Boletines/Tandil
Ordenanza Nº 16647/2019
Tandil, 29/08/2019
ORDENANZA
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Autorizase la escrituración de la parcela del Plan Familia Propietaria identificada catastralmente como Circ. I Secc. D Manz. 69f Parc.3 a favor de Liliana Elizabeth Cardella DNI 21.448.922, Iván Humberto Cardella DNI 23.729.909, Victoria Noemí Cardella DNI 23.729.978 y Job Jonathan Cardella DNI 27.890.445. Los mencionados son los herederos de Hilda María Alicia Lucas, fallecida el 12 de marzo de 2014, de acuerdo a la Declaratoria de Herederos caratulada como “Lucas, Hilda María Alicia sobre sucesión ab intestato” Expediente Nº 49.643 del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 2.
ARTÍCULO 2°: En la escritura deberá constar que “el beneficiario no podrá transferir el lote por el término de cinco (5) años, bajo condición resolutoria, comprometiéndose a destinarlo a vivienda única y de ocupación permanente. Su incumplimiento dará derecho a la revocación del dominio”. Esta prohibición no alcanzará a las entidades habilitadas que le otorguen créditos para la construcción de vivienda única y de ocupación permanente al adjudicatario, sea mediante el Plan PROCREAR o cualquier otro sistema, quienes sí tendrán facultades de disposición contraídas en el crédito otorgado.
ARTÍCULO 3°: Declarase de Interés Social en los términos del Art. 4º, inciso d, de la Ley 10.830 la escrituración de venta de los lotes a favor de los beneficiarios, procediéndose a su escrituración ante Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 4°: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese al Departamento Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL DIECINUEVE.
Registrada bajo el N° 16647
REF: Asunto N° 469/2019 Expte. N° 2019/11215/00
Firma: DIEGO. A PALAVECINO (Secretario del H.C.D.) – JUAN PABLO FROLIK (Presidente del H.C.D.)