Boletines/General Villegas

Decreto Nº599/17

Decreto Nº 599/17

General Villegas, 20/04/2017

Visto

El Expediente Nº 6560/14, correspondiente al trámite de cambio de unidad de un vehículo, inscripto a nombre de Rodolfo Ismael Rodríguez, dedicado a la explotación del rubro “Remis”, desde el 4 de septiembre de 2014, declarando no poseer chofer; y

Considerando

Que por Resolución Nº 677/13, se registró la habilitación anual provisoria de la unidad anterior, correspondiente al Contribuyente      Nº 21056 (fojas 13).

Que por Expediente Nº 6560/14 Alcance 1, agregado a fojas 29, se informa la baja del vehículo, a partir del día 11 de septiembre de 2016.

Que mediante el Acta de Constatación Nº 5479, se verifica que el mismo dejó de funcionar como remis (fojas 32).

Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 37, informando que el contribuyente registra deuda en concepto de “Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene”

Que según las constancias obrantes en el Expediente, resulta de aplicación el Artículo 15º de la Ordenanza Nº 4362; permitiendo dar una solución que actualice los Registros Municipales.

Que División Comercio e Inspección, eleva el proyecto de decreto, a fojas 38 y 39.

Que a fojas 41 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.        

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese desde el 4 de septiembre de 2014, el cambio de unidad, del Contribuyente Nº 21056, inscripto a nombre de RODOLFO ISMAEL RODRIGUEZ, DNI Nº 21.501.390, dedicado a la explotación del rubro “REMIS”, Codificador de Rentas Nº 71100-01, con domicilio comercial en calle Rivadavia Nº 867 y particular en Las Casuarinas Nº 180, ambos de esta ciudad, no contando con empleados en relación de dependencia, cuyos datos son los siguientes:

Vehículo tipo: RURAL 5 PUERTAS

Marca: VOLKSWAGEN

Dominio: ILG788

Modelo: GOL COUNTRY 1.6 –  Año 2009

Motor Nº UNF620894

Chasis Nº 9BWDB05W1AP033127

ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese la baja provisoria del vehículo cuyos datos se enuncian en el artículo anterior, a partir del día 11 de septiembre de 2016, registrado como Contribuyente Nº 21056 - Rodolfo Ismael Rodríguez; atento lo establecido por la legislación vigente y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 6560/14.

ARTÍCULO TERCERO: Reclámese la deuda que mantiene con la Comuna, en concepto de “Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene”, relacionado con la actividad comercial que desarrolló hasta la fecha de baja, y requiérase la cumplimentación de todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, a los efectos de otorgar la baja definitiva del contribuyente mencionado en los Artículos Primero y Segundo.

ARTÍCULO CUARTO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Seguridad, División Centro de Cómputos, División Comercio e Inspección, Dirección de Rentas, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.