESTREADOR AUTOMATICO PORTATIL Y FIJO P/ EFLUENTES”.-----------------------

 

ARTICULO 2°: ADJUDICAR los renglones 1 y 2 en su Oferta Alternativa Bienes Importados –

-------------------- Anexo 6.1 (Cotización del Dólar Tipo Vendedor del BNA: $ 62,25 del día 02/12/19) de la Licitación Privada N° 19/19 Segundo Llamado a la firma JENCK S.A. por la suma total de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS CON 39/100 ($1.952.156,39) con impuestos incluidos por cumplir con lo requerido en el pliego y ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE.---------------------------

 

ARTICULO 3°:  El plazo de entrega será dentro de los 60 (SESENTA) días corridos contados a

---------------------- partir de la notificación de la Orden de Compra a la firma adjudicataria.-----

 

ARTICULO 4°:        La Gerencia de Compras y Suministros comunicará a la firma adjudicataria que

--------------------  dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae, el que deberá formalizarse en la Tesorería de OSSE. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, las mismas deberán ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 5º: Autorizar  a  la  Contaduría  a  realizar los  ajustes que correspondan a  los                   -------------------- renglones adjudicados indicados en el Art. 2º----------------------------------------------

 

ARTICULO 6°: Autorizar al Área Contaduría a devolver el Depósito de Garantía de                                       ------------------------  Mantenimiento de Oferta a la firma JENCK S.A. según recibo de depósito N°258 de fecha 30/10/2019 (fs 75) una vez que la misma efectúe el Depósito de Garantía de Adjudicación.---------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 7°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente                                ------------------- adjudicación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.----------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 8°: Notificar  a  la   firma   de  lo   dispuesto precedentemente.-------------------------------

 

ARTICULO 9°:  Dése   al   Registro   de    Resoluciones  –   Pase   a  la  Oficina  de  Compras  a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.----------------------------------

RESOLUCION Nº 070-2020                                              FIRMADA

                                                                                       CARLOS  KATZ

 

 

 

MAR DEL PLATA,  31/01/2020

 

 

 

Visto el requerimiento de la Gerencia General de Coordinación y Estrategia Operativa creada por Resolución 733/2019 de analizar y resolver aspectos vinculados a la dotación de conductores de vehículos pesados y equipos móviles; y

 

CONSIDERANDO;

 

Que la actividad de la empresa constituye un servicio esencial en los términos del 2do párrafo del art 24 de la Ley 25877 y que además por la índole turística de la ciudad se generan picos ocasionales y/o estacionales de mayores requerimientos;

 

Que las óptimas circunstancias climáticas favorecen las condiciones para el arribo de turistas a la ciudad y con ello se potencian las demandas operativas hacia la organización; 

 

 Que la índole de la solicitud amerita del análisis integral de los recursos disponibles en la empresa, para lo cual se requiere de la participación de distintos actores que con ocasión del servicio estival se encuentran abocados a las tareas esenciales;

 

Que hasta tanto se evidencie la oportunidad de llevar adelante el análisis pertinente o durante el plazo de 6 (seis) meses –lo que ocurra primero-, se acoge la postulación de las agentes Sandra Natalia SEGOVIA (CI 1253) y Lorena Soledad OLIVERA (CI 1258) para realizar tareas de conductoras de camiones y equipos móviles, atento que desde su ingreso a la empresa han demostrado capacidad e idoneidad para llevar adelante las tareas que se les han encomendado con responsabilidad y cuentan con licencia habilitante para conducir en la Clase C.1 (camiones sin acoplado hasta 12.000 kg);

 

Que como compensación por el cambio de tareas se ha evaluado la oportunidad de abonar la diferencia salarial existente entre los sueldos conformados de las actuales categorías P-03 (“peon”) Clase I y el equivalente a la función Oficial Polifuncional;

 

Que como condición esencial las agentes deberán mantener vigentes las licencias de conducir respectivas y desempeñarse en el Sector realizando las tareas vinculadas a la conducción de camiones;

 

Por ello,  en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Consejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

