Boletines/General Pueyrredon

Resolución Nº151/251

Resolución Nº 151/251

General Pueyrredon, 18/03/2019

Visto

Listado de Resoluciones de EMTUR desde la nº 151 a 250

desde de 18 marzo 2019 al 4 de junio 2019

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

R E S U E L V E

Mar del Plata, 18 de marzo de 2019

VISTO: la presentación efectuada por la señora Soledad Curien y el señor Pablo Espinosa,  mediante nota nº 360/19; y

CONSIDERANDO:

Que en la misma informa sobre la  realización en esta ciudad del “XXXI Festival de Jazz en Abril”, a llevarse a cabo durante los días 12 al 14 de abril de 2019, en la Confitería Orion del Hotel Antártida.

 

Que el festival contará con una atractiva propuesta musical, para la cual han confirmado su participación 14 destacadas bandas y músicos locales y de Ciudad de Buenos Aires y La Plata.

 

Que en esta oportunidad contara con la participación destacada de la Sinfónica Municipal en el Centenario de su creación y del guitarrista Luis Salinas, de reconocida trayectoria internacional.

 

Que este Ente Municipal de Turismo considera oportuno brindar su adhesión a esta iniciativa, que anualmente contribuye a diversificar la oferta turística y recreativa de Mar del Plata.

Por todo ello,

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

R E S U E L V E

ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Turístico a la realización en esta ciudad del XXXI Festival de Jazz en Abril”, a llevarse a cabo durante los días 12 al 14 de abril de 2019, en la Confitería Orion del Hotel Antártida en merito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 2º.- A través del Departamento de Asistencia al Turista, se adoptarán los recaudos pertinentes para incluir, al acontecimiento origen de las presentes actuaciones, en el Calendario de Actividades.

 

ARTÍCULO 3º.- La declaración de Interés a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los organizadores de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.

ARTÍCULO 4º.- La entidad organizadora deberá contratar los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Turismo exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones necesarias para la cobertura de los servicios de emergencia médica.

ARTICULO 5°.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Ente Municipal de Turismo por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 118, 160, 200, 275, 278, 490, 833, 850, 852, 1040, 1042, 1376, 1749, 1751, 1785, 1786, 1788 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.

 

ARTÍCULO 6º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista y de Prensa.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 151

Mar del Plata, 18 de marzo de 2019

VISTO: la presentación efectuada por la Directora del Instituto de Cocina Internacional, Profesora Lic. María Eugenia Farías, mediante nota nº 370/19; y

CONSIDERANDO:

Que en la misma solicita se la declare Embajadora Turística junto al señor Chef Agustín Iturraspe Llompart, D.N.I. Nº 26.600.834, por el viaje que emprenderán rumbo a la ciudad de México, en dónde participarán de un Seminario de Fuegos, el que se desarrollará entre los días 28 y 31 de marzo de 2019.

 

Que en las primeras tres jornadas estarán dirigidas a alumnos de nivel superior de gastronomía, chef y público en general. En su transcurso, trabajarán con productos y técnicas propias de nuestra región y posteriormente, realizarán Cocina Fusión con productos locales.

 

Que en la cuarta y última jornada se llevará a cabo un encuentro cerrado para treinta chefs invitados, los más emblemáticos de aquella ciudad, invitados por los anfitriones. Además, se realizará una demostración de lo mejor de la cocina marplatense.

 

Que el Chef Iturraspe se referirá a su especialidad, la cocina de autor con uso de fuegos, parrillas y brasas, mientras que la Chef Farías completará el contexto histórico y antropológico de la selección alimentaria de Mar del Plata.

Que este Ente Municipal de Turismo, considera oportuno destacar esta iniciativa, declarándolo Embajadores Turísticos, durante su viaje por el México.

Por todo ello,

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

R E S U E L V E

ARTÍCULO 1°.- Declarar Embajadores Turísticos a la señora María Eugenia Farías y al señor Agustín Iturraspe Llompart, por el viaje que emprenderán rumbo a la ciudad de México, en dónde participarán de un Seminario de Fuegos, el que se desarrollará entre los días 28 y 31 de marzo de 2019, en merito a lo expresado en el exordio.

ARTÍCULO 2°.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal, y a sus efectos intervengan los Departamentos Marketing y de Prensa.

REGISTRADA BAJO EL Nº 152

Mar del Plata, 18 de marzo de 2019

 

VISTO: la presentación efectuada por el señor Gonzalo Caminos, Secretario de Tour Argentino de Windsurf (TAW), mediante nota nº 268/19, y

 

 

CONSIDERANDO:

Que en la misma solicita se declare de interés turístico a la realización del “Campeonato Argentino de Windsurf”, a llevarse a cabo del 30 de marzo al 2 de abril de 2019 en Playa El Balcón, de nuestra ciudad.

Que se desarrollará en las modalidades de Slalom y Wave el que, junto a Mar del Plata, se realizarán en diversos puntos del país, como Mar Chiquita, Dina Huapi- Bariloche y Cuesta del Viento.

Que tiene como finalidad mostrar el windsurf en sus distintas modalidades, generando redes e intercambios entre los distintos puntos navegables de costas, lagos, ríos y diques de la República Argentina.

Que contará con la presencia de un total de 150 competidores provenientes de todo el país, acompañados por sus respectivos entrenadores, lo que convierte a Mar del Plata en sede de evento de gran interés deportivo.

Que este Ente Municipal de Turismo considera oportuno brindar su adhesión a actividades de esta naturaleza, que contribuyen a diversificar la oferta turística y deportiva de Mar del Plata.

Por todo ello,

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

R E S U E L V E

ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Turístico a la realización del “Campeonato Argentino de Windsurf”, a llevarse a cabo del 30 de marzo al 2 de abril de 2019, en Playa El Balcón, de nuestra ciudad.

ARTÍCULO 2º.- A través del Departamento de Asistencia al Turista, se adoptarán los recaudos pertinentes para incluir, al acontecimiento origen de las presentes actuaciones, en el Calendario de Actividades.

 

ARTÍCULO 3º.- La declaración de Interés a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los organizadores de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.

ARTÍCULO 4º.- La entidad organizadora deberá contratar los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Turismo exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones necesarias para la cobertura de los servicios de emergencia médica.

ARTICULO 5°.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Ente Municipal de Turismo por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 118, 160, 200, 275, 278, 490, 833, 850, 852, 1040, 1042, 1376, 1749, 1751, 1785, 1786, 1788 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.

 

ARTÍCULO 6º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista y de Prensa.

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 153

Mar del Plata, 19 de marzo de 2019

VISTO el Expediente 91 Letra A Año 2018, por el cual se tramita el Llamado a Concurso de Precios nº 06/2018 para la contratación del ¨Servicio de Vigilancia¨ del Ente Municipal de Turismo.

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 349/2018 se adjudicó el Concurso de Precios Nº 06/2018 a la firma Cooperativa de Provisión de Servicios para Idóneos en Vigilancia y Seguridad Privada “CLC Protección Integral Limitada” por un monto total de Pesos Doscientos Cuarenta y Cinco Mil Novecientos Diez ($245.910-) , con vigencia entre el 01 de noviembre de 2018 y el 31 de enero de 2019.

Que por Resolución Nº 064/2019, se prorroga el Concurso de referencia por la Contratación del “Servicio de Vigilancia del Ente Municipal de Turismo” por 266 horas desde el 1 de febrero de 2019 y hasta el 14 de febrero de 2019, por un monto total de Pesos Treinta y Siete Mil Doscientos Cuarenta ($ 37.240.-).

Que en cumplimiento del artículo 19º de  las Condiciones Generales del P.B.C. la firma constituye Garantía de Adjudicación, mediante Póliza de Caución Nº 237948 de COSENA SEGUROS S.A., recepcionada por Tesorería bajo Recibo nro. 0000526 cuyo copia obra en el presente expediente (fs. 90).

Que con fecha 19 de marzo de 2019, la firma Cooperativa de Provisión de Servicios para Idóneos en Vigilancia y Seguridad Privada “CLC Protección Integral Limitada” presenta nota nº 421 solicitando la devolución de la Garantía de Adjudicación presentada.

Que de acuerdo a la conformación de las facturas recepcionadas y autorizadas por el Departamento de Administración de Personal, durante los meses de noviembre de 2018 a febrero de 2019, la firma ha cumplido satisfactoriamente con la contratación del “Servicio de Vigilancia” del Ente por lo que corresponde proceder a  dicha devolución.

 

Que la Contaduría informa que la devolución deberá registrarse en la cuenta “Títulos y Valores recibidos de Terceros”

 

Por ello en uso de las facultades delegadas;

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

R E S U E L V E

ARTICULO 1º. Autorizar la devolución de la Garantía de Adjudicación a la firma  Cooperativa de Provisión de Servicios para Idóneos en Vigilancia y Seguridad Privada “CLC Protección Integral Limitada” que fuera constituida bajo Póliza de Caución nro. 237948 de COSENA SEGUROS S.A., recepcionada por Tesorería bajo recibo nro. 0000526, por el importe de Pesos Veinticuatro Mil Quinientos Noventa y Uno ($ 24.591.-), en mérito a lo expresado en el exordio.

ARTICULO 2º. El egreso que demande la presente autorización, deberá registrarse en Grupo 8- Subrubro  1- Rubro 2- Cuenta 1 ““Títulos y Valores recibidos de Terceros”

ARTICULO 3º. Registrar, comunicar por el Departamento de  Administración y Personal, y a sus efectos, intervengan Contaduría, Jefatura de Compras y Tesorería.

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 154

Mar del Plata, 19 de marzo de 2019

VISTO: el informe producido por el Departamento de Administración y Personal; y

CONSIDERANDO:

Que el mismo está relacionado con el pago de las licencias devengadas y no gozadas de los ex-agentes Natalia Comuzzi Leg. 32769 y Nicolás Guiñazu Leg. Nº 33780.

Que asimismo comunica los días de licencia que corresponde abonar a los mismos, de acuerdo al período trabajado.

Que se ha dado intervención a la Contaduría del Ente, la que informa la imputación presupuestaria correspondiente.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

R E S U E L V E

ARTÍCULO 1º- Reconocer el pago de licencias devengadas y no gozadas de los  ex - agentes que se mencionan a continuación, por los días y montos que se indican:

 

Agente

Legajo

Licencia prop.

Monto

Natalia Comuzzi

32769

2,5 (dos y medio)

$ 1.898,02.-

Nicolás Guiñazu

33780

2,5 (dos y medio)

$ 1.898,02.-

 

ARTÍCULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior deberá imputarse a la partida: Programa 16 - Actividades 04 – Inc. 1 – P.Ppal. 6 – P. Parcial 0 – Apartado 0 - “Beneficios y Compensaciones” del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTÍCULO 3º.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal, y a sus efectos intervenga la Contaduría.

REGISTRADA BAJO EL Nº 155

Mar del Plata, 19 de marzo de 2019

 

 

VISTO el Expediente 41 Letra M  Año 2018, Cuerpo 2, por el cual se tramita el Llamado a Licitación Privada nº 02/2018 para la “Impresión, Fotocromía y Diseño de Guías de Actividades Año 2018”; y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con la Resolución 062/18 se adjudicó a la firma CONSTANTINO DE ADA S.A. la Licitación Privada 02/2018,  por un total de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO ($ 840.445-) s/Orden de Compra 75/2018, procediendo el adjudicatario a conformar Garantía de Adjudicación en un todo de acuerdo al art. 21º del Pliego de Bases y Condiciones, mediante Póliza nº 200.921 de Zurich Argentina Cía. De Seguros S.A. por un total de PESOS CUARENTA Y DOS MIL VEINTITRES ($ 42.023) s/Recibo 487 de la Tesorería del Ente.

 

Que con fecha 25 de enero de 2019, el Departamento de Marketing del Ente informa a la Jefatura de Compras que la firma no ha dado cumplimiento a la entrega del material en las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.

Que con fecha 25 de enero la Oficina de Compras intima a la firma a realizar el descargo correspondiente.

La firma adjudicataria mediante Nota de Mesa de Entradas 166/2019, presenta descargo con fecha 29 de enero/2019, elevándose el mismo a la Asesoría Letrada, informando que corresponde la aplicación de multa por incumplimiento en las características mencionadas en el art. 2º del PBC  (art.25º) solicitando dictamen al respecto.

Que la Asesoría Letrada en su dictamen coincide en que se ha incurrido en INCUMPLIMIENTO de acuerdo a las previsiones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, correspondiendo la aplicación del art. 25º del Pliego de Bases y Condiciones (… El no cumplimiento en la entrega de las características mencionadas en el Artículo 2º, hará pasible al adjudicatario de una multa equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total correspondiente a dicha entrega...)

 

Por todo ello en uso de las facultades delegadas;

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL TURISMO

R E S U E L V E

ARTICULO 1º.- Aplicar MULTA POR INCUMPLIMIENTO a la firma CONSTANTINO DE ADA S.A. por la suma de PESOS VEINTIDOS MIL CIENTO VEINTE ($ 22.120) en un todo de acuerdo a lo dispuesto en el art. 25º del Pliego de Bases y Condiciones de la  Licitación Privada nº 02/2018 para la “Impresión, Fotocromía y Diseño de Guías de Actividades Año 2018“  y en mérito a lo expresado en el exordio de la presente.

ARTICULO 2º.- Autorizar a la Jefatura de Compras la notificación de la presente Resolución e intimar el cumplimiento de la misma.

 

ARTICULO 3º.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración Personal y a sus efectos, intervenga el Departamento de Marketing, , Contaduría, Tesorería,  y Jefatura de Compras.-

 

REGISTRADA BAJO EL N° 156

Mar del Plata, 20 de marzo de 2019

VISTO: la presentación efectuada por el señor Julián García, mediante nota Nº 278/19, y

CONSIDERANDO:

Que en la misma, solicita se declare de Interés Turístico a la realización de la “1º Caminata para Crear Conciencia Sobre el Cáncer de Cólon", a llevarse a cabo el día 31 de marzo de 2019 en el recorrido del Corredor Saludable, de nuestra ciudad.

 

Que es un evento deportivo organizado por  el Centro de Estudios Digestivos (C.E.D.), en conjunto con la Dirección de Deporte Social del Ente Municipal de Deportes y Recreación (E.M.D.E.R.).

Que tiene como objetivo principal la concientización sobre el cáncer de colon, que es la segunda causa más común de muerte asociada a la población general.

Que se trata de una actividad que reúne a un gran número de residentes del Mar del Plata y atrae a un gran número de turistas y visitantes de zonas aledañas.                       

Que en virtud de lo expuesto este Ente Municipal de Turismo considera relevante brindar su adhesión a esta competencia, que contribuye a diversificar el Calendario de Actividades de la ciudad.

Por todo ello,

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

R E S U E L V E

ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Turístico a la realización en esta ciudad de la “1º Caminata para crear Conciencia Sobre el Cáncer de Cólon", a llevarse a cabo el día 31 de marzo de 2019 en el recorrido del Corredor Saludable, en mérito a lo expresado en el presente exordio.

 

ARTÍCULO 2º.- A través del Departamento de Asistencia al Turista, se adoptarán los recaudos pertinentes para incluir, al acontecimiento origen de las presentes actuaciones, en el Calendario de Actividades.

ARTÍCULO 3º.- La declaración de Interés a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los organizadores de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.

ARTÍCULO 4º.- La entidad organizadora deberá contratar los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Turismo exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones necesarias para la cobertura de los servicios de emergencia médica.

ARTICULO 5°.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Ente Municipal de Turismo por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 118, 160, 200, 275, 278, 490, 833, 850, 852, 1040, 1042, 1376, 1749, 1751, 1785, 1786, 1788 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.

ARTÍCULO 6º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista y de Prensa.

REGISTRADA BAJO EL Nº 157

Mar del Plata, 21 de marzo de 2019

 

VISTO los expedientes 12-M-2019-Cpo. 01, y 22-M-2019 Cpo 1 a través de los cuales se tramitan las actuaciones relacionadas con contrataciones de publicidad en nuestra ciudad; y

 

CONSIDERANDO:

Que el Ente tiene como objetivo promocionar a Mar del Plata como destino turístico para Semana Santa en los Suplementos de Turismo de los diarios con mayor circulación nacional

Que por tal motivo el Departamento de Marketing,  solicita presupuesto en dichos suplementos.

Que atento a ello, mediante solicitud de Pedido Nº 130/2019 se requiere publicidad en :

Suplemento de Viajes y Turismo DIARIO CLARÍN  ($ 675.000.-)

Contratación de (3) tres avisos

  1. de Publicación ; 31 de Marzo de 2019 – 7 y 14 de abril de 2019
  1. 1 página a color en cada fecha.
  1. por aviso ($ 225.000)

Suplemento de Turismo DIARIO LA NACIÓN   ($ 585.000.-):

  1. de (3) tres avisos
  1. de publicación. 31 de Marzo de 2019 – 7 y 14 de abril de 2019
  1. Media página color (30,16 cm de ancho X 25,79cm de alto)
  1. por aviso ($ 195.000)

 

Que el monto de las contrataciones asciende a Pesos Un Millón Doscientos Sesenta Mil ($1.260.000).

 

Que si bien el monto total de las contrataciones superan el importe permitido para compras directas establecido en el art. 151º de la LOM, la firma AGEA S.A. es sociedad del Grupo Clarín y posee el 100% del segmento de negocios “publicaciones e impresiones”, y la firma Jorge Terreu SA es agente oficial y representante oficial del Diario La Nación encontrándonos ante las excepciones del art. 156 inc. 1 de la LOM (exclusividad).

Que la Contaduría del Ente procede ha efectuar la correspondiente imputación del gasto.

Por todo ello,

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL TURISMO

R E S U E L V E

 

 

ARTICULO 1º.- Adjudicar a la firma JORGE TERREU S.A ., la publicidad promocional de la Ciudad de Mar del Plata como destino turístico en Semana Santa en el Suplemento de Turismo del Diario La Nación,  de 3 avisos de media página a color de 30,16 cm de ancho X 25,79cm de alto, hasta un monto de Pesos Quinientos Ochenta y Cinco Mil ($ 585.000), con fecha 31 de Marzo de 2019, 7 y 14 de abril de 2019 en un todo de acuerdo a la solicitud de pedido nro. 130/19 y en mérito a lo expresado en el exordio.

ARTICULO 2º.- Adjudicar a la firma AGEA S.A ., la publicidad promocional de la Ciudad de Mar del Plata como destino turístico en Semana Santa en el Suplemento de Viajes y Turismo del Diario Clarín de 3 avisos de 1 página a color, hasta un monto de Pesos Seiscientos Setenta y Cinco Mil ($ 675.000), con fecha 31 de Marzo de 2019, 7 y 14 de abril de 2019 en un todo de acuerdo a la solicitud de pedido nro. 130/19 y en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTICULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes,  corresponderán imputarse a: Programa 16 Actividad  02 – Inciso 3 – Partida Principal 6 – Partida Parcial 1  “Publicidad”,  del Presupuesto de Gastos prorrogado del Ejercicio 2018.

ARTÍCULO 4º.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal y a sus efectos,  intervengan Compras, Contaduría, Tesorería y Dto. de Marketing.

REGISTRADA BAJO EL Nº 158

Mar del Plata, 21 de marzo de 2019

VISTO: El expediente 91-M-2019 Cuerpo 1,  a través del cual se tramitan las actuaciones relacionadas con la participación publicitaria de este EMTUR en la 39º Guía Anual de Ferias y Congresos y  que publica  EDITORIAL FERIAS Y CONGRESOS S.A; y

 

CONSIDERANDO:

Que la referida editorial ha sido elegida para el posicionamiento de Mar del Plata, en el mercado de reuniones y por su amplia cobertura geográfica.

Que la firma Editorial Ferias y Congresos S.A.,  comercializa, edita y distribuye  en exclusividad la Guía Anual del mismo nombre.

Que desde hace ocho años el Ente Municipal de Turismo es miembro de International Congress and Conventions Association  I.C.C.A. promoviendo a nuestra ciudad como sede de reuniones a nivel internacional.

 

Que el Departamento de Marketing sugiere continuar pautando en la 39º Guía Anual de Congresos y Convenciones  en la edición del año 2019, conforme a las características indicadas en solicitud de pedido nº 128/19, por un costo total de Pesos Treinta y Un Mil Doscientos Setenta y Uno con 50/100 ($ 31.271,50.-).

 

Que la Contaduría del Ente procede ha efectuar la correspondiente imputacion preventiva.

Por todo ello,

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL TURISMO

R E S U E L V E

ARTICULO 1º.- Adjudicar a la firma EDITORIAL FERIAS Y CONGRESOS S.A., la contratación publicitaria en la 39º Guía Anual de Congresos y Convenciones ,    edición año 2019, conforme a las características indicadas en solicitud de pedido nº 128/19, por un costo total de Pesos Treinta y Un Mil Doscientos Setenta y Uno con 50/100 ($ 31.271,50.-) en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTICULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, corresponderá imputarse a: Programa 16 – Actividad 02 – Inciso 3 – Partida Principal 6 – Partida Parcial 1 “Publicidad”,  del Presupuesto de Gastos prorrogado 2018.

 

ARTÍCULO 3º.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal y a sus  efectos,  intervengan el Departamento de Marketing, Compras, Contaduría y Tesorería.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 159

 

Mar del Plata, 25 de marzo de 2019

 

 

VISTO el Expediente 83 Letra M Año 2019 por el cual se tramitan la pauta publicitaria en el portal de noticias www.elretratodehoy.com.ar ; y

 

CONSIDERANDO:

Que el Departamento de Marketing, eleva la Solicitud de Pedido 118/2019, requiriendo la contratación de una pauta por tres meses a partir del momento de su adjudicación, por la exhibición de un banner digital de 370 X 190 px en la home del sitio elretratodehoy.com.

 

Que el costo mensual del banner es de Pesos Diez Mil ($ 10.000.-), siendo un total por toda la campaña de Pesos Treinta Mil ($ 30.000.-) por todo concepto, de acuerdo a presupuesto adjunto del titular del sitio MIGUEL CESAR AVELLANEDA e informe del Departamento de Marketing.

 

Que la finalidad de contratación de la pauta es brindar información a residentes y  turistas, los nuevos emprendimientos, las novedades en actividades y recreación, y la importancia de cultivar la excelencia en la atención a los visitantes de Mar del Plata

 

Que la Contaduría del Ente ha efectuado la correspondiente imputación preventiva.

 

Que nos encontramos dentro de las excepciones del Articulo 156º inciso 1 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

 

Por todo ello en uso de las facultades delegadas;

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTICULO 1º.- Adjudicar a la firma MIGUEL CESAR AVELLANEDA (www.elretratodehoy.com.ar) una pauta de tres meses a partir del momento de su adjudicación, por la exhibición de un banner digital de 370 X 190 px en la home del sitio con un costo mensual de Pesos Diez Mil ($ 10.000.-), siendo un total por toda la campaña de Pesos Treinta Mil ($ 30.000.-) en un todo de acuerdo al presupuesto presentado y los motivos expuestos en el exordio de la presente.

 

ARTÍCULO 2º-  El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo  1º  de la presente, deberá imputarse a: Programa 16 – Actividad 02 - Inciso 03 – Partida Principal 06 – Partida Parcial 01 “PUBLICIDAD”, del Presupuesto de Gastos 2018 Prorrogado.

 

ARTÍCULO 3º.- Se deja establecido que el proveedor deberá presentar las impresiones de pantalla con el banner pautado con la factura del mes correspondiente.

 

ARTÍCULO 4º.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan el Dto de Marketing, Compras, Contaduría y Tesorería.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 160

 

 

Mar del Plata, 25 de marzo de 2019

 

VISTO el Expediente 93 Letra M Año 2019, por el cual se tramitan las actuaciones relacionadas con la posición de la marca ciudad en el Campeonato Argentino de Windsurf (TAW), y

 

CONSIDERANDO:

 

Que entre el 30 de marzo y el 2 de abril de 2019, se llevará a cabo en nuestra ciudad, el Campeonato Argentino de Windsurf (TAW).   

 

Que el mismo ha sido declarado de Interés Turístico mediante Resolución Nº 153/2019.

 

Que este evento tendrá lugar en las Playas del Balcón, y teniendo en cuenta que se trata de una competencia náutica, un deporte ya tradicional en nuestras costas, que será cubierto por los medios de difusión Nacionales especializados, es de interés que la marca “Mar del Plata Te Hace Feliz” se vea representada.

 

Que la Asociación Civil de Windsurf, organizadora del evento, propone la inserción de la marca Ciudad en distintos elementos publicitarios, como logo en remeras que utilizaran los competidores, back de prensa, fotos y vídeos a publicar en la redes sociales del evento.

 

Que la propuesta publicitaria asciende a Pesos Cincuenta Mil ($ 50.000.-).

 

Que el Departamento de Marketing en virtud de ello, requiere la contratación publicitaria por Solicitud de Pedido Nº 132/2019.

 

Que la Contaduría del Ente procede a efectuar la correspondiente imputación preventiva.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL TURISMO

 

R E S U E L V E

 

ARTÍCULO 1º. Adjudicar a la firma ASOCIACIÓN CIVIL TOUR ARGENTINO DE WINDSURF, la contratación del posicionamiento de la marca Ciudad, con imágenes y logos de Mar del Plata en el  Campeonato de Windsurf 2019 que se llevará a cabo en nuestra ciudad entre el 30 de Marzo y 2 de abril de 2019, en un todo de acuerdo a la propuesta adjunta y los motivos expuestos en el exordio de la presente.

 

ARTICULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo  1º de la presente, deberán imputarse a: Programa 16 - Act. 2 - Inc. 03 - P.Pcial. 6 P.Parcial 1 -0- “Publicidad” del Presupuesto de Gastos Prorrogado 2018.

 

ARTICULO 3º.- Registrar, comunicar por el Departamento Administrativo y a sus efectos, intervenga el Departamento de Marketing, Contaduría, Tesorería,  y Jefatura de Compras.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 161

 

Mar del Plata, 25 de marzo de 2019

 

VISTO el informe realizado por la Tesorería y  Contaduría en relación al saldo en la cuenta “Fondos en Garantía”, y

 

CONSIDERANDO:

 

                                                           Que los fondos existentes en la cuenta bancaria Nº 50816/0  “Fondos en Garantía”, por la suma de PESOS QUINCE MIL TRESCIENTOS CATORCE CON 44/00 ($ 15.314,44), se corresponden con parte del saldo  de la cuenta de terceros .

 

Que ante el tiempo transcurrido, y la falta de reclamo de los interesados, la  Contaduría informa que se podrá proceder al recupero de los mismos, transfiriendo los fondos a la cuenta de fondos ordinarios, determinando como debe ser su registración.

 

                                                           Por todo ello

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

                                                                      

 

ARTICULO 1º: Desaféctese, ante el tiempo transcurrido y la falta de reclamo de los interesados, la suma de PESOS QUINCE MIL TRESCIENTOS CATORCE CON 44/100 ($ 15.314,44.-), registrados en Cuenta de Terceros como Fondos No Reclamados, que como ANEXO I forma parte de la presente.

 

ARTICULO 2: Debítese la Cuenta de Terceros “Fondos en Garantía” (216100000) y acredítese la cuenta “Resultado de Ejercicios Anteriores”  (312100000), por la suma determinada en el artículo 1º.

 

ARTICULO 3º: Proceda la Tesorería a transferir los fondos de la cuenta corriente Nº 50816/0 a 53014/5.

 

ARTICULO 4º: De forma.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 162

 

Mar del Plata, 25 de marzo de 2019

 

VISTO: El expediente 14-M-2019-Cpo. 01 a  través del cual se tramitan las actuaciones relacionadas con la participación publicitaria de Mar del Plata en el portal de noticias WWW.ROSARIONUESTRO.COM, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que atento a la necesidad de comunicar nuevos emprendimientos, novedades en actividades y recreación que son multiplicadores de la marca “Mar del Plata te hace feliz”; así como la difusión de Campañas de Conciencia Turística y de acontecimientos de interés que se realizan en la ciudad, durante el año y fines de semana largos y comunes.

 

Que por tal motivo, se solicitó presupuesto para tener una pauta publicitaria a la firma WAN ENTERTAINMENT COMPANY S.A. (titular del portal de noticias WWW.ROSARIONUESTRO.COM), portal que refleja la actualidad periodística e informativa de los hechos que ocurren, teniendo en cuenta que se trata de uno de los portales mas leídos diariamente en Rosario.

 

Que el Departamento de Marketing  mediante Solicitud de Pedido Nº 135/2019 requiere la contratación de un (1) banner digital en el home y en Mobile de 300 x 250 píxeles, durante un periodo de tres meses (abril-mayo-junio) del corriente año.

Que el valor de la contratación asciende a un costo mensual total de Pesos Doce Mil Quinientos ($ 12.500.-), ascendiendo el monto total de la publicación a Pesos Treinta y Siete Mil Quinientos ($ 37.500.-).

 

Que la Contaduría realiza la imputación presupuestaria correspondiente.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º.- Adjudicar a la firma WAM ENTERTAINMENT COMPANY S.A., por la contratación de un (1) banner digital en el home y en mobile del sitio, de 300 x 250 píxeles, durante tres meses (abril-mayo-junio), por un costo mensual total de Pesos Doce Mil Quinientos ($ 12.500.-), ascendiendo el monto total de la publicación a Pesos Treinta y Siete Mil Quinientos ($ 37.500.-)., en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, corresponderá imputarse a: Programa 16 – Actividad 2 - Inciso 3 – Partida Principal 6 – Partida Parcial  1 - “PUBLICIDAD” , del Presupuesto de Gastos 2018 prorrogado.

 

ARTÍCULO 3º.- Se deja establecido que el proveedor deberá presentar las impresiones de pantalla con los banner pautados con la factura del mes correspondiente.

 

ARTÍCULO 4º.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal y a sus  efectos, intervengan el Dto. de Marketing, Compras, Contaduría y Tesorería.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 163

 

Mar del Plata, 25 de marzo de 2019

 

 

VISTO: la presentación efectuada por el señor Gustavo Hani, Presidente de la Federación Argentina de Asociaciones de Empresa de Viajes y Turismo (F.A.E.V.Y.T.), mediante nota nº 428/19, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

Que en la misma solicita se declare de Interés Turístico a la realización delCONGRESO ANUAL FAEVYT MAR DEL PLATA 2019”, a llevarse a cabo entre los días 8 al 10 de mayo de 2019, en las instalaciones del Hotel Costa Galana, de nuestra ciudad.

 

Que Mar del Plata ha sido elegida como sede de este importante evento de operadores del sector turístico, siendo el Ente Municipal de Turismo, en conjunto con F.A.E.V.Y.T., anfitriones de dicho congreso.

 

Que el día anterior al inicio del evento, se llevará a cabo la Asamblea Anual en la que participarán los principales miembros de la mencionada Federación.

 

Que dicho congreso generará un espacio de encuentro para idear y visionar el negocio de las empresas de viajes y turismo. Serán dos jornadas intensas de capacitación y networking; nuevos y dinámicos formatos, disertaciones magistrales, debates, paneles de expertos y talleres; edutainment para aprender con entretenimiento; sesiones plenarias para debatir en conjunto sobre la actualidad y el futuro del sector; espacios de networking para generación de negocios e intercambio de experiencias; expertos compartiendo las mejores prácticas.

 

Que contará con la participación de alrededor de 1000 asistentes, provenientes de diversos puntos del país.

 

Que este Ente Municipal de Turismo considera oportuno brindar su adhesión a acontecimientos de esta naturaleza, que contribuyen a afianzar la imagen de Mar del Plata como Sede de Reuniones.

 

Por todo ello,

 

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Turístico a la realización en nuestra ciudad del CONGRESO ANUAL FAEVYT MAR DEL PLATA 2019”, a llevarse a cabo entre los días 8 al 10 de mayo de 2019 en las instalaciones del Hotel Costa Galana, en mérito a lo expresado en el presente exordio.

 

ARTÍCULO 2º.- A través del Departamento de Asistencia al Turista, se adoptarán los recaudos pertinentes para incluir al acontecimiento origen de las presentes actuaciones, en el Calendario de Actividades de este Ente Municipal de Turismo.

 

ARTÍCULO 3º.- La declaración de Interés Turístico a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los organizadores del cumplimiento de lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, para la utilización de los espacios en la vía pública, ni del pago de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.

 

ARTÍCULO 4º.- La entidad organizadora deberá contratar los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Turismo exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones necesarias para la cobertura de los servicios de emergencia médica.

 

ARTICULO 5°.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Ente Municipal de Turismo por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 118, 160, 200, 275, 278, 490, 833, 850, 852, 1040, 1042, 1376, 1749, 1751, 1785, 1786, 1788 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.

 

ARTÍCULO 6º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista y de Prensa.

 

 

REGISTRADO BAJO EL Nº 164

 

Mar del Plata, 25 de marzo de 2019

 

VISTO: la presentación efectuada por el señor J. Carlos Saubiette, Presidente de la Asociación Marplatense de Patín, mediante nota nº 451/19; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en la misma informa sobre la realización de la “Primera Liga Nacional de Clubes de Patín Carrera 2019”, la que se llevará a cabo entre 27 y el 31 de marzo de 2019 en las instalaciones del Patinódromo Municipal “Adalberto Jesús Lugea”, de nuestra ciudad.

 

Que se trata de la apertura de la temporada para los clubes del país, así como también para los patinadores que, a nivel individual, comienzan a pugnar por integrar la Selección Argentina de Patín.

 

Que participarán del mismo más de 45 clubes de la Argentina, provenientes de distintas localidades del país tales como Neuquén, Jujuy, La Pampa, Rosario, entre otras.

 

Que este Ente Municipal de Turismo considera oportuno adherir a esta propuesta, que contribuye a fomentar el deporte y la competición, a través del Patín.

 

Por todo ello,

 LA PRESIDENTE  DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Turístico la realización en nuestra ciudad de la “Primera Liga Nacional de Clubes de Patín Carrera 2019”, la que se llevará a cabo entre 27 y el 31 de marzo de 2019 en las instalaciones del Patinódromo Municipal “Adalberto Jesús Lugea”, en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 2º.- A través del Departamento de Asistencia al Turista, se adoptarán los recaudos pertinentes para incluir, al acontecimiento origen de las presentes actuaciones, en el Calendario de Actividades.

 

ARTÍCULO 3º.- La declaración de Interés a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los organizadores de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.

 

ARTÍCULO 4º.- La entidad organizadora deberá contratar los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Turismo exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones necesarias para la cobertura de los servicios de emergencia médica.

 

ARTICULO 5°.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Ente Municipal de Turismo por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 118, 160, 200, 275, 278, 490, 833, 850, 852, 1040, 1042, 1376, 1749, 1751, 1785, 1786, 1788 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.

 

ARTÍCULO 6º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista y de Prensa.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 165

 

Mar del Plata, 27 de marzo de 2019

 

VISTO: la realización del ENCUENTRO CONECTIVIDAD MAR DEL PLATA, el cual reunirá a CEO de las líneas aéreas nacionales e internacionales más importantes, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el mismo, se realizará en la ciudad durante los días 10 al 12 de abril de 2019, en el marco de las acciones de planificación, ejecución y gestionamiento de políticas turísticas para que la ciudad siga siendo elegida por millones de visitantes al año.

