Boletines/Tandil
Decreto Nº 3150/2019
Tandil, 26/08/2019
Visto
La información suministrada por C.R.E.T.A.L. respecto de los consumos de energía efectuados por distintos clubes del área rural durante losmeses deAbril a Junio de 2019; y
Considerando
El artículo 10° de la Ordenanza N° 12130.
El informe efectuado por el Director de Presupuesto yla Contadora General.
Por todo ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°:Autorízase a Contaduría General a extender orden de pago por la suma total de Pesos veinte mil ochocientos trece con noventa y nueve centavos($ 20.813,99), de acuerdo al siguiente detalle, en concepto de subsidios con cargo de rendición de cuentas por consumos de energía efectuados durante los meses de Abril a Junio de 2019, en el marco de lo dispuesto por el artículo 10° de la Ordenanza N° 12130:
Institución |
Pers. Jur. |
Abril |
Mayo |
Junio |
Total |
ASOC. CIVIL DEP. PJE. RURAL, LA PATRIA |
38505 |
$ 422,78 |
$ 753,75 |
$ 265,80 |
$ 1.442,33 |
CLUB FERROVIARIOS, GARDEY |
10095 |
$ 2.102,61 |
$ 1.142,74 |
$ 1.431,71 |
$ 4.677,06 |
CLUB M. MORENO |
9993 |
$ 128,34 |
$ 111,08 |
$ 154,72 |
$ 394,14 |
CLUB SOCIAL, VELA |
2368 |
$ 1.704,03 |
$ 1.697,51 |
$ 2.246,08 |
$ 5.647,62 |
CENTRO SOCIAL VELENSE |
7070 |
$ 2.289,50 |
$ 3.105,18 |
$ 2.558,16 |
$ 8.652,84 |
|
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TOTAL |
$ 20.813,99 |
Artículo 2°: Las entidades beneficiarias de los subsidios dispuestos en el artículo precedente, deberán presentar en la Contaduría General, previo al pago, la rendición de cuentas del pago inmediato anterior, en cumplimiento del artículo 276° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Artículo 3°: Las erogaciones respectivas se imputarán a la partida 5.1.7.0. “Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro”, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.03. – Secretaría de Gobierno, Programa 16 – Desarrollo Deportivo, Actividad 02 – Administración y Coordinación, del Presupuesto de Gastos vigente.
Artículo 4º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.
Artículo 5º: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese.
Tomen conocimientoSecretaría de Economía y Administración, Contaduría General y oportunamente archívese.
Firma: Ing. OSCAR TERUGGI (Secretario de Gobierno) - Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)