Boletines/General Villegas

Decreto Nº607/17

Decreto Nº 607/17

General Villegas, 20/04/2017

Visto

El Expediente Nº 210/17, iniciado por el Director de Conservación y Mantenimiento de Espacios Públicos, solicitando se evalúe la factibilidad de la baja del agente Ivan Guillermo Torres, Legajo Personal 2141, debido a la gran cantidad de sanciones con las que cuenta, en razon de inasistencias sin justificar y por no encontrarse en su lugar de trabajo; y

Considerando

Que a fojas 3 la Dirección de Recursos Humanos informa la situación de revista del agente, que registra distintas sanciones disciplinarias consistentes en, suspensión de 6 días sin goce de haberes por Resolución Nº 86/15 y suspensión de 15 días por Resolución Nº 367/15.

Que las reiteradas inasistencias impiden o dificultan el normal funcionamiento del ámbito laboral y la administración sin evaluar culpabilidades, debe velar por el armónico y pacífico desarrollo de las actividades a su cargo, las que implícitamente significan el correcto desenvolvimiento de las personas bajo su dependencia.

Que las inasistencias injustificadas durante el año 2016 ascendieron a 40 días, sin hacer referencia a los años anteriores, conforme situación de revista que consta a fojas 3.

Que corresponde poner coto a dichas situaciones como en análisis que implican una forma de alterar el equilibrio del desarrollo de las tareas normales, habituales y esenciales del Municipio y preservar la correcta asignación de los recursos municipales, emitiendo el correspondiente acto administrativo.

Que analizadas las manifestaciones vertidas por el Director del área, la Dirección de Asuntos Jurídicos estima acreditado que el comportamiento del Sr. Torres encuadra en las causales de expulsión del artículo 69 de la Ordenanza Nº 5647.

Que el artículo 65 inc. a, determina que es obligación del agente prestar servicios en forma regular en el horario estipulado por la administración municipal.

Que presentarse en el lugar y horario de trabajos designado por la administración, constituye la principal obligación a cargo del agente el cual recibe como contraprestación un pago en dinero.

Que es deber del Departamento Ejecutivo velar por el cumplimiento de las ordenanzas y normas, cuidando no generar situaciones de inequidad entre los agentes.

Que asimismo, es obligación del Departamento Ejecutivo, tener un control de los recursos y bienes municipales con el fin de optimizar la prestación de servicios y eludir los perjuicios que los incumplimientos podrían acarrear a la administración.

Que conforme el Capítulo del régimen Disciplinario de la Oredenanza 5647, establece las causales y el procedimiento sancionatorio para aquellos agentes que incumplan con sus obligaciones o infrinjan las reglas que rigen la actividad.

Que el artículo 72 del ordenamiento antes mencionado, estipula que resulta necesario utilizar el procedimiento de sumario previo cuando la suspensión supere el término de 10 días.

Que de los antecedentes agregados a las presentes actuaciones surge prima facie que se superaría dicho límite.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos sugiere se inicie la sustanciación del correspondiente sumario administrativo al agente Iván Guillermo Torres, Legajo Personal Nº 2141 y se lo suspenda con carácter preventivo por el término de treinta (30) días sin goce de sueldo; de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 72 y 81 de la Ordenanza Nº 5647 de Régimen de Empleo Público para el Personal de la Municipalidad de General Villegas.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Instrúyase sumario administrativo al agente Iván Guillermo Torres, Legajo Personal Nº 2141, por las razones invocadas ut supra.

ARTÍCULO SEGUNDO: Desígnese al Director de Asuntos Jurídicos, Dr. Gustavo Marcelo Montiel, para instruir el sumario ordenado en el Artículo Primero.

ARTÍCULO TERCERO: Suspéndase preventivamente al agente Iván Guillermo Torres, Legajo Personal Nº 2141, por el término de treinta (30) días sin goce de haberes, a partir del día 8 de mayo de 2017, por las razones expuestas precedentemente.

ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Dirección de Recursos Humanos, Departamento Personal, Contaduría, Tesorería, Secretaría de Hacienda y Finanzas, Dirección de Conservación y Mantenimiento de Espacios Públicos y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.