 

Que este Ente Municipal de Turismo tiene como objetivo mejorar el posicionamiento del destino y de los productos que ofrece, como son el Turismo de Sol y Playa, Turismo Urbano y Turismo de Eventos, siendo su principal acción, ocuparse de potenciar la fidelidad del turista y de impulsar el concepto de Smart Destination, a través de las siguientes líneas de gestión: la Accesibilidad, la Innovación, la Sustentabilidad y la Gobernanza.

 

Que anualmente arriban a la ciudad alrededor de 8.500.000 turistas, de los cuales, en 2018 sólo el 2,7% lo hicieron por vía aérea. Sin embargo, este número se encuentra en crecimiento y cuenta con un gran potencial por delante., siendo prioridad para la ciudad garantizar la seguridad de las operaciones aéreas, ampliar la capacidad del aeropuerto y ofrecer a los pasajeros condiciones de confort y calidad de servicio.

 

Que el transporte aéreo es una herramienta clave para conectar al país y potenciar el desarrollo de las regiones. De acuerdo a la información registrada por la Asociación Nacional de Aviación Civil (ANAC) se puede indicar que Mar del Plata, durante el año 2018, recibió el arribo de 222.685 pasajeros en vuelos comerciales regulares; lo cual significa un 61,1% más que en 2017 y se trata del número más alto desde el año 2000. En tanto que aterrizaron 3.237 vuelos comerciales regulares; casi el doble que en el año 2017; y el triple respecto a 2016. Cabe aclarar que el Aeropuerto Astor Piazzolla actúa como cabecera de una importante zona de influencia como es la Región Campo, Mar y Sierras.

 

Que esta convocatoria a modo de working permitirá que los empresarios conozcan una nueva Mar del Plata, que en los últimos años ha generado un crecimiento exponencial en cuanto a transporte aéreo, que visualicen las fortalezas y proyecten las oportunidades que pueden generar al incorporarla en una de sus rutas. Puesto que más vuelos significan más turismo y más trabajo para todos, es que se continúan realizando las gestiones necesarias para recibir nuevas empresas, sumar mayor cantidad de frecuencias y lograr la incorporación de nuevas rutas con el fin de incrementar el flujo de turistas a la ciudad durante todo el año.

 

Que Mar del Plata se caracteriza por ser el Principal destino turístico de la Argentina, por la proximidad a la ciudad de Buenos Aires, y por la calidad de sus atractivos. Es importante que se sigan manteniendo los destinos con vuelo directo a Mar del Plata de las diferentes empresas aéreas, específicamente en lo que se refiere a la conexión directa con Córdoba y Tucumán durante todo el año, y continuar con políticas y obras de transporte, para incorporar vuelos regionales, priorizando las ciudades de Asunción, Montevideo y Santiago de Chile.

 

Que este Ente Municipal de Turismo considera oportuno brindar su adhesión a acontecimientos de esta naturaleza, que contribuyen a afianzar la imagen de Mar del Plata como Sede de Reuniones.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

R E S U E L V E

 

ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Turístico a la realización del ENCUENTRO CONECTIVIDAD MAR DEL PLATA, el cual reunirá a CEO de las líneas aéreas nacionales e internacionales más importantes, durante los días 10 al 12 de abril de 2019, en mérito a lo expresado en el presente exordio.

 

ARTÍCULO 2º.- A través del Departamento de Asistencia al Turista, se adoptarán los recaudos pertinentes para incluir al acontecimiento origen de las presentes actuaciones, en el Calendario de Actividades de este Ente Municipal de Turismo.

 

ARTÍCULO 3º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista, Departamento de Marketing, Departamento de Organización de Eventos y Relaciones Institucionales y de Prensa.

 

 

REGISTRADO BAJO EL Nº 166

 

Mar del Plata, 27 de marzo de 2019.

 

 

VISTO: el expediente Nº 97-D-2019 Cuerpo 1, mediante el cual se siguen las actuaciones relacionadas con la inscripción del Ente Municipal de Turismo como miembro activo del “IGLTA – International Gay & Lesbian Travel Association”, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que atento a la necesidad de adecuación de la oferta de la ciudad a diversas modalidades de turismo, y con el objeto de desarrollar nuevos productos turísticos que permitan ampliar la oferta de los servicios brindados, este EMTUR ha realizado acciones tendientes a la captación del turismo denominado LGBTIQ.

 

Que este Ente Municipal de Turismo ha tomado contacto con dicha entidad, la que tiene su residencia en los Estados Unidos de Norteamérica. La misma propone una serie de posibilidades de inscripción, correspondiendo abonar la membresía para países de latinoamérica por la suma de DOLARES DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO (U$S 245.-) en forma anual, más DOLARES CINCUENTA (U$S 50.-) por única vez en concepto de inscripción por el año 2019.

 

Que la Contaduría del Ente autoriza, en cumplimiento del artículo 156, inciso 1 de la L.O.M., el gasto correspondiente a la suma de DOLARES DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO (U$S 295.-), que se corresponden a PESOS TRECE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 ($ 13.275.-), con una cotización aproximada de la moneda estadounidense = $45.

 

Que la Contaduría realiza la imputación presupuestaria correspondiente al gasto total de Membresía e Inscripción.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

ARTÍCULO 1º.- Autorizar el gasto correspondiente al pago de la Membresía e Inscripción a “IGLTA – International Gay & Lesbian Travel Association” por la suma de PESOS TRECE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 ($ 13.275.-), en mérito a lo expresado en el exordio de la presente.

 

ARTÍCULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente corresponderá imputarse a: Programa 17 – Actividad 02- Inciso 3 – Partida Principal 6 – Partida Parcial  9 – Apartado 0 “OTROS”, del Presupuesto de gastos vigente.

 

ARTICULO 3º.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal, y a sus efectos, intervengan el Departamento de Marketing, Jefatura de Compras, Contaduría y  Tesorería.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 167

 

 

Mar del Plata, 28 de marzo de 2019

 

VISTO: la presentación efectuada por la señora Blanca Galli, Presidente de la Asociación Jugadores de Padel Mar del Plata, mediante nota nº 402/19; y

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

Que en la misma, solicita se declare de Interés Turístico a la realización del “Primer Torneo Provincial de Padel Categoría Libres”, a realizarse del 19 al 21 de abril de 2019, en diversas canchas de la ciudad.

 

Que se trata de un evento deportivo organizado por la mencionada Asociación, siendo el Complejo Los Naranjos, Play Time, Break Point, Alfar, San Carlos, Las Lajas, Club de Raqueta, La Terraza y Pádel Match algunas de las canchas en dónde se disputará dicha competencia.

 

Que corresponde al Calendario Oficial de Competencias 2019 de la Federación de Padel de la Provincia de Buenos Aires (F.E.J.U.B.A.).

 

Que contará con la presencia de más de 600 jugadores de toda la provincia, los que participarán en 6 categorías para damas y 7 para caballeros, de todas las edades, quienes vendrán acompañados por sus respectivas familias.

 

Que entre las delegaciones que participarán se encuentran las de Quilmes, Berazategui, San Nicolás, Tandil, Azul, Tres Arroyos, Necochea, entre otras.

 

Que este Ente Municipal de Turismo considera oportuno brindar su adhesión a actividades de esta naturaleza, que contribuyen a diversificar la oferta turística y deportiva de Mar del Plata.

 

Por todo ello,

 

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Turístico a la realización en nuestra ciudad del “Primer Torneo Provincial de Padel Categoría Libres”, a realizarse del 19 al 21 de abril de 2019 en diversas canchas de la ciudad, en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 2º.- A través del Departamento de Asistencia al Turista, se adoptarán los recaudos pertinentes para incluir, al acontecimiento origen de las presentes actuaciones, en el Calendario de Actividades.

 

ARTÍCULO 3º.- La declaración de Interés a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los organizadores de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.

 

ARTÍCULO 4º.- La entidad organizadora deberá contratar los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Turismo exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones necesarias para la cobertura de los servicios de emergencia médica.

 

ARTICULO 5°.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Ente Municipal de Turismo por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 118, 160, 200, 275, 278, 490, 833, 850, 852, 1040, 1042, 1376, 1749, 1751, 1785, 1786, 1788 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.

 

ARTÍCULO 6º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista y de Prensa.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 168

 

Mar del Plata, 28 de marzo de 2019

 

VISTO: la presentación efectuada por la Dra. María Fernanda Pizzini Bontempo, mediante nota nº 426/19; y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que en la misma solicita se la declare Embajadora Turística por el viaje que emprenderá rumbo a la ciudad de Malmö – Suecia, para participar de la 3º Conferencia Internacional sobre el Empoderamiento de la Mujer en el Sector Marítimo, el que tendrá lugar los días 4 y 5 de abril de 2019.

 

Que dicha Conferencia es parte del Programa de Integración de la Mujer en el Sector Marítimo, perteneciente a la Organización Marítima Internacional (O.M.I.), organismo que nuclea y regula el comercio internacional marítimo y portuario del mundo.

 

Que la Dra. Pizzini Bontempo ha presentado una ponencia en idioma inglés ante la Universidad Marítima de Malmö (Suecia) titulada “Elementos Femeninos Integrados, el Mar, la Mujer y su Aprendizaje del Medio Marítimo para el Desarrollo de la Humanidad”, con la asistencia técnica en la traducción del Dr. José María Gil, investigador independiente del CONICET.

 

Que expondrá su trabajo ante cientos de expertos, compañías navieras públicas y privadas, políticos y diplomáticos, empresas del sector pesquero y petrolero y mujeres importantes del mundo marítimo.

 

Que este Ente Municipal de Turismo, considera oportuno destacar esta iniciativa, declarándola Embajadora Turística, durante su viaje rumbo a Suecia.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1°.- Declarar Embajadora Turística a la Dra. María Fernanda Pizzini Bontempo por el viaje que emprenderá rumbo a la ciudad de Malmö – Suecia, para participar de la 3º Conferencia Internacional sobre el Empoderamiento de la Mujer en el Sector Marítimo, el que tendrá lugar los días 4 y 5 de abril de 2019, en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 2°.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal, y a sus efectos intervengan los Departamentos Marketing y de Prensa.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 169

 

 

Mar del Plata, 28 de marzo de 2019

 

 

VISTO: el informe producido por la Contaduría del Ente; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en el mismo, la citada dependencia comunica que la Jefatura de Compras se vio impedida de emitir la Orden de Compra correspondiente a las Pólizas de Robo, Seguro Técnico, Responsabilidad Civil e Integral de Comercio, por el periodo 08/03/2019 al 08/04/2019, ante la imposibilidad de que la firma Provincia Seguros informara previamente la cotización correspondiente a la prórroga sin emitir las pólizas.

 

Que las mencionadas pólizas ascienden a la suma de PESOS VEINTE MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO CON 57/100 ($ 20.424,57.-) y se encuentran dentro del 20% previsto en el art. 23 del PBC correspondiente al Concurso de Precios 4/2018.

 

Que la Contaduría autoriza, en cumplimiento al artículo 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el gasto correspondiente por no superar el monto autorizado para la Compra Directa.

 

Que asimismo, informa que no habiéndose imputado preventivamente este gasto total, se hace necesaria la autorización y reconocimiento del mismo, a través del respectivo acto administrativo, a efectos de poder proceder al pago a los proveedores.

 

Que al propio tiempo indica la imputación presupuestaria correspondiente.

 

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,

 

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º.- Reconocer el gasto y autorizar el pago a la firma PROVINCIA SEGUROS por Pólizas de Robo, Seguro Técnico, Responsabilidad Civil e Integral de Comercio, por el periodo comprendido entre el 08/03/2019 y el 08/04/2019, por un monto total de PESOS VEINTE MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO CON 57/100 ($ 20.424,57.-), en mérito a lo expresado en el exordio de la presente.

 

ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el pago mencionado en el artículo precedente se deberá imputar a: Actividad Central 01 - Inciso 3 - Partida Principal 5 – Partida Parcial 4 - “Primas y Gastos de Seguros”, del Presupuesto de Gastos Vigente.

 

ARTÍCULO 3°. Registrar y comunicar por Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan Contaduría, Tesorería y Compras.

 

 

REGISTRADA BAJO EL N° 170

 

 

Mar del Plata, 28 de marzo de 2019

 

VISTO: El expediente 14-M-2019-Cpo. 01 a  través del cual se tramitan las actuaciones relacionadas con la participación publicitaria de Mar del Plata en el portal de noticias WWW.ELMARPLATENSE.COM , y

 

CONSIDERANDO:

 

Que atento a la necesidad de comunicar nuevos emprendimientos, novedades en actividades y recreación que son multiplicadores de la marca “Mar del Plata te hace feliz”; así como la difusión de Campañas de Conciencia Turística y de acontecimientos de interés que se realizan en la ciudad.

 

Que por tal motivo, se solicitó presupuesto para tener una pauta publicitaria a la firma WAN ENTERTAINMENT COMPANY S.A. (titular del portal de noticias WWW.ELMARPLATENSE.COM ), portal que refleja la actualidad periodística e informativa de los hechos que ocurren en nuestra ciudad.

 

Que el Departamento de Marketing  mediante Solicitud de Pedido Nº 143/2019 requiere la contratación de un (1) banner rotativo en todas las secciones del portal de noticias, medidas de 970 x 90 píxeles y, durante un periodo de tres meses (Abril-Mayo-Junio) del corriente año.

 

Que el valor de la contratación asciende a un costo mensual total de Pesos Quince Mil ($ 15.000.-), ascendiendo el monto total de la publicación a Pesos Cuarenta y Cinco Mil ($ 45.000.-).

 

Que la Contaduría realiza la imputación presupuestaria correspondiente.

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º.- Adjudicar a la firma WAM ENTERTAINMENT COMPANY S.A., por la contratación de un (1) banner rotativo en todas las secciones del portal de noticias WWW.ELMARPLATENSE.COM, medidas de 970 x 90 píxeles y, durante un periodo de tres meses (Abril-Mayo-Junio) del corriente año, por un costo mensual total de Pesos Quince Mil ($ 15.000.-), ascendiendo el monto total de la publicación a Pesos Cuarenta y Cinco Mil ($ 45.000.-)., en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, corresponderá imputarse a: Programa 16 – Actividad 2 - Inciso 3 – Partida Principal 6 – Partida Parcial  1 - “PUBLICIDAD” , del Presupuesto de Gastos 2018 prorrogado.

 

ARTÍCULO 3º.- Se deja establecido que el proveedor deberá presentar las impresiones de pantalla con los banner pautados con la factura del mes correspondiente.

 

ARTÍCULO 4º.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal y a sus  efectos,  intervengan el Dto. de Marketing, Compras, Contaduría y Tesorería.

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 171

 

Mar del Plata, 29 de marzo de 2019

 

VISTO el Expediente 99 Letra M Año 2019 por el cual se tramita la difusión de PNT y/o spot diario en Radio Mitre Rosario FM 96,5; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Departamento de Marketing, eleva la Solicitud de Pedido Nº 137/2019, para la difusión de PNT y/o spot diario de 20 segundos en 3 de los principales programas de Radio Mitre Rosario, “Cada Mañana”, “Lanata sin filtro”, y “ Le doy mi palabra”, incluye además la difusión de un PNT en vivo diario de hasta 30 segundos, rotando a lo largo del mes en los 4 programas locales de la emisora “El Puente”, “Viva la vida”, “El diario de Mañana” y “Cuando huye el día” por un total de 1320 segundos en Abril y Mayo y 1200 segundos en Junio del corriente año.

 

Que el costo total de la campaña por tres meses (Abril, Mayo, y Junio 2019) es de Pesos Setenta y Dos Mil Seiscientos ($ 72.600), de acuerdo a presupuesto adjunto de la firma MARCELO DIEGO GONZALEZ.

 

Que Rosario es un importante mercado emisor de turistas hacia nuestra Ciudad en distintas épocas del año, por lo que resulta de interés posicionar el destino en dicha plaza teniendo en cuenta la proximidad de Semana Santa y pudiendo generar desplazamientos desde dicho centro emisor en los próximos meses.

 

Que la Contaduría  del  Ente  ha  efectuado la correspondiente imputación preventiva.

 

Por todo ello en uso de las facultades delegadas;

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL TURISMO

 

R E S U E L V E

 

ARTICULO 1º.- Adjudicar a la firma MARCELO DIEGO GONZALEZ la difusión de PNT y/o spot diario de 20 segundos en 3 de los principales programas de Mitre Rosario “Cada Mañana”, “Lanata sin filtro”, y “Le doy mi palabra”, y la difusión de un PNT en vivo diario de hasta 30 segundos, rotando a lo largo del mes en los 4 programas locales de la emisora “El Puente”, “Viva la vida”, “El diario de Mañana” y “Cuando huye el día” por un total de 1320 segundos en Abril y Mayo y 1200 segundos en Junio del corriente año, en un todo de acuerdo al presupuesto presentado y los motivos expuestos en el exordio de la presente.

 

ARTÍCULO 2º- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1º de la presente, deberá imputarse a: Programa 16 – Actividad 02 - Inciso 03 – Partida Principal 06 – Partida Parcial 01 “PUBLICIDAD”, del Presupuesto de Gastos del Presupuesto de Gastos 2018 Prorrogado.

 

ARTÍCULO 3º.- Se deja establecido que el proveedor deberá presentar las correspondientes certificaciones radiales con la factura  correspondiente.

 

ARTÍCULO 4º.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan el Dto de Marketing, Compras, Contaduría y Tesorería.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 172

 

 

Mar del Plata, 29 de marzo de 2019

 

 

VISTO el Expediente 18 Letra J Año 2019, por el cual se tramitan las actuaciones relacionadas con la comunicación de la marca “MAR DEL PLATA TE HACE FELIZ”, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que del 29 al 31 de marzo de 2019, se llevará a cabo en Lago Puelo en la Provincia de Chubut, el evento “Cocina de los Lagos”.

 

Que es de interés del Ente Municipal de Turismo, la inserción de la marca MAR DEL PLATA TE HACE FELIZ durante el desarrollo del  evento, a través de la participación del Chef Gabriel Dellepiane quien fue invitado a llevar la cocina marplatense, promocionando nuestros productos, portando el logo del Emtur en su vestimenta y realizando la difusión en las redes sociales.

 

Que el chef Gabriel Dellepiane presenta un presupuesto que asciende a Pesos Seis Mil ($ 6.000.-).

 

Que la División de Promoción en virtud de ello,    requiere la contratación por Solicitud de Pedido Nº 144/2019.

 

Que la Contaduría del Ente procede ha efectuar la correspondiente imputacion preventiva.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º. Adjudicar a la firma GABRIEL DELLEPIANE, la contratación del posicionamiento de la marca  “MAR DEL PLATA TE HACE FELIZ”, en “Cocina de los Lagos” que se llevará a cabo en Lago Puelo entre el 29 y 31 de Marzo de 2019, promocionando nuestros productos, portando el logo del Emtur en su vestimenta y realizando la difusión en las redes sociales, por un monto de hasta Pesos Seis Mil ($ 6.000.-); en un todo de acuerdo a la propuesta adjunta y los motivos expuestos en el exordio de la presente.

 

ARTICULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo  1º de la presente, deberán imputarse a: Programa 16 - Act. 2 - Inc. 03 - P.Pcial. 6  P.Parcial 9, del Presupuesto de Gastos prorrogado 2018.

 

ARTICULO 3º.- Se deja establecido que el proveedor deberá presentar las certificaciones de las publicidades contratadas.

 

ARTICULO 4º.- Registrar, comunicar por el Departamento Administrativo y a sus efectos, intervenga la División de Promoción, Contaduría, Tesorería, y Jefatura de Compras.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 173

 

 

Mar del Plata, 05 de abril de 2019

 

VISTO: El expediente Nº 100-J-2019 Cuerpo 01, a través del cual se tramita el Concurso de Precios Nº 09/2019, para la contratación del “Diseño, Desarrollo Arquitectónico, Construcción, Armado, Puesta en Marcha, Llave en Mano y Desarme del Stand  para la participación de este EMTUR en Expoeventos 2019; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que dicho acontecimiento se realizará en el Centro Costa Salguero de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del 24 al 26 de abril de 2019.

 

Que EXPOEVENTOS reúne en un espacio exclusivo y único a quienes forman parte de la organización de eventos y turismo de reuniones, sus clientes actuales y potenciales, siendo un ámbito propicio para posicionar a Mar del Plata como sede de acontecimientos programados.

 

Que en el marco de la exposición se realizarán importantes rondas de negocios y los visitantes pueden encontrar los proveedores necesarios para planificar con éxito su próximo evento.

 

Que habiéndose alquilado un espacio de cuarenta y nueve metros cuadrados (49m2) en el predio de la exposición, a fin de establecer un stand institucional,  el Dto. de Marketing requiere mediante Solicitud de Pedido Nº 138/19 el Diseño, Desarrollo Arquitectónico, Construcción, Armado, Puesta en Marcha, Llave en Mano y Desarme del Stand Expoeventos 2019, con un Presupuesto Oficial de Pesos Quinientos Ochenta y Ocho Mil ($ 588.000.-).

 

Que este monto estimativo surge de  presupuestos solicitados  por la Jefatura de Compras a firmas del rubro inscriptas en el Registro de Proveedores del Ente.

 

Que la Jefatura de Compras, teniendo en cuenta las  exigencias y características requeridas, ha elaborado el Pliego de Bases y Condiciones que regirá el Concurso de Precios.

 

Que se hace necesario la creación de una Comisión de Pre Adjudicación de las ofertas de acuerdo a lo dispuesto en el art. 23º del Pliego de Bases y Condiciones.

 

Que la División de Promoción, analiza el Pliego de Bases y Condiciones, y da conformidad al mismo.

 

 

Que la Contaduría del Ente procede ha efectuar las correspondiente imputación preventiva.

 

Por todo ello,

 

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTICULO 1º.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones del Concurso de Precios Nº  9/2019 para la contratación de “Diseño, Desarrollo Arquitectónico, Construcción, Armado, Puesta en marcha, LLave en mano y Desarme de Stand Expoeventos 2019”, con un Presupuesto Oficial  de Pesos Quinientos Ochenta y Ocho Mil ($ 588.000.-).

 

ARTICULO 2º. Fijar el día 12 de abril de 2019, a las 12:00 horas, como fecha de  Apertura de Ofertas, la que se llevará a cabo en la Jefatura de Compras del Ente Municipal de Turismo, sita en la calle Belgrano Nº 2740 de esta ciudad.

 

ARTICULO 3º. El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo  1º de la presente, deberá imputarse a: Prog. 16 – Actividad 02 - Inciso 03 - Partida Principal 06 - Partida Parcial 09 - Apart. 0 del Presupuesto de Gastos Prorrogado 2018.

 

ARTICULO 4º. Designar la comisión de Pre Adjudicación, de acuerdo al art. 23º del Pliego de Bases y Condiciones, que se conformará por la Sra. Silvia ORZEWSZKI Jefe División  del EMTUR, el Sr. José Boubee Director Coordinador y el Lic. Claudio Caruso.

 

ARTICULO 5º. Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervenga el departamento De Marketing, Contaduría, Tesorería, y Jefatura de Compras.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 174

 

 

Mar del Plata, 9 de abril de 2019

 

VISTO: la presentación efectuada por el señor Mariano Alberti, mediante nota nº 459/19; y

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

Que en la misma solicita se declaren Embajadores Turísticos al Grupo de Scouts Juan Manuel Estrada 303 D1 de la Obra Don Orione, jóvenes de entre 17 y 21 años de edad de la Rama Rover, por el viaje que emprenderán rumbo a la localidad de Tilcara, provincia de Jujuy, entre el 12 y el 21 de abril de 2019.

 

Que entre los integrantes de dicho grupo se encuentran:

 

Apellido y Nombres

D.N.I.

Categoría

ORTIZ, Felipe           

43740998

Rover

MURIEL, Débora Antonella

43321251

Rover

MARCHELLI, Franco

43626700

Rover

WAX, Julián

40864532

Rover

MORGADE, María

42360816

Rover

MATEO, Micaela

41469424

Rover

BONETTI, Eugenia Andrea

41333386

Rover

ESCUJURI, Mateo Jordan

42085189

Rover

LOYATO, Alfonsina

40794432

Rover

GUTIERREZ, María Andrea

20208696

Educador scouts

MOYANO, Gaspar Antonio

36386560

Educador scouts

RODRIGUEZ, Nicolás

35314593

Educador scouts

ALBERTI, Mariano César

18377377

Educador scouts

 

Que el objetivo de dicho viaje es conocer la cultura andina, recorrer los principales lugares de la región, así como también realizar un servicio en la localidad de Purmamarca.

 

Que llevarán distintos materiales y libros que han recolectado, pintarán y pondrán en valor una cabina telefónica en desuso la que funcionará como biblioteca andariega y realizarán diversas actividades que aprenden dentro del movimiento Scouts.

 

Que portarán para ello material gráfico e institucional que propenda a la promoción y difusión de los atractivos turísticos y culturales de Mar del Plata en esos destinos.

 

Que éste Ente Municipal de Turismo considera oportuno reconocer el desempeño de estos jóvenes, declarándolos Embajadores Turísticos, en su viaje a la provincia de Jujuy.

 

Por todo ello

 

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1°.- Declarar Embajadores Turísticos al Grupo de Scouts Juan Manuel Estrada 303 D1 de la Obra Don Orione, jóvenes de entre 17 y 21 años de edad de la Rama Rover, por el viaje que emprenderán rumbo a la localidad de Tilcara, provincia de Jujuy, entre el 12 y el 21 de abril de 2019, en mérito a lo expresado en el presente exordio.

 

ARTÍCULO 2°.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal, y a sus efectos intervengan los Departamentos Marketing y Prensa.

 

 

REGISTRADO BAJO EL Nº 175

 

 

Mar del Plata, 09 de abril de 2019

 

VISTO: El expediente 25-M-2019 Cpo. 01,  a través del cual se tramitan las actuaciones relacionadas con la contratación del Servicio de Desarrollo Creativo Comunicacional, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por los objetivos y necesidades de promoción y comunicación del Ente, se requiere prorrogar el servicio de desarrollo creativo comunicacional por el mes de abril de 2019.

 

Que el servicio debe incluir: definición de la identidad visual, redacción y diseño de piezas, como así también la provisión de las mismas adaptadas a diferentes medios: vía pública, gráfica de diario, revistas, banners, mensajes PNT, producción de placas y spots para radio y  televisión; asesoramiento profesional y desarrollo de estrategias de medios; diseño línea creativa del sitio web institucional adaptable a todos los dispositivos y diseños y asesoramiento de material promocional motivacional e informativo.

 

Que la Dirección de Coordinación requiere presupuesto, a la firma Hugo Darío Martínez “Thrilogía Advertising & Branding”.

 

Que atento a ello, la División de Promoción mediante Solicitud de Pedido Nº 142,  requiere la contratación del servicio por el mes de abril de 2019, y por un monto de $ 25.000.

 

Que la Contaduría del Ente procede ha efectuar la correspondiente imputación preventiva del gasto.

 

Por todo ello,

 

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTICULO 1º.- Adjudicar a la firma Hugo Darío Martínez la contratación del Servicio de Desarrollo Creativo Comunicacional, por el mes de abril de 2019, y con un costo total de Pesos Veinticinco Mil ($ 25.000), en un todo de acuerdo a la Solicitud de Pedido nro. 142 y en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTICULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, corresponderán imputarse a: Programa 16 Actividad 02 – Inciso 3 – Partida Principal 6 – Partida Parcial 1 “Publicidad”, del Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2018 Prorrogado.

 

ARTICULO 3º.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan Compras, Contaduría, Tesorería y Dto. de Marketing.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 176

 

 

Mar del Plata, 10 de abril de 2019

 

VISTO: la presentación efectuada por la concejal María Cristina Coria, mediante nota nº 491/19; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en la misma solicita se lo declare Embajador Turístico al señor Pedro Martín Becchi, por el viaje que emprenderá rumbo a la ciudad de Palermo, provincia de Sicilia, Italia, entre los días 16 y 19 de abril de 2019.

 

Que ha sido seleccionado por el Consejo General de Italianos en el Exterior (C.G.I.E.) para representar a la ciudad de Mar del Plata en el “Seminario para la Creación de Redes de Jóvenes Italianos en el Mundo”.

 

Que se trata de un evento que reúne más de 150 delegados jóvenes de entre 18 y 35 años de edad, descendientes de emigrados italianos de todo el mundo, quienes expondrán y prepararán informes de su país de orígen, con iniciativa y capacidad para realizar actividades sociales y culturales para los jóvenes italianos que viven en la comunidad sede del Seminario.

 

Que es una importante oportunidad para brindar herramientas a los participantes, mediante un proceso multidisciplinario de desarrollo y colaboración mutua entre Italia y los países de emigrados.

 

Que este Ente Municipal de Turismo, considera oportuno destacar esta iniciativa, declarándolo Embajador Turístico, durante su viaje rumbo a Italia.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1°.- Declarar Embajador Turístico al señor Pedro Martín Becchi por el viaje que emprenderá rumbo a la ciudad de Palermo, provincia de Sicilia, Italia, entre los días 16 y 19 de abril de 2019, en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 2°.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal, y a sus efectos intervengan los Departamentos Marketing y de Prensa.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 177

 

 

Mar del Plata, 10 de abril de 2019

 

VISTO: la presentación efectuada por la licenciada Natalia Ficicchia, mediante nota nº 435/19; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en la misma solicita se lo declare Embajador Turístico al Profesor Leandro Torres, por el viaje que emprenderá rumbo a la ciudad de Concepción de Tucumán los días 18 y 19 de abril de 2019 para participar en el Seminario de Especialización de Técnicas de Lucha, y rumbo a la ciudad de Salta el día 20 de abril de 2019 para participar en el Seminario de Entrenamiento de Luchadores.

 

Que dicho profesor es Director de Fight Club 39 de nuestra ciudad, desarrollando una notable tarea como entrenador de luchadores reconocidos a nivel internacional en diversas disciplinas como boxeo, Jiu Jitsu, entre otras:

 

Que entrena y ha entrenado a destacados deportistas tales como el boxeador Facundo Rojas, el Campeón Sudamericano de MMA y Jiu Jitsu Ignacio Fernández, el Campeón Argentino de Kickboxing Lucio Saavedra, al equipo argentino de Jiu Jitsu GFTeam, entre otros.

 

Que es una importante oportunidad para brindar herramientas a los participantes, mediante un proceso multidisciplinario de desarrollo y colaboración mutua entre Italia y los países de emigrados.

 

Que este Ente Municipal de Turismo, considera oportuno destacar esta iniciativa, declarándolo Embajador Turístico, durante su viaje rumbo a Salta y Tucumán.

 

Por todo ello,

 

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1°.- Declarar Embajador Turístico al Profesor Leandro Torres, por el viaje que emprenderá rumbo a la ciudad de Concepción de Tucumán los días 18 y 19 de abril de 2019 para participar en el Seminario de Especialización de Técnicas de Lucha, y rumbo a la ciudad de Salta el día 20 de abril de 2019 para participar en el Seminario de Entrenamiento de Luchadores, en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 2°.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal, y a sus efectos intervengan los Departamentos Marketing y de Prensa.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 178

 

 

Mar del Plata, 10 de abril de 2019

 

VISTO: la realización del ENCUENTRO CONECTIVIDAD MAR DEL PLATA, el cual reunirá a CEOS de las líneas aéreas nacionales e internacionales más importantes, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el mismo, se realizará en la ciudad durante los días 10 al 12 de abril de 2019, en el marco de las acciones de planificación, ejecución y gestionamiento de políticas turísticas para que la ciudad siga siendo elegida por millones de visitantes al año.

 

Que ha sido Declarado de Interés Turístico, mediante Resolución Nº166/2019, y con auspicio municipal mediante Decreto Nº 656/2019.

 

Que se recibirá un grupo de 20 Ceos de las principales líneas aéreas internacionales con posibilidades de extender sus rutas en conexión con nuestra ciudad, a quienes durante su estadía se los alojará en un hotel 5 estrellas, y agasajará con actividades y servicios gastronómicos especiales dadas las características de los distinguidos visitantes.

 

Que por tal motivo, se han solicitado presupuestos para los diferentes requerimientos, correspondientes a las Solicitudes de Pedido Nº 152 “visita guiada y cena en fábrica de cerveza artesanal”; Nº 149 “traslados terrestres”; y Nº 159 “almuerzo en el Mar del Plata Golf Club”;

 

Que para la contratación de la visita guiada a la fabrica de cerveza artesanal, como así también para el almuerzo, se han tenido en cuenta lugares emblemáticos y establecimientos íconos de nuestra ciudad como son,  la Cerveceria Antares pionera de industria cervecera artesanal marplatense, que ha alcanzado renombre a nivel nacional por producción y distribución y el Mar del Plata Golf Club.

 

Que la Contaduría realiza la imputación presupuestaria correspondiente.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTA DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º.- Adjudicar a la firma MILTON S.A., la contratación de la visita guiada a la fábrica de Cerveza Antares más entrega de souvenirs y servicio de comida exclusiva en el establecimiento, por un total de Pesos Doce Mil ($ 12.000.-), en un todo de acuerdo al presupuesto adjunto a las presentes actuaciones y en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 2º.- Adjudicar a la firma REMISERVIS S.R.L., la contratación del servicio de traslados internos, por un total de Pesos Quince Mil Doscientos Cuarenta ($ 15.240.-), en un todo de acuerdo al presupuesto adjunto a las presentes actuaciones y  en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 3º.- Adjudicar a la firma HERBES EZEQUIEL EDUARDO (concesionario), la contratación del servicio de almuerzo en el Mar del Plata Golf Club, por un total de Pesos Treinta y Ocho Mil Ciento Quince ($ 38.115.-), en un todo de acuerdo al presupuesto adjunto a las presentes actuaciones y en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, corresponderán imputarse a: Programa 16 Actividad  02 – Inciso 3 – Partida Principal 6 – Partida Parcial 9,  del Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2018 Prorrogado.

 

ARTÍCULO 5º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Marketing, Departamento de Organización de Eventos y Relaciones Institucionales y de Prensa, Jefatura de Compras, Contaduría y Tesorería.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 179

 

 

Mar del Plata, 10 de abril de 2019

 

VISTO: la realización del ENCUENTRO CONECTIVIDAD MAR DEL PLATA, el cual reunirá a CEOS de las líneas aéreas nacionales e internacionales más importantes, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el mismo, se realizará en la ciudad durante los días 10 al 12 de abril de 2019, en el marco de las acciones de planificación, ejecución y gestionamiento de políticas turísticas para que la ciudad siga siendo elegida por millones de visitantes al año.

 

Que ha sido Declarado de Interés Turístico, mediante Resolución Nº166/2019, y con auspicio municipal mediante Decreto Nº 656/2019.

