Boletines/Tandil
Decreto Nº 3096/2019
Tandil, 22/08/2019
Visto
Que se ha llevado a cabo el 16º Concurso Fotográfico “Tandil Brilla 2019”.
Considerando
Que el jurado ha dictaminado los ganadores del mismo.
Que al respecto se han expedido la Subsecretaria de Cultura y Educación y la Secretaría de Economía y Administración por sus áreas, Contaduría General y Dirección de Presupuesto.
Por todo ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: Autorízase a Contaduría General a extender orden de pago por la suma total de Pesos trece mil ($ 13.000,00), de acuerdo al siguiente detalle, en concepto de premiosa los ganadores del concurso fotográfico “Tandil Brilla”:
Categoría “Aficionado” |
|||
Puesto |
Nombre y Apellido |
DNI |
Importe |
1º Premio |
Desierto |
---------- |
$ 6.000,00 |
2º Premio |
Ramón Añeli |
5.377.734 |
$ 4.000,00 |
3º Premio |
Lucio Maciel Lobos |
31.299.881 |
$ 3.000,00 |
Mención:
Puesto |
Nombre y Apellido |
DNI |
1º |
Constantino Mauro Diego |
40.017.661 |
2º |
Lucio Maciel Lobos |
31.299.881 |
3º |
Lucio Maciel Lobos |
31.299.881 |
Artículo 2º:Autorízase a Contaduría General a extender orden de pago a favor de la Asociación Civil Pajaritos de la Calle – CUIT 30-70835659-6 por la suma de Pesos seis mil ($ 6.000,00), suma dispuesta en el artículo precedente correspondiente al 1º Premio y en el marco del Punto 9 del Pliego de Bases y Condiciones del “Tandil Brilla XVI Edición – Concurso de Fotografía”.
Artículo 3º:Las erogaciones a producirse serán imputadas a las partidas 5.1.4.0. “Ayudas sociales a personas” por la suma de $ 7.000,00 y 5.1.7.0 “Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro” por la suma de $ 6.000,00, ambas dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.03. – Secretaría de Gobierno, Programa 17 – Cultura, Actividad 04 – Eventos Artísticos y Culturales, del Presupuesto de Gastos vigente.
Artículo 4º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.
Artículo 5º: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese.
Tomen conocimiento Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General y oportunamente archívese.
Firma: Ing. OSCAR TERUGGI (Secretario de Gobierno) - Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)