Boletines/Pilar
Decreto Nº 2964/17
Pilar, 16/08/2017
Corresponde al Expediente N° 363/17 - 7004/16
PILAR,
Visto
El expediente de la referencia, por el cual el Sr. Fernández Bicente Pedro, DNI 4.734.698, solicita la verificación de eximición por los periodos 2010 — 2011 — 2012 — 2013 - 2014, sobre el pago del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales del inmueble correspondiente a la nomenclatura catastral Circunscripción: 1, Sección: A, Fracción: II, Parcela: 15C, partida 11997, y
Considerando
Que, para acreditar el derecho invocado, quien peticiona adjunta documentación correspondiente.
Que, la Dirección de Rentas Generales a fojas 13 adjunta informe pertinente indicando que el solicitante se encuentra como contribuyente del Tributo de Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales en calidad de Co-Titular de la partida N° 11997.
Que, la Dirección de Rentas Inmobiliarias a fojas 14-15 adjunta detalle de deuda correspondiente a la partida de referencia.
Que, la Secretaría de Hábitat y Desarrollo Humano a fojas 37 adjunta informe pertinente indicando que por ser períodos anteriores no corresponde una eximición sino deberían tratarse como condonación de deuda.
Que, por ello el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona la Ordenanza Municipal N° 284/17.
El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTÍCULO PRIMERO. = Promulgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 284/17, cuya parte dispositiva dice:
ARTÍCULO 1°.- Condónase al Sr. FERNANDEZ BICENTE PEDRO, DNI 4.374.698, el pago de la deuda por los períodos 2010 — 2011 — 2012 — 2013 — 2014 del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales de la partida n° 11997, correspondiente a la nomenclatura catastral Circunscripción: 1, Sección: A, Fracción: II, Parcela: 15C.
ARTÍCULO 2°.- Pase a D.E., a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 27 de julio de 2017.-
ARTÍCULO SEGUNDO. = Dése al Registro Municipal, pase a la Subsecretaría de Ingresos Municipales, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.