 

Que se recibirá un grupo de 20 Ceos de las principales líneas aéreas internacionales con posibilidades de extender sus rutas en conexión con nuestra ciudad, a quienes durante su estadía se los alojará en un hotel 5 estrellas, y agasajará con actividades y servicios gastronómicos especiales dadas las características de los distinguidos visitantes;

 

Que por tal motivo, se han solicitado presupuestos para los diferentes requerimientos, correspondientes a las Solicitudes de Pedido Nº 153 “Cena de Chef Marplatense en Torre Tanque de Agua”; Nº 157 “alquiler mobiliario”; y Nº 160 “servicio de audio, vídeo e iluminación”;

 

Que la Contaduría realiza la imputación presupuestaria correspondiente.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º.- Adjudicar a la firma SARASA MARIA FERNANDA, la contratación del servicio de cena, por un total de Pesos Sesenta Mil Quinientos ($ 60.500.-), en un todo de acuerdo al presupuesto adjunto a las presentes actuaciones y en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 2º.- Adjudicar a la firma CEDOLA FERNANDO FABIAN, la contratación del servicio de alquiler de mobiliario, por un total de Pesos Ocho Mil Noventa ($ 8.090.-), en un todo de acuerdo al presupuesto adjunto a las presentes actuaciones y en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 3º.- Adjudicar a la firma OMAR EDUARDO GORRITI, la contratación de los servicios de sonido, iluminación y vídeo para el total de las jornadas, por un total de Pesos Cuarenta y Siete Mil ($ 47.000.-), en un todo de acuerdo al presupuesto adjunto a las presentes actuaciones y en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes,  corresponderán imputarse a: Programa 16 Actividad  02 – Inciso 3 – Partida Principal 6 – Partida Parcial 9, del Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2018 Prorrogado.

 

ARTÍCULO 5º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Marketing, Departamento de Organización de Eventos y Relaciones Institucionales y de Prensa, Jefatura de Compras, Contaduría y Tesorería.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 180

 

 

Mar del Plata, 10 de abril de 2019

 

VISTO: la realización del ENCUENTRO CONECTIVIDAD MAR DEL PLATA, el cual reunirá a CEOS de las líneas aéreas nacionales e internacionales más importantes, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el mismo, se realizará en la ciudad durante los días 10 al 12 de abril de 2019, en el marco de las acciones de planificación, ejecución y gestionamiento de políticas turísticas para que la ciudad siga siendo elegida por millones de visitantes al año.

 

Que ha sido Declarado de Interés Turístico, mediante Resolución Nº166/2019, y con auspicio municipal mediante Decreto Nº 656/2019.

 

Que se recibirá un grupo de 20 Ceos de las principales líneas aéreas internacionales con posibilidades de extender sus rutas en conexión con nuestra ciudad, a quienes durante su estadía se los alojará en un hotel 5 estrellas, y agasajará con actividades y servicios gastronómicos especiales dadas las características de los distinguidos visitantes;

 

Que por tal motivo, se han solicitado presupuestos para los diferentes requerimientos, correspondientes a las Solicitudes de Pedido Nº 149 “traslados aéreos” y Nº 158 “alojamiento, alquiler de salón, servicio de coffee break”.

 

Que la Contaduría realiza la imputación presupuestaria correspondiente.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º.- Adjudicar a la firma AVIAN LINEAS AEREAS S.A., la adquisición de pasajes aéreos ida y vuelta BUE-MDP para los CEOS de las Compañías Aéreas invitadas, por un total de Pesos Cuarenta y Dos Mil Novecientos Veintisiete con 40/100 ($ 42.927,40.-) en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 2º.- Adjudicar a la firma INTEGRACIÓN TURÍSTICA HOTELERA S.A., la contratación de los servicios de alojamiento en el Sheraton Mar del Plata Hotel; alquiler del Salón Cruz del Sur y servicio de coffee break, por un total de Pesos Sesenta y Nueve Mil Quinientos Catorce con 50/100 ($ 69.514,50.-), en un todo de acuerdo al presupuesto adjunto a las presentes actuaciones y  en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, corresponderán imputarse a: Programa 16 Actividad  02 – Inciso 3 – Partida Principal 6 – Partida Parcial 9,  del Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2018 Prorrogado.

 

ARTÍCULO 4º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Marketing, Departamento de Organización de Eventos y Relaciones Institucionales y de Prensa, Jefatura de Compras, Contaduría y Tesorería.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 181

 

 

Mar del Plata, 10 de abril de 2019

 

VISTO: la presentación efectuada por el Lic. MARCOS A. FOLGAR, Presidente de la ONG Asociación Civil Guías a la Par Mar del Plata, y la señora Marisa Arregui, Coordinadora, mediante nota nº 505/19; y

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

Que el día14 de abril de 2019, un grupo de integrantes de la Asociación Civil Guías a la Par Mar del Plata, viajarán a la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, para participar del 4º Campeonato Argentino y 2º Encuentro Iberoamericano de Ruta para Atletas Ciegos y Disminuidos Visuales.

 

Que la ONG Guías a la Par nació hace dos años con la premisa de permitir que las personas ciegas y disminuidas visuales puedan realizar la práctica del deporte adaptado, particularmente el atletismo, incluyendo también el ciclismo en bicicletas tandem, el fútbol para ciegos en la modalidad recreativa, y el voley o sitting voley para personas amputadas, donde también se incorporará la natación.

 

Que entre los integrantes de dicho grupo se encuentran:

 

  1. ARREGUI - DNI 20961335
  1. VIDELA - DNI:92494723
  2. CORBELA - DNI: 20040230
  1. FERNANDEZ -DNI-27417260
  2. BONAVITA - DNI-36476200
  1. BEATRIZ DIAZ- DNI-24397177
  1. LA CRUZ PEREZ - DNI-37240282
  2. FRATERNALI - DNI-26703564
  3. BUCCICO - DNI-13764964
  4. SOTELO - DNI-21461301
  1. ALBERTO CONTINO - DNI-6187599
  1. SOSA-DNI-34442939
  2. TASAROLI-DNI-34535166
  1. ARROYO ROSALES-DNI-95770640
  1. DE LOS ANGELES PEÑA-DNI-33867018
  2. MENDOZA-DNI-36382889
  3. LENZO-DNI-40666758
  4. LOPEZ-DNI-37112506
  1. FOLGAR-DNI-22211814
  1. DIAZ-DNI-18226487
  1. DIAS-DNI-39342231
  1. MARTINEZ-DNI-34955836
  1. ALEGRE-DNI-26130590
  1. FRATICOLA-DNI-23941122
  2. FRATICOLA-DNI-13573776
  3. ECHEGARAY-DNI-16115539
  4. VIZCAINO-DNI-17486868
  1. SCOLLO.- DNI-12200741
  2. MARIA FARRE-DNI -29314415
  3. MISCHUK-DNI-17178781
  4. ECHEGARAY-DNI-35794709
  5. SANDOVAL-DNI-35619173
  6. ROMANO-DNI-31185384
  7. DE ARCE-DNI-12016667
  8. CARLOS AIZPUN-DNI-11350289
  9. ALBIDE-DNI-26057755
  10. ROSAS-DNI-26269469
  11. MARTINEZ-DNI-216171500
  12. GIMENEZ-DNI-21534847

 

Que portarán para ello material gráfico e institucional que propenda a la promoción y difusión de los atractivos turísticos y culturales de Mar del Plata en ese destino.

 

Que éste Ente Municipal de Turismo considera oportuno reconocer el desempeño de estos jóvenes, declarándolos Embajadores Turísticos, en su viaje a la Ciudad de Rosario.

 

Por todo ello

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1°.- Declarar Embajadores Turísticos a los integrantes de la ONG Asociación Civil Guías a la Par Mar del Plata, por el viaje que emprenderán a la Ciudad de Rosario – Santa Fe, el 14 de abril de 2019, en mérito a lo expresado en el presente exordio.

 

ARTÍCULO 2°.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal, y a sus efectos intervengan los Departamentos Marketing y Prensa.

 

 

REGISTRADO BAJO EL Nº 182

 

 

Mar del Plata, 10 de abril de 2019

 

 

VISTO: la presentación efectuada por la señora Mg. Andrea Basualdo, Directora de Museos y Centro Cultural Victoria Ocampo, mediante nota Nº 510/19, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en la misma solicita se declare de interés turístico al “53º, ENCUENTRO NACIONAL DE AdiMRA - Asociación Civil de Directores de Museos de la República Argentina”, el que se realizará en la ciudad durante los días 12 y 13 de abril de 2019, en el Museo Municipal de Arte Juan Carlos Castagnino.

 

Que el mencionado encuentro reunirá a 50 directores de museos argentinos quienes abordarán diversas temáticas relacionadas con la educación, la sustentabilidad y el cambio climático.

 

Que dichos directores realizarán visitas a los Museos de la ciudad, lo que implicará un recorrido turístico por la misma y por el área rural de Mar del Plata.

 

Que del mismo participarán y disertarán representantes de la entidad organizadora, ADIMRA, y de ICOMOS Argentina - Consejo Internacional de Monumentos y Sitios. Entre ellos, los presidentes Dr. Walter Di Santo y Arq. Pedro Delheye respectivamente.

 

Que la Asociación Civil de Directores de Museos de la República Argentina (ADiMRA) hará entrega de distinciones a la Asociación de Amigos de Villa Mitre, la Asociación de Amigos de Villa Victoria y la Asociación de Amigos del Museo Municipal de Arte Juan Carlos Castagnino, en reconocimiento a su contribución y trayectoria en el Desarrollo y Conservación de los Museos y la Cultura de Mar del Plata.

 

Que este Ente Municipal de Turismo considera oportuno brindar su adhesión a acontecimientos de esta naturaleza, que contribuyen a afianzar la imagen de Mar del Plata como Sede de Reuniones.

 

Por todo ello,

 

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Turístico a la realización en nuestra ciudad del “53º, ENCUENTRO NACIONAL DE AdiMRA - Asociación Civil de Directores de Museos de la República Argentina”, el que se realizará en la ciudad durante los días 12 y 13 de abril de 2019, en el Museo Municipal de Arte Juan Carlos Castagnino, en mérito a lo expresado en el presente exordio.

 

ARTÍCULO 2º.- A través del Departamento de Asistencia al Turista, se adoptarán los recaudos pertinentes para incluir al acontecimiento origen de las presentes actuaciones, en el Calendario de Actividades de este Ente Municipal de Turismo.

 

ARTÍCULO 3º.- La declaración de Interés Turístico a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los organizadores del cumplimiento de lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, para la utilización de los espacios en la vía pública, ni del pago de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.

 

ARTÍCULO 4º.- La entidad organizadora deberá contratar los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Turismo exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones necesarias para la cobertura de los servicios de emergencia médica.

 

ARTICULO 5°.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Ente Municipal de Turismo por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 118, 160, 200, 275, 278, 490, 833, 850, 852, 1040, 1042, 1376, 1749, 1751, 1785, 1786, 1788 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.

 

ARTÍCULO 6º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista y de Prensa.

 

 

REGISTRADO BAJO EL Nº 183

 

 

Mar del Plata, 11 de marzo de 2019

 

VISTO el Expediente 39 Letra J Año 2018  por el cual se tramita el Llamado a Licitación Privada nº 03/2018 para la contratación del “Servicio de Limpieza Ente Municipal de Turismo - Año 2018”; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por Resolución Nº 070/2018 se adjudica la Licitación Privada nº 03/2018 para la contratación del “Servicio de Limpieza Ente Municipal de Turismo - Año 2018”, a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A., por un monto total de hasta Pesos Un Millón Ciento Treinta y Dos Mil Novecientos Setenta y Nueve con 50/100 ($ 1.132.979,50.-), con la vigencia a partir del mes de marzo de 2018 y hasta el 31 de enero 2019, con un valor mensual de Pesos Ciento Dos Mil ($102.000) y por 50 horas adicionales a demanda, a un valor de Pesos Doscientos Dieciséis con 59/100 ($216,59) la hora.

 

Que por Resolución Nº 063/2019, se prorroga la Licitación de referencia por la Contratación del “Servicio de Limpieza Ente Municipal de Turismo - Año 2019” por el periodo comprendido entre el 1 de febrero de 2019 y el 15 de marzo de 2019, por un monto total de Pesos Ciento Cincuenta y Seis Mil Ochocientos Cuarenta y Dos con 85/100 ($156.842,85).

 

Que en cumplimiento del artículo 19º de  las Condiciones Generales del P.B.C. la firma constituye Garantía de Adjudicación, mediante Pólizas de Caución Nº 227.680 de COSENA SEGUROS S.A., recepcionada por Tesorería bajo Recibo nro. 0000475 cuya copia obra en el presente expediente.

 

Que con fecha 08 de abril del año 2019, la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A., mediante Nota Nº 497 solicita la devolución de la Garantía de Adjudicación presentada oportunamente.

 

Que de acuerdo a la conformación de las facturas recepcionadas y autorizadas por el Departamento de Administración durante  el ejercicio 2018 y enero a marzo de 2019, la firma a cumplido satisfactoriamente con la contratación, por lo que corresponde proceder a  dicha devolución.

 

Que la Contaduría informa que la devolución deberá registrarse en la cuenta “Títulos y Valores recibidos de Terceros”.

 

Por todo ello en uso de las facultades delegadas;

 

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTICULO 1º. Autorizar la devolución  de la Garantía de Adjudicación a la firma  HIPOLITO INTEGRAL S.A. que fuera constituida bajo Póliza de Caución Nº 227.680 de COSENA SEGUROS S.A., recepcionada por Tesorería bajo Recibo nro. 0000475, por el importe de Pesos Ciento Trece Mil Doscientos Ochenta y Dos con 95/100 ($ 113.282,95.-), en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTICULO 2º. El egreso que demande la presente autorización, deberá registrarse en Grupo 8- Subrubro 1- Rubro 2- Cuenta 1 ““Títulos y Valores recibidos de Terceros”.

 

ARTICULO 3º. Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal, y a sus efectos, intervengan Contaduría, Jefatura de Compras y Tesorería.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 184

 

 

Mar del Plata, 11 de abril de 2019

 

VISTO: la presentación efectuada por el señor Guillermo Carti, Presidente del Centro Hípico General Pueyrredón, mediante nota Nº 408/19, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

Que en la misma solicita se declare de Interés Turístico a la realización del TORNEO HIPICO COPA SEMANA SANTA 2019, a llevarse a cabo entre los días 17 y 21 de abril de 2019, en las instalaciones del Club Hípico General Pueyrredón y Haras Santa María del Mar, de nuestra ciudad.

 

Que este acontecimiento deportivo se encuentra organizado por la Federación Ecuestre Argentina y forma parte del calendario anual de actividades ecuestres.

 

Que participarán del mismo aproximadamente 150 jinetes y amazonas provenientes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como así también de diversas ciudades bonaerenses, Santa Fe y otras provincias del país.

 

Que dicho torneo se encuentra destinado a jinetes de todas las edades, incluyendo todas las categorías hípicas, desde Cruzadas hasta un Gran Premio de doble recorrido de 1,40 metros.

 

Que dicha competencia contará con la cobertura periodística de medios de comunicación masiva y prensa especializada, lo que permite inferir un importante impacto publicitario para Mar del Plata, que redituará en su promoción como destino turístico nacional e internacional.

 

Por todo ello,

 

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Turístico a la realización en nuestra ciudad del TORNEO HIPICO COPA SEMANA SANTA 2019, a llevarse a cabo entre los días 17 y 21 de abril de 2019, en las instalaciones del Club Hípico General Pueyrredón y Haras Santa María del Mar.

 

ARTÍCULO 2º.- A través del Departamento de Asistencia al Turista, se adoptarán los recaudos pertinentes para incluir, al acontecimiento origen de las presentes actuaciones, en el Calendario de Actividades de este Ente Municipal de Turismo.

 

ARTÍCULO 3º.- La declaración de Interés Turístico a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los organizadores del cumplimiento de lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, para la utilización de los espacios en la vía pública, ni del pago de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.

 

ARTÍCULO 4º.- La entidad organizadora deberá contratar los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Turismo exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones necesarias para la cobertura de los servicios de emergencia médica.

 

ARTICULO 5°.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Ente Municipal de Turismo por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 118, 160, 200, 275, 278, 490, 833, 850, 852, 1040, 1042, 1376, 1749, 1751, 1785, 1786, 1788 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.

 

ARTÍCULO 6º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista y de Prensa.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 185

 

 

Mar del Plata, 11 de abril de 2019

 

VISTO: la presentación efectuada por el  señor Julian Verna, perteneciente a BeerWay, mediante nota nº 482/19; y

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

Que en la misma solicita se declare de interés turístico a la “1º Edición de la Noche de las Fábricas”, la que se llevará a cabo en nuestra ciudad el día 18 de abril de 2019, y en la que participarán sólo fábricas de cerveza artesanal de Mar del Plata.

 

Que dicho evento consistirá en ofrecer media pinta o equivalente (250cc) a $50 cada una, la realización de visitas guiadas por las fábricas participantes, así como también cocciones y/o charlas en vivo, catas y degustaciones de cerveza artesanal, entre otros.

 

Que forma parte del Calendario Cervecero de Mar del Plata, siendo el día 18 de abril uno de los feriados de Semana Santa, lo que se generará una gran concurrencia de turistas y residentes.

 

Que entre las empresas marplatenses que participarán se encuentran Antares, Cheverry, Heller, BrewHouse, Cachalote, DePrestado, Icarus, Mauer, Alarde, Smith, Kaunas y Fauno.

 

Que además, se llevará a cabo una campaña de concientización en cuánto al consumo responsable, el “Retorno Seguro” a través de un conductor designado y el uso de transporte público para los traslados, y la no venta de bebida alcohólica a menores de 18  años de edad.

 

Que este Ente Municipal de Turismo considera oportuno brindar su reconocimiento a acontecimientos de esta naturaleza, que contribuyen a afianzar la imagen de Mar del Plata como Sede de Reuniones.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º. Declarar de Interés Turístico a la realización de la “1º Edición de la Noche de las Fábricas”, la que se llevará a cabo en nuestra ciudad el día 18 de abril de 2019, y en la que participarán sólo fábricas de cerveza artesanal de Mar del Plata.

 

ARTÍCULO 2º.- A través del Departamento de Asistencia al Turista, se adoptarán los recaudos pertinentes para incluir, al acontecimiento origen de las presentes actuaciones, en el Calendario de Actividades de este Ente Municipal de Turismo.

 

ARTÍCULO 3º.- La declaración de Interés Turístico a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los organizadores del cumplimiento de lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, para la utilización de los espacios en la vía pública, ni del pago de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.

 

ARTÍCULO 4º.- La entidad organizadora deberá contratar los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Turismo exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones necesarias para la cobertura de los servicios de emergencia médica.

 

ARTICULO 5°.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Ente Municipal de Turismo por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 118, 160, 200, 275, 278, 490, 833, 850, 852, 1040, 1042, 1376, 1749, 1751, 1785, 1786, 1788 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.

 

ARTÍCULO 6º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista y de Prensa.

 

 

REGISTRADO BAJO EL Nº 186

 

 

Mar del Plata, 15 de abril de 2019

 

 

Visto: El expediente nro. 11 Letra I Año 2019  por el cual se tramita la Licitación Privada nº 02/2019 para la Contratación del Servicio de Asesoramiento y Recopilación de Datos Año 2019, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que de acuerdo con la  Resolución  nº 103/2019, con fecha 7 de marzo de 2019, se procede a la apertura del Llamado del Concurso de referencia.

 

De un total de cinco (5) invitaciones cursadas a firmas inscriptas ante el Registro de Proveedores del Ente, más la publicación ante el Calendario de Licitaciones en la pág. web de la Municipalidad de Gral Pueyrredon, se recepcionaron 2 ofertas.

 

Que las ofertas pertenecen a las firmas M y F Comunicación y Opinión Pública S.R.L. y Fernando Cerimedo.

 

Que se detallan las cotizaciones presentadas en el siguiente cuadro:

 

Oferentes

M Y F Comunicación y Opinión Publica S.R.L.

Cerimedo Fernando

Ítems a cotizar

Cu

Cu

Ítem I

$168

$140

Ítem II

$80,6

$83

Ítem III

$162

$140

Ítem IV

$120

$110

 

Que las  firmas oferentes dieron cumplimiento a los requerimientos mínimos exigidos en Pliego de Bases y Condiciones, dándose por válidas el total de las ofertas presentadas.

 

Que con fecha 8 de marzo de 2019, vista la documentación de cada oferta en forma pormenorizada, la Jefatura de Compras eleva los actuados a la Comisión de Pre Adjudicación para su estudio y evaluación ( fs. 118).

 

Que el Pliego de Bases y Condiciones, en su Art. 18 “Mantenimiento de Oferta”, preveía 15 días corridos con una prórroga automática.

Que el análisis y estudio de las propuestas ha llevado más tiempo del esperado por el Ente, razón por la cual con fecha 29 de marzo de 2019, aún dentro de los términos del mantenimiento de oferta, se requiere mediante Cédula de Notificación a ambas firmas la prórroga del mantenimiento de oferta por el término de 15 días corridos.

Que por Notas Nº 481 y 492, las firmas Fernando Cerimedo y  M y F Comunicación y Opinión Pública S.R.L., aceptan el plazo de tiempo requerido.

 

Que el siguiente cuadro visualiza el costo total a incurrir según cada oferente a partir de la  fecha de inicio del servicio a contratar, 15 de abril de 2019:

 

Oferentes

Cantidad por ítem

M Y F Comunicación y Opinión Publica S.R.L.

Cerimedo Fernando

Ítems a cotizar

 

Cu

Costo Total

Cu

Costo Total

Ítem I

750

$168

$126.000

$140

$105.000

Ítem II

8425

$80,6

$679.055

$83

$699.275

Ítem III

350

$162

$56.700

$140

$49.000

Ítem IV

800

$120

$96000

$110

$88000

Total

 

 

$957.755

 

$941.275

 

Que la Comisión de Pre Adjudicación, analiza y estudia cada una de las ofertas con la totalidad de documentación presentada con más la información de verificaciones de antecedentes aportada por la Jefatura de Compras.

 

Que la mencionada Comisión, teniendo en cuenta que:

  1. recopilación de información y datos, que luego de ser procesados por el Ente, forman una base de información de utilidad estratégica, “un insumo vital” que es utilizado en diferentes estudios e informes de esencial importancia para el Ente (informes estadísticos resumen anuario,  estudios de coyuntura turística mensuales durante todo el año, estudio de demanda temporada de verano, informes de avance realizados durante la temporada estival, estudio de perfil y comportamiento de vacaciones de invierno y fines de semana largos y puentes, etc.) como así también para la formulación y ejecución de políticas de promoción turística.
  2. objeto de la licitación no es un servicio estandarizado donde pueda tenerse en cuenta exclusivamente el mejor precio.
  1. se ha considerado únicamente este parámetro como elemento decisorio, sino que han incidido en el análisis tanto la calidad de los antecedentes presentados,  como  el desempeño y los resultados obtenidos, derivados de las adjudicaciones de los servicios correspondientes a los ejercicios 2016, 2017, 2018.
  1. firma M y F Comunicación y Opinión Pública S.R.L., ha sido adjudicataria de Licitaciones Privadas Nro. 1/2016, 5/2017 y 6/2018 respectivamente, desarrollando la tarea en forma satisfactoria sin observaciones ni objeciones a su desempeño.
  2. destacada cantidad y calidad de antecedentes aportados por ésta última firma en comparación a los correspondientes a la firma Fernando Cerimedo
  3. diferencia en los importes cotizados por ambas firmas no resulta significativa;

sugiere como propuesta más conveniente, la correspondiente a la firma M y F Comunicación y Opinión Pública S.R.L.

 

Que la contratación  se encuadra dentro de las previsiones de los Art. 186º del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y  Artículo 116º de las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios, aprobados por Decreto 2980/00, que establecen:  ...Podrá adjudicarse excepcionalmente por razones de mejor calidad, dentro de las características o condiciones mínimas que deba reunir el objeto de la contratación, siempre que se determine con fundamento que la mejor calidad compensa la diferencia de precios”.

 

Que la Contaduría del Ente procede ha efectuar la correspondiente imputación preventiva del gasto.

 

Por todo ello, en uso de las facultades otorgadas,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTICULO 1º.- Adjudicar a la firma M Y F Comunicación y Opinión Pública S.R.L., la Licitación Privada nº 02/2019 para la Contratación del Servicio de Asesoramiento y Recopilación de Datos Año 2019, hasta un monto de Pesos Novecientos Cincuenta y Siete Mil Setecientos Cincuenta y Cinco ($ 957.755.-) en un todo de acuerdo a la propuesta presentada, lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones y los motivos expuestos en el exordio de la presente.

 

ARTICULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo  2º, deberá imputarse a:  Programa 16 - Actividad 01 - Inciso 3- Ppal. 4 Pparcial 9 – “Servicios Técnicos y Profesionales - Otros” del Presupuesto de Gastos vigente.Presupuesto de Gastos prorrogado Año 2018.

 

ARTICULO 3º.- El adjudicatario deberá  afianzar el cumplimiento de sus obligaciones con una suma igual al diez por ciento (10%) del precio total del servicio, la que asciende a Pesos Noventa y Cinco Mil Setecientos Setenta y Cinco con  50/100 ($ 95.775,50.-) de acuerdo con el Artículo 21º del Pliego de Bases y Condiciones y en cualquiera de las formas establecidas en el Artículo 22º del mismo cuerpo normativo.

 

ARTICULO 4º.- Autorizar a la Jefatura de Compras la notificación de la presente Resolución, a la totalidad de los oferentes.

 

ARTICULO 5º.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervenga el Departamento. de Investigación y Desarrollo,   Dto. de Marketing,  Contaduría, Tesorería, y Jefatura de Compras.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 187

 

 

Mar del Plata, 16 de abril de 2019

 

VISTO: la presentación efectuada por el Departamento de Investigación y Desarrollo; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que Mar del Plata estará presenta entre los días 2 y 4 de mayo de 2019 en el “1º Congreso de Profesionales en Turismo”, a realizarse  en la ciudad de Tandil.

 

Que el evento se encuentra organizado por el Colegio de Profesionales en Turismo, siendo algunos de los objetivos que dicha institución persigue: la jerarquización de la profesión, el intercambio de experiencias y la divulgación del conocimiento sobre temáticas como la Sustentabilidad, la Accesibilidad y la Comercialización Digital, objetivos que coinciden con los planteados por el Ente Municipal de Turismo para la conversión de Mar del Plata en un Destino Turístico Inteligente.

 

Que resulta conveniente asignar la representación para desarrollar dichas acción a las señoritas GUERRERO CANDELA (Legajo N° 30190), Auxiliar de Informes Turismo, BATTOCLETTI ANTONELLA (Legajo Nº 29327) Técnico I y al señor LAFFAN LEANDRO JOSE (Legajo Nº 23881) Jefe de Departamento de Investigación y Desarrollo, todos agentes del Ente Municipal de Turismo.

 

Que en virtud de ello, se hace necesario hacer entrega al señor LAFFAN LEANDRO JOSE (Legajo Nº 23881), de la suma de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS ($ 7.500.-) en concepto de eventuales, para cubrir gastos de inscripción, traslados y demás necesidades que implique el desarrollo de esta acción.

 

Que se ha dado intervención a la Contaduría quién produce informe consignando la imputación presupuestaria del gasto.

 

Por todo ello,

 

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1°.- Designar a las señoritas GUERRERO CANDELA (Legajo N° 30190), Auxiliar de Informes Turismo, BATTOCLETTI ANTONELLA (Legajo Nº 29327) Técnico I y al señor LAFFAN LEANDRO JOSE (Legajo Nº 23881) Jefe de Departamento de Investigación y Desarrollo, para desarrollar acciones representando a este EMTUR en el “1º Congreso de Profesionales en Turismo”, el que se desarrollará en la ciudad de Tandil del 2 al 4 de mayo de 2019

 

ARTÍCULO 2°.- Autorizar el pago al señor LAFFAN LEANDRO JOSE (Legajo Nº 23881), Jefe de Departamento de Investigación y Desarrollo, con cargo de rendición de cuentas, de la suma de SIETE MIL QUINIENTOS ($ 7.500.-), para afrontar gastos  de inscripción, traslados y demás necesidades que implique el desarrollo de esta acción

 

ARTÍCULO 3°.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el art 2º, corresponderá imputarse a: Programa 16 - Actividad 01- Inciso 03 – Partida Principal 06 – Partida Parcial 09 “OTROS”, del Presupuesto de Gastos Vigente.

 

ARTÍCULO 4°.- A su regreso, el señor LAFFAN LEANDRO JOSE rendirá debida cuenta de los gastos efectuados mediante la presentación de los respectivos comprobantes, y según las disposiciones de la Resolución N° 254/92.

 

ARTÍCULO 5°-. A través de la Contaduría, por cuerda separada se tramitará la solicitud de viáticos.

 

ARTÍCULO 6°.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal, y a sus efectos, intervengan Contaduría, Tesorería y el Departamento Marketing

 

 

REGISTRADO BAJO EL Nº 188

 

 

Mar del Plata, 16 de abril de 2019

 

VISTO: la realización del Festival Viva la Pascua; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que se solicita se declare de interés turístico a la realización de dicho evento, el cual tendrá lugar el día sábado 20 de abril de 2019 de 14:00 a 17:00 en Playa Varese, de nuestra ciudad.

 

Que “¡Festival Viva la Pascua!” se enmarca en los Festejos por las Pascuas, en el marco del Fin de Semana largo en conmemoración del fallecimiento y posterior resurrección de Jesucristo.

 

Que como parte de la celebración, se realizarán actividades recreativas y lúdicas consistentes en Kermés, construcción con yengas gigantes, metegol, sapo, oca gigante, tejo, entre otros juegos familiares cooperativos.

 

Que durante toda la jornada, grandes y chicos podrán disfrutar de la música y coreografía de la querida Guardia Nacional del Mar.

 

Que dicho festival será la oportunidad para compartir un día festivo en familia, lo que logrará una variada agenda de actividades para todos los gustos, aprovechando a pleno el fin de semana largo, con acceso libre y gratuito para toda la familia turista y residente y especialmente a los chicos.

 

Que se le dará, una amplia difusión en las redes sociales, y medios de comunicación.

 

Que este Ente Municipal de Turismo considera oportuno brindar su adhesión a esta realización, que contribuye a diversificar el Calendario de Actividades de la ciudad.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

ARTÍCULO 1º. Declarar de Interés Turístico la realización del “¡Festival Viva la Pascua!”; el cual se realizará el día sábado 20 de abril de 2019 de 14:00 a 17:00 en Playa Varese de nuestra ciudad, en mérito a lo expresado en el presente exordio.

 

ARTÍCULO 2º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista y de Prensa.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 189

 

 

Mar del Plata, 17 de abril de 2019

 

VISTO: la realización de la ”Feria Expoeventos 2019”; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que Mar del Plata participará de la misma, la cual se desarrollará en Costa Salguero de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, durante los días 24 al 26 de abril de 2019.

 

Que Expo Eventos es la exposición internacional de Organización de Eventos y Turismo de Reuniones más importante de Latinoamérica y reúne a Organizadores y Proveedores con los Destinos Sede de Argentina y la región, para la realización de congresos, exposiciones, ferias, eventos corporativos y viajes de incentivos, entre otros.

 

Que la participación en dicha expo ayuda a posicionar la marca Mar del Plata y promocionar los productos y servicios, y realizar presentaciones comerciales a través de la información de los clientes y el mercado.

 

Que resulta conveniente asignar la representación para desarrollar dichas acciones a la señora GAERTNER INGRID MARIEL (Legajo N° 21303), al señor CARUSO CLAUDIO LEONARDO (Legajo Nº 18811), al señor LAFFAN LEANDRO JOSE (Legajo Nº 23881) y a la señorita GUERRERO CANDELA (Legajo Nº 30190).

 

Que en virtud de ello, se hace necesario hacer entrega a la agente GAERTNER INGRID MARIEL, la suma de DIEZ MIL PESOS ($ 10.000.-) en concepto de eventuales, para cubrir demás necesidades que implique el desarrollo de esta acción.

 

Que se ha dado intervención a la Contaduría quién produce informe consignando la imputación presupuestaria del gasto.

 

Por todo ello, y en uso de sus atribuciones,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1°.- Designar a la señora GAERTNER, INGRID MARIEL (Legajo N° 21303), al señor CARUSO, CLAUDIO LEONARDO (Legajo Nº 18811), al señor LAFFAN, LEANDRO JOSE (Legajo Nº 23881) y a la señorita GUERRERO, CANDELA (Legajo Nº 30190), para desarrollar acciones representando a este EMTUR en la ”Feria Expoeventos 2019”, la que se desarrollará en Costa Salguero de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del 24 al 26 de abril de 2019.

 

ARTÍCULO 2°.- Autorizar el pago a la señora GAERTNER INGRID MARIEL, (Legajo N° 21303), con cargo de rendición de cuentas, de la suma de DIEZ MIL PESOS ($ 10.000.-) para afrontar gastos en concepto de eventuales.

 

ARTÍCULO 3°.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, corresponderá imputarse a: Programa 16 - Actividad 02- Inciso 3 – Partida Principal 06 – Partida Parcial 09 “OTROS”, del Presupuesto de Gastos Vigente.

 

ARTÍCULO 4°.- A su regreso, la señora GAERTNER INGRID MARIEL, (Legajo N° 21303) rendirá debida cuenta de los gastos efectuados mediante la presentación de los respectivos comprobantes, y según las disposiciones de la Resolución N° 254/92.

 

ARTÍCULO 5°-. A través de la Contaduría, por cuerda separada se tramitará la solicitud de viáticos.

 

ARTÍCULO 6°.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal, y a sus efectos, intervengan Contaduría, Tesorería y el Departamento Marketing

 

REGISTRADO BAJO EL Nº 190

 

 

Mar del Plata, 17 de abril de 2019-

                                                           

 

                                                                            VISTO: El expediente Nº 100-J-2019 Cuerpo 01, a través del cual se tramita el Concurso de Precios Nº 09/2019, para la contratación del “Diseño, Desarrollo Arquitectónico, Construcción, Armado, Puesta en Marcha, Llave en Mano y Desarme del Stand  para la participación de este EMTUR en  Expoeventos 2019; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por Resolución Nº 174/2019, se aprueba el llamado a Concurso de Precios nº 09/2019, por la contratación del “Diseño, Desarrollo Arquitectónico, Construcción, Armado, Puesta en Marcha, Llave en Mano y Desarme del Stand  para la participación de este EMTUR en Expoeventos 2019.

 

Que se invitaron seis (6) firmas relacionadas con el rubro e inscriptas ante el Registro de Proveedores del Ente, más la publicación del Pliego de Bases y Condiciones ante el Calendario de Licitaciones en la pág. web de la Municipalidad de Gral. Pueyrredon, dos  (2) firmas  constituyen la Garantía de Oferta (Art. 15º PBC) según Recibo Nº 578 y 579, correspondientes a las firmas B.D.G. S.A y NERVY S.A., recepcionándose también dos (2) sobres.

