Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº52

Resolución Nº 52

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 09/01/2020

  Vistas las presentes actuaciones, atento la nota presentada a fojas 1, por VELASCO AGUSTINA, DNI 34.117.148, Contribuyente Nº 83.910mediante la cual solicita se lo exima del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por encontrarse encuadrado en la Ley Provincial Nº 13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) y sus disposiciones complementarias; y,

CONSIDERANDO:

                        Que, de la documentación aportada por el contribuyente y el análisis realizado por el Departamento Recaudación se desprende que, la actividad llevada a cabo por la recurrente se encuentra inscripta como emprendimiento amparado por Ley Nº 13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS), a la cual adhiere la Municipalidad de Bahía Blanca a través de la Ordenanza Nº 12.925;           

                        Que, el Artículo Nº 4 de la Ordenanza Nº 12.925 prescribe: “Las Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) podrán gozar de la eximición de las tasas y derechos municipales que a continuación se detallan, según corresponda:

  1. Tasa por habilitación.
  2. Tasa por inspección de seguridad e higiene.
  3. Tasa por inspección veterinaria.
  4. Derechos de construcción.
  5. Derechos de oficina, solamente en lo referente a las actuaciones
  6. Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios (Agregado por Ordenanza 17.233)”;

                        Que, el recurrente se encuentra inscripto en la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, bajo el Contribuyente Nº 83.910;

                             Por todo lo expuesto, y en virtud del informe del Departamento Recaudación obrante a fojas 9, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:

RESUELVE

ARTICULO 1º): Exímese a VELASCO AGUSTINA, DNI 34.117.148, Contribuyente Nº 83.910, en el pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, desde el 02/02/2015 y hasta el 02/02/2017, de acuerdo a lo prescripto por la Ordenanza Nº 12.925 y  los considerandos de la presente resolución.

ARTICULO 2°): Notifíquese a VELASCO AGUSTINA, DNI 34.117.148, Contribuyente Nº 83.910, que, atento lo prescripto por el Artículo Nº 4 de la Ordenanza Nº 12.925, la renovación de la eximición por un (1) año más deberá ser aprobada por el Honorable Concejo Deliberante

ARTICULO 3º): Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tome nota Departamento de Recaudación; hecho, ARCHIVESE.