Boletines/Tandil

Decreto Nº3023/2019

Decreto Nº 3023/2019

Tandil, 20/08/2019

Visto

Los autos caratulados “Saavedra Faustino Enrique c/Municipalidad de Tandil y Otro/a s/Daños y Perjuicios – Expte. Nº  14049” en trámite por ante el Tribunal de Trabajo, Secretaría Unica, del Departamento Judicial de Azul, con asiento en Tandil.

Considerando

: Que en dichos autos, en fecha 10/08/2018 se abonó el correspondiente monto de sentencia como requisito al interponer el Recurso Extraordinario de Inaplicabilidad de Ley.

Que en fecha 10/04/2019 la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires rechazó el recurso interpuesto por la Municipalidad de Tandil, confirmando así el pronunciamiento del Tribunal de origen.

Que el Tribunal del Trabajo, con asiento en la ciudad de Tandil, resolvió en fecha 13/06/2019 intimar al pago a la Municipalidad de Tandil a la suma de pesos CIENTO TRES MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS con QUINCE centavos, en concepto de intereses calculados desde la fecha de la sentencia de dicho Tribunal hasta el pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.

Que dicha suma tiene que ser depositada dentro del plazo de diez días de notificada.

Que al respecto se ha expedido la Contadora General y el Director de Presupuesto.

Que la Secretaría Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Autorízase a Contaduría General a extender orden de pago por la suma total de Pesos ciento tres mil setecientos setenta y dos con quince centavos ($ 103.772,15), para depositar en la Cuenta  Nº 6302-027-516257/6 del Banco de la Provincia de Buenos Aires – CBU 0140339627630251625766, en relación a los autos caratulados “Saavedra Faustino Enrique c/Municipalidad de Tandil y Otro/a s/Daños y Perjuicios – Expte. Nº  14049”.

Artículo 2°: La erogación será imputada a la partida 3.4.3.0. “Servicios técnicos y Profesionales – Jurídicos”, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.10. – Secretaría Legal y Técnica, Actividad 01 – Administración y Coordinación, del Presupuesto de Gastos vigente.

Artículo 3°: El presente decreto será refrendado por el Secretario Legal y Técnico.

Artículo 4°: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Presupuesto que actuará en el marco del artículo 119º de la L.O.M., Secretaría Legal y Técnica, Contaduría General y oportunamente archívese.

Firma: Dr. ANDRES CURCIO (Secretario de Legal y Técnica) - Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)