 

Que los mismos, corresponden a las firmas B.D.G. S.A y NERVY S.A., y según el siguiente cuadro:

 

Oferente

Presupuesto Oficial

Cotización s/p

 

Cotización

ALTERNATIVA 2 PROMOTORAS

B.D.G. S.A.

$ 588.000.-

$ 588.000.-

$ 530.000.-

NERVY S.A.

$ 588.000.-

$ 563.500.-

$ 445.447.-

 

Que las firmas oferentes han dado cumplimiento a los requerimientos mínimos exigidos en Pliego de Bases y Condiciones, dándose por válida dichas ofertas, estando también las cotizaciones dentro del monto estipulado como presupuesto oficial.

 

Que la Jefatura de Compras, atento a ello,  eleva los actuados a la Comisión de Pre adjudicación.

 

Que dicha Comisión, evalúa las ofertas y sus antecedentes,  estableciendo como criterios de evaluación: “la originalidad en la estructura”, “la creatividad y estética en el diseño”,  “el uso y aprovechamiento del espacio”,  “el equipamiento y mobiliario propuesto”, “la funcionalidad” y “el precio” en las distintas cotizaciones: con 12 promotoras (s/pliego) y alternativa cotizada con 2 promotoras.

 

Que teniendo en cuenta que se han modificado y suspendido varias actividades programadas y a desarrollarse en el Stand Expoeventos 2019  -tanto por el Mar del Plata Convention & Visitors Bureau como por el Ente- es necesario reducir el número de promotoras a 2 de las  12 determinadas inicialmente.

 

Que por lo expuesto precedentemente,  considerando: las cotizaciones correspondientes con 2 promotoras, $ 530.000 (BDG S.A.) y $445.447 (NERVY S.A.), “la originalidad en la estructura”, “la creatividad y estética en el diseño”, “el uso y aprovechamiento del espacio”, “el equipamiento y mobiliario propuesto”, “la funcionalidad”, “la tecnología incluida” y “el precio”, la Comisión de Pre Adjudicación, sugiere la adjudicación a la firma NERVY S.A. cuya cotización es de Pesos Cuatrocientos Cincuenta y Cinco Mil Cuatrocientos Cuarenta y Siete ($445.447.-), Opción de Stand 2.

 

Que la Contaduría del Ente procede ha efectuar las correspondientes imputaciones preventivas.

 

Por todo ello,

 

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTICULO 1º.- Adjudicar el Concurso de Precios Nº 09/2019, para la contratación del “Diseño, Desarrollo Arquitectónico, Construcción, Armado, Puesta en marcha, Llave en mano y Desarme de Stand Expoeventos 2019” que se desarrollará en el Centro Costa Salguero de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre los días 24 al 26 de abril de 2019, a la firma NERVY S.A., por un total de Pesos Cuatrocientos Cuarenta y Cinco Mil Cuatrocientos Cuarenta y Siete ($ 445.447.-), en un todo de acuerdo a la propuesta presentada y a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones que rige el Concurso de Precios.

 

ARTICULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo  1º,   deberá imputarse a: Prog. 16 – Actividad 02 - Inciso 03 - Partida Principal 06 - Partida Parcial 09 Apart. 0  del Presupuesto de Gastos Prorrogado 2018.

 

ARTICULO 3º.-  El  adjudicatario deberá  afianzar el  cumplimiento de sus obligaciones con una suma igual al diez por ciento (10%) del precio total del servicio, la que asciende a Pesos Cuarenta y Cuatro Mil Quinientos Cuarenta y Cuatro con 70/100 ($ 44.544,70.-) de acuerdo con el Artículo 25º del Pliego de Bases y Condiciones y en cualquiera de las formas establecidas en el Artículo 26º del mismo cuerpo normativo.

 

ARTICULO 4º.- Autorizar a la Contaduría del Ente, a efectuar las devoluciones de las Garantías de Ofertas presentadas por las firmas proponentes, a saber: B.D.G. S.A., s/recibo de Tesorería 578 y NERVY S.A., s/recibo de Tesorería 579,  este último una vez dado cumplimiento a la Garantía de Adjudicación de acuerdo al artículo 25º del Pliego de Bases y Condiciones.

 

ARTICULO 5º- Autorizar a la Jefatura de Compras la notificación de la presente Resolución a la totalidad de los oferentes.

 

ARTICULO 6º.- Registrar, comunicar por el Departamento Administrativo y a sus efectos, intervenga  el Departamento de Marketing,  Contaduría, Tesorería,  y Jefatura de Compras.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 191

 

 

Mar del Plata, 17 de abril de 2019

 

VISTO: la participación del Ente Municipal de Turismo en la Feria Internacional EXPOEVENTOS; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que durante los días 24 y 26 de abril de 2019 en el Centro de Convenciones de Costa Salguero, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se llevará a cabo la décimosexta edición de la Feria Expoeventos. .

 

Que Expo Eventos es la exposición internacional de Organización de Eventos y Turismo de Reuniones más importante de Latinoamérica y reúne a Organizadores y Proveedores con los Destinos Sede de Argentina y la región, para la realización de congresos, exposiciones, ferias, eventos corporativos y viajes de incentivos, entre otros.

 

Que la participación en dicha expo ayuda a posicionar la marca Mar del Plata y promocionar los productos y servicios, y realizar presentaciones comerciales a través de la información de los clientes y el mercado.

 

Que resulta conveniente asignar la representación para coordinar dicha acción promocional al señor José Boubee (Leg. 34122).

 

Que en virtud de ello, se hace necesario hacer entrega al Sr. Boubee, la suma de QUINCE MIL PESOS ($ 15.000.-), en concepto de eventuales, para cubrir gastos de traslado, y demás necesidades a cubrir que implique el desarrollo de esta acción.

 

Que a tal efecto y ante la imposibilidad de utilizar el vehículo oficial del Ente Citroen Xsara Picasso dominio MII 555, el que se encuentra en tramite de reparación, es que el Sr. Boubee hará uso de su vehículo particular Marca Honda CR-V, Dominio MKB143, el cual cuenta con Seguro y VTV al día.

 

Que se ha dado intervención a la Contaduría quién produce informe consignando la imputación presupuestaria del gasto.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1°.- Designar al Sr. JOSE BOUBEE Leg. 34122, para desarrollar acciones representando a este EMTUR, en la décimosexta edición de la Feria Expoeventos durante, a realizarse durante los días 24 al 26 de abril de 2019 en el Centro de Convenciones de Costa Salguero de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en merito a lo expresado en el exordio de la presente.

 

ARTÍCULO 2°.- Autorizar el pago al Sr. BOUBEE, con cargo de rendición de cuentas, de la suma de QUINCE MIL PESOS ($ 15.000.-) para afrontar gastos en concepto de eventuales.

 

ARTÍCULO 3°.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, corresponderá imputarse a: Programa 16 - Actividad 02- Inciso 3 – Partida Principal 06 – Partida Parcial 09  “OTROS”, del Presupuesto de Gastos vigente.

 

ARTÍCULO 4°.- A su regreso, el señor BOUBEE rendirá debida cuenta de los gastos efectuados mediante la presentación de los respectivos comprobantes, y según las disposiciones de la Resolución n° 0254/92.

 

ARTÍCULO 5°-. A través de la Contaduría, por cuerda separada se tramitará la solicitud de viáticos.

 

ARTÍCULO 6°.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal, y a sus efectos, intervengan Contaduría, Tesorería y el Departamento Marketing

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 192

 

 

Mar del Plata, 23 de abril de 2019

 

VISTO: la presentación efectuada por el señor Sergio Almirón y las señoras Patricia Urbandt y Octavia Cecchetto, mediante nota Nº 420/19, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en la misma solicita de declaración de interés turístico a la realización de las PRIMERAS JORNADAS DE BIOÉTICA DE LA RED DE BIOÉTICA DEL SUR BONAERENSE “SERGIO G. CECCHETTO”, a realizarse entre los días 27 y 29 de junio de 2019 en el Instituto Nacional de Epidemiología Dr. Juan Héctor Jara – INE, de nuestra ciudad.

 

Que dichas Jornadas se efectúan con motivo de cumplirse diez años del fallecimiento del Dr. Cecchetto, uno de los principales representantes de la Bioética, fundador e impulsor del Comité de Bioética de los Hospitales Interzonales Especializados Materno Infantil y General de Agudos de Mar del Plata. A nivel internacional, sus aportes en la materia con producción científica y académica son ampliamente reconocidos.

 

Que entre los principales temas que se abordarán serán referidos acerca de bioética clínica, ética o bioética de investigación, bioética ambiental, bioética y filosofía, bioética social, educación en bioética, bioética y arte, y homenaje al Dr. Cecchetto.

 

Que participarán profesionales referentes de la Bioética local, nacional e internacional, y de la UNESCO.

 

Que la mencionada Red de Bioética está integrada por las siguientes instituciones de Ética y Bioética del Sur de la Provincia de Buenos Aires: Comité de Ética de Investigación del Instituto Nacional de Epidemiología Dr. Juan Héctor Jara – INE; Comité de Bioética de los Hospitales Interzonales Especializados Materno Infantil Dr. Victorio Tetamanti y General de Agudos Dr. Oscar Alende de Mar del Plata; Comité de Ética Asistencial del Instituto de Rehabilitación Física del Sud – INAREPS; Programa Temático Interdisciplinario en Bioética de la Universidad Nacional de Mar del Plata – PTIB UNMDP; Comisión de Ética Científica de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad Nacional de Mar del Plata – CODEC UNMDP; Consejo Institucional de Revisión de Estudios de Investigación del Hospital Privado de Comunidad – CIREI HPC; Consejo Institucional de Revisión Ética Metodológica en Investigación del Instituto Nacional de Rehabilitación Física del Sur – CIREMI INAREPS; Comité de Ética de la Investigación de la Universidad Nacional de Mar del Plata – UNMDP; Comité de Ética Asistencial del Hospital Privado de la Comunidad – CHE HPC; Comité de Ética Asistencial Municipal de la Municipalidad de General Pueyrredon; Comité de Bioética del Hospital Regional Italiano de Bahía Blanca y Comité de Ética Asistencial del Hospital Bernardo Houssay de Mar del Plata.

 

Que este Ente Municipal de Turismo considera oportuno brindar su reconocimiento a acontecimientos de esta naturaleza, que contribuyen a afianzar la imagen de Mar del Plata como Sede de Reuniones.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Turístico a la realización en nuestra ciudad de las PRIMERAS JORNADAS DE BIOÉTICA DE LA RED DE BIOÉTICA DEL SUR BONAERENSE “SERGIO G. CECCHETTO”, a realizarse entre los días 27 y 29 de junio de 2019 en el Instituto Nacional de Epidemiología Dr. Juan Héctor Jara – INE, en mérito a lo expresado en el exordio de la presente.

 

ARTÍCULO 2º.- A través del Departamento de Asistencia al Turista, se adoptarán los recaudos pertinentes para incluir, al acontecimiento origen de las presentes actuaciones, en el Calendario de Actividades de este Ente Municipal de Turismo.

 

ARTÍCULO 3º.- La declaración de Interés Turístico a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los organizadores del cumplimiento de lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, para la utilización de los espacios en la vía pública, ni del pago de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.

 

ARTÍCULO 4º.- La entidad organizadora deberá contratar los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Turismo exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones necesarias para la cobertura de los servicios de emergencia médica.

 

ARTICULO 5°.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Ente Municipal de Turismo por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 118, 160, 200, 275, 278, 490, 833, 850, 852, 1040, 1042, 1376, 1749, 1751, 1785, 1786, 1788 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.

 

ARTÍCULO 6º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista y de Prensa.

 

 

REGISTRADO BAJO EL Nº 193

 

 

Mar del Plata, 23 de abril de 2019

 

VISTO el Expediente 103 Letra M Año 2019  por el cual se tramita la difusión de PNT y/o spots diarios en Radio CNN AM 950 ; y

 

CONSIDERANDO:

 

 

Que el Departamento de Marketing,  eleva Solicitud de Pedido Nº 168/2019, para  la difusión de PNT y/o spots diarios de 20 segundos, en cuatro de los programas principales de CNN AM 950: “La mañana de CNN”, “El Espectador”, “La tarde de CNN” y “Al fin y al cabo”.

 

Que la pauta incluye 22 salidas mensuales de 20 segundos cada una, sumando un total de 440 segundos tanto para el mes de mayo, como  para el mes de junio de 2019, de acuerdo al siguiente detalle:

  1. mañana de CNN”, 7 salidas mensuales de 20 segundos según pauta.
  2. espectador”, 7 salidas mensuales de 20 segundos según pauta.
  3. tarde de CNN”, 4 salidas mensuales de 20 segundos según pauta.
  4. fin y al cabo”, 4 salidas mensuales de 20 segundos según pauta.

 

Que el costo total de la campaña por los meses de mayo y junio de 2019 asciende a Pesos Doscientos Treinta y Cinco Mil Novecientos Veinte con 96/100 ($235.920,96), de acuerdo al presupuesto de la firma ARGENTINOS MEDIA S.A..

 

Que el Departamento de Marketing considera oportuno publicitar en este medio, con el fin de dar a conocer noticias, planes promocionales y actividades que se llevan a cabo en Mar del Plata y pueden generar desplazamientos desde dicho centro emisor en los próximos meses de mayo y junio de 2019.

 

Que si bien el monto total de las contrataciones superan el importe permitido para compras directas establecido en el art. 151º de la LOM, la firma ARGENTINOS MEDIA S.A. comecializa en forma exclusiva los espacios publicitarios de CNN RADIO AM 950, encontrándonos ante las excepciones del art. 156 inc. 1 de la LOM (exclusividad).

Que la Contaduría  del  Ente  ha  efectuado la correspondiente imputación preventiva.

 

Por todo ello en uso de las facultades delegadas;

 

 

LA  PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTICULO 1º.- Adjudicar a la firma ARGENTINOS MEDIA S.A. la difusion de PNT y/o spot diario de 20 segundos en 4 de los principales programas de CNN RADIO AM 950 “La mañana de CNN”, “El Espectador”, “La tarde de CNN” y “Al fin y al cabo” por un total de 440 segundos en Mayo y 440 segundos en Junio del corriente año, y por un monto total de Pesos Doscientos Treinta y Cinco Mil Novecientos Veinte con 96/100 ($235.920,96), en un todo de acuerdo al presupuesto presentado y los motivos expuestos en el exordio de la presente.

 

ARTÍCULO 2º-  El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en  el  artículo  1º  de la presente,   deberá imputarse a: Programa 16 – Actividad 02 - Inciso 03 – Partida Principal 06 – Partida Parcial 01 “PUBLICIDAD”, del Presupuesto de Gastos del Presupuesto de Gastos 2018 Prorrogado.

 

ARTÍCULO 3º.- Se deja establecido que el proveedor deberá presentar las correspondientes certificaciones radiales  con la factura  correspondiente.

 

ARTÍCULO 4º.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal y a sus  efectos,  intervengan el Dto de Marketing, Compras, Contaduría y Tesorería.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 194

 

 

Mar del Plata, 23 de abril de 2019

 

VISTO: El expediente 104-M-2019 a  través del cual se tramitan las actuaciones relacionadas con la participación publicitaria del EMTUR en el PROGRAMA MODO SELFIE, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el programa “Modo Selfie” es un programa especializado en turismo, en el cual el conductor se pone en lugar del pasajero y muestra el mundo a través de una cámara de celular en Modo Selfie.

 

Que el Sr. Agustín Neglia, conductor del programa, recorre el mundo con un formato de reality para sorprender al espectador con anécdotas, noticias y curiosidades de las ciudades más famosas, con la cámara en mano, simpatía y el humor que lo caracteriza, compartiendo la experiencia de cada lugar, sus paseos turísticos, barrios y gastronomía típica.

 

Que se trata de una nueva modalidad de mostrar destinos turísticos, ocupando el lugar del viajero, y haciendo del viaje una experiencia vivencial.

Que el programa se emite los días sábado a las 23:45 hs y domingos a las 00:00 hs por el Canal América 2 en Capital Federal y GBA y por América Satelital en casi todo el país.

 

Que la propuesta presentada por la firma GRUPO HARMONIA S.A., consiste en la emisión de 4 spots de 15 seg. cada uno, los días 28 de abril y 5, 12, 19 de mayo de 2019, bonificando dos historias en Instagram donde cuenta con mas de 145.000 seguidores.

 

Que el costo de la propuesta asciende a Pesos Ciento Treinta y Siete Mil ($137.000)

 

Que atento a ello, el Departamento de Marketing mediante Solicitud de Pedido Nº 170/19 requiere la contratación de 4 spot de 15 seg. a fin de promocionar Mar del Plata con el Plan Promocional 3 x 2.

 

Que la firma GRUPO HARMONIA S.A. posee la comercialización exclusiva de los espacios publicitarios del programa “Modo Selfie”.

 

Que la Contaduría realiza la imputación presupuestaria correspondiente.

 

Por todo ello,

 

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º.- Adjudicar a la firma GRUPO HARMONIA S.A.  la contratación de 4 spot de 20 seg. cada uno en el programa “Modo Selfie” emitido por la señal América 2, por un monto total de Pesos Ciento Treinta y Siete Mil ($ 137.000.-). de acuerdo a la propuesta presentada y en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, corresponderá imputarse a: Programa 16 – Actividad 2 - Inciso 3 – Partida Principal 6 – Partida Parcial  1 - “PUBLICIDAD”, del Presupuesto de Gastos 2018 prorrogado.

 

ARTÍCULO 3º.- Se deja establecido que el proveedor deberá presentar las certificaciones de las salidas con la factura correspondiente.

 

ARTÍCULO 4º.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal y a sus  efectos,  intervengan el Dto. de Marketing, Compras, Contaduría y Tesorería.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 195

 

 

Mar del Plata, 23 de abril de 2019

 

VISTO: la presentación efectuada por la Clínica de Fracturas y Ortopedias de Mar del Plata mediante nota nº 543/19, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en la misma, refiere a la realización en esta ciudad del Curso “Controversias en Tratamientos de Patología de Columna Vertebral”.

 

Que, organizado por los Departamentos de Columna de la Clínica de Fracturas y Ortopedia de Mar del Plata, Instituto Dupuytren (CABA) y Hospital Español (CABA), se llevará a cabo durante los días 2 al 4 de mayo de 2019.

 

Que el acontecimiento cuenta con la adhesión de la Asociación Argentina de Ortopedia y Traumatología (AAOT), la Federación Latinoamericana de Sociedades de Neurocirugía (FLANC), Sociedad Argentina de Patología de Columna Vertebral (SAPCV), asociación Argentina de Neurocirugía (AANC) y Asociación de Ortopedia y Traumatología del sudeste de la Provincia de Buenos Aires (AOTSEBA).

 

Que el Curso tiene como objetivo constituir un espacio académico y científico de discusión e intercambio entre cirujanos espinales, ortopedistas y/o neurocirujanos sobre casos médicos.

 

Que contará con la participación de destacados disertantes como los Doctores Federico P. Girardi (EEUU), Dr. Macagno (EEUU), Dr. Tanaka (Japón), Dr. Valverde (Costa Rica), entre otros.

 

Que este Ente Municipal de Turismo considera oportuno brindar su adhesión a acontecimientos de esta naturaleza, que contribuyen a afianzar la imagen de Mar del Plata como Sede de Reuniones.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º. Declarar de Interés Turístico a la realización en esta ciudad del            Curso “Controversias en Tratamientos de Patología de Columna Vertebral”, a llevarse a cabo durante los días 2 al 4 de mayo de 2019, en merito a lo expresado en el exordio de la presente.

 

ARTÍCULO 2º.- A través del Departamento de Asistencia al Turista, se adoptarán los recaudos pertinentes para incluir, al acontecimiento origen de las presentes actuaciones, en el Calendario de Actividades.

 

ARTÍCULO 3º.- La declaración de Interés Turístico a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los organizadores del cumplimiento de lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, para la utilización de los espacios en la vía pública, ni del pago de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.

 

ARTÍCULO 4º.- La entidad organizadora deberá contratar los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Turismo exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones necesarias para la cobertura de los servicios de emergencia médica.

 

ARTICULO 5°.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Ente Municipal de Turismo por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 118, 160, 200, 275, 278, 490, 833, 850, 852, 1040, 1042, 1376, 1749, 1751, 1785, 1786, 1788 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.

 

ARTÍCULO 6º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista y de Prensa.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 196

 

 

Mar del Plata, 23 de abril de 2019

 

VISTO: la realización de una Misión Comercial de Argentina en Asunción del Paraguay; y

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

Que Mar del Plata participará en la mencionada Misión Comercial de Argentina en Asunción del Paraguay, del 28 de abril al 2 de mayo de 2019.

 

Que organizada por el Instituto de Promoción Turística (INPROTUR), la ciudad a sido invitada a participar de la misma siendo el lugar de encuentro la Embajada Argentina en Paraguay con la Presentación de los Destinos Turísticos de Argentina, Argentina Sede de Eventos y la Propuesta Comercial de Aerolíneas Argentinas.

 

Que resulta conveniente asignar la representación para desarrollar acciones promocionales a la señora Silvia Orzewszki, (Legajo N°14189).

 

Que en virtud de ello, se hace necesario hacer entrega a la mencionada agente, la suma de TREINTA Y CINCO MIL PESOS ($ 35.000.-), en concepto de eventuales, para cubrir gastos que implique el desarrollo de esta acción.

 

Que se ha dado intervención a la Contaduría quién produce informe consignando la imputación presupuestaria del gasto.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1°.- Designar a la señora Silvia Orzewszki (Legajo N° 14189), para desarrollar acciones representando a este EMTUR, en la Misión Comercial de Argentina en Asunción del Paraguay, del 28 de abril al 2 de mayo de 2019.

 

ARTÍCULO 2°.- Autorizar el pago a la agente SILVIA ORZEWSZKI, con cargo de rendición de cuentas, de la suma de TREINTA Y CINCO MIL PESOS ($ 35.000.-), para afrontar gastos en concepto de eventuales.

 

ARTÍCULO 3°.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, corresponderá imputarse a: Programa 16 - Actividad 02- Inciso 3 – Partida Principal 06 – Partida Parcial 09  “OTROS”, del Presupuesto de Gastos vigente.

 

ARTÍCULO 4°.- A su regreso, la agente SILVIA ORZEWSZKI rendirá debida cuenta de los gastos efectuados mediante la presentación de los respectivos comprobantes, y según las disposiciones de la Resolución n° 0254/92.

 

ARTÍCULO 5°-. A través de la Contaduría, por cuerda separada se tramitará la solicitud de viáticos.

 

ARTÍCULO 6°.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal, y a sus efectos, intervengan Contaduría, Tesorería y el Departamento Marketing

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 197

 

 

Mar del Plata, 23 de abril de 2019

 

VISTO: la presentación efectuada por la Presidente de la Comisión Organizadora Dra. Jimena Alvarez, mediante nota Nº 533/19, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en la misma solicita de declaración de interés turístico a la realización de la “I Jornada Internacional de Diagnóstico y Tratamiento de las Patologías de la Articulación Temporomandibular y al 35º Simposio de ATM”, a realizarse los días 7 y 8 de junio de 2019 en las Instalaciones del Hotel Costa Galana de nuestra ciudad.

 

Que cuenta con la adhesión y el aval del Comité de Investigación y Docencia de la Secretaría de Salud MGP, la Universidad Nacional de Mar del Plata, el Círculo Odontológico de Mar del Plata, la Asociación Odontológica Marplatense, y el Colegio de Kinesiólogos Distrito IX Delegación MDP.

 

Que dichas Jornadas tienen como finalidad profundizar y transmitir el conocimiento basado en evidencias científicas, aplicación de nuevos métodos de diagnóstico y tratamiento de las patologías de la ATM. Asimismo, busca lograr la integración social mediante la participación las diversas instituciones y profesionales de la salud.

 

Que participarán del mismo disertantes nacionales e internacionales provenientes de Paraguay y Brasil. Además, se encuentran dirigidas a Odontólogos, Médicos Clínicos, Neurólogos, Otorrinolaringólogos, Traumatólogos, Kinesiólogos, Osteópatas, Diagnóstico por Imágenes, Fonoaudiólogos, entre otros profesionales, debido a su carácter interdisciplinario.

 

Que este Ente Municipal de Turismo considera oportuno brindar su reconocimiento a acontecimientos de esta naturaleza, que contribuyen a afianzar la imagen de Mar del Plata como Sede de Reuniones.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Turístico a la realización en nuestra ciudad de la “I Jornada Internacional de Diagnóstico y Tratamiento de las Patologías de la Articulación Temporomandibular y 35º Simposio de ATM”, a realizarse los días 7 y 8 de junio de 2019 en las Instalaciones del Hotel Costa Galana, en mérito a lo expresado en el exordio de la presente.

 

ARTÍCULO 2º.- A través del Departamento de Asistencia al Turista, se adoptarán los recaudos pertinentes para incluir, al acontecimiento origen de las presentes actuaciones, en el Calendario de Actividades de este Ente Municipal de Turismo.

 

ARTÍCULO 3º.- La declaración de Interés Turístico a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los organizadores del cumplimiento de lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, para la utilización de los espacios en la vía pública, ni del pago de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.

 

ARTÍCULO 4º.- La entidad organizadora deberá contratar los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Turismo exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones necesarias para la cobertura de los servicios de emergencia médica.

 

ARTICULO 5°.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Ente Municipal de Turismo por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 118, 160, 200, 275, 278, 490, 833, 850, 852, 1040, 1042, 1376, 1749, 1751, 1785, 1786, 1788 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.

 

ARTÍCULO 6º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista y de Prensa.

 

 

REGISTRADO BAJO EL Nº 198

 

 

Mar del Plata, 23 de abril de 2019

 

VISTO: la presentación efectuada por la señora Sacha Brun y Silvina Geiser, Productores de Sacha Producciones, mediante nota Nº 502/18; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en la misma, solicita se declare de Interés Turístico a la realización de la 15º Edición de Expo15&Boda, a llevarse a cabo los días 4 y 5 mayo de 2019, en los salones del Sheraton Mar del Plata Hotel.

 

Que este espacio, generado para mostrar las últimas tendencias y novedades vinculadas a la planificación de fiestas de 15, se desarrolla anualmente desde 2005.

 

Que cada año convoca cerca de un centenar de expositores de los distintos rubros relacionados con esta temática, como salones, vestidos, belleza, foto y video, viajes, shows, souvenirs, tarjetería, etc., acompañados con variadas actividades como demostraciones, shows en vivo y desfiles de moda donde reluce el glamour de las colecciones presentadas por importantes diseñadores locales.

 

Que dirigida al público en general, Expo15&Boda persigue como objetivo fundamental, garantizar mediante el acceso libre y gratuito, el encuentro entre los visitantes y las empresas que con excelencia y calidad promocionan sus servicios.

 

Que este Ente Municipal de Turismo considera oportuno adherir a acontecimientos de esta naturaleza, que contribuyen a diversificar la oferta turística y recreativa de Mar del Plata.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Turístico a la 15º Edición de Expo15&Boda, a llevarse a cabo los días 4 y 5 de mayo de 2019, en los salones del Sheraton Mar del Plata Hotel.

 

ARTÍCULO 2º.- A través del Departamento de Asistencia al Turista, se adoptarán los recaudos pertinentes para incluir, al acontecimiento origen de las presentes actuaciones, en el Calendario de Actividades de este Ente Municipal de Turismo.

 

ARTÍCULO 3º.- La declaración de Interés Turístico a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los organizadores del cumplimiento de lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, para la utilización de los espacios en la vía pública, ni del pago de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.

 

ARTICULO 4º.- La entidad organizadora deberá contratar los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Turismo exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones necesarias para la cobertura de los servicios de emergencia médica.

 

ARTICULO 5°.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Ente Municipal de Turismo por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 118, 160, 200, 275, 278, 490, 833, 850, 852, 1040, 1042, 1376, 1749, 1751, 1785, 1786, 1788 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.

 

ARTICULO 6º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista y de Prensa.

 

 

REGISTRADO BAJO EL Nº 199

 

 

Mar del Plata, 26 de abril de 2019

 

VISTO: el Expediente 95 Letra R Año 2019 por el cual se tramitan las actuaciones relacionadas con la realización delCONGRESO ANUAL FAEVYT MAR DEL PLATA 2019”, a llevarse a cabo entre los días 8 al 10 de mayo de 2019, en las instalaciones del Hotel Costa Galana, de nuestra ciudad.

 

CONSIDERANDO:

 

 

Que dicho congreso generará un espacio de encuentro para idear y visionar el negocio de las empresas de viajes y turismo, declarado de Interés Turístico mediante Resolución Nº 164/2019 y con auspicio municipal por Decreto Nº 662/2019.

 

Que la ciudad de Mar del Plata, ha sido elegida  como sede de este importante evento de operadores del sector turístico, representando una oportunidad sin igual para dar a conocer nuestra ciudad.

 

Que el Ente Municipal de Turismo, en conjunto con F.A.E.V.Y.T., acuerdan ser anfitriones de dicho congreso.

 

Que el día anterior al inicio del evento, se llevará a cabo la Asamblea Anual en la que participarán los principales miembros de la mencionada Federación.

 

Que atento a ello, el Dto. de Organización de Eventos y Relaciones Institucionales requiere por Solicitud de Pedido Nº 176, con un costo estimado de $ 492.900, para la Asamblea y Congreso Anual “FAEVYT”, por la contratación de “Servicios Coffee y Cocktail en un establecimiento hotelero 5*”, para los días 8 y 9 de mayo de 2019 para dichos eventos respectivamente.

 

Que atento a los requerimientos solicitados y presupuestos presentados, la Jefatura de Compras ha elaborado el Pliego de Bases y Condiciones para la realización del Llamado a Concurso de Precios con un Presupuesto Oficial de Pesos Cuatrocientos Noventa y Dos Mil Novecientos ($ 492.900.-).

 

Que se hace necesario la conformación de una Comisión de Pre Adjudicación para la evaluación de las ofertas presentadas.

 

Que el Departamento solicitante da conformidad al Pliego de Bases y Condiciones de acuerdo a los requerimientos solicitados.

 

Que la Contaduría A/C del Ente procede ha efectuar la correspondiente imputación preventiva.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTICULO 1º.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones del Llamado a Concurso de Precios Nº 12/2019 para la Asamblea y Congreso Anual “FAEVYT”, y por la contratación de “Servicios Coffee y Cocktail en un establecimiento hotelero 5*”, durante el periodo comprendido entre el 8 a 10 de mayo de 2019 inclusive, con un Presupuesto Oficial de Pesos Cuatrocientos Noventa y Dos Mil Novecientos ($ 492.900.-).

 

ARTICULO 2º.- Fijar para el día 3 de mayo de 2019 a las 14:00 hs., la apertura de ofertas pudiendo consultar el Pliego de Bases y Condiciones en la Jefatura de Compras del Ente Municipal de Turismo.

 

ARTICULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo  1º de la presente, deberá imputarse a: Programa 16 - Actividad 03 - Inciso 3- Ppal. 6 P.parcial 9 – Apartado 0 del Presupuesto de Gastos Prorrogado 2018.

 

ARTICULO 4º.- Designar la comisión de Pre Adjudicación, de acuerdo al art. 23º del Pliego de Bases y Condiciones, que se conformará por la Lic. Ingrid Gaertner, Jefe del Dto. de Marketing; el Sr. José Boubee Director Coordinador,  la Lic. Cristina Kriger, y el Sr. Daniel Luna, Jefe del Dto. de organización de Eventos y Relaciones Institucionales, todos funcionarios del Ente.

 

ARTICULO 5º.- Registrar, comunicar por el Departamento Administrativo y a sus efectos, intervenga el Departamento de Marketing, Contaduría, Tesorería y Jefatura de Compras.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 200

 

 

Mar del Plata, 30 de abril de 2019

 

VISTO: le expediente  Nº 95-R-2019-Cpo. 01, Alcance 01 a través del cual se tramita las actuaciones relacionadas con el Congreso Anual FAEVYT, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el próximo 9 y 10 de mayo de 2019 se llevará a cabo el Congreso de Agentes de Viaje – CAF 2019, que tiene como sede nuestra Ciudad, y en el que participarán cerca de 1000 operadores turísticos de todo el país.

 

Que como anfitriones de este importante acontecimiento, el que permitirá llevar la imagen de Mar del Plata a distintos puntos del país a través de sus delegados, el Departamento de Marketing propone entregar a modo de souvenir  Alfajores Havanna y Conservas de Pescado “Atún”, productos tradicionales de nuestra Ciudad.

 

Que la firma HAVANNA S.A. se encuentra íntegramente posicionada como un producto genuino asociado a Mar del Plata, acompañando al Ente Municipal de Turismo en todas las acciones promocionadas organizadas o en las que participa este participa.

 

Que el Departamento de Marketing, mediante Solicitud de Pedido Nº 140 y 156 solicita la compra de 1000 Conservas de Pescado “Atún” y 1000 cajas de alfajores de 2 unidades.

Que la Jefatura de Compras solicita presupuesto a las firmas NATUSUR S.A. y PESQUERA VERAZ S.A. para la adquisición de Conservas de Pescado “Atún”.

 

Que la Contaduría del Ente, imputa preventivamente el gasto de ambas Solicitudes de Pedido.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL TURISMO

 

R E S U E L V E

ARTÍCULO 1º. Adjudicar la adquisición de 1000 cajas de alfajores por 2 unidades a la firma HAVANNA S.A, por un monto total de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL  ($ 45.000.-), por 1000 cajas de alfajores por 2 unidades, a razón de $ 45 cada una, en un todo de acuerdo a las características requeridas, en mérito de lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 2º. Adjudicar la adquisición de 1000 latas de atún a la firma PESQUERA VERAZ S.A., por un monto total de PESOS SESENTA Y NUEVE MIL  ($ 69.000.-), por 1000 Conservas de Pescado “Latas de Atún”, a razón de $ 69 cada una, en un todo de acuerdo a las características requeridas, en mérito de lo expresado en el exordio.

 

ARTICULO 3º. El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 1º y 2º; corresponderá imputarse a: Prog. 16 – Actividad 02 - Inciso 3 – Partida Principal 6 – Partida Parcial 9, por el importe de PESOS CIENTO CATORCE MIL ($ 114.000.-) del Presupuesto de Gastos Prorrogado Ejercicio 2018.

 

ARTÍCULO 4º. Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan Departamento de Marketing, Jefatura de Compras, Contaduría y Tesorería.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 201

 

 

Mar del Plata, 30 de abril de 2019

 

VISTO el Expediente 98 Letra J Año 2019 Cuerpo 01, por el cual se tramita el Llamado a Licitación Privada Nº 08/2019, para la contratación del “Servicio de Asesor Creativo y Comunicacional Campaña 2019”, del Ente Municipal de Turismo, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Departamento de Marketing mediante Solicitud de Pedido nº 129/2019 solicita la Contratación del Servicio de Asesoramiento Creativo y Comunicacional para la provisión de diseño, creatividad, estrategia de comunicación, en la difusión de la Marca-Imagen Mar del Plata como destino vacacional, cultural, deportivo, de reuniones, de negocios, viajes de incentivos, gastronómico y de otros productos en desarrollo o con necesidad de posicionamiento.  

