Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 95/20
General Pueyrredon, 21/01/2020
Visto
las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita sumario administrativo dispuesto por Resolución Nº 1698/19, a fin de deslindar responsabilidades en relación al hecho ocurrido en la Delegación Batán ,
Considerando
Qua a fs. 1 obra nota elevada por el Subsecretario de Coordinación de Delegaciones, Francisco Manuel Tonto, mediante la cual pone en conocimiento al Sr. Secretario de Gobierno de lo sucedido.
Que a fs. 2/3 en copia simple, obra la denuncia formulada por Daniel Oscar D’Addato ante la Comisaría Distrital de Batán de la cual surgen que entre la noche y la madrugada del 13 y 14 de junio de 2019, autores desconocidos ingresaron por la fuerza en la referida delegación, llegando hasta el sector servicios, sustrayendo del interior del galpón un cajón de herramientas completo que contenía llaves francesas, llaves de tubo, pinzas, destornilladores y demás herramientas de mano, un taladro de mano a batería de color verde y una moledora marca D Wal de color amarilla. Asimismo también sustrajeron del patio una batería de tractor de 12 x 75 amperes y otra batería de un camión Mercedes de 12 x 180 amperes
Que consultado el sereno Carlos Fiel, quien cumple su jornada laboral en horario nocturno, manifestó no haber escuchado nada.
Que citado el agente Daniel Oscar D’Addato a prestar declaración testimonial, fs. 12 no compareció en ninguna de las ocasiones, fs. 17 y 28, habiéndose dejado expresa constancia de su incomparencia a fs. 25 y 29, respectivamente, sin que se hubiera justificado sus inasistencias por medio alguno.
Que librados oficios a la Delegación Municipal de Batán, a los fines de que informe cargo, funciones y horario que desempeña el agente Carlos Fiel, como así también detalle completo de las herramientas sustraídas de dicha dependencia, entre los días 13 y 14 de junio de 2019, y el correspondiente asiento de las mismas en el Registro Patrimonial (fs. 18, 26 y 27), al día 22 de agosto de 2019 no se ha recibido respuesta alguna
Que lo expuesto obtura definitivamente la continuación del presente sumario, toda vez que no se ha obtenido un mínimo de información por parte de la Delegación Municipal de Batán, dependencia que origina estos actuados.
Que la incomparencia injustificada del agente D’Addato a las audiencias fijadas y la falta de respuesta a los oficios librados privó de obtener mayores datos sobre las circunstancias en que ocurriera el hecho delictivo denunciado en sede policial; como así también poder determinar si las herramientas sustraídas pertenecían efectivamente al patrimonio municipal, todo lo cual hubiera permitido analizar eventuales responsabilidades administrativas del personal del área, que justamente no prestó colaboración en la investigación.
Que atento a lo expuesto, la Dirección Sumarios aconsejó a fs. 30/31 el Sobreseimiento Provisorio de las actuaciones a tenor de lo establecido por el Art. 35º inc. c) de la Ley 14656 y y Art. 103º, ap. IV), inc. a) del Decreto Reglamentario de la Ley 10430, éste último por aplicación analógica y los principios generales del derecho -, conforme dictamen de la Asesoría General de Gobierno expediente Nº 4061-1008230/16.
Que la Junta de Disciplina a fs. 34 y 34 vta., se expide en forma coincidente.
Por ello, uso de las facultades delegadas mediante Decreto Nº 1500/16,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Dar por finalizado el presente sumario administrativo.
ARTÍCULO 2º.- Sobreseer provisoriamente las presentes actuaciones sumariales por aplicación del Art. 35º inc. c) de la Ley 14656 y Art. 103º, ap. IV), inc. a) del Decreto 4161 reglamentario de la Ley 10430, éste último por aplicación analógica y los principios generales del derecho - conforme dictamen de la Asesoría General de Gobierno expediente Nº 4061-1008230/16.
ARTÍCULO 3º.- Registrar dar al Boletín Municipal, comunicar por la Dirección de Personal, y reservar el presente expediente en la Dirección Sumarios.
sbh
BONIFATTI