Boletines/Exaltación de la Cruz
Decreto Nº 1090/2019
Exaltación de la Cruz, 05/12/2019
Visto
El Expediente Administrativo N° 4036-17530/05, iniciado por HONEKER, RUBEN ANSELMO, por ante AREX (Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz) y lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley N° 6769/58 y sus modificatorias, y;
Considerando
Que por el mencionado Expediente Administrativo obra a fs. 1 Solicitud de Habilitación Municipal, para la radicación en la localidad de PARADA ROBLES, Partido de Exaltación de la Cruz, un comercio de MINIMERCADO;
Que a fs. Obra Certificado de Zonificación expedido por la Dirección de Catastro dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, por el cual se deja constancia que la zona es APTA para la instalación del comercio a que se hace referencia, en el visto presente;
Que el Titular del Expediente Administrativo ha cumplimentado todos los requisitos para el otorgamiento de la Habilitación Municipal en el Rubro; COMERCIO MINORISTA TIPO II: “MINIMERCADO”, para el comercio ubicado en la localidad de PARADA ROBLES, en el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección G, Qta/Cha: -, Manzana 1, Parcela 8A;
Que de acuerdo a lo informado por AREX (Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz), corresponde el otorgamiento del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal por el término de SESENTA (60) MESES, en el Rubro a que se hace Referencia en el considerando anterior del presente Decreto;
Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el presente Acto Administrativo;
POR ELLO:
En uso de las atribuciones que son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
EXALTACIÓN DE LA CRUZ
DECRETA
Artículo 1° Concédase Habilitación Municipal por el término de SESENTA (60) MESES, a favor de HONEKER, RUBÉN ANSELMO – CUIT N° 20-17428870-5 en el Rubro: COMERCIO MINORISTA TIPO II; “MINIMERCADO”; a partir del día 30 DE NOVIEMBRE DE 2019, a la propiedad ubicada en la localidad de PARADA ROBLES, según Expediente Administrativo N° 4036-17530/05, venciendo la misma el día 30 DE NOVIEMBRE DE 2024.-
Artículo 2° La presente Habilitación se otorga sujeto a lo establecido por las Disposiciones Vigentes, la cual no podrá ser transferida, ni cedida, como así cambio de Rubro alguno.-
Artículo 3° Autorízase al Señor Subsecretario AREX (Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz) a la emisión y firma del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal, el cual se encuentra registrado bajo el N° 031-1138/19, con la leyenda “CERTIFICADO DE HABILITACION”.-
Artículo 4° El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario en el Departamento de Gobierno.-
Artículo 5° Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.-