Boletines/General Villegas
Ordenanza Nº 5790
General Villegas, 20/04/2017
VISTO:
El Expediente Nº 12564/16, iniciado por el Gerente de la Cooperativa de Provisión de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Piedritas Limitada, remitiendo la Adenda del Convenio de Cobro de Tasa Alumbrado Público Ley 10740 y Prestación de Servicio Público de Alumbrado correspondiente al año 2016, firmada entre las Cooperativas Eléctricas de las localidades de Emilio V. Bunge, Coronel Charlone, Cañada Seca, Santa Regina, Piedritas, Santa Eleodora, Villa Saboya, Villa Sauze y la Municipalidad de General Villegas; y
CONSIDERANDO:
Que el Convenio contempla el cobro a los usuarios y como compensación brinda el servicio de mantenimiento y reposición de luminarias, entre otros conceptos establecidos en el mismo.
Que la Adenda mencionada consistió en modificar los valores establecidos en el Anexo I, con vigencia a partir del 1 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2016.
Que corresponde elevarlo al Departamento Deliberativo a los efectos de convalidar la adenda señalada.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º Convalídase la Adenda del Convenio Cobro de Tasa Alumbrado Público Ley 10.740 y Prestación de Servicio Público de Alumbrado suscripto entre las Cooperativas Eléctricas de Emilio V. Bunge, Coronel Charlone, Cañada Seca, Santa Regina, Piedritas, Santa Eleodora, Villa Saboya, Villa Sauze y la Municipalidad de General Villegas, la cual como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas, cúmplase y archívese.