ARTICULO 1º:  Autorizar –por los motivos expresados en los considerandos de la                       ------------------------ presente- a las agentes Sandra Natalia SEGOVIA (CI 1253) y Lorena Soledad OLIVERA (CI 1258) para realizar tareas de conductoras de camiones y equipos móviles y a la Contaduría a abonar la diferencia salarial existente entre los sueldos conformados de las actuales categorías P-03 (“peon”) Clase I y el equivalente a la función Oficial Polifuncional, por el término de 6 (seis) meses.---------------------------------------------

 

ARTICULO 2° Establecer que durante ese lapso las agentes deberán mantener vigentes                     --------------------- las licencias de conducir respectivas -licencia habilitante para conducir en la Clase C.1 (camiones sin acoplado hasta 12.000 kg)- y desempeñarse en el Sector realizando las tareas vinculadas a la conducción de camiones y equipos móviles.-------------

 

ARTICULO 3º:      Dése   al    Registro   de    Resoluciones   -   Comuníquese   a    quienes --------------------corresponda.--------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 071-2020                                   FIRMADA

                                                                             CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

 

 

MAR DEL  PLATA, 31/01/2019

 

 

 

Visto la Res. 850/19;  y,

 

CONSIDERANDO

 

Que mediante el aludido acto administrativo se comisionó a la Gerente de Relaciones Institucionales  CP Silvia Marta CERVERA (CI 672) a participar del Taller de Empresas Hermanas en el “Programa de Restablecimiento de los sistemas de Producción y Potabilización de la Provisión de servicios de agua” en la ciudad de Washington, de conformidad con la invitación efectuada por el BID;

 

Que durante el período comprendido entre el 2 y el 8 de diciembre de 2019 –ambos incluidos-, el agente Karina Edith FERNANDEZ (CI 967) se hizo cargo de la dependencia reemplazando temporariamente a la titular a los fines de  evitar resentir el normal funcionamiento de la dependencia;

 

Que el acto administrativo es ambiguo al momento de determinar si corresponde hacer efectivo el pago por la diferencia salarial al agente reemplazante, en virtud de que si bien ello se manifiesta con claridad en los considerandos, no se enuncia expresamente en la parte resolutiva;

 

Que corresponde proceder a enmendar  el acto, a los fines de reconocer al agente Karina Edith FERNANDEZ (CI 967) las funciones desempeñadas;

Que el artículo 115° de la Ordenanza General 267 establece que en cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos;

 

Por ello,  en uso de las atribuciones conferidas  por Ordenanzas nº 7.446 y  24.672  del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR  DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º: Autorizar a la Contaduría a proceder con la  liquidación  del  reemplazo                             ---------------------- transitorio efectuado por el  agente  Karina Edith FERNANDEZ (CI 967) de la Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XXII desde el día  2 de diciembre de 2019 al 08 de diciembre del 2019, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-.---------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º: El  gasto   que   demande   el   mencionado reemplazo será imputado a la

-------------------  partida  1.1.5.02 – “Reemplazos” -.----------------------------------------------

 

ARTICULO 3°: Dése   al   Registro    de     Resoluciones     -    Comuníquese   a   quienes --------------------- corresponda - Cúmplase.-----------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 072-2019                                       FIRMADA

                                                                                CARLOS  KATZ

 

 

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                       
 

                    MAR DEL PLATA, 31/01/2020

 

 

                                                                                      

                                                                Visto lo actuado en el Expediente Nº 34360-R-2004

RED DE CLOACA CALLE VALENCIA 3935 (VI/PARCIAL) E/ GUTIERREZ Y MARMOL, cuya ejecución estuvo a cargo de la Cooperativa de Trabajo EL AMANECER DE LA CASA LTDA.

 

CONSIDERANDO                           

 

                                                                Que  se procedió a formalizar el Acta de Recepción Definitiva de la obra RED DE CLOACA CALLE VALENCIA 3935 (VI/PARCIAL) E/ GUTIERREZ Y MARMOL.