 

Que para tal servicio se efectúa una estimación de Pesos Un Millón Ochocientos Ochenta Mil ($ 1.880.000.-) conformando el mismo el Presupuesto Oficial.

 

Que atento a ello,  la Jefatura de Compras ha elaborado el Pliego de Bases y Condiciones para la realización del Llamado a Licitación Privada.

 

Que se hace necesario la conformación de una Comisión de Pre Adjudicación para la evaluación de las ofertas presentadas

 

Que elevado dicho Pliego al Departamento de Marketing, este no realiza observaciones al mismo.

 

Que la Contaduría del Ente procede al análisis del Pliego y  la correspondiente imputación preventiva del gasto.

 

Por todo ello en uso de las facultades delegadas;

 

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTICULO 1º.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones del Llamado a Licitación Privada Nº 08/2019, para la contratación del Servicio de Asesoramiento Creativo y Comunicacional Campaña 2019, del Ente Municipal de Turismo, con un Presupuesto Oficial de Pesos Un Millón Ochocientos Ochenta Mil  ($ 1.880.000.-).

 

ARTICULO 2º.- Fijar para el día 17 de mayo de 2019, a las 14:00 hs., la apertura de ofertas pudiendo consultar y retirar el Pliego de Bases y Condiciones en la Jefatura de Compras del Ente Municipal de Turismo.

 

ARTICULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo  1º de la presente, deberá imputarse a: Programa 16 – Actividad 02 - Inciso 3- Ppal. 6 – P.parcial 1 - “Publicidad” del Presupuesto de Gastos 2018 prorrogado.

 

ARTICULO 4.- Designar al Sr. José Boubee, Director General, la Lic. Ingrid Gaertner, Jefa Departamento de Marketing, la Sra. Silvia Orzewszki, Jefa División Promoción, la Dra. Carolina Muzzio y el Sr. Eduardo Mayer, integrante del Directorio del Ente, para integrar a Comisión de Pre Adjudicación de las Ofertas de las propuestas de la Licitación Privada 08/2019 para la “Contratación del Servicio de Asesoramiento Creativo y Comunicacional Campaña 2019”.

 

ARTICULO 5º.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervenga  el Departamento de Marketing, Contaduría, Tesorería y Jefatura de Compras.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 202

 

 

Mar del Plata, 30 de abril de 2019

 

VISTO el Expediente 96 Letra R Año 2019 Cuerpo 01, por el cual se tramita el Llamado a Concurso de Precios Nº 10/2019, para la contratación del “Servicio de Traslados para Personas Programa Anfitriones 2019”, del Ente Municipal de Turismo, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Departamento de Organización de Eventos y Relaciones Institucionales mediante Solicitud de Pedido nº 150/2019 solicita la Contratación del Servicio de Traslados para Personas en el marco del Programa “Anfitriones 2019”.

 

Que dichos servicios incluirán dos (2) circuitos, “Circuito Ciudad” y “Circuito Serrano”.

 

Que la estimación de precios por el total de los servicios es de  Pesos Trescientos Setenta y Cuatro Mil  ($ 374.000.-) conformando el mismo el Presupuesto Oficial.

 

Que atento a ello, la Jefatura de Compras ha elaborado el Pliego de Bases y Condiciones para la realización del Llamado a Concurso de Precios.

 

Que se hace necesario la conformación de una Comisión de Pre Adjudicación para la evaluación de las ofertas presentadas

 

Que la Contaduría del Ente procede al análisis del Pliego y  la correspondiente imputación preventiva del gasto.

 

Por todo ello en uso de las facultades delegadas;

 

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTICULO 1º.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones del Llamado a Concurso de Precios Nº 10/2019, para la contratación del Servicio de Traslado de Personas del Programa “Anfitriones 2019”, del Ente Municipal de Turismo, con un Presupuesto Oficial de Pesos Pesos Trescientos Setenta y Cuatro Mil  ($ 374.000.-).

 

ARTICULO 2º.- Fijar para el día 9 de mayo de 2019, a las 11:00 hs., la apertura de ofertas pudiendo consultar el Pliego de Bases y Condiciones en la Jefatura de Compras del Ente Municipal de Turismo.

 

ARTICULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo  1º de la presente, deberá imputarse a: Programa 16 Actividad 03 - Inciso 3- P.pal. 6- P.parcial “Otros” del Presupuesto de Gastos 2018 prorrogado.

 

ARTICULO 4º.- Designar a los Lic. en Turismo Mariano Di Mauro y/o Ramiro Parra, funcionarios del Ente; al Sr. José Boubee, Director General, y el Sr. Daniel Luna, Jefe Dto. de Organización de Eventos y Relaciones Institucionales,  para integrar a Comisión de Pre Adjudicación de las Ofertas de las propuestas.

 

ARTICULO 5º.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervenga  el Departamento de Organización de Eventos y Relaciones Institucionales, Contaduría, Tesorería y Jefatura de Compras.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 203

 

 

Mar del Plata, 30 de abril de 2019

 

VISTO el Expediente 95 Letra R Año 2019 por el cual se tramitan las actuaciones relacionadas con la realización delCONGRESO ANUAL FAEVYT MAR DEL PLATA 2019”, a llevarse a cabo entre los días 8 y 10 de mayo de 2019 en nuestra ciudad, y el Llamado a Concurso de Precios Nº 12/2019 para la Asamblea y Congreso Anual “FAEVYT”, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que por Resolución Nº 200/2019, de fecha 26 de abril de 2019, se aprueba el llamado y el Pliego de Bases y Condiciones del  Concurso de Precios Nº 12/2019 para la Asamblea y Congreso Anual “FAEVYT”, con un Presupuesto Oficial de Pesos Cuatrocientos Noventa y Dos Mil Novecientos ($ 492.900.-).

 

Que el mismo acto administrativo fija como fecha de apertura el día 3 de Mayo de 2019, a las 14:00hs.

 

Que con fecha 30 de Abril de 2019, el Departamento Organización de Eventos y Relaciones Institucionales solicita dejar sin efecto dicho Concurso, teniendo en cuenta que dicho Congreso tendrá dos (2) sedes de realización del evento, el Hotel Costa Galana y el Sheraton Mar del Plata Hotel, lugares donde se deberán desarrollar las distintas actividades.

 

Por todo ello, y en  uso de las facultades    otorgadas,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTICULO 1º.-  Dejar sin efecto el Concurso de Precios Nº 12/2019 Asamblea y Congreso Anual “FAEVYT”, a realizarse el día 3 de Mayo de 2019, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.

 

ARTICULO 2º.- Proceder al archivo de las actuaciones.

 

ARTICULO 3º.-  Autorizar a la Jefatura de Compras la notificación de la presente Resolución a la totalidad de firmas invitadas y a su publicación en el Calendario de Licitaciones de la página web de la Municipalidad de Gral Pueyrredón.

 

ARTICULO 4º.- Registrar y comunicar por el Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervenga la Dirección General, el Departamento Organización de Eventos y Relaciones Institucionales y Jefatura de Compras.

 

 

REGISTRADO BAJO Nº 204

 

 

Mar del Plata, 2 de mayo de 2019

 

VISTO: la presentación efectuada por el señor Roberto Gonzalo Bazán, mediante nota nº 506/19; y

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

Que en la misma solicita se lo declare Embajador Turístico, por el viaje que emprenderá rumbo a la ciudad de Sydney  -  Australia durante los meses de Mayo y Junio de 2019, para participar de diversas reuniones con motivo de promocionar la propuesta de Turismo Idiomático (Spanish for Foreigners).

 

Que el mencionado programa se encuentra organizado por el Instituto Baltimore Center de nuestra ciudad, diseñado para sumergir a los estudiantes en una experiencia de aprendizaje intensivo de español y ofrecerles una exposición de la vida real al idioma dentro de su contexto cultural.

 

Que el objetivo es proporcionar un encuentro efectivo con el idioma español, a través de una instrucción sólida, interacción social y experiencias prácticas.

 

Que este Ente Municipal de Turismo, considera oportuno destacar esta iniciativa, declarándolo Embajador Turístico, durante su viaje rumbo a Australia.

 

Por todo ello,

 

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1°.- Declarar Embajador Turístico al señor Roberto Gonzalo Bazán por el viaje que emprenderá rumbo a la ciudad de Sydney - Australia durante los meses de Mayo y Junio de 2019, en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 2°.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal, y a sus efectos intervengan los Departamentos Marketing y de Prensa.

 

 

REGISTRADO BAJO EL Nº 205

 

 

Mar del Plata, 2 de mayo de 2019

 

VISTO: la presentación efectuada por el señor Flavio Miguel Diez, mediante nota nº 474/19; y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que en la misma solicita se lo declare Embajador Turístico, por el viaje que emprenderá rumbo a la Ciudad de Asunción del Paraguay, para participar del II Congreso de Comunicación y Organización de Eventos, el que se llevará a cabo entre los días 17 y 18 de mayo de 2019.

 

Que ha sido invitado por el Primer Instituto Paraguayo de Estudios de Protocolo y Ceremonial (P.I.P.E.C.), el que realizará una exposición bajo el lema “La Comunicación Eficaz Conduce al Logro de los Sueños”.

 

Que portará para ello material gráfico e institucional que propenda a la promoción y difusión de los atractivos turísticos y culturales de Mar del Plata en dicho destino.

 

Que este Ente Municipal de Turismo, considera oportuno destacar esta iniciativa, declarándolo Embajador Turístico, durante su viaje rumbo a Paraguay.

 

Por todo ello,

 

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1°.- Declarar Embajador Turístico al señor Flavio Miguel Diez por el viaje que emprenderá rumbo a la Ciudad de Asunción del Paraguay, para participar del II Congreso de Comunicación y Organización de Eventos, el que se llevará a cabo entre los días 17 y 18 de mayo de 2019, en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 2°.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal, y a sus efectos intervengan los Departamentos Marketing y de Prensa.

 

 

REGISTRADO BAJO EL Nº 206

 

 

Mar del Plata, 2 de mayo de 2019

 

VISTO: la presentación efectuada por la Presidente del Club Argentino de Jardinería, señora Elsa Barisio de Pullisaar, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que en la misma refiere a la realización en nuestra ciudad de la “XXV Jornadas Nacionales de Integración del Club Argentino de Jardinería (CAJ)” del 8 al 11 de mayo de 2019, en las Instalaciones del Hotel Iruña de nuestra ciudad.

 

Que el mencionado club, desarrolla acciones formativas para aficionados a la protección de las Naturaleza, el cultivo respetando pautas ecológicas y el diseño floral (historia y evolución) siempre sin fines comerciales.

 

Que la actividad de cada Grupo y Zona se comparte con la comunidad local a través de Exposiciones y Muestras abiertas al publico, tal como realiza allí periódicamente el grupo Los Jazmines, con notable nivel de asistencia , cumpliendo así con un objetivo didáctico de fácil comprensión.

 

Que una de las actividades fijas en cada jornada es la plantación de un árbol nativo en un parque o plaza pública, que recuerde el paso del club por el lugar y colabore humildemente a conservar la flora del área.

 

Que estas reuniones tienen por objetivo el encuentro periódico de las socias de distintas localidades del país, ya que el CAJ cuenta con Grupos en 11 provincias y en CABA, y es el momento oportuno para coordinar acciones; unificar criterios; responder dudas y capacitarse en temas de interés común.

 

Que este Ente Municipal de Turismo considera oportuno brindar su reconocimiento a acontecimientos de esta naturaleza, que contribuyen a afianzar la imagen de Mar del Plata como Sede de Reuniones.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Turístico a la realización de las XXV Jornadas Nacionales de Integración del Club Argentino de Jardinería”, las que se realizaran del 8 al 11 de mayo de 2019, en las Instalaciones del Hotel Iruña de nuestra ciudad, en merito a lo expresado en el exordio de la presente.

 

ARTÍCULO 2º.- A través del Departamento de Asistencia al Turista, se adoptarán los recaudos pertinentes para incluir, al acontecimiento origen de las presentes actuaciones, en el Calendario de Actividades de este Ente Municipal de Turismo.

 

ARTÍCULO 3º.- La declaración de Interés Turístico a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los organizadores del cumplimiento de lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, para la utilización de los espacios en la vía pública, ni del pago de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.

 

ARTÍCULO 4º.- La entidad organizadora deberá contratar los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Turismo exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones necesarias para la cobertura de los servicios de emergencia médica.

 

ARTICULO 5°.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Ente Municipal de Turismo por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 118, 160, 200, 275, 278, 490, 833, 850, 852, 1040, 1042, 1376, 1749, 1751, 1785, 1786, 1788 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.

 

ARTÍCULO 6º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista y de Prensa.

 

 

REGISTRADO BAJO EL Nº 207

 

 

Mar del Plata, 3 de mayo de 2019

 

VISTO el Expediente 86 Letra M  Año 2018, Cuerpo 2, por el cual se tramita el Llamado a Licitación Pública nº 02/2018 para la “Adquisición de Souvenirs”; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que de acuerdo con la Resolución 288/18 se adjudicó a la firma VESTIR TU MALETA S.R.L., el ítem IX “Mini Estuche Contenedor” de la Licitación Publica 02/2018, por un total de Pesos Setenta y Dos Mil Trescientos ($ 72.300-), emitiéndose Orden de Compra Nº 308/2018.

 

Que la firma constituye según el Art.  21º del Pliego de Bases y Condiciones, Garantía de Adjudicación en dinero en efectivo por un total de Pesos Tres Mil Seiscientos Quince ($ 3.615), s/Recibo 523 de la Tesorería del Ente.

 

Que la Jefatura de Compras solicita al Departamento de Marketing con fecha 8 de enero de 2019, informe sobre el estado de la contratación con la firma VESTIR TU MALETA S.R.L..

 

Que con fecha 22 de enero de 2019, el Departamento de Marketing informa que si bien la firma envió las muestras del ítem adjudicado, y las mismas están conforme a lo establecido en el PBC,  comunica asimismo que se encuentra con dificultades económicas para hacer factible su cumplimiento.

 

Que la Jefatura de Compras solicita a la firma informe si cumplirá con la entrega de la producción del ítem adjudicado.

 

Que mediante e-mail de fecha 13 de febrero, la firma informa que no puede cumplir con la entrega, razón la cual la Jefatura de Compras le requiere la presentación de una nota formal con tal decisión.

 

Que finalmente mediante Nota Nº 527/19 de fecha 15 de abril de 2019 la firma VESTIR TU MALETA S.R.L., informa la imposibilidad de cumplimiento del ítem adjudicado.

 

Que atento a ello, corresponde la rescisión de la contratación citada precedentemente.

 

Que el Artículo 119º Inc. 2 b)  “Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios, aprobadas por Decreto 2980/00” establece que ...”el incumplimiento total o parcial del contrato, dará lugar a la pérdida proporcional o total de la garantía y diferencia de precio a su cargo por la ejecución del contrato por un tercero”...

 

Que  el Dto. de Marketing, informa que el souvenir  “Mini Estuche Contenedor”, fue solicitado en un conjunto de piezas “todas”con la misma producción, y que existiendo un nuevo plan de acciones promocionales ya no se hace necesario la adquisición de la pieza oportunamente requerida.

 

Que conforme lo expuesto y no habiéndose verificado el cumplimiento de la obligación asumida, corresponde la ejecución de la Garantía de Adjudicación oportunamente constituida (en dinero en efectivo por un total de Pesos Tres Mil Seiscientos Quince ($ 3.615), s/Recibo 523 de la Tesorería del Ente).

 

Por todo ello en uso de las facultades delegadas;

 

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL TURISMO

 

R E S U E L V E

 

ARTICULO 1º.- Rescindir la contratación que surgiera de la Licitación Pública nº 02/2018, Art. 17º de la Resolución Nº 288/2018 por el ítem IX “Mini Estuche Contenedor” a la firma VESTIR TU MALETA S.R.L, por culpa exclusiva de dicha empresa,  en mérito a lo expresado en el exordio de la presente.

 

ARTICULO 2º.- Autorizar la ejecución de la Garantía de Contrato constituida por la firma VESTIR TU MALETA S.R.L. por la suma de Pesos Tres Mil Seiscientos Quince ($ 3.615) en efectivo,  Recibo Nº 523, en mérito a lo expresado en el exordio de la presente.

 

ARTICULO 3º.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración Personal y a sus efectos, intervenga el Departamento de Marketing, Contaduría, Tesorería, y Jefatura de Compras.

 

 

REGISTRADA BAJO EL N° 208

 

 

Mar del Plata, 3 de mayo de 2019

 

VISTO: la presentación efectuada por la señora Esmeralda Longhi Suárez, mediante nota nº 560/19; y

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

Que en la misma solicita se la declare Embajadora Turística por el viaje que emprenderá rumbo a Merlo – San Luis con motivo del Ciclo de Actividades Culturales organizadas por el “Grupo Poetas Argentinos”, a realizarse el próximo 18 de mayo de 2019.

 

Que se trata de un evento de convocatoria nacional e internacional, siendo los temas a desarrollar titulados “Escritores Bonaereses nacidos a fines del siglo XIX e inicios del siglo XX”, finalizando con “Alfonsina y Victoria, sus aportes a la vida literaria marplatense”.

 

Que dicha presentación se complementará con una proyección de vídeos e ilustraciones poéticas a cargo de la poeta Daniela Riccioni.

 

Que portará para ello material gráfico e institucional que propenda a la promoción y difusión de los atractivos turísticos y culturales de Mar del Plata en dicho destino.

 

Que este Ente Municipal de Turismo, considera oportuno destacar esta iniciativa, declarándola Embajadora Turística, durante su viaje rumbo a San Luis.

 

Por todo ello,

 

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1°.- Declarar Embajadora Turística a la señora Esmeralda Longhi Suárez por el viaje que emprenderá rumbo a Merlo – San Luis con motivo del Ciclo de Actividades Culturales organizadas por el “Grupo Poetas Argentinos”, a realizarse el próximo 18 de mayo de 2019, en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 2°.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal, y a sus efectos intervengan los Departamentos Marketing y de Prensa.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 209

 

 

Mar del Plata, 6 de mayo de 2019

 

VISTO: el Expediente 95 Letra R Año 2019 Alcance 02 por el cual se tramitan las actuaciones relacionadas para la realización delCONGRESO ANUAL FAEVYT MAR DEL PLATA 2019”, a llevarse a cabo entre los días 8 al 10 de mayo de 2019, en nuestra ciudad, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

Que dicho congreso generará un espacio de encuentro para idear y visionar el negocio de las empresas de viajes y turismo, declarado de Interés Turístico mediante Resolución Nº 164/2019 y con auspicio municipal por Decreto Nº 662/2019.

 

Que la ciudad de Mar del Plata, ha sido elegida como sede de este importante evento de operadores del sector turístico, representando una oportunidad sin igual para dar a conocer nuestra ciudad.

 

Que el Ente Municipal de Turismo, en conjunto con F.A.E.V.Y.T., acuerdan ser anfitriones de dicho congreso.

 

Que atento a ello, el Departamento de Organización de Eventos y Relaciones Institucionales requiere por Solicitud de Pedido Nº182 , con un costo estimado de pesos Ochocientos Veintiséis Mil ($ 826.000.-) , la Contratación de un Servicio de Cocktail para el Acto de Clausura del Congreso Anual “FAEVYT”, a realizarse el día 10 de mayo de 2019 y dentro del radio de 5/10 cuadras de los Hoteles Sedes del Congreso.

 

Que atento a los requerimientos solicitados y presupuestos presentados, la Jefatura de Compras ha elaborado el Pliego de Bases y Condiciones para la realización del Llamado a Concurso de Precios con un Presupuesto Oficial de Pesos Ochocientos Veintiséis Mil ($ 826.000.-).

 

Que se hace necesario la conformación de una Comisión de Pre Adjudicación para la evaluación de las ofertas presentadas.

 

Que el Departamento solicitante da la conformidad al Pliego de Bases y Condiciones de acuerdo a los requerimientos solicitados.

 

Que la Contaduría del Ente procede ha efectuar la correspondiente imputación preventiva.

 

Por todo ello,

 

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTICULO 1º.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones del Llamado a Concurso de Precios Nº 13/2019 para la Asamblea y Congreso Anual “FAEVYT”, y por la Contratación de un Servicio de Cocktail para el Acto de Clausura del Congreso Anual “FAEVYT”, a realizarse el día 10 de mayo de 2019, con un Presupuesto Oficial de Pesos Ochocientos Veintiséis Mil ($ 826.000.-).

 

ARTICULO 2º.- Fijar para el día 8 de mayo de 2019 a las 13:00 hs. la apertura de ofertas, pudiendo consultar el Pliego de Bases y Condiciones en la Jefatura de Compras del Ente Municipal de Turismo.

 

ARTICULO 3º.-  El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo  1º de la presente, deberá imputarse a: Programa 16 - Actividad 03  - Inciso 3 – Partida Principal 6 – Partida Parcial 9 – Apartado 0 del Presupuesto de Gastos Prorrogado 2018.

 

ARTICULO 4º.-  Designar la comisión de Pre Adjudicación, de acuerdo al art. 23º del Pliego de Bases y Condiciones, el que se conformará por la Sra. Silvia Orzewszki Jefe de División Promoción, Jefe del Departamento de Marketing; el Sr. José Boubee Director General y el Sr. Daniel Luna, Jefe del Departamento de Organización de Eventos y Relaciones Institucionales, todos funcionarios de este Ente.

 

ARTICULO 5º.- Registrar, comunicar por el Departamento Administrativo y a sus efectos, intervenga el Departamento de Marketing, Contaduría, Tesorería y Jefatura de Compras.

 

 

REGISTRADO BAJO Nº 210

 

 

Mar del Plata, 07 de mayo de 2019

 

VISTO: el informe producido por el  Departamento de Organización de Eventos y Relaciones Institucionales, relacionado con la factura Nº 1026-00000844 de fecha 26 de abril de 2019, presentada por la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música S.A.D.A.I.C.; y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que la misma, corresponde al uso del repertorio musical de los artistas Mahalo Cumbia, Así Te Va y Antonio Ríos durante la realización de los Carnavales Marplatenses los días 3 y 4 de marzo de 2019 .

 

Que atento a que no se ha imputado preventivamente el gasto, que asciende a la suma de DOSCIENTOS SEIS MIL CUATROCIENTOS PESOS ($ 206.400.-), la Contaduría informa sobre la necesidad de autorizar y reconocer el mismo a través del respectivo acto administrativo, a efectos de poder proceder al pago a la respectiva entidad.

 

Que al propio tiempo indica la imputación presupuestaria correspondiente.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º.- Reconocer el gasto y autorizar el pago a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música S.A.D.A.I.C, de la suma de DOSCIENTOS SEIS MIL CUATROCIENTOS PESOS ($ 206.400.-), correspondiente a la Factura Nº 1026-00000844 de fecha 26 de abril de 2019, en concepto de uso de repertorio musical durante la realización de los Carnavales Marplatenses los días 3 y 4 de marzo de 2019, en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el pago mencionado en el artículo precedente se deberá imputarse al Programa 16 - Actividad 03 – Inciso 3 - Partida Principal 9 – Partida Parcial 1 – Partida Subparcial 0 -  “Servicios de Ceremonial”, del  Presupuesto de Gastos Prorrogado para el año 2019.

 

ARTÍCULO 3°. Registrar y comunicar por Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan Contaduría,  Tesorería y Compras.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 211

 

 

Mar del Plata, 7 de mayo de 2019

 

VISTO: la presentación efectuada por la señora Susana de Zucchelli, artista plástica de esta ciudad y organizadora de eventos culturales, mediante nota Nº 489/19; y

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

Que en la misma, refiere a la realización del acontecimiento “CULTURAL MAR DEL PLATA” que, sobre una idea y realización de la artista plástica Susana de Zucchelli, se llevará a cabo del 15 al 31 de octubre de 2019.

 

Que se trata de la 15° Edición de este acontecimiento, que se desarrollará en  un circuito cultural de 12 sedes de esta ciudad: Asociación de Empleados de Casinos Nacionales, Centro de Ex Soldados Combatientes de Malvinas, Sala de Exposiciones del Complejo Cultural Osvaldo Soriano, Sala A del Complejo Osvaldo Soriano, Teatro Colón,  Hotel Antártida, Cinema 1 Los Gallegos Shopping, Centro de Jubilados y Pensionados Municipales, Hotel San Remo, Confitería Orión, Consejo Profesional de Agrimensura de la Provincia de Buenos Aires, y la Casa del Folklore.

 

Que abarcará las disciplinas de pintura, fotografía, escultura, poesía ilustrada, poesía y cuento, vitreaux, vitro fusión, falso vitreaux, arte en papel maché, teatro, coros, conjuntos de música, solistas, guitarristas, bailarinas de tango, folclore y otros ritmos, cantantes, ballet, tapices, mimos, serigrafía, video, platería, grabados, pintura en porcelana, etc.

 

Que participarán como en años anteriores artistas de diferentes lugares del país y del exterior.

 

Que en esta edición, contará con el padrinazgo del señor Carlos Rottemberg.

 

Que este Ente Municipal de Turismo considera oportuno brindar su adhesión a iniciativas de esta naturaleza, que contribuyen a diversificar el Calendario de Actividades de Mar del Plata.

 

Por todo ello

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Turístico en el calendario permanente de actividades a la realización del “CULTURAL MAR DEL PLATA”, que anualmente organiza la señora Susana de Zucchelli durante el mes de Octubre, en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 2º.- A través del Departamento de Asistencia al Turista, se adoptarán los recaudos pertinentes para incluir, al acontecimiento origen de las presentes actuaciones, en el Calendario de Actividades.

 

ARTÍCULO 3º.- La declaración de Interés a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los organizadores de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.

 

ARTÍCULO 4º.- La entidad organizadora deberá contratar los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Turismo exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones necesarias para la cobertura de los servicios de emergencia médica.

 

ARTICULO 5°.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Ente Municipal de Turismo por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 118, 160, 200, 275, 278, 490, 833, 850, 852, 1040, 1042, 1376, 1749, 1751, 1785, 1786, 1788 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.

 

ARTÍCULO 6º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista y de Prensa.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 213

 

 

Mar del Plata, 8 de mayo de 2019

 

VISTO: las actuaciones que se tramitan por expediente 102-M-2019 Cuerpo 1, relacionadas con las actividades que realiza el Mar del Plata Convention & Visitors Bureau , y

 

CONSIDERANDO:

 

Que entre los días 16 al 19 de mayo de 2019 se desarrollará la denominada “Travel Blogger Experience MDQ”, consistente en invitar a cuatro Bloggers e Influencers de viajes a nuestra ciudad con el objetivo de llegar al sector de la demanda denominada Millennials.

 

Que dicho segmento de mercado está compuesto por una nueva generación de consumidores que interactúan en las redes sociales y blogs, constituyéndose en seguidores de determinados “Influencers”, compartiendo fascinantes experiencias de viajes en las redes sociales para lograr motivar e influenciar a sus seguidores a realizar un viaje a un destino específico, dónde alojarse, dónde comer y que actividades desarrollar.

 

Que este Organismo Oficial de Turismo tiene como prioridad apoyar a aquellas actividades y emprendimientos de la ciudad que por sus características contribuyen a la oferta recreativa turística y social.

 

Que por ello es que se considera importante hacer entrega de un subsidio de PESOS SETENTA MIL ($ 70.000.-), que contribuya al financiamiento del Primer Blog Trip organizado por Mar del Plata Conventions & Visitors Bureau.

 

Que la Contaduría del Ente analizó el pedido, e informa que, conforme las facultades conferidas por los artículos 131º al 134º inclusive, del Reglamento de Contabilidad y Administración, con las exigencias de la reglamentación establecida por el Decreto Nº 652/82, podría otorgarse el subsidio, previo cumplimiento por parte de la Asociación de los requisitos estipulados en el Decreto de referencia.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTICULO 1º.- Autorizar el pago de un subsidio a la Mar del Plata Convention & Visitors Bureau, de PESOS SETENTA MIL ($ 70.000.-) con destino a solventar los gastos que surgen en ocasión de llevarse a cabo la organización del“Travel Blogger Experience MDQ”, en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 2º.- La entidad beneficiaria de este subsidio deberá presentar en el Departamento de Administración, acompañada por nota firmada por el Presidente y Secretaria de la misma, la debida rendición de cuentas de los gastos incurridos, con motivo de la realización del citado evento en un plazo no mayor de quince (15) días, respecto de la fecha de cobro. Los citados comprobantes deberán cumplir con todos los requerimientos de facturación establecido por la AFIP, que reglamenta la Resolución 3419 y sus modificatorias.

 

ARTÍCULO 3º. Se deja establecido, que para el retiro del subsidio, la Asociación deberá presentar en la Tesorería del Ente, la constancia de inscripción en el Registro Municipal de Entidades de Bien Público ACTUALIZADO, de donde surgirá la conformación de sus autoridades.

 

ARTÍCULO 4º El egreso que demande lo dispuesto deberá imputarse a PROGRAMA 16 - Actividad 02 – Inciso 03 – Partida Principal 6 – Partida Parcial 9 – Partida Subparcial 0 - “Otros”, del Presupuesto de Gastos Prorrogado 2019, el que cuenta con crédito suficiente.

 

ARTÍCULO 5º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos intervengan la Contaduría y Tesorería.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 214

 

 

Mar del Plata, 8 de mayo de 2019

 

VISTO: el Expediente 95 Letra R Año 2019 Cuerpo 01 Alcance 01 por el cual se tramitan las actuaciones relacionadas con la realización delCONGRESO ANUAL FAEVYT MAR DEL PLATA 2019”, a llevarse a cabo entre los días 8 al 10 de mayo de 2019, en las instalaciones del Hotel Costa Galana, de nuestra ciudad, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que dicho congreso generará un espacio de encuentro para idear y visionar el negocio de las empresas de viajes y turismo, declarado de Interés Turístico mediante Resolución Nº 164/2019 y con auspicio municipal por Decreto Nº 662/2019.

 

Que la ciudad de Mar del Plata ha sido elegida como sede de este importante evento de operadores del sector turístico, representando una oportunidad sin igual para dar a conocer nuestra ciudad.

 

Que el Ente Municipal de Turismo, en conjunto con F.A.E.V.Y.T., acuerdan ser anfitriones de dicho congreso.

 

Que el día 8 de mayo de 2019 se llevará a cabo en instalaciones del Sheraton Mar del Plata Hotel, la Asamblea Anual en la que participarán los principales miembros de la mencionada Federación.

 

Que en horas de la noche del mismo día, el Ente Municipal de Turismo dará la bienvenida a los miembros de dicha Asamblea mediante una cena, eligiendo como lugar de realización el Mar del Plata Golf Club, lugar histórico y emblemático de nuestra ciudad, de significativa belleza y vistas.

 

Que la firma Herbes Ezequiel Eduardo, quien tiene la concesión gastronómica en forma exclusiva del Club, ha presentado presupuesto por un monto de Pesos Ochocientos Cincuenta ($ 850.-) por persona.

 

Que por Solicitud de Pedido Nº 185/2019 atento a ello, el Departamento de Organización de Eventos y Relaciones Institucionales requiere la contratación del servicio por un monto de Pesos Cincuenta y Nueve Mil Quinientos ($ 59.500.-), estimando la asistencia de 70 personas.

 

Que se ha dado intervención a la Contaduría, quien procede ha efectuar la correspondiente imputación preventiva del gasto.

 

Por todo ello en uso de las facultades delegadas;

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

ARTICULO 1º.- Adjudicar a la firma HERBES EZEQUIEL EDUARDO (concesionario), la contratación del servicio de cena en el Mar del Plata Golf Club, por un total de Pesos Cincuenta y Nueve Mil Quinientos ($ 59.500.-), y por un total de 70 personas, a razón de $ 850.- por comensal; en un todo de acuerdo al presupuesto adjunto a las presentes actuaciones y en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, corresponderán imputarse a: Programa 16 - Actividad 03 – Inciso 3 – Partida Principal 6 – Partida Parcial 9, del Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2018 Prorrogado.

 

ARTÍCULO 3º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Marketing, Organización de Eventos y Relaciones Institucionales, Jefatura de Compras, Contaduría y Tesorería.

 

 

REGISTRADO BAJO Nº 215

 

 

Mar del Plata, 8 de mayo de 2019

 

VISTO: la presentación efectuada por el señor Javier Echegoyen Director General del Colegio Mar del Plata, mediante nota nº 473/19; y

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

Que en la misma solicita se declare Embajadores Turísticos a un grupo de alumnos de tercero y cuarto año del Nivel Secundario junto con 7 integrantes del personal docente, los que participarán de una gira por Sudáfrica.

 

Que durante la realización de esta Gira, la cual tiene como objetivo el intercambio cultural y deportivo de los alumnos, y es realizada desde hace 10 años consecutivos, visitarán las ciudades de Johannesburgo, Cape Town, Knysna y Port Elizabeth del 20 de mayo al 02 de junio del 2019.

 

Que llevarán libros y folletos para promocionar la ciudad que se entregarán en los lugares que visitarán y a los Colegios con los que mantendrán encuentros deportivos.

 

Que éste Ente Municipal de Turismo considera oportuno reconocer el desempeño de estos jóvenes, declarándolos Embajadores Turísticos, en su viaje a Sudáfrica.

 

Por todo ello

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1°.- Declarar Embajadores Turísticos al grupo de alumnos de tercero y cuarto año del Nivel Secundario del Colegio Mar del Plata, quienes junto con 7 integrantes del personal docente, participarán de una gira por Sudáfrica del 20 de mayo al 02 de junio del 2019., en mérito a lo expresado en el presente exordio.

 

ARTÍCULO 2°.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal, y a sus efectos intervengan los Departamentos Marketing y Prensa.

 

 

REGISTRADO BAJO EL Nº 216

 

 

Mar del Plata, 9 de mayo de 2019

 

VISTO: el Expediente 95 Letra R Año 2019 Cuerpo 01 Alcance 01 por el cual se tramitan las actuaciones relacionadas con la realización delCONGRESO ANUAL FAEVYT MAR DEL PLATA 2019”, a llevarse a cabo entre los días 9 y 10 de mayo de 2019, en las instalaciones del Hotel Costa Galana, de nuestra ciudad, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en virtud de la realización del CAF 2019 -Congreso de Agencias de Viajes- entre los días 9 y 10 de mayo del corriente en nuestra ciudad, organizado por la Federación de Agencias de Viajes y Turismo (FAEVYT), que cuenta con Auspicio Municipal según Decreto Nº 662/19 y ha sido Declarado de Interés Turístico según Resolución Nº 164/19.

 

Que la ciudad de Mar del Plata, ha sido elegida como sede de este importante evento de operadores del sector turístico, representando una oportunidad sin igual para dar a conocer nuestra ciudad, dado que concentrará entre 800 y 1000 asistentes promedio.

