Boletines/General Villegas

Decreto Nº593/17

Decreto Nº 593/17

General Villegas, 19/04/2017

Visto

El Expediente N° 4462/17, iniciado por la Directora de Desarrollo Social Local, elevando la nómina de beneficiarios de “subsidios a indigentes”, destinado a solventar el pago de energía eléctrica, por la suma de Pesos dos mil quinientos sesenta ($ 2.560), para su evaluación; y

Considerando

Que los subsidios a indigentes se hallan reglamentados por el Artículo 130 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades y el Decreto 28/1995 del Departamento Ejecutivo.

Que la Contaduría Municipal interviene a fojas 42.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase “subsidios a indigentes” por la suma total de Pesos dos mil quinientos sesenta ($ 2.560), destinado a solventar el pago de energía eléctrica, conforme el siguiente detalle:

Apellido y Nombre

D.N.I

Importe

Echegaray, Romina

34.778.694

$ 180

Almeira, María Marta

28.300.706

$ 160

Rosales, Tamara

39.116.096

$ 420

López, Eva

22.711.761

$ 200

Ruíz, Stella Maris

35.102.520

$ 160

Orozco, Raquel

24.099.041

$ 500

Gal, Marta

23.218.856

$ 320

Sosa, Fabricia

27.651.347

$ 260

González, Flavia

22.540.527

$ 110

Bai, Roxana

22.124.596

$ 250

ARTÍCULO SEGUNDO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:

Jurisdicción:

Sec. de Acción Social

Fuente de Financiación:

110- Tesoro Municipal

Inciso:

05- Transferencias

Prog. o Act. Centrales:

01-Transferencias al Sector Privado para financiar gastos

Partida Subparcial:

04- Ayuda Sociales a Personas

Programa:

62- Acción Social Directa

Act. Proy.:

03- Subsidios Varios

Monto:

$ 2.560

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Tesorería, Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Desarrollo Social y Dirección de Desarrollo Social Local; cúmplase y archívese.