Boletines/Pilar
Decreto Nº 2956/17
Pilar, 16/08/2017
Corresponde al Expediente N° 422/2017 — 8851/2017
PILAR,
Visto
El expediente N° 4089-8851/16 por el que la Sra. Nazziconi Eliana Laura solicita se disponga la prescripción de las deudas por el Tributo de Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales por los periodos 1995-1996-1997-1998- 1999-2000-2001-2002-2003-2004-2005-2006-2007-2008-2009-2010, y
Considerando
Que el inmueble por el que se solicita la prescripción está ubicado en la calle Rancagua 161 de la localidad de Villa Rosa- Nomenclatura catastral Circ. 10- Secc. H- Cod. 3- Manzana 56- Parcela 28- Partida 128204.
Que la titularidad del inmueble se encuentra acreditada según el informe de la Dirección de Rentas Generales a fojas 11.
Que según el art. 278° de la Ley Orgánica Municipal las deudas de los contribuyentes en mora por el pago de impuestos, tasas y otras contribuciones prescriben a los cinco años de la fecha que debieron pagarse.
Que el Art. 50 de la Ley de Presupuesto Provincial N° 14807 establece que “Los Municipios de la Provincia de Buenos Aires podrán disponer, conforme las competencias constitucionales y legalmente asignadas a los Departamentos que los Integran, la condonación de las deudas que mantengan los contribuyentes por obligaciones tributarias municipales, multas y accesorios, cuyas acciones de cobro se encuentren prescriptas al cierre del ejercicio 2016”.
Que es competencia exclusiva del Honorable Concejo Deliberante resolver sobre condonación de deudas.
Que por ello el Honorable Concejo Deliberante se expide sancionando la Ordenanza N° 277/2017.
El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTÍCULO PRIMERO. = Promúlgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 277/2017, cuya parte dispositiva dice:
ARTÍCULO 1°: Condónese las deudas por el Tributo por Mantenimiento de la Vía Publica y Servicios Generales por los períodos 1995-1996- 1997-1998-1999-2000-2001-2002-2003-2004-2005-2006-2007-2008-2009-2010, del inmueble sito en la calle Rancagua 161 de la localidad de Villa Rosa- Nomenclatura Catastral Circ. 10- Secc. H- Cod. 3- Manzana 56- Parcela 28- Partida 128204.
ARTICULO 2°: Dejar establecido que el Departamento Ejecutivo, a través de los funcionarios que tienen a su cargo el cobro de recursos municipales, deberán ajustarse a futuro a las previsiones de la Ley Orgánica Municipal.
ARTICULO 3°: Pase a D.E. a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 27 de julio de 2017.
ARTÍCULO SEGUNDO. = Dese al Registro Municipal, pase a la Ingresos Municipales, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.