Boletines/General Villegas
Decreto Nº 545/17
General Villegas, 11/04/2017
Visto
El Expediente Nº 3803/17, iniciado por la Comisión Directiva del Club Atlético y Social Cañada Seca, solicitando autorización para poner en circulación un bono contribución dentro del ámbito del Partido de General Villegas; y
Considerando
Que la entidad presenta la documentación exigida en el Anexo I del Decreto Nº 130/94, Reglamentario de la Ordenanza Nº 2781/93.
Que el producido será destinado a realizar remodelaciones en la sede social y obras en el campo de deportes.
Que la Dirección de Rentas a fojas 7, comunica que no registra deuda en concepto de “Fondo Municipal Benéfico de Rifas”.
Que la Contaduría Municipal informa la imputación correspondiente a fojas 9.
Que resulta pertinente conceder la autorización requerida.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Autorízase a la Comisión Directiva del Club Atlético y Social Cañada Seca, a poner en circulación un bono contribución dentro del ámbito de este Partido, cuyo producido se destinará a realizar remodelaciones en la sede social y obras en el campo de deportes.
ARTÍCULO SEGUNDO: El mencionado bono constará de doscientas (200) boletas con cinco (5) números cada una, de un valor de Pesos dos mil ($ 2.000), cuyo pago puede realizarse al contado o en diez (10) cuotas mensuales de Pesos doscientos ($ 200) cada una.
ARTÍCULO TERCERO: Los premios mensuales constarán de diez (10) ordenes de compras de $ 2.000 (dos mil) cada una en comercios locales, a partir del mes de abril de 2017, ha sortearse por Quiniela Nacional Nocturna el último día de cada mes correspondiente.
ARTÍCULO CUARTO: El sorteo final será el día 10 de marzo de 2018, el que se realizará ante Escribano Público en la sede social, según el siguiente detalle:
1º Premio: 1 Orden de compra $ 100.000.-
2º Premio: 1 Orden de compra $ 30.000.-
3º Premio: 1 Orden de compra $ 20.000.-
4º Premio: 1 Orden de compra $ 10.000.-
5º Premio: 1 Orden de compra $ 10.000.-
6º Premio: 1 Orden de compra $ 10.000.-
7º Premio: 1 Orden de compra $ 10.000.-
8º Premio: 1 Orden de compra $ 10.000.-
9º Premio: 1 Orden de compra $ 10.000.-
10º Premio: 1 Orden de compra $ 10.000.-
ARTÍCULO QUINTO: El producido del 5% (cinco por ciento), que podrá efectivizar la entidad hasta el día del sorteo, ingresará al siguiente rubro:
1290300 FONDO MUNICIPAL DE RIFA $ 20.000,00.-
ARTÍCULO SEXTO: Los miembros de la Comisión Directiva del Club Atlético y Social Cañada Seca, declaran bajo juramento, que conocen y aceptan todos los términos del Decreto Ley Nº 9403/79, Ley Nº 11349, Ordenanza Nº 2781/93 y Decreto Reglamentario.
ARTÍCULO SEPTIMO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Hacienda y Finanzas, Contaduría, Tesorería y Dirección de Rentas; cúmplase y archívese.