Boletines/General Villegas

Decreto Nº524/17

Decreto Nº 524/17

General Villegas, 10/04/2017

Visto

El Expediente N° 4121/17, iniciado por la Directora de Desarrollo Social Local, solicitando se otorgue un “subsidio indigente” al Rotary Club de General Villegas, destinado a solventar gastos de alquiler de elementos ortopédicos a personas carentes de recursos, por la suma de Pesos tres mil doscientos ($ 3.200), para su evaluación; y

Considerando

Que los subsidios a indigentes se hallan reglamentados por el Artículo 130 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades y el Decreto 28/1995 del Departamento Ejecutivo.

Que la Contaduría Municipal interviene a fojas 26.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Otorgase “subsidio a indigente” al Rotary Club de General Villegas, por la suma de Pesos tres mil doscientos ($ 3.200), destinado a solventar gastos de alquiler de elementos ortopédicos a las personas carentes de recursos que se detallan a continuación:

Apellido y Nombre

D.N.I

Importe

Baez, Rosa

16.643.620

$ 300

Bustamante, Ermenegilda

  4.387.523

$ 350

Castro, Graciela

28.300.807

$ 700

Lemos, Edgar

22.711.728

$ 300

Fernández, Eugenio

  4.732.873

$150

Gimenez, Erica

1.752.461

$ 450

Ledesma, Mariana

33.423.527

$ 300

Moreira, Domiciano

10.363.212

$ 300

Ramos, Patricia

37.761.725

$ 350

 

Total:

$ 3.200

ARTÍCULO SEGUNDO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:

Jurisdicción:

Secretaría de Acción Social

Fuente de Financiamiento:

110

Inciso:

5- Transferencias

Partida Principal:

1- Transferencia al Sector Privado para financiar gastos corriente

Partida Subparcial:

04- Ayudas Sociales a Personas

Programa:

62- Asistencia Social Directa

Actividad Proy.:

03- Subsidios Varios

Importe:

$ 3.200.-

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Tesorería y Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Desarrollo Social y Dirección de Desarrollo Social Local; cúmplase y archívese.