Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 166/20
General Pueyrredon, 31/01/2020
Visto
el estado de las presentes actuaciones, que se tramitan por Expediente Nº 15187-6-2017 Cpo.1 caratulado “2017 DI SCALA MARÍA EMILIA – PONER EN CONOCIMIENTO SITUACIÓN AG. CHROMOY FERNANDO P/VIOLENCIA DE GÉNERO SOL. TOMAR MEDIDAS”, y
Considerando
Que estas actuaciones, fueron dispuestas mediante Resolución Nº 0428, de fecha 26 de marzo de 2018 por el Sr. Secretario de Gobierno, a los fines de deslindar responsabilidades respecto del agente Fernando Mario Chromoy, Legajo Nº 12.775/1, en relación al hecho denunciado en estas actuaciones, la que luce agregada a fs. 52 y vta.
Que los presentes actuados se inician con motivo de la nota glosada a fs. 01/26 y luego ampliada a fs. 28/42, presentada por la agente María Emilia Di Scala, en la que denuncia al agente Chromoy, Fernando Mario, como autor de una serie de actos de violencia de género hacia la persona de la denunciante y su entorno familiar, adjuntando prueba documental al efecto.
Que a fs. 44 el Señor Intendente Municipal da intervención a la Dirección Sumarios a fin de instruir el sumario administrativo correspondiente, atento la gravedad de las denuncias efectuadas.
Que a fs. 45, la Dirección Sumarios, ordena citar a la denunciante, agente María Emilia Di Scala, a fin de que proceda ratificar su denuncia. Declarando la misma a fs. 48.
Que abierta la investigación a fs. 54, la Dirección Sumarios ordena librar oficio a la Dirección de Personal y al Área Penal de la Subsecretaría Legal y Técnica, asimismo ordenó citar a prestar declaración testimonial a la agente Sra. Laura Bucci, jefe de Departamento Dirección de la Mujer, y al Sr. Pablo José Ramón Videla.
Que a fs. 58 se agrega planilla de antecedentes del agente Chromoy, Fernando Mario, Legajo Nº 12.775/1, por la cual se acredita que el mismo revista en planta permanente en la categoría de Técnico IV. No registrando cargos gremiales ni sindicales. Asimismo se acredita que posee antecedentes de sanciones disciplinarias.
Que obran declaración testimonial de los agentes Laura Beatriz Bucci, Legajo Nº 15.788/1 (fs.69 y vta), Pablo José Ramón Videla (fs.72), Héctor Darío Lang Legajo Nº 23.810/1 (fs. 126 y vta.), Liliana Yamile Coda, Legajo Nº 17.917/1 (fs.127 y vta.), Liliana Esther Gutiérrez, Legajo Nº 23.529/1 (fs.128) y Acta de Declaración Informativa/Testimonial perteneciente a la agente María Emilia Di Scala Legajo Nº 18.446/1.
Que obra declaración indagatoria del agente Fernando Mario Chromoy Legajo Nº 12.775/1 (fs. 115).
Que a fs. 134/135 y vta. se agrega resolución judicial dictada por la Unidad Funcional de Composición Temprana de Conflictos Penales Departamental, informando que en la IPP Nº 18625/17, 23259/17, 24609/17 y 8839/18 formada a raíz de los hechos que se investigan en el presente sumario, con fecha 22 de octubre de 2018 se ha ordenado su archivo por haberse arribado a una solución pacífica entre las partes involucradas.
Que sustanciada la presente causa la Dirección Sumarios en virtud de las consideraciones expuestas y valorando en conjunto y armónicamente las constancias de estas actuaciones, aconsejó el Sobreseimiento Definitivo de las actuaciones y del agente Fernando Mario Chromoy, Legajo Nº 12.775/1, a tenor de lo previsto en el art. 35º inc. c) de la Ley 14656.
Que la Junta de Disciplina a fs. 142 y vta., se expide en forma coincidente.
Por ello, en uso de las facultades delegadas mediante Decreto Nº 1500/16,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Dar por finalizado el presente sumario administrativo.
ARTÍCULO 2º.- Sobreseer definitivamente las presentes actuaciones sumariales y al agente FERNANDO MARIO CHROMOY, Legajo Nº 12.775/1, a tenor de lo previsto en el Art. 35º Inc. c) de la Ley 14.656, por las razones expresadas en el exordio del presente.
ARTÍCULO 3º.- Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar por la Dirección de Personal, y archivar estos actuados.
Sll/
BONIFATTI
ARTÍCULO 1º.- Dar por finalizado el presente sumario administrativo.
ARTÍCULO 2º.- Sobreseer definitivamente las presentes actuaciones sumariales y al agente FERNANDO MARIO CHROMOY, Legajo Nº 12.775/1, a tenor de lo previsto en el Art. 35º Inc. c) de la Ley 14.656, por las razones expresadas en el exordio del presente.
ARTÍCULO 3º.- Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar por la Dirección de Personal, y archivar estos actuados.
Sll/
BONIFATTI