 

Que en las jornadas se abordarán distintas problemáticas, capacitación, y networking en pos de idear, visionar el negocio de las empresas de agencias de viajes. 

 

Que en base al compromiso asumido en ocasión de proponer a la ciudad de Mar del Plata como destino de dicho acontecimiento y dentro de los requerimientos presentados por FAEVYT a este organismo, se ha solicitado la contratación de dos (2) servicios de coffee durante los días de realización del Congreso y según el programa del mismo.

 

Que el servicio requerido es habitualmente ofrecido en los intermedios de este tipo de reuniones y en el lugar donde se realizan las conferencias, talleres, etc., razón por la cual se ha solicitado presupuesto del servicio al Hotel Costa Galana (Red Hotelera Iberoamericana S.A.).

 

Que la firma ha presentado cotización de dos (2)  variantes de servicio.

 

Que por Solicitud de Pedido Nº 186/2019,  el Dto. de Organización de Eventos y Relaciones Institucionales requiere la contratación del servicio por un monto de Pesos Trescientos Noventa y Siete Mil Ochocientos Cuarenta y Ocho ($ 397.848.-), correspondiendo a la variante de menor valor, cuyo costo es de $ 331,54.-

 

Que este importe  supera  el monto autorizado para Compras Directas, autorizado por el Art. 151º de la LOM,  y que  los servicios de gastronomía,  deben ser propios,  de manera excluyente, nos encontramos ante UNA EXCLUSIVIDAD  comprendida en las excepciones del art. 156  inc. 1 de la LOM.

 

Que se ha dado intervención a la Contaduría, quien procede ha efectuar la correspondiente imputación preventiva del gasto.

 

Por todo ello,

 

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTICULO 1º.- Adjudicar a la firma RED HOTELERA IBEROAMERICANA S.A., la contratación del servicio de coffee en los intermedios del CAF 2019, a razón de uno por día, total dos (2), hasta un total de Pesos Trescientos Noventa y Siete Mil Ochocientos Cuarenta y Ocho($ 397.848.-), con costo unitario de $ 331,54; en un todo de acuerdo al presupuesto adjunto a las presentes actuaciones y en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes,  corresponderán imputarse a: Programa 16 Actividad  03 – Inciso 3 – Partida Principal 6 – Partida Parcial 9, del Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2018 Prorrogado.

 

ARTÍCULO 3º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Marketing, Departamento de Organización de Eventos y Relaciones Institucionales, Jefatura de Compras, Contaduría y Tesorería.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 217

 

 

Mar del Plata, 9 de mayo de 2019

 

VISTO: el Expediente 95 Letra R Año 2019 Alcance 02 por el cual se tramitan las actuaciones relacionadas la realización delCONGRESO ANUAL FAEVYT MAR DEL PLATA 2019”, a llevarse a cabo en nuestra ciudad.

 

CONSIDERANDO:

 

 

Que en virtud de la realización del CAF 2019 -Congreso de Agencias de Viajes- entre los días 9 al 10 de mayo del corriente en nuestra ciudad, organizado por la Federación de Agencias de Viajes y Turismo (FAEVYT), que cuenta con  Auspicio Municipal según Decreto Nº 662/19 y ha sido Declarado de Interés Turístico según Resolución Nº 164/19.

 

Que por Resolución Nº 210/2019, se aprueba el llamado a Concurso de Precios nº 13/2019, por la Contratación de un Servicio de Cocktail para el Acto de Clausura del Congreso Anual “FAEVYT”, a realizarse el día 10 de mayo de 2019.

 

Que de un total de tres (3) invitaciones cursadas a firmas inscriptas ante el Registro de Proveedores del Ente, s/certificados adjuntos y personalizados, más la publicación ante el Calendario de Licitaciones en la pág. web de la Municipalidad de Gral Pueyrredon, se recepcionan tres (3) ofertas, correspondientes a las firmas  Red Hotelera Iberoamericana S.A. (Hotel Costa Galana), Biología Surf Club S.A e Integración Turística Hotelera S.A. (Sheraton Mar del Plata Hotel).

 

Que se dan por válidas las ofertas de las firmas, Red Hotelera Iberoamericana S.A y Biología Surf Club S.A., por dar dado cumplimiento a los requerimientos mínimos exigidos en Pliego de Bases y Condiciones.

 

Que en el Acto de Apertura, de acuerdo con el Art. 15º del PBC, se rechaza la propuesta de la firma Integración Turística Hotelera S.A, por omisión de firma del Pliego de Bases y Condiciones en su totalidad.

 

Que se detallan las cotizaciones presentadas:

 

 Detalle

Red Hotelera Iberoamericana  S.A.

Biología Surf Club S.A.

Servicio de Cocktail

(incluye servicios de sonido, musicalización y ambientación s/pliego)

Costo Unitario: $1967,36

Q: 400

 

Costo Total: $ 786.944.-

Costo Unitario: $ 1843.-

Q: 400

 

Costo Total: $ 737.200.-

 

Que la Jefatura de Compras eleva los actuados a la Comisión de Pre Adjudicación.

 

 

Que la Comisión de Pre Adjudicación, procede a efectuar un análisis comparativo de las dos (2) ofertas válidas, y teniendo en cuenta  que ambas cumplen con lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones en cuanto: servicio gastronómico (calidad de productos), ambientación, sonido y musicalización, cercanía hoteles sede del Congreso.

 

Que se sugiere la adjudicación del servicio licitado por menor precio  a la firma  BIOLOGÍA SURF CLUB S.A..

 

Que la Contaduría del Ente ha efectuado la imputación preventiva correspondiente.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

ARTICULO 1º.- Rechazar la oferta de la firma RED HOTELERA IBEROAMERICANA S.A.  por los motivos expuestos en el exordio de la presente.

 

ARTICULO 2º.- Adjudicar a la firma BIOLOGÍA SURF CLUB S.A., el Concurso de Precios nº 13/2019 por la Contratación del Servicio de Cocktail para el Acto de Clausura del Congreso Anual “FAEVYT”, a realizarse el día 10 de mayo de 2019 y por un monto total de hasta Pesos Setecientos Treinta y Siete Mil Doscientos ($ 737.200.-), con un costo unitario por persona de $ 1843.-, y por un total de 400 personas, en un todo de acuerdo a la propuesta presentada, lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones, y los motivos expuestos en el exordio de la presente.

 

ARTICULO 3º.-  El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo  1º de la presente, deberá imputarse a: Programa 16 - Actividad 03 - Inciso 3- Ppal. 6 Pparcial 9 – Apartado 0 del Presupuesto de Gastos Prorrogado 2018.

 

ARTICULO 4º.- Registrar, comunicar por el Departamento Administrativo y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Marketing, Organización de Eventos y Relaciones Institucionales, Jefatura de Compras, Contaduría, y Tesorería.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 218

 

 

Mar del Plata, 9 de mayo de 2019

 

VISTO la realización del CONGRESO ANUAL FAEVYT MAR DEL PLATA 2019”; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que Mar del Plata ha sido elegida como sede de este importante evento de operadores del sector turístico, siendo el Ente Municipal de Turismo, en conjunto con F.A.E.V.Y.T., anfitriones de dicho congreso, el que se lleva a cabo entre los días 8 al 10 de mayo de 2019.

 

Que Mar del Plata estará presente en un stand especial donde personal del EMTur hará entrega de material de folletería promocional y proyectará vídeos de los principales atractivos turísticos de la ciudad.

 

Que durante la jornada del día 9 de mayo de 2019, en las instalaciones del Hotel Sheraton se realizará el Acto Inaugural y un posterior Cóctel donde tendrá lugar un show artístico de la agrupación musical “BK2”.

 

Que para la realización de dicha actividad se hace necesaria la contratación de dicha agrupación a través del señor Franco Emanuel Alberghini CUIT Nº 20-322740652-3, por un monto de hasta PESOS CATORCE MIL ($ 14.000.-).

 

Que se ha dado intervención a la Contaduría, la que informa que las presentes contrataciones se encuadran en lo prescripto por el art. 156, inc. 3 “la contratación de artistas, científicos y/o sus obras” de la LOM, informando asimismo la imputación presupuestaria correspondiente.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

ARTÍCULO 1º.- Autorizar la contratación del señor Franco Emanuel Alberghini CUIT Nº 20-322740652-3, por un monto de hasta PESOS CATORCE MIL ($ 14.000.-). en mérito a lo expresado en el exordio de la presente.

 

ARTÍCULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente deberá imputarse a: Programa 16 -Act. 3- Inciso 3 - Partida Principal 06 – Partida Parcial 09 – “Otros”, del Presupuesto de Gastos corriente.

 

ARTÍCULO 3°.- Registrar y comunicar por Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan el Contaduría,  Tesorería y Compras.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 219

 

 

Mar del Plata, 13 de mayo de 2019

 

VISTO el Expediente 106 Letra M Año 2019, por el cual se tramita el Llamado a Concurso de Precios Nº 11/2019 para la contratación de “Logística en Servicios de Alojamientos para Acciones Promocionales en la Ciudad de Mar del Plata – desde su adjudicación hasta el 31 de agosto de 2019”, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Departamento de Marketing del Ente, con  el objeto de invitar a distintas personalidades relacionadas con la actividad turística a nuestra ciudad para realizar acciones promocionales, ha realizado la solicitud de pedido nº 175/2019.

 

Que se solicita la contratación de alojamiento en hoteles de la ciudad de 3 y 4 estrellas, habitaciones dobles y singles con desayuno e impuestos,  en temporada alta y baja, con un costo estimado de Pesos Seiscientos Cuarenta y Cinco Mil Setecientos Cincuenta y Seis ($ 645.756.-), por la vigencia desde el momento de la adjudicación hasta el 31 de agosto de 2019, con modalidad “a demanda”.

 

Que dada la situación actual del país, los establecimientos hoteleros no proporcionan tarifas estimadas que excedan un período de cuatro meses la contratación.

 

Que reconociendo la situación económica que transita nuestro país, con cambios sostenidos en los precios, que alteran sustancialmente los costos de los servicios a contratar y “los tiempos” de mantenimiento de precios por parte de las empresas, la Jefatura de Compras ha elaborado el Pliego de Bases y Condiciones para la realización de un Concurso de Precios por el período requerido y en un todo de acuerdo con los valores establecidos en el art. 151º de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, actualizados a partir del 1º de mayo de 2019 y la estimación de precios.

 

Que se hace necesario la conformación de una Comisión de Pre Adjudicación para la evaluación de las ofertas presentadas.

 

Que el Departamento de Marketing da la conformidad al Pliego de Bases y Condiciones de acuerdo a los requerimientos solicitados.

 

Que la Contaduría del Ente procede ha efectuar las correspondiente imputación preventiva.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL TURISMO

           

R E S U E L V E

 

ARTICULO 1º.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones del Llamado a Concurso de Precios Nº 11/2019 para la contratación de Logística en Servicios de Alojamientos para Acciones Promocionales en la Ciudad de Mar del Plata –desde el momento de su adjudicación y hasta el 31 de agosto de 2019”, hotelería en 3 y 4 estrellas, con un Presupuesto Oficial de Pesos Seiscientos Cuarenta y Cinco Mil Setecientos Cincuenta y Seis ($ 645.756.-)

 

ARTICULO 2º.- Fijar para el día 21 de mayo de 2019 a las 12:00 hs., la apertura de ofertas  pudiendo consultar  el Pliego de Bases y Condiciones en la Jefatura de Compras del Ente Municipal de Turismo.

 

ARTICULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo  1º de la presente, deberá imputarse a: Programa 16 - Actividad 02 - Inciso 3- Ppal. 6 Pparcial 9 – Apartado 0 “ Otros”  del Presupuesto de Gastos Prorrogado 2018.

 

ARTICULO 4º.- Designar la comisión de Pre Adjudicación, de acuerdo al art. 15º del Pliego de Bases y Condiciones, que se conformará por la Lic. Ingrid Gaertner, Jefe del Dto. de Marketing; el Sr. José Boubee Director Coordinador y la Sra. Silvia Orzewszki, Jefe División de Promoción, todos funcionarios del Ente.

 

ARTICULO 5º.- Registrar, comunicar por el Departamento Administrativo y a sus efectos, intervenga el Departamento de Marketing,  Contaduría, Tesorería, y Jefatura de Compras.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 220

 

Mar del Plata, 14 de mayo de 2019

 

VISTO el Expediente Nº 44 Letra I Año 2018-Cpo 01, por el cual se tramitan las actuaciones relacionadas con el Llamado a Licitación Privada nº 06/2018 por la Contratación de Asesoramiento y Recopilación de Datos Año 2018; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por Resolución nro. 096/2018 de fecha 8 de marzo de 2018, se adjudica la Licitación Privada nº 06/2018 por la Contratación del Servicio de Asesoramiento y Recopilación de Datos Año 2018 a la firma M y F COMUNICACIÓN Y OPINIÓN PUBLICA SRL por un monto total de Pesos OCHOCIENTOS VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO ($ 829.625.-) con vigencia a partir del momento de la adjudicación y hasta el 31 de enero de 2019 en un todo de acuerdo a la propuesta presentada y lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones.

 

Que en cumplimiento del artículo 21º del Pliego de Bases y Condiciones respectivo, la firma constituye Garantía de Adjudicación con Póliza de Caución de BERKLEY INTERNATIONAL SEGUROS SA por la suma de Pesos Ochenta y Dos Mil Novecientos Sesenta y Dos con 50/100 ($ 82.962,50.-), según Recibo Nº 509 de la Tesorería del Ente Municipal de Turismo.

 

Que por Resolución Nº 062/18, se prorroga la Licitación de referencia por la “Contratación del Servicio de   Asesoramiento y Recopilación de Datos Año 2018” por el mes de febrero de 2019,  por un monto total de Pesos Ochenta y Cinco Mil Novecientos Cincuenta ($ 85.950.-).

 

Que con fecha 13 de Mayo de 2019, la firma solicita devolución de la garantía antes mencionada, mediante nota Nº 623/19.

 

Que habiendo dado cumplimiento en su totalidad y habiéndose conformado la factura de dicha contratación, corresponde  proceder a la devolución.

 

Que la Contaduría informa que la devolución deberá registrarse en la cuenta “Acreedores por Títulos y Valores Recibidos”.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

ARTICULO 1º.  Autorizar a la Tesorería del Ente Municipal de Turismo,  a  la devolución  de la Garantía de Adjudicación constituida por la firma M y F COMUNICACIÓN Y OPINIÓN PUBLICA SRL bajo Póliza de Caución Nº 191544 de BERKLEY INTERNATIONAL SEGUROS SA correspondiente a la Licitación Privada nº 06/2018 “Contratación de Asesoramiento y Recopilación de Datos Año 2018” por la suma de PESOS Ochenta y Dos Mil Novecientos Sesenta y Dos con 50/100 ($ 82.962,50.-), según Recibo Nº 509 de la Tesorería del Ente Municipal de Turismo.

 

ARTICULO 2º. El egreso que demande la presente autorización, deberá registrarse en la Cuenta “Acreedores por Títulos y Valores Recibidos ”.

 

ARTICULO 3º. Registrar, comunicar por el Departamento de  Administración y Personal, y a sus efectos, intervengan Contaduría, Tesorería y Compras.

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 221

 

 

Mar del Plata, 14 de mayo de 2019

 

VISTO: la presentación efectuada por el Cp. Omar Carrizo, mediante nota nº 555/19, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en la misma solicita se declare de interés turístico a la “49º Conferencia del Distrito 4920 de Rotary Internacional, Mar del Plata 2019”, el que se realizará durante los días 17 y 18 de mayo de 2019 en las instalaciones del Teatro Colón y la sala Astor Piazzolla del Teatro Auditorium, de nuestra ciudad.

 

Que se trata del mayor evento rotario de la Provincia de Buenos Aires y La Pampa del corriente año, el que reúne a: Socios de clubes integrantes de los clubes INTERACT (jóvenes de 12 a 18 años); Integrantes de los clubes ROTARACT (jóvenes de 19 a 30 años); y a jóvenes del Programa de Intercambio de Rotary (RYE) provenientes de 18 países.

 

Que se espera la presencia de alrededor de 500 personas, contando en ésta oportunidad con la presencia de funcionarios y representantes extranjeros de Rotary Internacional, así como también la participación de destacados expositores argentinos.

 

Que prevé un espacio con acceso libre y gratuito dedicado exclusivamente a la capacitación y formación de los rotarios, teniendo como disertantes a renombrados oradores que sin dudas serán fuente de inspiración para los asistentes.

 

Que este Ente Municipal de Turismo considera oportuno brindar su adhesión a acontecimientos de esta naturaleza, que contribuyen a afianzar la imagen de Mar del Plata como Sede de Reuniones.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Turístico a la realización en nuestra ciudad de la “49º Conferencia del Distrito 4920 de Rotary Internacional, Mar del Plata 2019”, el que se realizará durante los días 17 y 18 de mayo de 2019, en las instalaciones del Teatro Colón y la sala Astor Piazzolla del Teatro Auditorium, en mérito a lo expresado en el presente exordio.

 

ARTÍCULO 2º.- A través del Departamento de Asistencia al Turista, se adoptarán los recaudos pertinentes para incluir al acontecimiento origen de las presentes actuaciones, en el Calendario de Actividades de este Ente Municipal de Turismo.

 

ARTÍCULO 3º.- La declaración de Interés Turístico a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los organizadores del cumplimiento de lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, para la utilización de los espacios en la vía pública, ni del pago de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.

 

ARTÍCULO 4º.- La entidad organizadora deberá contratar los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Turismo exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones necesarias para la cobertura de los servicios de emergencia médica.

 

ARTICULO 5°.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Ente Municipal de Turismo por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 118, 160, 200, 275, 278, 490, 833, 850, 852, 1040, 1042, 1376, 1749, 1751, 1785, 1786, 1788 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.

 

ARTÍCULO 6º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista y de Prensa.

 

 

REGISTRADO BAJO EL Nº 222

 

 

Mar del Plata, 14 de mayo de 2019

 

VISTO: la presentación efectuada por el señor Carlos Saubiette, Presidente de la Asociación Marplatense de Patín, mediante nota Nº 576/19, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

Que en la misma solicita se declare de Interés Turístico a la realización del TORNEO “LIGA NACIONAL ELITE ROLLER HOCKEY COPA OSDE 2019”, a llevarse a cabo entre los días 24 y 26 de mayo de 2019 en las instalaciones del Estadio Polideportivo Chapadmalal, de nuestra ciudad.

 

Que contará con la presencia de delegaciones de patinadores de distintos puntos del país, entre los que se encuentran Rosario, Mendoza, Capital Federal, Córdoba, entre otros.

 

Que participarán del mismo alrededor de 120 de los mejores exponentes masculinos y femeninos de roller hockey, evento de gran magnitud a nivel local y nacional.

 

Que este Ente Municipal de Turismo considera oportuno adherir a esta propuesta, que contribuye a fomentar el deporte y la competición, a través de este deporte.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Turístico a la realización en nuestra ciudad del TORNEO LIGA NACIONAL ELITE ROLLER HOCKEY COPA OSDE 2019, a llevarse a cabo entre los días 24 y 26 de mayo de 2019, en las instalaciones del Estadio Polideportivo Chapadmalal, en mérito a lo expresado en el exordio de la presente.

 

ARTÍCULO 2º.- A través del Departamento de Asistencia al Turista, se adoptarán los recaudos pertinentes para incluir, al acontecimiento origen de las presentes actuaciones, en el Calendario de Actividades de este Ente Municipal de Turismo.

 

ARTÍCULO 3º.- La declaración de Interés Turístico a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los organizadores del cumplimiento de lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, para la utilización de los espacios en la vía pública, ni del pago de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.

 

ARTÍCULO 4º.- La entidad organizadora deberá contratar los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Turismo exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones necesarias para la cobertura de los servicios de emergencia médica.

 

ARTICULO 5°.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Ente Municipal de Turismo por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 118, 160, 200, 275, 278, 490, 833, 850, 852, 1040, 1042, 1376, 1749, 1751, 1785, 1786, 1788 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.

 

ARTÍCULO 6º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista y de Prensa.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 223

 

 

Mar del Plata, 15 de mayo de 2019

 

VISTO el Expediente 65 Letra M Año 2019 por el cual se tramitan la pauta publicitaria en el portal de noticias www.puntonoticias.com.ar; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Departamento de Marketing, eleva la Solicitud de Pedido 73/2019, requiriendo la contratación de una pauta publicitaria  de tres meses por el periodo comprendido entre el 20 de Mayo de 2019 y el 20 de Agosto de 2019, por la exhibición de un banner digital de 350 X 350 px en la pagina central del sitio digital PUNTONOTICIAS, incluyendo ademas publicar novedades y presentaciones que el EMTUR realice durante el mencionado periodo, así como 3 salidas diarias en el programa de radio PuntoClub que conduce Gonzalo Patrone y se emite de Lunes a Viernes de 10 a 12 en el CLUB RADIO FM96,3MDP

 

Que el costo mensual de la propuesta  es de Pesos Diez Mil ($10.000.-), siendo el total por toda la campaña de Pesos Treinta Mil  ($30.000.-) por todo concepto, de acuerdo a presupuesto adjunto de GONZALO PATRONE (titular del diario digital PUNTONOTICIAS e informe del Departamento de Marketing.

 

Que la finalidad de contratación de la pauta es efectuar la comunicación de los principales acontecimientos que se desarrollan en la ciudad y promover la descarga de la APP Turismo Mar del Plata en los celulares.

 

Que se trata del sitio de noticias pionero en Mar del Plata con 17 años de trayectoria, con una importante llegada dentro de los lectores de medios digitales y que comunica noticias y actividades de la ciudad.

 

Que la Contaduría del Ente ha efectuado la correspondiente imputación preventiva.

 

Que nos encontramos dentro de las excepciones del Articulo 156º inciso 1 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

 

Por todo ello en uso de las facultades delegadas;

 

 

LA PRESIDENTA DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTICULO 1º.- Adjudicar a la firma GONZALO PATRONE la contratación de una pauta publicitaria de tres meses por el periodo comprendido entre el 20 de Mayo de 2019 y el 20 de Agosto de 2019, por la exhibición de un banner digital de 350 X 350 px en la pagina central del sitio digital PUNTONOTICIAS, incluyendo ademas publicar novedades y presentaciones que el EMTUR realice durante el mencionado periodo,   así como 3 salidas diarias en el programa de radio PuntoClub que conduce Gonzalo Patrone y se emite de Lunes a Viernes de 10 a 12 en el CLUB RADIO FM96,3MDP   hasta un total por toda la campaña de Pesos Treinta Mil  ($30.000.-) en un todo de acuerdo al presupuesto presentado y los motivos expuestos en el exordio de la presente.

 

ARTÍCULO 2º- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1º de la presente, deberá imputarse a: Programa 16 – Actividad 02 - Inciso 03 – Partida Principal 06 – Partida Parcial 01 “PUBLICIDAD”, del Presupuesto de Gastos 2018 Prorrogado.

 

ARTÍCULO 3º.- Se deja establecido que el proveedor deberá presentar las impresiones de pantalla con el banner pautado con la factura del mes correspondiente.

 

ARTÍCULO 4º.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal y a sus  efectos, intervengan el Dto de Marketing, Compras, Contaduría y Tesorería.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 224

 

 

Mar del Plata, 15 de mayo de 2019

 

VISTO el Expediente 62 Letra M Año 2019 por el cual se tramitan la pauta publicitaria en el portal de noticias www.loquepasa.net; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Departamento de Marketing, eleva la Solicitud de Pedido 67/2019, requiriendo la contratación de una pauta de publicidad por un periodo tres meses comprendido entre el 20 de Mayo de 2019 y el 20 de Agosto de 2019 por la exhibicion de un banner digital de 295 X 151 px en la portada principal del sitio asi como en las diferentes secciones  de la página de noticias www.loquepasa.net.

 

Que el costo mensual del banner es de Pesos Diez Mil  ($10.000.-), siendo el total por toda la campaña de Pesos Treinta Mil ($30.000.-) por todo concepto, y según presupuesto adjunto de CARLOS AUGUSTO MAS (titular del diario digital) e informe del Departamento de Marketing.

 

Que la finalidad de contratación de la pauta es brindar información al residente y turistas, los nuevos emprendimientos, las novedades en actividades y recreación, que son multiplicadores de la Marca Ciudad así también como la difusión de campañas de Conciencia Turística y cobertura de acontecimientos de interés que se realizan en Mar del Plata.

 

Que este portal funciona hace doce años en Mar del Plata, publica diariamente hechos mas destacados que ocurren en nuestra ciudad y la Provincia de Buenos Aires, con actualizaciones al instante.

 

Que la Contaduría del Ente ha efectuado la correspondiente imputación preventiva.

 

Que nos encontramos dentro de las excepciones del Articulo 156º inciso 1 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

 

Por todo ello en uso de las facultades delegadas;

 

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTICULO 1º.- Adjudicar a la firma CARLOS AUGUSTO MAS una pauta de publicidad por un periodo de tres meses comprendido entre el 20 de Mayo de 2019 al 20 de Agosto de 2019, mediante  un banner digital de 295 X 151 px en la portada principal del sitio así como en las diferentes secciones de la página de noticias www.loquepasa.net de hasta un total por toda la campaña de Pesos Treinta Mil ($30.000.-) en un todo de acuerdo al presupuesto presentado y los motivos expuestos en el exordio de la presente.

 

ARTÍCULO 2º- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1º de la presente, deberá imputarse a: Programa 16 – Actividad 02 - Inciso 03 – Partida Principal 06 – Partida Parcial 01 “PUBLICIDAD”, del Presupuesto de Gastos 2018 Prorrogado.

 

ARTÍCULO 3º.- Se deja establecido que el proveedor deberá presentar las impresiones de pantalla con el banner pautado con la factura del mes correspondiente.

 

ARTÍCULO 4º.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan el Dto de Marketing, Compras, Contaduría y Tesorería.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 225

 

 

Mar del Plata, 15 de mayo de 2019

 

VISTO: la participación del Ente Municipal de Turismo en el “Taller sobre Turismo LGBT y 2ª Encuentro de Coordinadores de Turismo LGBT de Argentina”, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que se solicita se declare de interés turístico a la realización de dicho evento, el se llevará a cabo el día viernes 17 de mayo de 2019 en las instalaciones del Mar del Plata Golf Club, de nuestra ciudad.

 

Que este EMTUR viene trabajando en el desarrollo del segmento Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (L.G.B.T.) en Mar del Plata.

 

Que con la intención de fortalecer el desarrollo del segmento de turismo LGBT a nivel local, contribuir a la consolidación del producto a nivel nacional y establecer fuertes lazos con los destinos que se encuentran realizando acciones en este segmento del mercado, es que se realizará un Taller sobre turismo LGBT dirigido a prestadores de servicios turísticos y el 2ª Encuentro de Coordinadores de Turismo LGBT de Argentina en la ciudad de Mar del Plata.

 

Que el mencionado Taller tiene como objetivo la concientización sobre Turismo LGBT sobre "Herramientas para el desarrollo de destinos y servicios turísticos enfocados en la comunidad LGBT”, a cargo de la Cámara de Comercio Gay Lésbica Argentina (CCGLAR), Google Argentina y una breve presentación de los destinos que se encuentran desarrollando el producto.

 

Que asimismo, en el Encuentro de Coordinadores de Turismo LGBT, cada destino presentará el informe de lo desarrollado durante el 2018 y se elaborarán las propuestas del plan de acción 2019.

 

Que este Ente Municipal de Turismo considera oportuno brindar su adhesión a este evento, que contribuye a diversificar el Calendario de Actividades de Mar del Plata.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Turístico a la realización en nuestra ciudad del “Taller sobre Turismo LGBT y 2ª Encuentro de Coordinadores de Turismo LGBT de Argentina”, a llevarse a cabo el día 17 de mayo de 2019 en las instalaciones del Mar del Plata Golf Club, en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 2º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista y de Prensa.

 

REGISTRADO BAJO EL Nº 226

 

 

Mar del Plata, 16 de mayo de 2019

 

VISTO la solicitud de licencia por paternidad del Jefe del Departamento de Administración y Personal, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que en la misma informa que a partir del día 16 de Mayo de 2019 hará uso de la mencionada licencia.

 

Que por tal motivo resulta necesario designar un responsable del Departamento, que atienda las cuestiones que hacen al quehacer diario del Área.

 

Que para tal fin se propone al agente CARLOS LISANDRO LUCHINI, Legajo Nº 21892 JEFE DE DEPARTAMENTO, quien cuenta con los conocimientos, la reserva e idoneidad requerida, para cumplir con la tarea.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º.- Encomendar a partir del 16  de Mayo de 2019, la atención y firma del despacho del Departamento de Administración y Personal, en el Ente Municipal de Turismo, al agente CARLOS LISANDRO LUCHINI, Legajo Nº 21892 JEFE DE DEPARTAMENTO, sin perjuicio de las tareas propias.

 

ARTÍCULO 2°.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 227

 

 

Mar del Plata, 16 de mayo de 2019

 

VISTO: el informe producido por el  Departamento de Organización de Eventos y Relaciones Institucionales, relacionado con la factura Nº 00002-00000012 de fecha 14 de mayo de 2019, presentada por el señor OMAR EDUARDO GORRITI; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la misma, corresponde al servicio extra de pantallas e iluminación, en el marco del cóctel de bienvenida del Congreso de la Federación de Asociaciones de Viajes y Turismo, llevado a cabo el día 8 de mayo de 2019 en el salón Velez Sarsfield del Sheraton Hotel, de nuestra ciudad.

 

Que atento a que no se ha imputado preventivamente el gasto, que asciende a la suma de TRECE MIL SEISCIENTOS PESOS ($ 13.600.-), la Contaduría informa sobre la necesidad de autorizar y reconocer el mismo a través del respectivo acto administrativo, a efectos de poder proceder al pago a la respectiva entidad.

 

Que al propio tiempo la Contaduría indica la imputación presupuestaria correspondiente.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º.- Reconocer el gasto y autorizar el pago a la razón social OMAR EDUARDO GORRITI, de la suma de TRECE MIL SEISCIENTOS PESOS ($ 13.600.-), correspondiente a la Factura Nº 00002-00000012 de fecha 14 de mayo de 2019, en concepto de servicio extra de pantallas e iluminación, en el marco del cóctel de bienvenida del Congreso de la Federación de Asociaciones de Viajes y Turismo, llevado a cabo el día 8 de mayo de 2019 en el salón Velez Sarsfield del Sheraton Hotel Mar del Plata, en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el pago mencionado en el artículo precedente se deberá imputarse al Programa 16 - Actividad 03 – Inciso 3 - Partida Principal 9 – Partida Parcial 1 – Partida Subparcial 0 -  “Servicios de Ceremonial”, del  Presupuesto de Gastos Prorrogado para el año 2019.

 

ARTÍCULO 3°. Registrar y comunicar por Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan Contaduría, Tesorería y Compras.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 228

 

 

Mar del Plata, 17 de mayo de 2019

 

VISTO, la Resolución Nº 134/19, en la cuál se le asignó a la agente Candela Guerrero una beca para realizar una Maestría en Desarrollo Turístico Sustentable, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

Que por disposición de la Presidencia se ha dispuesto que mayor cantidad de personal reciba la mencionada capacitación, útil en el buen desempeño de tareas cotidianas.

 

Que se hace necesario generar una nueva resolución, incorporando un nuevo listado de agentes y, en ese sentido, corresponde dejar sin efecto la Resolución Nº 134/19.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º. Dejase sin efecto la Resolución Nº 134/19, en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 2º. Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por el Departamento de Administración y Personal del Ente Municipal de Turismo.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 229

 

 

Mar del Plata, 17 de mayo de 2019

 

VISTO el Expediente 86 Letra M Año 2018, Cuerpo 2, por el cual se tramita el Llamado a Licitación Pública nº 02/2018 para la “Adquisición de Souvenirs Varios para Acciones Promocionales en Mar del Plata y otros Destinos”; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por incumplimiento de contrato, mediante Resolución 208/19 se rescinde la contratación que surgiera de la Licitación Pública nº 02/2018, Art. 17º de la Resolución Nº 288/2018 por el ítem IX “Mini Estuche Contenedor” a la firma VESTIR TU MALETA S.R.L, por culpa exclusiva de dicha empresa.

 

Que atento a ello y de acuerdo con el Reglamento de Compras y Contrataciones del Ente, aprobado por Resolución Nº 321/2004, corresponde la sanción no pecuniaria al proveedor.

 

Por todo ello, y en uso de las facultades que le confiere el Art. 216º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

 

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTICULO 1º.- Suspender del Registro de Proveedores del Ente Municipal de Turismo, por el término de seis (6) meses a partir de notificada la presente, a la firma VESTIR TU MALETA S.R.L, inscripta bajo el nº 1108, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-

 

ARTICULO 2º.- Solicitar a la Jefatura de Compras a efectuar los trámites administrativos correspondientes a lo dispuesto en el art. 1º de la presente Resolución.

 

ARTICULO 3º.- Autorizar a la Jefatura de Compras la notificación de la presente Resolución .-

 

ARTICULO 4º.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y a sus efectos, Contaduría, Tesorería y Jefatura de Compras.-

 

 

REGISTRADA BAJO EL N° 230

 

 

Mar del Plata, 20 de mayo de 2019

 

VISTO: la presentación efectuada por el señor Juan Carlos Delfino, Director de Huellas Argentinas, mediante nota nº 478/19; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en la misma solicita se declare Embajadores Turísticos a los integrantes de la Embajada Cultural Marplatense, por el viaje que emprenderán rumbo a Termas de Río Hondo, provincia de Santiago del Estero, entre el 11 y el 21 de junio de 2019 y rumbo a la ciudad de Salta el próximo 17 de junio de 2019.

 

Que entre los integrantes de la mencionada embajada se encuentran:

 

  • La Agrupación Folklórica “Huellas Argentinas”.
  • La Agrupación Folklórica “El Quilmeño”.
  • Grupo “Siempre Juntos”.
  • Peña “Santa Ana”.
  • La Agrupación Cultural Marplatense “Macacha Güemes”.
  • El dúo “Eduardo y Javier”.
  • La bailarina de la Agrupación El Quilmeño Carmen Mabel Ricci.

 

Que el objetivo de dicho viaje es representar a la provincia de Buenos Aires en el acto de conmemoración del fallecimiento del General Martín Miguel de Güemes.

 

Que portarán para ello material gráfico e institucional que propenda a la promoción y difusión de los atractivos turísticos y culturales de Mar del Plata en esos destinos.

 

Que éste Ente Municipal de Turismo considera oportuno reconocer el desempeño de estos jóvenes, declarándolos Embajadores Turísticos, en su viaje a Santiago del Estero y Salta..

 

Por todo ello

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

ARTÍCULO 1°.- Declarar Embajadores Turísticos a los integrantes de la Embajada Cultural Marplatense por el viaje que emprenderán rumbo a Termas de Río Hondo, provincia de Santiago del Estero, entre el 11 y el 21 de junio de 2019 y rumbo a la ciudad de Salta el próximo 17 de junio de 2019, en mérito a lo expresado en el presente exordio.

