Boletines/Pilar
Decreto Nº 2966/17
Pilar, 16/08/2017
Corresponde al Expediente N° 358/17 — 19706/16
PILAR,
Visto
El expediente de referencia, por el que se tramita homologar un “ACUERDO DE COOPERACION” celebrado entre FRESENIUS MEDICAL CARE ARGENTINA S.A. y la MUNICIPALIDAD DE PILAR, y
Considerando
Que el presente convenio tiene como objeto la programación y desarrollo de actividades de complementación, colaboración, asistencia técnica y cooperación para la implementación de un programa de cuidado de la salud renal a implementarse fundamentalmente en el Hospital Central Sanguinetti.
Que corresponde al Honorable Concejo Deliberante la convalidación del Convenio suscrito, de acuerdo a lo determinado por la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo 41°,
Que por ello, el Honorable Concejo Deliberante se expide sancionando la Ordenanza N° 239/2017
El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTÍCULO PRIMERO. = Promulgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 239/2017, cuya parte dispositiva dice:
Artículo 1°: HOMOLOGASE el “ACUERDO DE COOPERACION” celebrado entre la FRESENIUS MEDICAL CARE ARGENTINA S.A. y la MUNICIPALIDAD DE PILAR, cuyo texto luce a fojas 77 a 81 de las presentes actuaciones y la copia autenticada se incorpora como ANEXO 1 de la presente Ordenanza.
Artículo 2°: Pase a D.E., a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 27 de Julio de 2017.-
ARTÍCULO SEGUNDO. = Dese al Registro Municipal, pase a la Secretaría de Salud, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.