Boletines/Pilar

Decreto Nº2963/17

Decreto Nº 2963/17

Pilar, 16/08/2017

Corresponde al Expediente N° 480/17 - 10965/15

PILAR,

Visto

El expediente de la referencia, por el cual la Sra. Alfaro Silvia Alejandra, DNI 14.961.033, solicita la condonación de deuda anterior hasta el año 2014, sobre el pago del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales del inmueble correspondiente a la nomenclatura catastral Circunscripción: VI, Sección: A, Manzana: 83, Parcela:13, partida 61971 propiedad de su padre Alfaro Héctor DNI 6.091.076, y

Considerando

Que, para acreditar el derecho invocado, quien peticiona adjunta documentación correspondiente.

Que, la Secretaría de Hábitat y Desarrollo Humano a fojas 61 adjunta informe social pertinente donde considera oportuno otorgar el beneficio solicitado.

Que, la Dirección de Rentas Generales a fojas 66 adjunta informe pertinente indicando que el solicitante se encuentra como contribuyente del Tributo de Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales en calidad de Titular de la partida N° 61971.

Que, la Dirección de Rentas Inmobiliarias a fojas 67-68 adjunta detalle de deuda correspondiente a la partida de referencia.

Que, por ello el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona la Ordenanza Municipal N° 289/17.

El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus ATRIBUCIONES

D E C R E T A

ARTÍCULO PRIMERO. = Promulgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 289/17, cuya parte dispositiva dice:

ARTÍCULO 1°.- Condónese al Sr. ALFARO HECTOR, DNI 6.091.076, el pago de la deuda por los períodos 2003, 1/2008, 4 a 6/2008-2009-2010-2011-2012-2013-2014 del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales de la partida n° 61971, correspondiente a la nomenclatura catastral Circunscripción: VI, Sección: A, Manzana: 83, Parcela: 13.

ARTÍCULO 2°.- Pase a D.E., a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 27 de julio de 2017.-

ARTÍCULO SEGUNDO. = Dése al Registro Municipal, pase a la Subsecretaría de Ingresos Municipales, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.