Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº0080/20

Decreto Nº 0080/20

General Pueyrredon, 14/01/2020

Visto

las presentes actuaciones que se tramitan por Expediente Nº 268/2019 Cpo. 01 del EMDER caratulado con número municipal 10736/5/2019 cpo. 01, y,

Considerando

 

Que el Ente Municipal de Deportes y Recreación requiere prorrogar la designación temporaria de personal administrativo.

 

Que el crecimiento de la planta de personal con la incorporación de los Polideportivos Barriales y el cumulo y la complejidad de las tareas que conlleva la administración de los Escenarios Deportivos ameritan contar con personal administrativo. 

 

Que se requiere prorrogar la designación temporaria del Agente GIULIANO PARTENZI – Legajo 34845 -, ya que ha demostrado capacidad, idoneidad y responsabilidad en el desempeño de sus funciones.

 

Que se prorroga su designación en el marco de la Ley 10592, con carácter temporario en el cargo de Administrativo Inicial con 40 horas semanales  - CF. 5-06-67-01 -, a partir del 1º de enero y hasta el 31 de marzo de 2020.

Que el presupuesto aprobado incluye los créditos y la financiación en los rubros de personal.

Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Prorrógase la designación temporaria realizada por Decreto Nº 2775/19,  a partir del 1º de enero  y hasta el 31 de marzo de 2020, al Agente GIULIANO PARTENZI – Legajo 34845 – DNI 39.338.023 - con el cargo de Administrativo Inicial con 40 horas semanales - C.F. 5-02-67-01 -, con carácter de Temporario Mensualizado para cumplir funciones en el Ente Municipal de Deportes y Recreación, quien se halla comprendido dentro de los alcances de la Ley 10592, en mérito a lo expresado en el exordio.

ARTÍCULO 2º.- El egreso que demande lo dispuesto en el presente Decreto deberá imputarse a la U.O. 01-02-0-0-0-00 – Actividad Central 1 – Actividad 01 - Inciso 1 - Partida Principal 01 - Partida Parcial  01 – Partida Subparcial 05 - Personal Administrativo del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Presidente del Ente Municipal de Deportes y Recreación.

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal y comuníquese por el Departamento de Recursos Humanos del Ente Municipal de Deportes y Recreación.

                                   MACCIO                                           MONTENEGRO