Boletines/Tandil

Decreto Nº2826/2019

Decreto Nº 2826/2019

Tandil, 02/08/2019

Visto

Lo establecido en el Título XXIV “Tasa por Habilitación de Antenas” y en el Título XXV “Tasa por Inspección de Antenas” de las Ordenanzas Impositiva y Fiscal.

La presentación efectuada por USICOM S.A. – CUIM 30- 71011103, titular al día de la fecha de la de la antena que estuviera ubicada en Gral. Pinto Nº 851/853 de Tandil.

Considerando

Que la misma se encuentra incluida en la nómina de antenas y/o estructuras soportes instaladas en jurisdicción del Partido de Tandil, suministrada por la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) en el año 2011, a nombre de Circulo Médico de Tandil – CUIM 30-5227492.

Que mediante Decreto 3495 dictado en fecha 03/11/2011, se  autorizó a otorgar la habilitación cuando corresponda, a notificar a los usuarios responsables   y a liquidar la tasa por Inspección de Antenas fijada por la normativa vigente.

Que el Circulo Médico de Tandil, en carácter de titular de la antena, abono la obligación hasta el 31/12/2014, cuando transfirió la unidad de negocios Cami Emergencias a Usicom S.A.

Que el Decreto 3395 del 16/10/2018 autorizó al ALTA la antena  a nombre de USICOM S.A. CUIM: 3071011103, quien  abono dicha obligación hasta diciembre de 2018 inclusive, en carácter de nuevo titular.

Que por expediente  de fecha 21/11/2018, solicita la baja de los importes correspondientes a 2019, manifestando que no es titular ante la CNC de la antena registrada a su nombre y que no ha hecho uso de la misma, aclarando que no es titular del inmueble de Pinto 851/853.

Que se ha verificado en distintas oportunidades, que la antena y/o estructura soporte ya no se encuentra instalada.

Que no corresponde la liquidación de la tasa, dado que no se configura el hecho imponible.

El informe de la Dirección de Rentas y Finanzas.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1º: Autorízase a la Dirección de Rentas y Finanzas a dar de baja a Usicom S.A.- CUIM 30-71011103, como titular de la antena y/o estructura soporte, que se encontraba ubicada en Gral. Pinto Nº 851/53 y procédase a dar de baja a la antena en los registros correspondientes, a partir del 01/01/2019, dada que la misma ha sido desinstalada en fecha anterior.

Artículo 2º: Autorízase a la Dirección de Rentas y Finanzas a dar de baja a la deuda devengada en concepto de Tasa por Inspección de antenas desde el 01/01/2019, dado que no se encuentra configurado el hecho imponible

Artículo 3º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.

Artículo 4º: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Rentas y Finanzas, Dirección General de Ingresos Públicos, Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, Dirección de Desarrollo Urbano, Contaduría General y oportunamente archívese.

Firma: Lic. DANIEL BINANDO (Secretario de Economía y Administración) - Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)