 

                                                                Que la obra fue ejecutada en un todo de acuerdo a los términos del Pliego de Bases y Condiciones;

 

                                                              Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y  24.672  del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

                                           

                                                         R E S U E L V E

 

ARTICULO 1º: Aprobar  el  Acta  de  Recepción   Definitiva  correspondiente a  la   obra       ------------------ RED DE CLOACA CALLE VALENCIA 3935 (VI/PARCIAL) E/ GUTIERREZ Y MARMOL ejecutado por la Cooperativa de Trabajo EL AMANECER DE LA CASA  LTDA. por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-----------------------

 

ARTICULO 2º: Autorizase  a  la  Contaduría la devolución  del Depósito de  Garantía                   -------------------- de Ejecución de Contrato retenida según Recibo Oficial Nº 5/2020 obrante a fj. 170 y Recibo Oficial Nº 6/2020 obrante a fj.171  del presente expediente.-------

               

ARTICULO 3º: Dése al  Registro de Resoluciones - Pase a Contaduría, Tesorería------------------------------- Gerencia General de Grandes Consumidores para su conocimiento - Cumplido al Área Proyectos Institucionales Agua y Cloaca para su archivo.------------------

RESOLUCION Nº 073-2020                                  FIRMADA

                                                                            CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                                                                                                                                                                                                                                                                     
 

                    MAR DEL PLATA,  31/01/2020

 

 

                                                                                      

                                                                  Visto lo actuado en el Expediente Nº 396-C-2018 RED DE CLOACA CALLE PACHECO DE MELO 3550 (VI) E/ CERDEÑA Y NAVARRA, cuya ejecución estuvo a cargo de la Cooperativa de Trabajo EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA.

 

CONSIDERANDO                           

 

                                                                Que  se procedió a formalizar el Acta de Recepción Definitiva de la obra RED DE CLOACA CALLE PACHECO DE MELO 3550 (VI) E/ CERDEÑA Y NAVARRA.

 

                                                                Que la obra fue ejecutada en un todo de acuerdo a los términos del Pliego de Bases y Condiciones;

 

                                                              Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y  24.672  del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

                                           

                                                         R E S U E L V E

 

ARTICULO 1º: Aprobar  el  Acta  de  Recepción   Definitiva  correspondiente a  la   obra       ------------------ RED DE CLOACA CALLE PACHECO DE MELO 3550 (VI) E/ CERDEÑA Y NAVARRA ejecutado por la Cooperativa de Trabajo EL BARRIO EN SUS PUÑOS  LTDA. por los motivos expuestos en el exordio de la presente.------------------------------------

 

ARTICULO 2º: Autorizase  a  la  Contaduría la devolución  del Depósito de  Garantía                   -------------------- de Ejecución de Contrato retenida según Recibo Oficial Nº 318/2019 obrante a fj. 177 y Recibo Oficial Nº 319/2019 obrante a fj.178  del presente expediente.----

               

ARTICULO 3º: Dése al  Registro de Resoluciones - Pase a Contaduría, Tesorería------------------------------- Gerencia General de Grandes Consumidores para su conocimiento - Cumplido al Área Proyectos Institucionales Agua y Cloaca para su archivo.------------------

RESOLUCION Nº 074-2020                                             FIRMADA

                                                                                      CARLOS  KATZ

 

 

 

 

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                 
 

MAR DEL PLATA,  31/01/2020

 

 

                                                                                      

                                                                  Visto lo actuado en el Expediente Nº 1936-I-2017 Cpo.1 RED DE CLOCA CALLE SOLER 2300 (AV) E/ VERNET Y SAAVEDRA, cuya ejecución estuvo a cargo de la  empresa NASARA CONSTRUCTORA S.A.

 

CONSIDERANDO                           

 

                                                                Que  se procedió a formalizar el Acta de Recepción Definitiva de la obra RED DE CLOCA CALLE SOLER 2300 (AV) E/ VERNET Y SAAVEDRA;

 

                                                                Que a fj. 291 se informa que se ha producido un ahorro de obra por $22.652,18 respecto de la  Orden de Compra Nº 548/2019;

                                                                                                                                             

                                                                Que la obra fue ejecutada en un todo de acuerdo a los términos del Pliego de Bases y Condiciones;

                                                               

                                                              Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y  24.672  del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

                                           

                                                         R E S U E L V E

 

ARTICULO 1º: Aprobar  el  Acta  de  Recepción   Definitiva  correspondiente a  la   obra       ------------------ RED DE CLOCA CALLE SOLER 2300 (AV) E/ VERNET Y SAAVEDRA realizado por la empresa NASARA CONSTRUCTORA S.A. por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-----------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º: Autorizase  a  la  Contaduría la devolución  del Depósito de  Garantía                   -------------------- de Ejecución de Contrato retenida según Recibo Oficial Nº 254/2019, obrante a fj. 264 del presente expediente.------------------------------------ ------------------------

