Boletines/Pilar
Decreto Nº 3066/17
Pilar, 29/08/2017
CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 166/05 CUERPO 7
PILAR,
Visto
El expediente de la referencia por el cual se crea la Tasa de Mantenimiento de las Asociaciones de Bomberos Voluntarios de Pilar, Del Viso y Presidente Derqui, y
Considerando
Que la mencionada tasa fue creada mediante Ordenanza Municipal N° 288/04 y Decreto N° 40/05.-
Que se establece el pago de lo recaudado por la tasa en seis bimestres anuales.
Que su distribución se haga efectiva en partes iguales para los tres cuarteles del Partido, y
Que ha tomado Intervención la Contaduría Municipal y el Servicio Jurídico permanente del Departamento Ejecutivo.
Que las atribuciones del Señor Intendente se encuentran consagradas en el articulo 108, inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
EL INTENDENTE MUNICIPAL, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO. = Otórguese a las Asociaciones de Bomberos Voluntarios de Pilar, Del Viso y Pte. Derqui la suma de $1.077.984,90 (pesos Un Millón Setenta y Siete mil Novecientos Ochenta y Cuatro con Noventa Centavos) en concepto de Tasa de Mantenimiento de Asociaciones de Bomberos Voluntarios, por los bimestres Marzo — Abril y Mayo - Junio de 2017.
ARTÍCULO SEGUNDO. = En cumplimiento del Artículo 5º del Decreto N° 40/05, distribúyase el monto otorgado en el Artículo Primero de la siguiente manera:
ENTIDAD |
IMPORTE |
Asoc. Bomberos Voluntarios Pilar |
$359.328,30
|
Asoc. Bomberos Voluntarios Del Viso |
$359.328,30
|
Asoc. Bomberos Voluntarios Pte. Derqui |
$359.328,30
|
ARTÍCULO TERCERO. = El presente gasto será imputado a la cuenta: Jurisdicción: 1.1.1.01.11.000 — Categoría Programática 35 - EjecucIón de Políticas de Defensa Civil — Fuente de Financiamiento 1.3.1 —
ARTÍCULO CUARTO. = Dese al Registro Municipal, intervenga la Secretaria de Economía y Hacienda, Contaduría Municipal, Dirección de Defensa Civil, con las debidas contancias archívese.