Boletines/General Villegas

Resolución Nº365/17

Resolución Nº 365/17

General Villegas, 25/04/2017

Visto

El Expediente Nº 6543/16, iniciado por la Jefa de División Comercio e Inspección, a los fines de tramitar la baja del contribuyente Juan Andrés Farías, correspondiente a un comercio dedicado a la explotación de los rubros “Despensa y Mercado”, con fecha de alta 3 de abril de 1967, registrado como Contribuyente Nº 1188; y

Considerando

Que mediante Acta de Constatación Nº 5298, realizada el 1 de julio de 2016, surge que en calle Ithurbide esquina Rossi de esta ciudad no funciona ningún comercio rubro “Despensa y Mercado” (fojas 5).

Que la Directora de Edificios Públicos interviene a fojas 7, suministrando los datos del inmueble.

Que el Departamento de Rentas agrega constancia de baja de los Ingresos Brutos, con fecha 13 de noviembre de 2014, para acreditar el cese de actividades e informando que el contribuyente no registra deuda (fojas 9 y 13).

Que la Ordenanza Nº 1970/85, faculta al Departamento Ejecutivo a dar de baja a comercios pertenecientes a sociedades disueltas o cuyos propietarios se hayan ausentado, desconociéndose su actual domicilio.

Que División Comercio e Inspección aduna anteproyecto de resolución registrando la baja del comercio a partir del día 13 de noviembre de 2014 (fojas 14 y 15).

Que a fojas 17 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

 Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 13 de noviembre de 2014, del comercio perteneciente al señor Juan Andrés Farías, Contribuyente Nº 1188, habilitado con los rubros “Despensa y Mercado”, Codificador de Rentas Nº 62100-04, con domicilio comercial en calle Ithurbide Nº 86 de esta ciudad, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 1b, Parcela 9, sin empleados en relación de dependencia; atento lo establecido por la legislación vigente y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 6543/16.

ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretarías de Seguridad y de Comercio e Inspección General, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.