 

ARTICULO 3º: Autorizar  a  la  Contaduría a proceder a la desafectación del saldo--------

------------------- de la Orden de Compra Nº 548/2019 por un monto de $22.652,18 perteneciente a la empresa NASARA CONSTRUCTORA S.A. por lo expuesto en el exordio de la presente.---------------------------------------------------------------------------------------------          

          

ARTICULO 4º: Dése al  Registro de Resoluciones - Pase a Contaduría, Tesorería------------------------------- Gerencia General de Grandes Consumidores para su conocimiento - Cumplido al Área Proyectos Institucionales Agua y Cloaca para su archivo.------------------

RESOLUCION Nº 075-2020                                             FIRMADA

                                                                                       CARLOS  KATZ

 

 

 

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                  
 

MAR DEL PLATA,  31/01/2020

 

 

                                                                                      

                                                                  Visto lo actuado en el Expediente Nº 1828-C-2017 Cpo.1 RED DE CLOCA CALLE VALENCIA (VI) ENTRE ROLDAN Y SASTRE, cuya ejecución estuvo a cargo de la  Cooperativa de Trabajo DEL PARQUE LTDA.

 

CONSIDERANDO                           

 

                                                                Que  se procedió a formalizar el Acta de Recepción Definitiva de la obra RED DE CLOCA CALLE VALENCIA (VI) ENTRE ROLDAN Y SASTRE;

 

                                                                Que a fj. 159 se informa que se ha producido un ahorro de obra por $ 63.761,63  respecto de la  Orden de Compra Nº 564/2019;

                                                                                                                                             

                                                                Que la obra fue ejecutada en un todo de acuerdo a los términos del Pliego de Bases y Condiciones;

                                                               

                                                              Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y  24.672  del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

                                           

                                                         R E S U E L V E

 

ARTICULO 1º: Aprobar  el  Acta  de  Recepción   Definitiva  correspondiente a  la   obra       ------------------ RED DE CLOCA CALLE VALENCIA (VI) ENTRE ROLDAN Y SASTRE realizado por la Cooperativa de Trabajo DEL PARQUE LTDA. por los motivos expuestos en el exordio de la presente.----------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º: Autorizase  a  la  Contaduría la devolución  del Depósito de  Garantía                   -------------------- de Ejecución de Contrato retenida según Recibo Oficial Nº 293/2019, obrante a fj. 163 del presente expediente.------------------------------------ -----------------------

 

ARTICULO 3º: Autorizar  a  la  Contaduría a proceder a la desafectación del saldo--------

------------------- de la Orden de Compra Nº 564/2019 por un monto de $ 63.761,63   perteneciente a la Cooperativa de Trabajo DEL PARQUE LTDA. por lo expuesto en el exordio de la presente.-----------------------------------------------------------------------------------          

           

ARTICULO 4º: Dése al  Registro de Resoluciones - Pase a Contaduría, Tesorería------------------------------- Gerencia General de Grandes Consumidores para su conocimiento - Cumplido al Área Proyectos Institucionales Agua y Cloaca para su archivo.------------------

RESOLUCION Nº 076-2020                                   FIRMADA

                                                                            CARLOS KATZ

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                                                       MAR DEL PLATA, 31/01/2020

 

Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 233-C-18 Cpo. 01 referente a la ADQUISICION DE BATERIAS – AÑO 2018”;  y

 

CONSIDERANDO

 

Que por Resolución de Directorio Nº 207/18 de fecha 20 de Abril de 2018 obrante a fs. 55 se adjudicó los renglones 1 a 5, 7 y 8 del Concurso de Precios Nº 10/18 con  reducción de cantidades para los renglones 3, 7 y 8, quedando las cantidades a adquirir para dichos renglones de la siguiente manera: Renglón 3 (Batería sellada 12v – 160ah): 18 U., Renglón 7 (Batería 12V – 45AMP): 2 U. y Renglón 8 (Batería 12V – 90AMP): 2 U. a la firma GARCIA WALTER CARLOS por la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS DOCE ($186.512,00) con impuestos incluidos, por cumplir con lo requerido en el pliego, ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y encontrarse el monto adjudicado por debajo del Presupuesto Oficial. Orden de Compra Nº 204/18(fs. 63/4);

