Boletines/General Villegas

Decreto Nº557/17

Decreto Nº 557/17

General Villegas, 12/04/2017

Visto

El Expediente Nº 7338/16, mediante el cual se tramitó la Licitación Privada Nº 26/16 destinada a la “Adquisición y colocación de carpintería de aluminio prepintado línea A30” para la obra “Gimnasio Escuela Nº 6 Banderaló”; y

Considerando

Que el Secretario de Obras y Servicios a fojas 133, informa que se procedió a dar conformidad al Acta de Recepción Provisoria de los trabajos pertenecientes a la licitación mencionada, con fecha 16 de febrero de 2017 y que debería procederse a la devolución del dinero en efectivo retenido en concepto de Fondo de Reparo en garantía, al señor Alejandro Hernán Gómez.

Que de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Legales Generales del Pliego de Bases y Condiciones de la licitación, se deberá proceder conforme a lo solicitado.

Que la Contaduría Municipal informó la imputación a fojas 136.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Dése por recibida provisoriamente la totalidad de los trabajos correspondientes a la Licitación Privada Nº 26/16 destinada a la “Adquisición y colocación de carpintería de aluminio prepintado línea A30” para la obra “Gimnasio Escuela Nº 6 Banderaló”, según Acta del día 16 de febrero de 2017, firmada entre la Municipalidad de General Villegas y el señor Alejandro Hernán Gómez, conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 7338/16.

ARTÍCULO SEGUNDO: Devuélvase al señor Alejandro Hernán Gómez, el dinero en efectivo retenido en concepto de Fondo de Reparo en garantía, conforme lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, según el siguiente detalle:

  • Certificado de Obra Nº 1 - $ 22.067,81.-
  • Certificado de Obra Nº 2 - $ 12.476,02.-
  • Certificado de Obra Nº 3 - $ 5.948,16.-

ARTÍCULO TERCERO: La devolución mencionada en el Artículo Segundo, deberá ser imputada con cargo a la siguiente Partida:

71001 – Depósitos en Garantía

ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Obras y Servicios Públicos, Contaduría, Tesorería y Compras; cúmplase y archívese.