Boletines/Tandil
Decreto Nº 3024/2019
Tandil, 20/08/2019
Visto
La Ley Nº 11.723 Integral del Medio Ambiente de la Provincia de Buenos Aires.------------------------------------------------------------------------------------------------------------
El Expediente Nº 19-10540-00 de solicitud de aprobación de la Evaluación de Impacto Ambiental de la firma Goyeneche María Cecilia, cuyo emprendimiento se ubicará en la calle Luis Cereseto y Perito Moreno, Parcela 2B, Manzana 208, Circunscripción I, de conformidad con la normativa mencionada; y-------------------------------------------------------------
Considerando
Que el artículo 10 de la Ley General de Medio Ambiente de la Provincia de Buenos Aires 11.723 establece que “todos los proyectos consistentes en la realización de obras o actividades que produzcan o sean susceptibles de producir algún efecto negativo al ambiente de la Provincia de Buenos Aires y/o sus recursos naturales, deberán obtener una Declaración de Impacto Ambiental…”-------------------------------------------------------------------------------
Que los informes correspondientes a la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) de la actividad desarrollada fue presentada por un profesional habilitado.----------------------------
Que los factores pertenecientes al medio físico-natural son los más impactados en forma negativa durante la etapa de funcionamiento.--------------------------------------------------
Que según se desprende de la Evaluación de Impacto Ambiental, los impactos negativos identificados, estarán minimizados por la implementación de las medidas de mitigación y el plan de gestión ambiental.-----------------------------------------------------------------
Que el funcionamiento está sujeto al cumplimiento de los condicionamientos que se desprenden de la revisión de la EIA.----------------------------------------------------------------
Que la empresa proveerá los servicios básicos con los que no cuenta, proveyendo de agua, tratamiento de efluentes, y gas, y que prevé la instalación de fuentes de energía renovable para la luminaria exterior.--------------------------------------------------------------
Que la empresa indica haber iniciado los trámites correspondientes en la Dirección General de Obras Sanitarias. --------------------------------------------------------------------
Que el predio donde se desarrollará el emprendimiento se encuentra en el Área Complementaria del Partido de Tandil, entre los 250 y 280 m.s.n.m., formando parte de la Zona Protegida “Sierras de Tandil” según Ordenanza 9865, y dentro de la Poligonal, declarada Paisaje Protegido según Ley Provincial 14126. -----------------------------------------------------------
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1: Otorgar la Declaración de Impacto Ambiental al emprendimiento la Firma Goyeneche María Cecilia, ubicado en la calle Luis Cereseto y Perito Moreno, Parcela 2B, Manzana 208, Circunscripción I, de conformidad a las prescripciones establecidas en la Ley provincial 11.723.----------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2: La firma deberá ajustar su funcionamiento a las Medidas de Mitigación propuestas en la EIA, deberá garantizar el cumplimiento de las leyes 5.965 de Protección a las fuentes de provisión y a los cursos y cuerpos receptores de Agua y a la Atmósfera y 14126 de Paisaje Protegido, y las ordenanzas 12.978 de Vuelco de Efluentes y 9865 –particularmente en lo referido a la Zona Protegida "Sierras de Tandil"-, a fin de garantizar la efectividad de las medidas de mitigación en materia ambiental.--------------------------------------------------------------
ARTICULO 3: La firma deberá cumplir en el plazo de un (1) año con los solicitado en el artículo 2 en relación el vuelvo de efluentes cloacales.---------------------------------------------------
ARTICULO 4: El otorgamiento del presente Certificado de Aptitud Ambiental se otorga sin perjuicio de la vigencia de toda otra normativa ambiental vigente, exigible en la forma, plazos y alcances que la Autoridad de Aplicación disponga.-------------------------------------------------------
ARTICULO 5: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Planeamiento y Obras Públicas Arq. Roberto Guadagna.-------------------------------------------------------------------
ARTICULO 6: Regístrese, y notifíquese a la parte interesada, tomen nota la Secretaría de Gobierno, Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, Dirección de Desarrollo Urbano y oportunamente archívese en la Dirección de origen.------------------------------------------------------
Firma: Arq. ROBERTO OSCAR GUADAGNA (Secretaria de Planeamiento y Obras Publicas) - Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)