    

                                               Que a fs. 71 el Area MANT. DE EQUIPOS Y MAQUINAS RODANTES, informa que la firma GARCIA WALTER CARLOS., ha dado cumplimiento con todo lo requerido según Orden de Compra Nº 204/18;

 

Que a fs. 72 el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 204/18 perteneciente a la firma GARCIA WALTER CARLOS se encuentra totalmente cancelada;

 

Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 71 (fs. 62) de fecha 27 de Abril de 2018, perteneciente a la firma GARCIA WALTER CARLOS;

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

 

ARTICULO 1º:   Dar   por   cumplimentado  a  la   firma  GARCIA WALTER             -----------------------CARLOS  el  Concurso de Precios Nº 10/18.---------------------------

 

ARTICULO 2º:   Autorizar   a  la  Contaduría a proceder a la devolución del Depósito                                                     --------------------de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 71 (fs. 62) de fecha 27 de Abril de 2018, perteneciente a la firma GARCIA WALTER CARLOS----------------

 

 ARTICULO 3º:   Dése  al  Registro  de  Resoluciones.  Pase  a  la  Contaduría   a   los                                            ---------------------efectos de dar Cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Oficina de Compras. Cúmplase.-----------------------------------------

RESOLUCION Nº 077-2020                             FIRMADA  CARLOS  KATZ

       

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                                                       MAR DEL PLATA, 31/01/2020

 

Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 227-C-19 Cpo.1 referente al: “SERVICIO REPARACION DE SOLADOS EN EL AMBITO DE MGP y

 

CONSIDERANDO

 

                                                    Que por Resolución de Directorio Nº 214/19 de fecha 11 de Abril de 2019 obrante a fs. 106 se adjudicó el Concurso de Precios Nº 24/19 “SERVICIO REPARACION DE SOLADOS EN EL AMBITO DE MGP” a la firma NASARA CONSTRUCTORA SA en su propuesta con mejora por la suma total de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL ($557.000,00) con impuestos incluidos, por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE,  cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial .Orden de Compra Nº 405/19 (fs. 156/8);                                                             

                                                   Que por Resolución de Directorio Nº 435/19 de fecha 17 de Julio de 2019 (fs 187) se autorizó la ampliación de  la Orden de Compra Nº 405/19 perteneciente  a la firma NASARA CONSTRUCTORA SA correspondiente al Concurso de Precios Nº 24/19 por la suma total de PESOS CIENTO ONCE MIL CUATROCIENTOS ($111.400,00) equivalente al 20% del monto contratado originalmente. Orden de Compra Nº 692/19(fs.210/11);

 

                                              Que a fs. 239 la Gerencia de Producción, informa que la firma NASARA CONSTRUCTORA SA., ha dado cumplimiento con todo lo requerido según Ordenes de Compra Nº 405/19 y 692/19(ampliación);

 

                                                 Que a fs. 240 el Área Contaduría informa que las Ordenes de Compra Nº 405/19 y 692/19 (ampliación) pertenecientes a la firma NASARA CONSTRUCTORA SA, se encuentran totalmente canceladas;

                                         

                                          Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 83 (fs. 113) de fecha 24 de Abril de 2019  y  Recibo Oficial Nº 176 (fs. 209) de fecha 07 de Agosto de 2019 pertenecientes a la firma NASARA CONSTRUCTORA SA;

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1º:   Dar   por   cumplimentado  a  la   firma NASARA CONSTRUCTORA           -----------------------SA el  Concurso de Precios Nº 24/19----------------------------------------------

 

ARTICULO 2º:   Autorizar   a  la  Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de -----------------------Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 83 (fs. 113) de fecha 24 de Abril de 2019 y Recibo Oficial Nº 176 (fs. 209) de fecha 24 de Abril de 2019 pertenecientes a la firma NASARA CONSTRUCTORA SA; ----------------------------------------------------------------

 

 ARTICULO 3º:   Dése  al  Registro  de  Resoluciones.  Pase  a  la  Contaduría   a   los                                            ---------------------efectos de dar Cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Oficina de Compras. Cúmplase.----------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 078-2020                                          FIRMADA