 

ARTÍCULO 2°.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal, y a sus efectos intervengan los Departamentos Marketing y Prensa.

 

 

REGISTRADO BAJO EL Nº 231

 

 

Mar del Plata, 22 de mayo de 2019

 

VISTO: la presentación efectuada por la Secretaría de Desarrollo Social Arq. Patricia Leniz, mediante nota Nº 643/19; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en la misma, solicita se declare de Interés Turístico a la realización del evento Construyendo Vínculos, Primer Intercambio de Experiencias en la Promoción de Desarrollo Integral de niños/as y Adolescentes entre Chile y Argentina, a llevarse a cabo los días 13 y 14 de junio de 2019, en las instalaciones del Espacio Unzué de nuestra ciudad.

 

Que participarán del mismo autoridades tales como el Sr. Intendente Municipal, Secretarios de Áreas y Concejales del Partido de Gral. Pueyrredon, Funcionarios Políticos y Equipos Técnicos del Área de la Niñez y Juventud de la Nación, Provincia de Buenos Aires y Municipio de Gral. Pueyrredon, Ministerio de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, Universidad Nacional de Mar del Plata y Atlántida Argentina.

 

Que su programa contiene mesas temáticas y talleres de capacitación respecto de la promoción y protección de los derechos de los niños/as y adolescentes.

 

Que tiene como disertantes a renombrados oradores expertos en el tema, la que sin dudas serán fuente de inspiración para los asistentes, los que se estiman aproximadamente 100 personas.

 

Que este Ente Municipal de Turismo considera oportuno adherir a acontecimientos de esta naturaleza, que contribuyen a diversificar la oferta turística y recreativa de Mar del Plata.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Turístico a la realización en nuestra ciudad del evento CONSTRUYENDO VINCULOS, PRIMER INTERCAMBIO DE EXPERIENCIAS EN LA PROMOCION DEL DESARROLLO INTEGRAL DE NIÑOS/AS Y ADOLESCENTES ENTRE CHILE Y ARGENTINA, a llevarse a cabo los días 13 y 14 de junio de 2019, en el ESPACIO UNZUE.

 

ARTÍCULO 2º.- A través del Departamento de Asistencia al Turista, se adoptarán los recaudos pertinentes para incluir, al acontecimiento origen de las presentes actuaciones, en el Calendario de Actividades de este Ente Municipal de Turismo.

 

ARTÍCULO 3º.- La declaración de Interés Turístico a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los organizadores del cumplimiento de lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, para la utilización de los espacios en la vía pública, ni del pago de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.

 

ARTICULO 4º.- La entidad organizadora deberá contratar los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Turismo exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones necesarias para la cobertura de los servicios de emergencia médica.

 

ARTICULO 5°.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Ente Municipal de Turismo por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 118, 160, 200, 275, 278, 490, 833, 850, 852, 1040, 1042, 1376, 1749, 1751, 1785, 1786, 1788 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.

 

ARTICULO 6º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista y de Prensa.

 

 

REGISTRADO BAJO EL Nº 232

 

 

Mar del Plata, 22 de mayo de 2019

 

VISTO: el expediente Nº 84-J-2019-Cpo. 01, a través del cual se tramita la adquisición de un scanner para la Asesora Legal, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

Que por Solicitud de Pedido nº 200, el Área de Informática del Ente requiere la adquisición de un scanner con función de scaneo duplex, doble faz, hojas de tamaño A4 y legal, para la Asesoría Letrada.

 

Que la Jefatura de Compras solicita presupuesto a las firmas MAMESI S.R.L. Y CIA SUDAMERICANA S.R.L.

 

Que la firma MAMESI S.R.L. cotiza un scanner Kodak i940 por un monto de Pesos Diecisiete Mil Trescientos Veintitres ($17.323), mientras que la firma CIA SUDAMERICANA S.R.L., cotiza un scanner Cannon ImageFORMULA P-215II por un monto de Pesos Diecisiete Mil Doscientos Noventa ($17.290).

 

Que la Contaduría del Ente, imputa preventivamente el gasto, e informa la necesidad de observar el gasto en razón del art. 186 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, por estar infringiéndose los art. 31 y 118 de la L.O.M., por lo que el mismo deberá autorizarse mediante acto administrativo.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

ARTÍCULO 1º. Convalidar la adquisición de un scanner a la firma CIA SUDAMERICANA S.R.L. por un monto total de Pesos Diecisiete Mil Doscientos Noventa ($ 17.290.-), en un todo de acuerdo a las características requeridas, en mérito de lo expresado en el exordio.

 

ARTICULO 2º.  El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1º; corresponderá imputarse a: Actividad 01 - Inciso 4 – Partida Principal 3 – Partida Parcial 6 – Apartado 0 “Equipos de Computación”, por el importe de Pesos Diecisiete Mil Doscientos Noventa ($ 17.290.-) del Presupuesto de Gastos 2018 Prorrogado.

 

ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan Jefatura de Compras, Contaduría y Tesorería.

 

 

REGISTRADO BAJO Nº 233

 

 

Mar del Plata, 22 de mayo de 2019

 

VISTO el expediente 87-A-2019 Cuerpo 1 a través del cual se tramita la realización de cursos y capacitaciones por parte de agentes pertenecientes al Ente Municipal de Turismo, y

 

CONSIDERANDO

 

Que la Presidencia del Ente entiende conveniente que a los fines de estimular la especialización y jerarquización de los agentes que trabajan en el Ente, se designen a los Licenciados en Turismo Guerrero Candela Leg. Nº 30190, Bahamonde Flavia Alejandra Leg. Nº 30844, Castelli González María Noel Leg. Nº 29324, Di Mauro Mariano Néstor Leg. Nº 28310 y Costanzo Paulina Leg. Nº 25086, para la realización de una Maestría en Desarrollo Turístico Sustentable, cuya VIII Cohorte se dictará en la U.N.M.D.P. a partir del mes de mayo de 2019 y por el término de dos años.

 

Que la inscripción tiene un arancel general de PESOS SESENTA Y OCHO MIL ($ 68.000.-) cada uno, financiado.

 

Que se ha acordado con la U.N.M.D.P.  otorgar un descuento del 40% del valor del arancel general para cada agente anteriormente mencionado, más un aporte del 10% del valor del arancel general por parte de este organismo, el que asciende a la suma de PESOS SEIS MIL OCHOCIENTOS ($ 6.800.-) cada uno, siendo el valor total de PESOS TREINTA Y CUATRO MIL CON 00/10 ($ 34.000.-).

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

ARTÍCULO 1º.- Autorizar el pago de la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MIL CON 00/10 ($ 34.000.-) a la Universidad Nacional de Mar del Plata (U.N.M.D.P.), a fin de solventar el 10% del valor del gasto correspondiente al ARANCEL GENERAL en la Maestría en Desarrollo Turístico Sustentable, de los Licenciados en Turismo Guerrero Candela Leg. Nº 30190, Bahamonde Flavia Alejandra Leg. Nº 30844, Castelli González María Noel Leg. Nº 29324, Di Mauro Mariano Néstor Leg. Nº 28310 y Costanzo Paulina Leg. Nº 25086, en mérito a lo expresado en el exordio.”

 

ARTÍCULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente corresponderá imputarse a: Programa 16 – Actividad 03 - Inciso 3 – Partida Principal 4 – Partida Parcial 5, del Presupuesto de gastos prorrogado para el Ejercicio 2019.

 

ARTÍCULO 3º.- Establecer que la concurrencia a dicha maestría será obligatoria y a la terminación de la misma deberán presentar el correspondiente certificado, acreditando la aprobación de los agentes becados dispuestos en el art. Nº 1. En caso de abandonar la cursada, no aprobar o cesar en su relación de dependencia para con el Emtur antes de su aprobación, los agentes deberán devolver íntegramente el importe invertido por el Ente.

 

ARTÍCULO 4º. Registrar y comunicar por el Departamento de Administración y Personal del Ente Municipal de Turismo.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 234

 

 

Mar del Plata, 23 de mayo de 2019

 

VISTO: El expediente Nº 111-M-2019, Cuerpo 1, a través del cual se tramitan las actuaciones relacionadas con la participación de este organismo en el 8th. ICCA Latin American Meeting & 13º Client/Supplier Business Workshop 2019, y

 

CONSIDERANDO:

 

 

Que el 8th. ICCA Latin American Meeting and 13th. Client/Supplier Business Workshop se llevará a cabo en la ciudad de Salta entre el 3 y el 8 de Agosto de 2019.

 

Que el Mercado de Turismo de Reuniones a nivel mundial continua en franco crecimiento, ocupando Argentina un lugar destacado como sede de Eventos Internacionales, según ránking elaborado por la International Congress and Convention Association.

 

Que Mar del Plata forma parte del Equipo País, trabajando sinérgicamente con el INPROTUR, la Secretaría de Turismo de la Provincia de Buenos Aires y el Mar del Plata Convention & Visitors Bureau, con el objetivo de generar un continuo desarrollo de ésta ciudad como Destino Sede de Congresos y Convenciones.

 

Que éste EMTUR es miembro activo del  International Congress and Convention Association (I.C.C.A.) desde 2011, siendo fundamental el intercambio y posibilidades de negocios (networking) y posicionamiento del destino y capacitación de este nicho de mercado.

 

Que el Emtur ha participado en los ICCA Congress World 2011, 2012, 2014 y 2015, en el 3rd. ICCA Latin American Meeting and 8th. Client/Supplier Business Workshop 2014 en la ciudad de Santiago de Chile, eventos específicos de IMEX 2012, 2015 y 2016, como así también en la 5º y 6º edición del ICCA Latin American Meeting and Client/Supplier Business Workshop.

 

Que para la representación del Emtur en el 8th. ICCA Latin American Meeting and 13th. Client/Supplier Business Workshop se hace necesario designar a la señora Ingrid Mariel Gaertner Leg. Nº 21.303, Jefa de Departamento de Marketing y responsable de Turismo de Reuniones.

 

Que la Contaduría autoriza el pago de PESOS ONCE MIL QUINIENTOS SIETE 00/100 ($ 11.507.-) a través de la página web Despegar, para solventar gastos de pasaje aéreo M.D.P. – B.S. A.S. – SALTA – BS. AS. - M.D.P..

 

Que se ha dado intervención a la Contaduría quién produce informe consignando la imputación presupuestaria del gasto.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1°.- Designar a la señora Ingrid Mariel Gaertner Leg. N° 21.303, para desarrollar acciones representando a este EMTUR, en el 8th. ICCA Latin American Meeting and 13th. Client/Supplier Business Workshop, el que se llevará a cabo en la ciudad de Salta entre el 3 y el 8 de Agosto de 2019, en mérito a lo expresado en el presente exordio.

 

ARTÍCULO 2°.- Autorizar el pago a la agente INGRID MARIEL GAERTNER, con cargo de rendición de cuentas, de la suma de PESOS ONCE MIL QUINIENTOS SIETE 00/100 ($ 11.507.-), para afrontar gastos en concepto de pasaje aéreo M.D.P. – B.S. A.S. – SALTA – BS. AS. - M.D.P..

 

ARTÍCULO 3°.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, corresponderá imputarse a: Programa 16 - Actividad 02- Inciso 3 – Partida Principal 06 – Partida Parcial 09 “OTROS”, del Presupuesto de Gastos prorrogado.

 

ARTICULO 4º.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal, y a sus efectos, intervengan el Departamento Marketing, Jefatura de Compras, Contaduría y Tesorería.

 

 

REGISTRADA BAJO EL N° 235

Mar del Plata, 24 de mayo de 2019.

 

 

VISTO: El expediente 112-M-2019, Cuerpo 1, a través del cual se tramitan las actuaciones relacionadas con la participación publicitaria de este EMTUR en la Revista Institucional 4 Estaciones que edita la Asociación Empresaria Hotelera Gastronómica de Mar del Plata y Zona de Influencia; y

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

Que la revista es el medio de contacto con sus asociados, tiene una tirada de 1.800 ejemplares por edición, incluye información de acciones y proyectos de la Asociación y es de distribución gratuita.

 

Que se edita trimestralmente desde hace más de quince años, y este año coincide con los 100 años de dicha asociación, por lo que el Departamento Marketing en su informe manifiesta la conveniencia de dar continuidad a la participación publicitaria de este EMTUR, con un espacio institucional que brinde mensajes de promoción y concientización para este sector íntimamente relacionado con nuestros objetivos turísticos que tiene este Organismo Descentralizado.

 

Que en virtud de ello, dicho Departamento ha solicitado mediante Solicitud Nº 203 un presupuesto consistente en la publicación de un (1) aviso de una (1) página a color por edición trimestral, en las ediciones Nº 136, 137, 138 y 139, a un costo de Pesos Cuatro Mil Trescientos ($ 4.300.-) por aviso, sumando un valor total de Pesos Diecisiete Mil Doscientos ($ 17.200.-).

 

Que a los efectos pertinentes y según constancias se ha dado intervención a la Contaduría, la que consigna la imputación presupuestaria correspondiente.

 

 Por todo ello

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º. Adjudicar a la Asociación Empresaria Hotelera Gastronómica de Mar del Plata y Zona de Influencia, la contratación de una publicidad en la Revista 4 Estaciones, consistente en la publicación de un (1) aviso de una (1) página a color por edición trimestral, año 2019 -en las ediciones Nº 136, 137, 138 y 139, a un costo total de Pesos Diecisiete Mil Doscientos ($ 17.200.-), en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTICULO 2º. El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, corresponderá imputarse a: Programa 16 – Actividad 02 – Inciso 3 – Partida Principal 6 – Partida Parcial 1, del Presupuesto de Gastos prorrogado 2018.

 

ARTICULO 3º. Registrar y comunicar por el Departamento de Administración y Personal y a sus efectos intervengan Compras, Contaduría, Tesorería y el Departamento Marketing.

 

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 236

 

Mar del Plata, 24 de mayo de 2019

 

VISTO el Expediente 110 Letra M Año 2019 Cuerpo 1, por el cual se tramita la contratación publicitaria en la señal de cable TNT Sports; y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que atento la nota elevada por el Departamento de Marketing, mediante la cual se requiere la contratación de publicidad institucional en la señal de cable TNT SPORTS programa deportivo, con el objetivo de promocionar el plan promocional “3 x 2” en hotelería y recreación, de acuerdo al siguiente cronograma:

 

TNT SPORTS- PROGRAMAS

Cantidad PNT y Barridas/ Spots

Tiempo

Fechas de Salidas

Costo Unitario

Costo Total

Partido Fútbol:

Boca vs Argentinos Jr

 

2 Spots

 

15”

 

26/05

 

$97239,33

 

$194658,67

 

 

Que el costo total de la pauta asciende a Pesos Ciento Noventa y Cuatro Mil Seiscientos Cincuenta y Ocho Pesos con 67/100($ 194.658,67.-), obrante en Solicitud de Pedido Nº 201.

 

Que se ha elegido este partido por la importantísima audiencia que tendrá la transmisión de la semifinal de la Copa de la Superliga Argentina de Fútbol.

 

Que dicho importe, si bien supera el monto autorizado para las Compras Directas, la firma Imágen Satelital S.A. tiene la representación comercial en la República Argentina de Turner Internacional Latin América Inc., con la comercialización exclusiva de la señal TNT SPORTS y transmite en forma exclusiva el partido semifinal de la Copa de la Superliga de Fútbol Argentino del 26 de mayo de 2019, en el que jugarán Boca Jrs. vs Argentinos Jrs., por lo que nos encontramos ante UNA EXCLUSIVIDAD comprendida en las excepciones del art. 156  inc. 1 de la LOM.- por lo tanto, se solicita la imputación preventiva del mismo.

           

Que la Contaduría del Ente, imputa preventivamente el gasto, e informa la necesidad de observar el gasto en razón del art. 186 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, por estar infringiéndose el art. 31 y 118 de la L.O.M., por lo que el mismo deberá autorizarse mediante acto administrativo.

 

Por todo ello en uso de las facultades delegadas;

 

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

           

 

ARTICULO 1º.- Convalidar la adjudicación a la firma Imágen Satelital S.A. hasta un total de Pesos Ciento Noventa y Cuatro Mil Seiscientos Cincuenta y Ocho Pesos con 67/100 ( $ 194.658,67.-) por la contratación de 2 (dos) spots de 15 segundos en el entretiempo del partido de la semifinal de la Copa de la Superliga Argentina de Fútbol, en el que jugarán Boca Jrs. vs Argentinos Jrs., el que se transmitirá el 26 de mayo de 2019 en la señal de cable TNT SPORTS, en un todo de acuerdo al presupuesto y pauta elevada y los motivos expuestos en el exordio de la presente.

 

ARTICULO 2º.-  El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1º de la presente, deberá imputarse a: Programa 17 - Actividad 02 - Inciso 3 – Partida Principal 6 – Partida Parcial 1 – Apartado O “Publicidad” del Presupuesto de Gastos prorrogado para el Ejercicio 2019.

 

ARTICULO 3º.- Se deja establecido que el proveedor deberá presentar las certificaciones de las publicidades contratadas.

 

ARTICULO 4º.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervenga el Departamento de Marketing, Contaduría, Tesorería y Jefatura de Compras.

 

 

REGISTRADO BAJO Nº 237

 

 

Mar del Plata, 28 de mayo de 2019

 

VISTO el Expediente 106 Letra M Año 2019 Cuerpo 1, por el cual se tramita el Llamado a Concurso de Precios nº 11/2019 para la  contratación de la “Logística en Servicios de Alojamiento para Acciones Promocionales en la Ciudad de Mar del Plata – desde el momento de su adjudicación y hasta el 31 de agosto de 2019”, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que de acuerdo a Resolución Nº 220/2019, con fecha 21 de mayo de 2019, se procede a la apertura del Concurso de referencia.

 

Que de acuerdo al Acta de Apertura de ofertas, de ocho (8) invitaciones cursadas a distintas firmas relacionadas con el rubro, más la publicación ante la página web de la Municipalidad de Gral. Pueyrredon en el Calendario de Licitaciones, se recepcionan siete (7) ofertas en total.

 

Que son consideradas “ofertas válidas”, la totalidad de las ofertas presentadas, correspondiendo las mismas a las firmas: FERENTINO S.A., CONSTRUIR S.A., PARADA LINIERS S.A., OPERADORA RIVENDELL S.A., IRUÑA SCA, HOTEL LAS ROCAS S.A., y SEMAVE S.R.L.

 

Que las cotizaciones presentadas, de acuerdo a las categorías requeridas se detallan en el cuadro siguiente con detalle de servicios incluidos en la tarifa, horarios check in/check out y plazo de reservas:

 

 

ITEM I HABITACION DOBLE 4*

Oferentes

4* temporada alta

4* temporada baja

Servicios incluidos/horarios/reservas

FERENTINO S.A.

(Spa Hotel República)

$3.506

$2.681

Desayuno buffet, caja de seguridad, internet & wifi. Piscina Cubierta y climatizada, Solarium, Baños Sauna, Baños turco y Filandes, Hidromasaje Jacuzzi, Sala de aparatos computarizados, Personal Trainers

Servicio opcional de cochera.

Check in: 15:00hs.        Check out: 11:00hs.

Plazo reservas: sin plazo mínimo o máximo  de reservas pero sujeto a disponibilidad incluido grupo mayores de 10 personas.

IRUÑA SCA

( Hotel Iruña – Torre Iruña)

$3.856

$2.924

Desayuno Buffet, Room Service las 24hs, Coffee Lounge, Servicio de Asistencia Médica en caso de emergencia, Acceso a Internet inalambrico Wi Fi, Cochera con valet Parking : con costo adicional

Horario de Check in : 10hs      Check out: 12hs

Plazo reservas: Para Grupos Mayores a 10 Personas, el ROOMING, deberá presentarse por lo menos 72hs antes del día de arribo.

HOTEL LAS ROCAS S.A.

$3.800

$3.400

Habitación vista al mar, desayuno buffet, frigobar, internet wifi, salon pool y de cartas, salon de juegos para niños, gimnasio.

Servicio adicional (con costo): cochera ($350 por día) y spa ($170 por día por persona)

Check in: 14:00hs y Check out: 11:00hs

 

 

ITEM II HABITACION SINGLE 4*

Oferentes

4* temporada alta

4* temporada baja

Servicios incluidos/horarios/reservas

FERENTINO S.A.

(Spa Hotel República)

$3.086

$2.360

Desayuno buffet, caja de seguridad, internet & wifi. Piscina Cubierta y climatizada, Solarium, Baños Sauna, Baños turco y Filandes, Hidromasaje Jacuzzi, Sala de aparatos computarizados, Personal Trainers

Servicio opcional de cochera.

Check in: 15:00hs.        Check out: 11:00hs.

Plazo reservas: sin plazo mínimo o máximo  de reservas pero sujeto a disponibilidad incluido grupo mayores de 10 personas.

IRUÑA SCA

( Hotel Iruña – Torre Iruña)

$3.656

$2.773

Desayuno Buffet, Room Service las 24hs, Coffee Lounge, Servicio de Asistencia Médica en caso de emergencia, Acceso a Internet inalambrico Wi Fi, Cochera con valet Parking : con costo adicional

Horario de Check in : 10hs      Check out: 12hs

Plazo reservas: Para Grupos Mayores a 10 Personas, el ROOMING, deberá presentarse por lo menos 72hs antes del día de arribo.

HOTEL LAS ROCAS S.A.

$3.600

$3.200

Habitación vista al mar, desayuno buffet, frigobar, internet wifi, salon pool y de cartas, salon de juegos para niños, gimnasio.

Servicio adicional (con costo): cochera ($350 por día) y spa ($170 por día por persona)

Check in: 14:00hs y Check out: 11:00hs

 

 

ITEM III HABITACION DOBLE 3*

Oferentes

3* temporada alta

3* temporada baja

Servicios incluidos/horarios/reservas

IRUÑA SCA

( Hotel Iruña -Torre Presidente- )

$3.348

$2.540

Desayuno Buffet, Room Service las 24hs, Coffee Lounge, Servicio de Asistencia Médica en caso de emergencia, Acceso a Internet inalambrico Wi Fi, Cochera con valet Parking : con costo adicional

Horario de Check in : 10hs      Check out: 12hs

Plazo reservas: Para Grupos Mayores a 10 Personas, el ROOMING, deberá presentarse por lo menos 72hs antes del día de arribo.

PARADA LINIERS S.A.

$2.480

$2.080

Desayuno buffet, caja de seguridad, internet wifi.

Servicio no incluido (con costo adicional) cochera cubierta

 

OPERADORA RIVENDELL S.A.

(Hotel Riviera)

$3.470

$2.632

Desayuno Buffet, Room Service, Snack Bar, Servicio de Asistencia Médica en caso de emergencia, Acceso a Internet inalambrico Wi Fi,

Horario de Check in : 12hs      Check out: 10hs

Plazo reservas: La lista final de pasajeros deberá ser enviada con un mínimo de 72hs de antelación a la llegada del primer huésped.

Para Grupos Mayores a 10 Personas, el ROOMING, deberá presentarse por lo menos 72hs antes del día de arribo.

CONSTRUIR S.A.

( Bristol Condominio)

$3.300

$2.500

Desayuno Buffet (7:30 a 10:30), Gimnasio, Sala de estar, sauna seco de uso mixto, servicio de mucama, wifi, impuestos.

Servicios no incluidos (con costo adicional): cochera, cama pasajero adicional mayor de 2 años, media pensión.

Horario check in: 14:00hs y check out: 10:00hs

Plazo Reservas: 48hs hábiles antes del ingreso a la habitación (menos de 10 pasajeros) y 72hs (mas de 10 pasajeros)

SEMAVE S.R.L.

(Hotel Guerrero)

$3.100

$1.740

Desayuno buffet, frigobar (opcional), servicio de wifi, caja de seguridad, 2 x1 en cines, pc a disposición, telefonía fija y celular y emergencias medicas

Servicios no incluidos: cochera fija y cubierta ($230 por día)

No establece plazo mínimo para efectuar reservas

Check in: 14:00hs y check out: 10:00hs

 

 

ITEM IV HABITACION SINGLE 3*

Oferentes

3* temporada alta

3* temporada baja

Servicios incluidos/horarios/reservas

IRUÑA SCA ( Torre Presidente )

$3.187

$2.417

Desayuno Buffet, Room Service las 24hs, Coffee Lounge, Servicio de Asistencia Médica en caso de emergencia, Acceso a Internet inalambrico Wi Fi, Cochera con valet Parking : con costo adicional

Horario de Check in : 10hs      Check out: 12hs

Plazo reservas: Para Grupos Mayores a 10 Personas, el ROOMING, deberá presentarse por lo menos 72hs antes del día de arribo.

PARADA LINIERS S.A.

$2.320

$1.920

Desayuno buffet, caja de seguridad, internet wifi.

Servicio no incluido (con costo adicional) cochera cubierta

 

OPERADORA RIVENDELL S.A.

(Hotel Riviera)

$3.290

$2.496

Desayuno Buffet, Room Service, Snack Bar, Servicio de Asistencia Médica en caso de emergencia, Acceso a Internet inalambrico Wi Fi,

Horario de Check in : 12hs      Check out: 10hs

Plazo reservas: La lista final de pasajeros deberá ser enviada con un mínimo de 72hs de antelación a la llegada del primer huésped.

Para Grupos Mayores a 10 Personas, el ROOMING, deberá presentarse por lo menos 72hs antes del día de arribo.

CONSTRUIR S.A.

( Bristol Condominio)

$3.300

$2.500

Desayuno Buffet (7:30 a 10:30), Gimnasio, Sala de estar, sauna seco de uso mixto, servicio de mucama, wifi, impuestos.

Servicios no incluidos (con costo adicional): cochera, cama pasajero adicional mayor de 2 años, media pensión.

Horario check in: 14:00hs y check out: 10:00hs

Plazo Reservas: 48hs hábiles antes del ingreso a la habitación (menos de 10 pasajeros) y 72hs (mas de 10 pasajeros)

SEMAVE S.R.L.

(Hotel Guerrero)

$2.910

$1.440

Desayuno buffet, frigobar (opcional), servicio de wifi, caja de seguridad, 2 x1 en cines, pc a disposición, telefonía fija y celular y emergencias medicas

Servicios no incluidos: cochera fija y cubierta ($230 por día)

No establece plazo mínimo para efectuar reservas

Check in: 14:00hs y check out: 10:00hs

 

Que mediante cédula de notificación la Jefatura de Compras, en un todo de acuerdo al articulo 17 del PBC, solicita a la firma PARADA LINIERS S.A. la ampliación de la Información.

 

Que con fecha 24 de mayo de 2019 la firma PARADA LINIERS S.A., mediante nota 701/2019, amplia la información solicitada.

 

Que la Jefatura de Compras eleva los actuados a la comisión de Pre Adjudicación.

 

Que dicha Comisión analiza los costos y, teniendo en cuenta la mejor relación calidad-precio, sugiere la adjudicación de acuerdo al siguiente detalle:

 

 

 

Oferente

Categoría

Cantidad de Habitaciones

Costo Unitario

Temporada Alta

Costo Unitario

Temporada Baja

FERENTINO S.A. (Hotel Spa República)

4*

20 dobles

8 singles

30 dobles

8 singles

$3.506

$3.086

 

 

$2.681

$2.360

IRUÑA S.C.A. (Hotel Iruña – Torre Iruña)

4*

10 dobles

 

10 dobles

 

$3.856

 

 

$2.924

PARADA LINIERS S.A. (Nuevo Ostende)

3*

20 dobles

5 singles

20 dobles

5 singles

$2.480

$2.320

 

 

$2.080

$1.920

SEMAVE S.R.L. S.A. (Hotel Guerrero)

3*

10 dobles

5 singles

20 dobles

5 singles

$3.100

$2.910

 

 

$1.740

$1.440

CONSTRUIR S.A. (Bristol Condominio)

3*

10 dobles

 

$3.300

 

 

 

 

 

Que la Contaduría del Ente procede a efectuar la correspondiente imputación preventiva.

 

Por todo ello en uso de las facultades delegadas;

 

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTICULO 1º.- Adjudicar parcialmente el ítem I del Concurso de Precios nº 11/2019, a la firma FERENTINO S.A. (Hotel Spa República), hasta un monto total de Pesos Ciento Cincuenta Mil Quinientos Cincuenta ($150.550.-), por Habitaciones Dobles en Hotel 4 Estrellas: un total de hasta 20 habitaciones en Temporada Alta (costo unitario $ 3.506.-) y de hasta 30 habitaciones en Temporada Baja (costo unitario $ 2.681-), en un todo de acuerdo a la propuesta presentada, lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones y los motivos expuestos en el exordio de la presente.

 

ARTICULO 2º.- Adjudicar el ítem II del Concurso de Precios nº 11/2019, a la firma FERENTINO S.A. (Hotel Spa República), hasta un monto total de Pesos Cuarenta y Tres Mil Quinientos Sesenta y Ocho ($ 43.568.-), por Habitaciones Singles en Hotel 4 Estrellas: un total de hasta 8 habitaciones en Temporada Alta (costo unitario $ 3.086.-) y de hasta 8 habitaciones en Temporada Baja (costo unitario $ 2.360.-), en un todo de acuerdo a la propuesta presentada, lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones y los motivos expuestos en el exordio de la presente.

 

ARTICULO 3º.- Adjudicar parcialmente el item I del Concurso de Precios nº 11/2019, a la firma IRUÑA S.C.A (Hotel Iruña – Torre Iruña), hasta un monto total de Pesos Sesenta y Siete Mil Ochocientos ($ 67.800.-), por Habitaciones Dobles en Hotel 4 Estrellas: un total de hasta 10 habitaciones en Temporada Alta (costo unitario $ 3.856.-) y de hasta 10 habitaciones en Temporada Baja (costo unitario $ 2.924.-), en un todo de acuerdo a la propuesta presentada, lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones y los motivos expuestos en el exordio de la presente.

 

ARTICULO 4º.- Adjudicar parcialmente los items III y IV del Concurso de Precios nº 11/2019, a la firma PARADA LINIERS S.A. (Hotel Nuevo Ostende), hasta un monto total de Pesos Ciento Doce Mil Cuatrocientos ($ 112.400.-), por Habitaciones Dobles en Hotel 3 Estrellas: un total de hasta 20 habitaciones en Temporada Alta (costo unitario $ 2.480.-) y de hasta 20 habitaciones en Temporada Baja (costo unitario $ 2.080.-), y por Habitaciones Singles en Hotel 3 Estrellas: un total de hasta 5 habitaciones en Temporada Alta (costo unitario $ 2.320.-) y de hasta 5 habitaciones en Temporada Baja (costo unitario $ 1.920.-), en un todo de acuerdo a la propuesta presentada, lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones y los motivos expuestos en el exordio de la presente.

 

ARTICULO 5º.- Adjudicar parcialmente los items III y IV del Concurso de Precios nº 11/2019, a la firma SEMAVE S.R.L. (Hotel Guerrero), hasta un monto total de Pesos Ochenta y Siete Mil Quinientos Cincuenta ($ 87.550.-), por Habitaciones Dobles en Hotel 3 Estrellas: un total de hasta 10 habitaciones en Temporada Alta (costo unitario $ 3.100.-) y de hasta 20 habitaciones en Temporada Baja (costo unitario $ 1.740.-), y  por Habitaciones Singles en Hotel 3 Estrellas: un total de hasta 5 habitaciones en Temporada Alta (costo unitario $ 2.910.-) y de hasta 5 habitaciones en Temporada Baja (costo unitario $ 1.440.-), en un todo de acuerdo a la propuesta presentada, lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones y los motivos expuestos en el exordio de la presente.

 

ARTICULO 6º.- Adjudicar parcialmente el item III del Concurso de Precios nº 11/2019, a la firma CONSTRUIR S.A. (Bristol Condominio), hasta un monto total de Pesos Treinta y Tres Mil ($ 33.000.-), por Habitaciones Dobles en Hotel 3 Estrellas: un total de hasta 10 habitaciones en Temporada Alta (costo unitario $ 3.300.-), en un todo de acuerdo a la propuesta presentada, lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones y los motivos expuestos en el exordio de la presente.

 

ARTICULO 7º.-  El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 1º a 6º de la presente, por un importe de hasta Pesos Cuatrocientos Noventa y Cuatro Mil Ochocientos Sesenta y Ocho ($ 494.868.-), deberá imputarse a: Programa 16 - Actividad 02 - Inciso 3- Ppal. 6 - Pparcial 9 – Apartado 0 - “Otros” del Presupuesto de Gastos 2018 Prorrogado.

 

ARTICULO 8º.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervenga  el Departamento de Marketing, Contaduría, Tesorería y Jefatura de Compras.

 

 

REGISTRADO BAJO Nº 238

 

 

Mar del Plata, 28 de mayo de 2019

 

VISTO, la necesidad de adecuar el patrimonio del ENTE MUNICIPAL DE TURISMO, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

Que del último acondicionamiento realizado en los archivos de este ENTE MUNICIPAL DE TURISMO, se han encontrado bienes obsoletos, en desuso y de descarte, que no prestan utilidad en este Ente y que han sido anualmente amortizados.

 

Que la Contaduría del Ente realizó el informe correspondiente.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º.- Dar de baja en forma definitiva, los bienes que se detallan en el Anexo I y por el monto de origen que en cada caso se indica.

 

ARTÍCULO 2º.- El total de los bienes a dar de baja, según detalle en el Anexo I, asciende a la suma de PESOS TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 67/100 ($ 32.242,67.-).

 

ARTICULO 3ª.- Registrar por el Departamento de Administración y Personal, comunicar a Registro Patrimonial del Ente y a sus efectos intervenga la Contaduría y las distintas dependencias del ENTE MUNICIPAL DE TURISMO involucradas.

 

 

REGISTRADO BAJO Nº 239

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO I

 

Dependencia

Nro. de Identificación

Detalle

Valor de origen

CONTADURÍA

684

Matafuego Drago Capacidad 2 kg.

