Boletines/General Villegas
Decreto Nº 704/17
General Villegas, 28/04/2017
Visto
El Expediente Nº 3238/17, iniciado por la Directora de la Escuela Nº 26 “Constancio C. Vigil”, Zona Rural, Campo Frías, Emilio V. Bunge, solicitando un subsidio con el objeto de cubrir gastos de mantenimiento y funcionamiento; y
Considerando
Que esta administración estima conveniente brindar el apoyo requerido.
Que la Contaduría Municipal informa la imputación del gasto a fojas 3.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase un subsidio de Pesos tres mil quinientos ($ 3.500,00) mensuales de marzo a diciembre de 2017, a la Escuela Nº 26 “Constancio C. Vigil” Zona Rural, Campo Frías; Emilio V. Bunge, destinado a solventar gastos de mantenimiento y funcionamiento.
ARTÍCULO SEGUNDO: Por Tesorería, previa intervención de Contaduría, líbrese el cheque por la suma y a la orden establecida en el Artículo Primero.
ARTÍCULO TERCERO: La entidad beneficiada, deberá rendir cuenta documentada de la inversión que realice, dentro de los treinta (30) días de recibido el mismo. La falta de cumplimiento constituye causa para privar a la misma del derecho a percibir nuevos beneficios, quedando expedita la vía para demandar el cumplimiento de tal formalidad, o en su defecto el reintegro de la suma otorgada (Artículo 131º y concordantes del Reglamento de Contabilidad).
ARTÍCULO CUARTO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:
Jurisdicción: |
Departamento Ejecutivo |
Subjurisdicción: |
Conducción Superior |
Programas o Actividades Centrales: |
79 - Subsidio a Entidades del Sector Público y Privado |
Unidad Ejecutora: |
Intendente Municipal |
Fuente de Financiamiento: |
132 |
Clase: |
5.1.7.0. |
Descripción de Clase: |
Transferencias a otras Instituciones Culturales y Sociales sin fines de lucro |
Programa y Actividad: |
79.00.00 |
Importe: |
$ 35.000,00 ($ 3.500,00 x mes) de marzo a diciembre de 2017. |
ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría y Tesorería; cúmplase y archívese.