Boletines/General Villegas
Decreto Nº 691/17
General Villegas, 28/04/2017
Visto
El Expediente N° 4983/17, iniciado por la Directora de Desarrollo Social de los Pueblos, elevando la nómina mensual de beneficiarios de “subsidios a indigentes” de la localidad de Coronel Charlone, destinado a apoyo económico para solventar gastos ocasionados por problemas de salud y el pago de alimentos, servicios básicos y alquiler, por un monto de Pesos veintiocho mil ($ 28.000), para su evaluación; y
Considerando
Que los subsidios a indigentes se hallan reglamentados por el Artículo 130 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades y el Decreto 28/1995 del Departamento Ejecutivo.
Que la Contaduría Municipal interviene a fojas 19.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase “subsidios a indigentes” por la suma total de Pesos veintiocho mil ($ 28.000), destinado a apoyo económico para solventar gastos ocasionados por problemas de salud y el pago de alimentos, servicios básicos y alquiler en la localidad de Coronel Charlone, conforme el siguiente detalle:
Apellido y Nombre |
D.N.I. |
Importe |
Abratti, Elva Isabel |
12.483.879 |
$ 4.000 |
Costamagna, Norma |
16.584.729 |
$ 6.000 |
Gauna, Luciana |
33.346.941 |
$ 6.000 |
Menocchio, Zulma |
26.983.820 |
$ 6.000 |
Picco, Irma |
10.095.297 |
$ 2.000 |
Torres, Evelina |
36.261.313 |
$ 4.000 |
ARTÍCULO SEGUNDO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:
Jurisdicción: |
Secretaría de Acción Social |
Fuente de Financiación: |
110 |
Inciso: |
5- Transferencias |
Partida Principal: |
1- Transferencia al Sector Privado para financiar gastos corriente |
Partida Subparcial: |
04- Ayuda Sociales a Personas |
Programa: |
62- Asistencia Social Directa |
Actividad Proy.: |
03- Subsidios Varios |
Importe: |
$ 28.000.- |
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Tesorería, Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Desarrollo Social y Dirección de Desarrollo Social de los Pueblos; cúmplase y archívese.