                                                                                    CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

                                                                      MAR DEL PLATA,  31/01/2020

 

                  Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 1403-C-19 Cpo. 01 referente a la “ADQUISICION COMPUTADORAS, MONITORES, MEMORIAS, MOTHERBOARD”; y

                                                          

CONSIDERANDO                                                 

 

                Que se ha cumplido con las formalidades del Llamado a Concurso de Precios Nº 104/19, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia, habiéndose invitado a 9 (NUEVE) firmas del ramo, según listado de fs. 12/13, sólo  se presentó para el mismo 01 (UNA) firma: GRUPO NUCLEO SA, según surge del Acta de Apertura de fecha 23/12/2019 (fs. 15);

 

                                                                  Que a fs. 26 la Gerencia de Sistemas informa que la propuesta presentada por la firma GRUPO NUCLEO SA cumple técnicamente con lo requerido. Asimismo indica que consideran conveniente la oferta alternativa con descuento con entrega total de acuerdo a los requerimientos de la Gerencia;

 

Que si bien en su oferta la firma condicionó la vigencia de la misma por 30 días, el día 23/01/2020 por medio de nota agregada a fs 30, extendió el mantenimiento de oferta de la presente contratación hasta el día 07/02/2020;

 

Que atento lo informado por la firma GRUPO NUCLEO SA  (notas complementarias - pie de fs. 20) donde indica, según su propuesta Oferta Alternativa con Descuento con Entrega Total  que ofrece un descuento del 1% sobre el monto cotizado de $591.891,00 por pago único a los 15 días hábiles de entrega del material, se remitieron las actuaciones al Área Tesorería (fs. 27) a fin evalúe e informe si lo propuesto por la firma es conveniente financieramente a los intereses de OSSE. Por lo que al pie de fs. 27 dicha Área manifiesta que a tal fin se han comparado las condiciones de entrega y pago establecidas por OSSE con las propuestas por el oferente, y los posibles rendimientos financieros de cada alternativa. Mencionando que en el cuadro agregado a fs. 28 se muestran los datos utilizados en la evaluación y los resultados obtenidos (calculados utilizando las tasas vigentes para colocaciones a Plazo Fijo en el BPBA), entendiendo que la propuesta es conveniente si genera un resultado financiero positivo. En conclusión, desde el punto de vista financiero, el Área considera que la propuesta de la firma oferente puede ser aceptada por  generar una condición financiera más ventajosa a los intereses de OSSE. Por último informa que toma nota del monto de la contratación y de la fecha probable de pago a fin de incluir el gasto en la planificación financiera del presupuesto que realiza esta Tesorería (en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00);

                                                 

  Que a fs. 23 obra Certificado de Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE con Vto. 30/06/2020  de la mencionada firma;

                                                                                                                        

                Que si bien consta sólo una oferta válida, la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo 155 establece que: "Si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo. En circunstancias distintas, el segundo llamado será procedente y obligatorio";

 

                Que el Artículo mencionado en el considerando anterior  se refiere expresamente a las licitaciones y no a los Concursos de Precios;

                                                          

 Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja ADJUDICAR  el Concurso de Precios Nº 104/19 a la firma GRUPO NUCLEO S.A. en su Oferta Alternativa con descuento con Entrega Total,  con pago a los 15 días hábiles de entrega del material y presentación de la factura (ello en un todo de acuerdo a lo informado por el Área Tesorería a fs. 27/28) por la suma total de PESOS QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y DOS CON 09/100 ($585.972,09) con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $596.030,10;

 

                                                           Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1°:  Aprobar las actuaciones  obrantes  en   el   Expediente    N° 1403-C-19   Cpo. 01

-------------------- referente a la “ADQUISICION COMPUTADORAS, MONITORES, MEMORIAS, MOTHERBOARD”.------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º:  ADJUDICAR  el Concurso de Precios Nº 104/19 a la firma GRUPO NUCLEO      ----------------- S.A. en su Oferta Alternativa con descuento con Entrega Total,  con pago a los 15 días hábiles de entrega del material y presentación de la factura (ello en un todo de acuerdo a lo informado por el Área Tesorería a fs. 27/28) por la suma total de PESOS QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y DOS CON 09/100 ($585.972,09) con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, y cumplir con lo requerido en el pliego.----------------------------- ------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTÍCULO 3°:  El plazo de entrega será de 30 (treinta) días corridos a partir de  la  notificación  de

