Boletines/Tandil

Decreto Nº3096/2019

Decreto Nº 3096/2019

Tandil, 22/08/2019

Visto

Que se ha llevado a cabo el 16º Concurso Fotográfico “Tandil Brilla 2019”.

Considerando

Que el jurado ha dictaminado los ganadores del mismo.

Que al respecto se han expedido la Subsecretaria de Cultura y Educación y la Secretaría de Economía y Administración por sus áreas, Contaduría General y Dirección de Presupuesto.

 

Por todo ello,

El INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1º: Autorízase a Contaduría General a extender orden de pago por la suma total de Pesos trece mil ($ 13.000,00), de acuerdo al siguiente detalle, en concepto de premiosa los ganadores del concurso fotográfico “Tandil Brilla”:

 

Categoría “Aficionado”

Puesto

Nombre y Apellido

DNI

Importe

1º Premio

Desierto

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$  6.000,00

2º Premio

Ramón Añeli

5.377.734

$  4.000,00

3º Premio

Lucio Maciel Lobos

31.299.881

$  3.000,00

 

Mención:

 

Puesto

Nombre y Apellido

DNI

Constantino Mauro Diego

40.017.661

Lucio Maciel Lobos

31.299.881

Lucio Maciel Lobos

31.299.881

Artículo 2º:Autorízase a Contaduría General a extender orden de pago a favor de la Asociación Civil Pajaritos de la Calle – CUIT 30-70835659-6 por la suma de Pesos seis mil     ($ 6.000,00), suma dispuesta en el artículo precedente correspondiente al 1º Premio y en el marco del Punto 9 del Pliego de Bases y Condiciones del “Tandil Brilla XVI Edición – Concurso de Fotografía”.

Artículo 3º:Las erogaciones a producirse serán imputadas a las partidas 5.1.4.0. “Ayudas sociales a personas” por la suma de $ 7.000,00 y 5.1.7.0 “Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro” por la suma de $ 6.000,00, ambas dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.03. – Secretaría de Gobierno, Programa 17 – Cultura, Actividad 04 – Eventos Artísticos y Culturales, del Presupuesto de Gastos vigente.

Artículo 4º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.

Artículo 5º: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese.

Tomen conocimiento Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General y oportunamente archívese.

Firma: Ing. OSCAR TERUGGI (Secretario de Gobierno) - Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)