$ 59,50

238

Mueble mostrador con puerta corrediza de 0.70 x 1,50 de color beige

$ 336.-

Adm. Y Personal

1618

Teléfono inalámbrico sin contestador . Panasonic KX-T 1711

$ 1.185,80

 

INFORMÁTICA

828

Computadora de oficina – Procesador Intel Celeron D, 2133 MHZ, M.512

$ 1.280,00

956

Computadora de oficina – Intel Pentium 4630, 3000 MHZ, H.Packard

$ 1.436,83

968

Computadora de oficina – Tipo PC, Motherboard Asus Procesador Intel

$ 2.150,00

969

Computadora de Oficina – Tipo PC, Motherboard Asus Procesador Intel

$ 2.150,00

995

Computadora de Oficina – Tipo CPU, Microprocesador Micro AMD/AM 32 Athlon II x 2 240 2MB

$ 2.175,18

1339

Computadora de oficina – Tipo AMD Athlon II x 2 250 3 GHZ

$ 2.547,12

788

Monitor tipo MO -59 Marca Lg 500

$    250,00

795

Monitor tipo MO -66 Marca Lg 500

$    250,00

1347

Monitor LCD – Tamaño 19”

$ 1.025,10

1350

Monitor LCD – Tamaño 19”

$ 1.025,10

945

Computadora portátil Intel Core Duo T 2400

$ 3.506,00

1047

Notebook Core 13/4 GB/320 GB/ Pantalla 15,6” Led

$ 3.627,00

1048

Notebook Core 13/ 2,4 GHZ Led 14 ,320 G

$ 3.599,00

283

Lectograbadora de DVD/CD externa

$    257,00

284

Lectograbadora de DVD/CD externa

$    257,00

866

Lectograbadora de DVD/Dual Layer 16 XV

$    329,00

747

Impresora Laser HP Laserjet 1160

$ 1.009,00

868

Impresora Laser HP 1160

$ 1.173,00

867

Impresora Laser HP 1160

$ 1.173,00

858

Impresora Laser Velocidad impresión 12 PPI

$   223,04

873

Impresora Laser Velocidad impresión Mod.11160

$ 1.219,00

TOTAL BAJAS

$ 32.242,67

 

 

 

Mar del Plata, 30 de mayo de 2019

 

VISTO: la presentación efectuada por la Sommelier Silvia Prieto, mediante nota Nº 729/19, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en la misma solicita de declaración de interés turístico a la presentación del libro “Guía del Vino Argentino 2019” del señor Aldo Graziani, a realizarse el día 1º de junio de 2019 en las Instalaciones de la Posada Güemes de nuestra ciudad.

 

Que el Sr. Graziani es especialista en vino y uno de los sommeliers más importantes de la Argentina. Fue Mánager & Sommelier Restaurante Casa Cruz (2004 – 2007); Head Sommelier Faena Hotel and Universe (2007 – 2010); Autor de la Guía “Los Mejores 100 Vinos Argentinos” Faena Hotel and Universe (2009 – 2010); Ex-Vicepresidente de la Asociación Argentina de Sommeliers (2009 – 2011); Integrante de Sommeliers For Consumers (S4C).

 

Que ha sido galardonado como mejor sommelier para la revista Elgorumet.com 2007 y 2008 y de la revista Cuisine & Vins en 2010, siendo también declarado mejor sommelier de la década para la revista Bar and Drinks.

 

Que este Ente Municipal de Turismo considera oportuno brindar su adhesión a iniciativas de esta naturaleza, que contribuyen a diversificar el Calendario de Actividades de Mar del Plata.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Turístico a la presentación del libro “Guía del Vino Argentino 2019” del señor Aldo Graziani, el que se llevará a cabo en nuestra ciudad el día 1º de junio de 2019 en las Instalaciones de la Posada Güemes, en mérito a lo expresado en el exordio de la presente.

 

ARTÍCULO 2º.- A través del Departamento de Asistencia al Turista, se adoptarán los recaudos pertinentes para incluir, al acontecimiento origen de las presentes actuaciones, en el Calendario de Actividades de este Ente Municipal de Turismo.

 

ARTÍCULO 3º.- La declaración de Interés Turístico a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los organizadores del cumplimiento de lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, para la utilización de los espacios en la vía pública, ni del pago de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.

 

ARTÍCULO 4º.- La entidad organizadora deberá contratar los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Turismo exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones necesarias para la cobertura de los servicios de emergencia médica.

 

ARTICULO 5°.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Ente Municipal de Turismo por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 118, 160, 200, 275, 278, 490, 833, 850, 852, 1040, 1042, 1376, 1749, 1751, 1785, 1786, 1788 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.

 

ARTÍCULO 6º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista y de Prensa.

 

 

REGISTRADO BAJO EL Nº 240

 

 

Mar del Plata, 30 de mayo de 2019

 

VISTO: la participación del Emtur en el TRAILER TURISTICO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Tráiler Turístico Itinerante de la Provincia de Buenos Aires se instalará en Plaza Moreno desde el jueves 30 de mayo al domingo 2 de junio con el objetivo de promocionar los distintos destinos turísticos en la ciudad de La Plata, en un espacio de encuentro entre los municipios, los productores y cocineros de las diferentes regiones con propuestas turísticas, gastronómicas y culturales.

 

Que el Emtur fue invitado por la Subsecretaria de Turismo de la Provincia de Buenos Aires a participar del Tráiler Turístico Itinerante de la Provincia de Buenos Aires, el día 1º de junio de 2019

 

Que dicha participación se enmarca en el Plan Estratégico de Turismo Gastronómico del Partido de General Pueyrredon, que éste Ente se encuentra desarrollando y que tiene como fin convertir a Mar del Plata en destino gastronómico líder a nivel nacional, conformando un producto turístico que potencie la cultura, la producción, los procesos y saberes del habitante del Partido y que contribuya a mejorar el posicionamiento de la Ciudad como destino turístico-gastronómico de excelencia.

 

Que el Emtur participará mediante una acción de promoción turística y de productos gastronómicos locales, por lo que tendremos un espacio para exposición y degustación de productos típicos de Mar del Plata.

 

Que dada la importancia del evento para los objetivos de este Ente, es que se presentará la Guardia Nacional del Mar junto con un chef, el que realizará una demostración de cocina en vivo, para lo cual utilizará productos locales como pescados, mariscos, verduras y hortalizas de la zona y dulces de fabricación local.

 

Que resulta conveniente asignar la representación para desarrollar dicha acción a la señora PATIÑO ANDREA FABIANA (Legajo N° 20021) y al señor CALDIERO DIEGO (Legajo Nº 22699).

 

Que en virtud de ello, se hace necesario hacer entrega a la señora PATIÑO ANDREA FABIANA (Legajo N° 20021) la suma de TRES MIL PESOS ($ 3.000.-), y al señor CALDIERO DIEGO (Legajo Nº 22699) la suma de OCHO MIL PESOS ($ 8.000.-), en concepto de eventuales, para cubrir demás necesidades que implique el desarrollo de esta acción.

 

Que por tal motivo, se han solicitado presupuestos para los diferentes requerimientos, correspondientes a las Solicitudes de Pedido Nº 207 “traslados”; Nº 208 “viandas” y Nº 210 “presentación chef”.

 

Que la Contaduría realiza la imputación presupuestaria correspondiente.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º.- Adjudicar a la firma FEDCAR S.R.L., el servicio de traslado por el tramo Mar del Plata – La Plata – Mar del Plata el próximo 1º de junio de 2019, por un total de Pesos Treinta y Nueve Mil ($ 39.000.-) en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 2º.- Adjudicar a la firma BARLETTA MARCOS ARIEL, la contratación de 35 viandas (incluye media mañana, almuerzo y media tarde), con un costo unitario de Pesos Doscientos Sesenta ($ 260.-), por un total de Pesos Nueve Mil Cien ($ 9.100.-), en un todo de acuerdo al presupuesto adjunto a las presentes actuaciones y en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 3º.- Adjudicar a la firma DELLEPIANE GABRIEL, la contratación del servicio gastronómico, por un total de Pesos Once Mil Trescientos ($ 11.300.-), en un todo de acuerdo al presupuesto adjunto a las presentes actuaciones y en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 4°.- Designar a la señora PATIÑO ANDREA FABIANA (Legajo N° 20021) y al señor CALDIERO DIEGO (Legajo Nº 22699), para desarrollar acciones representando a este EMTUR en el TRAILER TURISTICO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, a llevarse a cabo en la Plaza Moreno de la ciudad de La Plata el 1º de junio de 2019.

 

ARTÍCULO 5°.- Autorizar el pago a la señora PATIÑO ANDREA FABIANA (Legajo N° 20021), con cargo de rendición de cuentas, de la suma de TRES MIL PESOS ($ 3.000.-), y al señor CALDIERO DIEGO (Legajo Nº 22699), con cargo de rendición de cuentas, la suma de OCHO MIL PESOS ($ 8.000.-), para afrontar gastos en concepto de eventuales.

 

ARTÍCULO 6º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 1º, 2º, 3º y 5º, corresponderán imputarse a: Programa 16 - Actividad 02 – Inciso 3 – Partida Principal 6 – Partida Parcial 9 “Otros”, del Presupuesto de Gastos vigente.

 

ARTÍCULO 7°.- A su regreso, la señora PATIÑO ANDREA FABIANA (Legajo N° 20021) y el señor CALDIERO DIEGO (Legajo Nº 22699) rendirán debida cuenta de los gastos efectuados mediante la presentación de los respectivos comprobantes, y según las disposiciones de la Resolución N° 254/92.

 

ARTÍCULO 8°-. A través de la Contaduría, por cuerda separada se tramitará la solicitud de viáticos.

 

ARTÍCULO 9º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Marketing, Departamento de Organización de Eventos y Relaciones Institucionales, Jefatura de Compras, Contaduría y Tesorería.

 

REGISTRADO BAJO Nº 241

 

 

Mar del Plata, 31 de mayo de 2019

 

VISTO, lo informado por la Contaduría del ENTE MUNICIPAL DE TURISMO, y

 

CONSIDERANDO:

 

 

Que existen créditos en las cuentas de Pasivo que corresponden ser desafectados, en razón de haberse realizado análisis pormenorizado de Compromisos devengados correspondiente al Ejercicio 2018.

 

Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias:

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTICULO 1°: Proceder a anular los registros de Devengados registrados al 31/12/2018 en el ENTE MUNICIPAL DE TURISMO, por la suma de PESOS CUATROCIENTOS MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO CON 97/100 ($ 400.524,97), correspondientes a créditos registrados en la cuenta de pasivo “Cuentas Comerciales a Pagar”, según el siguiente detalle:

 

Compromiso Nro.

PROVEEDOR

Monto Original

Saldo a desafectar

865/2017

Movimiento Originado por Murgas

$ 200.000.-

$ 200.000.-

168/2018

Movimiento Originado por Murgas

$ 200.000.-

$ 200.000.-

1168/2018

Haberes Personal Emtur

$ 1.752.261,25

$ 524,97.-

TOTAL A DESAFECTAR

$ 400.524,97

 

ARTICULO 2º: Acreditar el importe de PESOS CUATROCIENTOS MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO CON 97/100 ($ 400.524,97), a la cuenta “Resultado Acumulado de Ejercicios”, con débito a las cuentas “Sueldos y Salarios a Pagar – 2113100000” por PESOS QUINIENTOS VEINTICUATRO CON 97/100 ($ 524,97) y “Transferencias a Pagar – 211800000” por CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 400.000.-).

 

ARTICULO 3º: Registrar y comunicar por el Departamento de Administración y Personal.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 242

 

 

 

Mar del Plata, 31 de mayo de 2019

 

VISTO, el Expediente 115 Letra M Año 2019 Cuerpo 1, por el cual se tramitan las actuaciones relacionadas con el Llamado a Licitación Privada nº 09/2019 para la Adquisición de Material Promocional “Folletería”; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Departamento de Marketing solicita la Adquisición de Material Promocional “Folletería”, mediante Solicitud de Pedido Nº 206/19 por un monto de Pesos Un Millón Setecientos Setenta y Tres Mil Diez ($ 1.773.010.-), a fin de cubrir las necesidades de promoción del Ente.

 

Que el fin de contar con el material promocional es atender la demanda en el ámbito del Emtur cómo para las acciones promocionales de los próximos meses, fines de semana largos, congresos, convenciones y exposiciones, etc.

 

Que de acuerdo al monto estimado, la Jefatura de Compras, elabora el Pliego de Bases y Condiciones para el Llamado a Licitación Privada, el cual se ajusta a las disposiciones legales vigentes, y a lo requerido por dicho Departamento.

 

Que se hace necesario conformar la Comisión de Pre Adjudicación, en un todo de acuerdo al art. 20º del Pliego de Bases y Condiciones.

 

Que el Departamento solicitante de la contratación, da la conformidad al Pliego de Bases y Condiciones de acuerdo a los requerimientos solicitados.

 

Que la Contaduría del Ente imputa preventivamente el gasto, e informa la necesidad de observar el gasto en razón del art. 186 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, por estar infringiéndose el art. 31 y 118 de la LOM, por lo que el mismo deberá autorizarse mediante acto administrativo.

 

Por ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

ARTICULO 1º.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones del Llamado a Licitación Privada nº 09/2019 para la Adquisición de Material Promocional “Folletería”, con un presupuesto oficial de Pesos Un Millón Setecientos Setenta y Tres Mil Diez ($ 1.773.010.-).

 

ARTICULO 2º.- Fijar para el día 12 de junio de 2019 a las 14:00hs. la apertura de ofertas, pudiendo consultar y retirar el Pliego de Bases y Condiciones en la Jefatura de Compras del Ente Municipal de Turismo.

 

ARTICULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo  1º de la presente, deberá imputarse a: Programa 17 - Actividad 02 - Inciso 03 -  Partida Principal 5 – Partida Parcial 3  - Apartado 0 “Servicios de Impresiones” del Presupuesto Prorrogado para el Ejercicio 2018.

 

ARTICULO 4º.- Que se designa a los funcionarios: Lic. Ingrid Gaertner Jefa del Departamento de Marketing, Lic. Claudio Caruso y la Sra. Silvia Orzewiszki Jefa División Promoción para conformar la Comisión de Pre Adjudicación.

 

ARTICULO 5º.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan el Departamento de Marketing y Contaduría, Tesorería y Jefatura de Compras.

 

 

REGISTRADO BAJO Nº 243

 

 

Mar del Plata, 31 de mayo de 2019

 

VISTO el Expediente 67 Letra M Año 2019  Cuerpo 1, por el cual se tramita la pauta publicitaria en el Programa Plan Textil que se emite por Canal Ciudad Cablevisión /Mar del Plata, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Departamento de Marketing eleva la Solicitud de Pedido 209/19, requiriendo la contratación de 36 spots mensuales y la difusión en redes sociales del programa Plan Textil, con más de 24.000 seguidores de diferentes partes del país, de diversos temas de interés que acontecen en la ciudad, por el término de tres meses desde la adjudicación de la pauta.

Que se trata de un programa que lleva diez años en la TV como referente en el sector diseño, industria y producción donde se comunican los procesos productivos, colecciones, tendencias, nuevos desarrollos, tecnologías, capacitaciones, novedades, lanzamientos de productos, eventos y agenda actualizada del sector, el que se emite los días miércoles a las 19.00 hs con repeticiones todos los días en la semana en diferentes horarios y que cabe destacar el programa ha sido ganador del premio al mejor programa de interés general en los premios A.T.V.C. de la Asociación Argentina de Televisión por Cable 2016.

Que el costo mensual de la propuesta es de Pesos Diez Mil ($ 10.000.-), siendo por toda la campaña (tres meses) un total de Pesos Treinta Mil ($ 30.000.-) por todo concepto, de acuerdo al presupuesto adjunto

Que la finalidad de la contratación de la pauta es difundir la industria textil, de diseño y producción de nuestra ciudad

Que la Contaduría del Ente ha efectuado la correspondiente imputación preventiva.

Por todo ello en uso de las facultades delegadas;

 

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTICULO 1º.- Adjudicar a la firma MARÍA EUGENIA MAIOLINO la contratación de 36 spots mensuales y la difusión en redes sociales del programa Plan Textil, el que se emite los días Miércoles a las 19.00 hs con repeteciones todos los días de la semana en diferentes horarios por Canal Ciudad Cablevisión / Mar del Plata, de diversos temas de interés que acontecen en la ciudad, desde la adjudicación de la pauta y por tres meses, con un costo mensual de Pesos Diez Mil ($ 10.000.-), siendo el total de la campaña (tres meses) de Pesos Treinta Mil ($ 30.000.-), en un todo de acuerdo al presupuesto presentado y los motivos expuestos en el exordio de la presente.

 

ARTÍCULO 2º-  El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1º de la presente, deberá imputarse a: Programa 16 – Actividad 02 - Inciso 03 – Partida Principal 06 – Partida Parcial 01 “PUBLICIDAD”, del Presupuesto de Gastos 2018 Prorrogado.

ARTÍCULO 3º.- Se deja establecido que el proveedor deberá presentar las impresiones de pantalla con el banner pautado con la factura del mes correspondiente.

ARTÍCULO 4º.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal y a sus  efectos, intervengan el Departamento de Marketing, Jefatura de Compras, Contaduría y Tesorería.

 

REGISTRADO BAJO Nº 244

 

 

Mar del Plata, 31 de mayo de 2019

 

VISTO: el Expediente 110 Letra M Año 2019 Cuerpo 1, por el cual se tramita la contratación publicitaria en la señal de cable TNT Sports; y

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

Que el Departamento de Marketing,  mediante Solicitud de Pedido nº 213/19 requiere la contratación de publicidad institucional en el partido final de la Copa de la Superliga Argentina de Fútbol, con el objetivo de promocionar el plan promocional “3x2” en hotelería y recreación.

 

Que el partido final de la Copa de la Superliga Argentina de Fútbol es transmitido por las señales de cable TNT Sports y Fox Sport Premiun.

 

Que se solicitó presupuesto a las firmas IMAGEN SATELITAL S.A. (firma que comercializa TNT SPORTS) y SOCIEDAD GENERAL DE PUBLICIDAD S.R.L. (firma que comercializa FOX SPORT PREMIUM), para la realización de un sport de 15 segundos en el entretiempo del partido final de la Copa de la Superliga Argentina de Fútbol, el que será transmitido el próximo 2 de junio de 2019, siendo las cotizaciones las siguientes:

 

 

Partidos Fútbol:

Boca vs Tigre

Cantidad PNT  y Barridas/ Spots

Tiempo

Fechas de Salidas

Costo Unitario

Costo Total

TNT SPORTS

 

1 Spot

 

15”

 

02/06

 

$6.488,62

 

$ 97.329,37.-

FOX SPORTS PREMIUN

 

1 Spot

 

15”

 

02/06

 

$9.680

 

$ 145.200.-

 

 

Que el costo total de la pauta asciende a Pesos Noventa y Siete Mil Trescientos Veintinueve con 37/100( $ 97.329,37).

 

Que se ha elegido este partido por la importantísima audiencia que tendrá la transmisión  de la semifinal de la Copa de la Superliga Argentina de Fútbol.

 

Que la Contaduría del Ente, imputa preventivamente el gasto, e informa la necesidad de observar el gasto en razón del art. 186 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Pcia de Buenos Aires, por estar infringiéndose el art. 31 y 118 de la LOM, por lo que el mismo deberá autorizarse mediante acto administrativo.

 

Por todo ello en uso de las facultades delegadas;

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

           

ARTICULO 1º.- Convalidar la adjudicación a la firma Imágen Satelital S.A. hasta un total de Pesos Noventa y Siete Mil Trescientos Veintinueve con 37/100 ( $97.329,37.-) por la contratación de 1 (un) spot de 15 segundos en el entretiempo del partido final de la Copa de la Superliga Argentina de Fútbol, en el que jugarán Boca Jrs. vs Tigre, que se transmitirá el 2 de junio de 2019 en la señal de cable TNT SPORTS, en un todo de acuerdo al presupuesto y pauta elevada y los motivos expuestos en el exordio de la presente.

 

ARTICULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1º de la presente, deberá imputarse a: Programa 16 - Actividad 02  - Inciso 3 – Partida Principal 6 – Partida Parcial 1 – Apartado 0 “Publicidad” del Presupuesto de Gastos  para  Ejercicio 2018.

 

ARTICULO 3º.- Se deja establecido que el proveedor deberá presentar las certificaciones de las publicidades contratadas.

 

ARTICULO 4º.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervenga el Departamento de Marketing, Contaduría, Tesorería y Jefatura de Compras.

 

 

REGISTRADO BAJO Nº 245

 

 

Mar del Plata, 31 de mayo de 2019

 

VISTO: la realización de la MISION COMERCIAL DE ARGENTINA y la PRESENTACION DE ESTADISTICAS 2018; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que Mar del Plata ha sido invitada a desarrollar una Misión Comercial de Argentina en la ciudad de Montevideo – Uruguay el próximo 4 de junio de 2019.

 

Que se encuentra organizada por el INPROTUR, siendo el objetivo de la misma la Presentación de los Destinos Turísticos de Argentina, Argentina Sede de Eventos.

 

Que se realizará una ronda de negocios y networking con los operadores turísticos de Uruguay, interesados en destinos de Argentina.

 

Que además, el día 5 de junio de 2019 en el Hotel Panamericano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se efectuará la Presentación de Estadísticas del año 2018, por el Observatorio de Turismo de Reuniones.

 

Que resulta conveniente asignar la representación para desarrollar dichas acciones a la señora GAERTNER INGRID MARIEL (Legajo N° 21303),  Jefa de Departamento de Marketing de este organismo.

 

Que en virtud de ello, se hace necesario hacer entrega a la agente GAERTNER INGRID MARIEL, de la suma de VEINTICINCO MIL PESOS ($ 25.000.-) en concepto de eventuales, para cubrir demás necesidades que implique el desarrollo de esta acción.

 

Que se ha dado intervención a la Contaduría quién produce informe consignando la imputación presupuestaria del gasto.

 

Por todo ello, y en uso de sus atribuciones,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1°.- Designar a la señora GAERTNER, INGRID MARIEL (Legajo N° 21303), para desarrollar acciones representando a este EMTUR en la MISION COMERCIAL DE ARGENTINA y en la PRESENTACION DE ESTADISTICAS 2018, las que se desarrollarán en la ciudad de Montevideo el día 4 de junio de 2019 y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 5 de junio de 2019 respectivamente, en mérito a lo expresado en el exordio.

 

ARTÍCULO 2°.- Autorizar el pago a la señora GAERTNER INGRID MARIEL, (Legajo N° 21303), con cargo de rendición de cuentas, de la suma de VEINTICINCO MIL PESOS ($ 25.000.-) para afrontar gastos en concepto de eventuales.

 

ARTÍCULO 3°.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, corresponderá imputarse a: Programa 16 - Actividad 02- Inciso 3 – Partida Principal 06 – Partida Parcial 09 “OTROS”, del Presupuesto de Gastos Vigente.

 

ARTÍCULO 4°.- A su regreso, la señora GAERTNER INGRID MARIEL, (Legajo N° 21303) rendirá debida cuenta de los gastos efectuados mediante la presentación de los respectivos comprobantes, y según las disposiciones de la Resolución N° 254/92.

 

ARTÍCULO 5°-. A través de la Contaduría, por cuerda separada se tramitará la solicitud de viáticos.

 

ARTÍCULO 6°.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal, y a sus efectos, intervengan Contaduría, Tesorería y el Departamento Marketing

 

REGISTRADO BAJO EL Nº 246

 

 

Mar del Plata, 31 de mayo de 2019

 

VISTO: la realización de la FIEXPO LATINOAMERICA; y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que Mar del Plata ha sido invitada a participar de la Feria Internacional del Mercado de Reuniones y Viajes de Incentivos de América Latina y El Caribe (FIEXPO), el que se desarrollará en la ciudad de Santiago de Chile entre los días 10 y 12 de junio de 2019.

 

Que este EMTUR continua con el plan de Acciones Promocionales previsto para el corriente año en el Mercado del Turismo de Reuniones, en conjunto con el Mar del Plata Convention & Visitors Bureau y la Subsecretaría de Turismo de la Provincia de Bs. As., cuyo objetivo es reforzar y consolidar el posicionamiento y desarrollo de Mar del Plata como sede de Eventos a nivel internacional.

 

Que dicha feria conjuga reuniones de negocios, capacitación y networking, además de la realización del 6º Foro Político Latinoamericano sobre Turismo de Reuniones, el que tendrá lugar previo al comienzo de la mencionada feria y en el que se debaten a nivel político con autoridades de Bureaux, autoridades de Turismo y de Centros de Convenciones de toda Latinoamérica, sobre cuestiones inherentes a este Mercado y a la situación actual respecto del mismo en cada país y destino participante.

 

Que resulta conveniente asignar la representación para desarrollar dichas acciones a la señora GAERTNER INGRID MARIEL (Legajo N° 21303),  Jefa de Departamento de Marketing de éste organismo y a la señora Presidente del Ente Municipal de Turismo MAGNOLER GABRIELA (Legajo Nº 33038).

 

Que en virtud de ello, se hace necesario hacer entrega a la agente GAERTNER INGRID MARIEL, de la suma de CUARENTA Y CINCO MIL PESOS ($ 45.000.-) y a la señora Presidente del Ente Municipal de Turismo, MAGNOLER GABRIELA la suma de CUARENTA MIL PESOS ($ 40.000.-) en concepto de eventuales, para cubrir demás necesidades que implique el desarrollo de esta acción.

 

Que corresponde otorgar el pasaje aéreo (MDQ – BSAS – SCL – BSAS - MDQ) a la señora Presidente del Ente Municipal de Turismo MAGNOLER GABRIELA (Legajo Nº 33038), por un valor total de ONCE MIL QUINIENTOS VEINTISIETE CON 90/100 ($ 11.527,90.-).

 

Que se ha dado intervención a la Contaduría quién produce informe consignando la imputación presupuestaria del gasto.

 

Por todo ello, y en uso de sus atribuciones,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1°.- Designar a la señora GAERTNER INGRID MARIEL (Legajo N° 21303) y a la señora Presidente del Ente Municipal de Turismo GABRIELA MAGNOLER (Leg. 33038), para desarrollar acciones representando a este EMTUR en la ”Feria FIEXPO LATINOAMERICA, Feria Internacional del Mercado de Reuniones y Viajes de Incentivos de América Latina y el Caribe”, la que se desarrollará en la ciudad de Santiago de Chile, del 10 al 12 de junio de 2019.

 

ARTÍCULO 2°.-  Autorizar el pago a la señora GAERTNER INGRID MARIEL (Legajo N° 21303), con cargo de rendición de cuentas, de la suma de CUARENTA Y CINCO MIL PESOS ($ 45.000.-) para afrontar gastos en concepto de eventuales.

 

ARTÍCULO 3°.-  Autorizar el pago a la señora MAGNOLER GABRIELA (Legajo Nº 33038), con cargo de rendición de cuentas, de la suma de CUARENTA MIL PESOS ($ 40.000.-) para afrontar gastos en concepto de eventuales.

 

ARTÍCULO 4°.-  El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 2º y 3º, corresponderán imputarse a: Programa 16 - Actividad 02- Inciso 3 – Partida Principal 06 – Partida Parcial 09 “OTROS”, del Presupuesto de Gastos Vigente.

 

ARTÍCULO 5°.- Autorizar el pago a la señora MAGNOLER GABRIELA (Legajo Nº 33038), con cargo de rendición de cuentas, de la suma de ONCE MIL QUINIENTOS VEINTISIETE CON 90/100 ($ 11.527,90.-) para afrontar gastos en concepto de traslado aéreo.

 

ARTÍCULO 6°.-  El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, corresponderá imputarse a: Actividad Central 01 - Inciso 3 – Partida Principal 07– Partida Parcial 01 del Presupuesto Prorrogado para 2019.

 

ARTÍCULO 7°.- A su regreso, las señoras GAERTNER INGRID MARIEL, (Legajo N° 21303) y MAGNOLER GABRIELA (Legajo Nº 33038) rendirán debida cuenta de los gastos efectuados mediante la presentación de los respectivos comprobantes, y según las disposiciones de la Resolución N° 254/92.

 

ARTÍCULO 8°-. A través de la Contaduría, por cuerda separada se tramitará la solicitud de viáticos.

 

ARTÍCULO 9°.- Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal, y a sus efectos, intervengan Contaduría, Tesorería y el Departamento Marketing

 

REGISTRADO BAJO EL Nº 247

 

 

Mar del Plata, 31 de mayo de 2019

 

VISTO: la presentación efectuada por el Mg. Ing. Pedro O. Prado, Director del Grupo de Investigación en GeoTecnologías y Energía de la Facultad de Ingeniería de la UNMDP, mediante nota Nº 742/19, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en la misma solicita de declaración de interés turístico a la realización del CURSO Y WORKSHOP INTERNACIONAL Proyecto “UNMDP-UWPLAT International Exchange Project for Energy Efficiency Education”, los que se llevarán a cabo entre los días 4 y 7 de junio de 2019 en la Facultad de Ingeniería de la UNMDP, de nuestra ciudad.

 

Que se dictará un Curso denominado “Diseño y Gestión de Edificios Sostenibles”, a realizarse los días 4, 5 y 6 de junio de 2019, el que estará a cargo de un especialista y profesor de la Universidad de Wisconsin – Platteville de los Estados Unidos de Norteamérica.

 

Que asimismo, se realizará un Workshop denominado “1º Taller sobre Eficiencia Energética, Energías Renovables y Edificios Sostenibles”, a llevarse a cabo el próximo 7 de junio de 2019.

 

Que el objetivo de dicho Proyecto es incentivar a estudiantes de grado y de posgrado a desarrollar investigación, promover la interacción entre la universidad y la comunidad y generar movilidad internacional de estudiantes.

 

Que el Proyecto se encuadra en un programa bilateral de intercambio de estudiantes, los cuáles tendrán la oportunidad de trabajar colaborativamente en una propuesta de uso responsable y sustentable de la energía.

 

Que se brindarán conferencias y charlas técnicas a través de especialistas de Universidades y representantes de instituciones y empresas a nivel nacional.

 

Que participarán profesores, alumnos avanzados de distintas Universidades, profesionales independientes de otras instituciones y empresas de la región y del país.

 

Que este Ente Municipal de Turismo considera oportuno brindar su reconocimiento a acontecimientos de esta naturaleza, que contribuyen a afianzar la imagen de Mar del Plata como Sede de Reuniones.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Turístico a la realización en nuestra ciudad del CURSO Y WORKSHOP INTERNACIONAL Proyecto “UNMDP-UWPLAT International Exchange Project for Energy Efficiency Education”, los que se llevarán a cabo entre los días 4 y 7 de junio de 2019 en la Facultad de Ingeniería de la UNMDP, en mérito a lo expresado en el exordio de la presente.

 

ARTÍCULO 2º.- A través del Departamento de Asistencia al Turista, se adoptarán los recaudos pertinentes para incluir, al acontecimiento origen de las presentes actuaciones, en el Calendario de Actividades de este Ente Municipal de Turismo.

 

ARTÍCULO 3º.- La declaración de Interés Turístico a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los organizadores del cumplimiento de lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, para la utilización de los espacios en la vía pública, ni del pago de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.

 

ARTÍCULO 4º.- La entidad organizadora deberá contratar los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Turismo exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones necesarias para la cobertura de los servicios de emergencia médica.

 

ARTICULO 5°.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Ente Municipal de Turismo por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 118, 160, 200, 275, 278, 490, 833, 850, 852, 1040, 1042, 1376, 1749, 1751, 1785, 1786, 1788 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.

 

ARTÍCULO 6º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista y de Prensa.

 

REGISTRADO BAJO EL Nº 248

 

 

Mar del Plata, 04 de Junio de 2019

 

VISTO: la presentación efectuada por el Sr Alex Lossada Segura, mediante nota Nº 708/19, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en la misma solicita de declaración de interés turístico para la “CELEBRACION DEL DIA MUNDIAL DE LOS OCEANOS”, el que se llevará a cabo el día viernes 07 de Junio del corriente a las 14hs en la Sala Astor Piazzola del Teatro Auditorium, de nuestra ciudad.

 

Que el mencionado acto contará con un evento artístico- y con participaciones científicas de los últimos estudios y proyectos de investigación y conservación relacionados con nuestros océanos. Todas las presentaciones tendrán un tono didáctico y serán dirigidas al público escolar y familiar además del voluntariado ambiental relacionado al océano.

 

Que asimismo, el día sábado 08 de Junio del corriente a las 15hs se llevará a cabo una limpieza intensiva de la playa popular y en breve se llevará a cabo un día sin descartables para hacer participar a toda la ciudadanía en un cambio de hábito en pos del bienestar del océano .

 

Que este Ente Municipal de Turismo considera oportuno brindar su reconocimiento a acontecimientos de esta naturaleza, que contribuyen al cuidado de nuestra ciudad.

 

Por todo ello,

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Turístico a la realización en nuestra ciudad de la “CELEBRACION DEL DIA MUNDIAL DE LOS OCEANOS MA DEL PLTA 2019”, el  que se llevará a cabo el día viernes 07 de Junio del corriente a las 14hs en la Sala Astor Piazzola del Teatro Auditorium, en mérito a lo expresado en el exordio de la presente.

 

ARTÍCULO 2º.- A través del Departamento de Asistencia al Turista, se adoptarán los recaudos pertinentes para incluir, al acontecimiento origen de las presentes actuaciones, en el Calendario de Actividades de este Ente Municipal de Turismo.

 

ARTÍCULO 3º.- La declaración de Interés Turístico a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los organizadores del cumplimiento de lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, para la utilización de los espacios en la vía pública, ni del pago de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.

 

ARTÍCULO 4º.- La entidad organizadora deberá contratar los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Turismo exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones necesarias para la cobertura de los servicios de emergencia médica.

 

ARTICULO 5°.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Ente Municipal de Turismo por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 118, 160, 200, 275, 278, 490, 833, 850, 852, 1040, 1042, 1376, 1749, 1751, 1785, 1786, 1788 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.

 

ARTÍCULO 6º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista y de Prensa.

 

 

REGISTRADO BAJO EL Nº 249

 

 

Mar del Plata, 4 de junio de 2019.

 

VISTO: el pedido formulado por la Directora de Unidades Turísticas Fiscales, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que la referida dependencia cumple funciones de inspectoría en las playas, por lo que debido a la tarea de campo debe obligatoriamente trasladarse a distintos puntos del frente costero.

 

Que por lo tanto se considera procedente destinar en forma mensual la suma de: MIL PESOS ($ 1.000.-), con cargo de rendición de cuenta a cada uno de los agentes: Zubeldía Bund María Susana, Legajo Nº 33130 y López Germán Ignacio, Legajo Nº 33.129 de la Dirección de Unidades Turísticas Fiscales, lo que hace un monto total de PESOS DOS MIL ($2.000.-).

 

Que se ha dado intervención a la Contaduría, la que informa la imputación correspondiente al gasto.

 

Por todo ello,

 

 

LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

R E S U E L V E

 

ARTÍCULO 1º.- Asignar en forma mensual a cada uno de los agentes de la Dirección de Unidades Turísticas Fiscales, que se detallan: la suma de MIL PESOS  ($ 1.000.-) en concepto de eventuales, en mérito a lo expresado en el exordio.

 

AGENTE

LEGAJO

Maria Susana Zubeldia Bund

33.130

Germán Ignacio López

33129

 

ARTÍCULO 2°.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1º deberá imputarse a: Actividad Central 01 – Inc. 03 - Ppal 5 - P. Parcial 1, “Transporte”, del Presupuesto de Gastos Prorrogado para el 2019.

 

ARTÍCULO 3°.- Mensualmente los agentes mencionados en el artículo 1º de la presente resolución rendirán debida cuenta de los gastos efectuados, mediante la presentación de la impresión de la tarjeta SUBE.

 

ARTÍCULO 4° .- Registrar y comunicar por el Departamento de Administración y Personal.

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 250