Boletines/Tandil
Decreto Nº 2942/2019
Tandil, 13/08/2019
Visto
El Acta Acuerdo de fecha 9 de agosto de 2019, suscripta entre el Municipio de Tandil, Representante del Sector Empresario de Autotransporte Automotor de la Ciudad de Tandil y Representante de la Unión Tranviaria Automotor, cuya finalidad consiste en la instrumentación de las transferencias recibidas por el municipio en virtud del artículo 125° inciso a de la Ley N° 27467; y
Considerando
Que la Ordenanza N° 16521 crea el Programa de Accesibilidad y Movilidad para Adultos Mayores, Pensiones no contributivas y Veteranos de Guerra de Malvinas
Que el Programa prevé en su artículo 8° que el valor de los boletos gratuitos y boletos subsidiados determinados por la Ordenanza serán asumidos por la Municipalidad de Tandil mediante la aplicación de la cuenta de cálculo de recursos 17.2.01.29 (Ministerio de Transporte Nación Fondo de Compensación al Transporte Público de Pasajeros por Automotor Urbano) consignada para tal fin.
Que a los efectos de cumplimentar con la normativa correspondiente se hace necesario el dictado del presente acto administrativo para girar los fondos a las empresas de transporte incluidas en la legislación.
Por todo ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°:Autorízase a Contaduría General a extender orden de pago por la suma total de Pesos nueve millones cuatrocientos cinco mil ciento sesenta y tres con 47/100 ($ 9.405.163,47) en el marco del Acta Acuerdo de fecha 9 de agosto de 2019, suscripta entre el Municipio de Tandil, representante del Sector Empresario de Autotransporte Automotor de la Ciudad de Tandil y Representante de la Unión Tranviaria Automotor, importe neto por la aplicación de la Ordenanza 16521 y el Artículo 1° del presente Decreto, en favor de las siguientes empresas:
Artículo 2º:La erogación a producirse será imputada a la partida 5.1.4.0 “Ayudas sociales a personas”, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.03. – Secretaría de Gobierno, Programa 21 – Sistema Único de Movilidad Ordenado (SUMO), Actividad 04 – Programa Fondo de Compensación al Transporte Público de Pasajeros por automotor Urbano, del Presupuesto de Gastos vigente. Fuente de Financiamiento 133 – Recursos Afectados de Origen Nacional, Rubro de Recursos: 17.2.01.29.
Artículo 3º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.
Artículo 4º: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese.
Tomen conocimiento Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Presupuesto, Contaduría General y oportunamente archívese.
Firma: Ing. OSCAR TERUGGI (Secretario de Gobierno) - Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)