------------------- la Orden de Compra a la firma adjudicataria.-----------------------------------------------

 

ARTICULO 4°:  La  Oficina  de  Compras  comunicará  a  la  firma  Adjudicataria  que dentro de los

------------------- 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae, el que deberá formalizarse en la Tesorería de OSSE. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 5º: Autorizar a la Contaduría a realizar los ajustes que correspondan a la adjudicación                -------------------- indicada en el Artículo 2º.----------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 6º: Notificar a las  firmas  de lo dispuesto  precedentemente.----------------------------

 

ARTICULO 7º: Dese  al  Registro  de  Resoluciones.  Pase  a  la  Gerencia de Compras y            ------------------- Suministros a los efectos  de  dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.--------

RESOLUCION Nº 079-2020                                  FIRMADA

                                                                           CARLOS  KATZ

 

 

 

 

 

 

 

                               MAR DEL PLATA, 31/01/2020

 

                                                         Visto las actuaciones obrantes en la Contratación Directa Art.156 LOM nº 7/20 referente al “SERVICIO DE DISTRIBUCIÓN CARTA FACTURA  FUERA DEL PARTIDO Y  EN EL PARTIDO” y;

 

CONSIDERANDO

 

Que la Gerencia Gral. De Grandes Consumidores solicita la contratación con el Correo Oficial de la Rep. Argentina en forma directa por los siguientes servicios: carta factura con distribución dentro del partido y fuera del partido;

 

                                               Que la GERENCIA GRAL DE GRANDES CONSUMIDORES confecciona la  solicitud de pedido para la contratación del servicio de Distribución Postal  de Carta Factura dentro del partido y fuera del partido por un período de 6 meses a partir del 01 de Enero y hasta el día 30 de Junio de 2020, inclusive,  por la suma total de $15.182.574,50;

 

                                               Que el Area Contaduría procede a imputar preventivamente la presente contratación encuadrando la misma dentro del Art. 156 inc. 02 de la Ley Orgánica de las Municipalidades… “cuando se contrate a reparticiones oficiales, nacionales, provinciales o municipales…”

 

                                           Que la firma CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA S.A. presenta  Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Generales firmados y Planilla de Cotización  valorizada y firmada ;

 

                                         Que por lo expuesto la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar a la firma CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A. el Servicio de Distribución de Carta Factura dentro y fuera del partido por un período de 6 meses a partir del 01 de Enero y hasta el día 30 de Junio de 2020, inclusive,  por la suma total de PESOS QUINCE MILLONES CIENTO OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 50/100 ($15.182.574,50) por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto Oficial y autorizar a la Contaduría a abonar los servicios  prestados  desde el 01/01/2020 y  hasta el momento en que confeccione la Orden de Compra ;

 

 

                                                         Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.672 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1º: Aprobar  las  actuaciones  obrantes  en  en la Contratación Directa Art.156                       -------------------LOM nº 7/20 referente al “SERVICIO DE DISTRIBUCIÓN CARTA FACTURA  FUERA DEL PARTIDO Y  EN EL PARTIDO”.---------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º: Adjudicar a la CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A. el                    --------------------- Servicio de Distribución de Carta Factura dentro y fuera del partido por un período de 6 meses a partir del 01 de Enero y hasta el día 30 de Junio de 2020, inclusive,  por la suma total de PESOS QUINCE MILLONES CIENTO OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 50/100 ($15.182.574,50) por ser su propuesta conveniente, cumplir con los requerimientos de OSSE y ser igual al Presupuesto Oficial.---------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3º: Autoricese a la Contaduría a abonar los servicios                                                                ------------------------- prestados  desde el 01/01/2020 y  hasta el momento en que se confeccione la Orden de Compra.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 4º: El plazo de la prestación del servicio será del 01 de Enero de 2020 al 30 de                       ------------------ Junio de 2020.-------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 5º: Dése  al  Registro de Resoluciones. Pase  al área Compras Operativas                                ------------------ a los efectos de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.--------------------------------------

RESOLUCION Nº 080-2020                                              FIRMADA

                                                                                        CARLOS  KATZ