Boletines/General Villegas

Resolución Nº330/17

Resolución Nº 330/17

General Villegas, 18/04/2017

Visto

El Expediente Nº 215/17 Alcance 1, iniciado por la señora Estefanía Soledad Flores, solicitando la habilitación municipal de un comercio dedicado a la explotación de los rubros “Mercería, Hilados y Tejidos”, desde el día 6 de enero de 2017; y

Considerando

Que por Acta de Inspección Nº 4843 y Censo de Comercio e Industria Nº 4718, la titular declara no contar con empleados en relación de dependencia (fojas 26 y 27).

Que Departamento Catastro, informa que se ratifican los datos catastrales y número domiciliario de acuerdo a la planilla adjuntada a fojas 4, contando con plano de Obra aprobado, a fojas 29 y 30.

Que Secretaría de Comercio e Inspección General a fojas 36, solicita se otorgue la habilitación del comercio.

Que a fojas 39 la Dirección de Rentas, informa que la solicitante no posee inmuebles ni otra actividad comercial inscripta a su nombre en este partido.

Que a fojas 43 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Que por Acta de Inspección Nº 4843 y Censo de Comercio e Industria Nº 4718, la titular declara no contar con empleados en relación de dependencia (fojas 26 y 27).

Que Departamento Catastro, informa que se ratifican los datos catastrales y número domiciliario de acuerdo a la planilla adjuntada a fojas 4, contando con plano de Obra aprobado, a fojas 29 y 30.

Que Secretaría de Comercio e Inspección General a fojas 36, solicita se otorgue la habilitación del comercio.

Que a fojas 39 la Dirección de Rentas, informa que la solicitante no posee inmuebles ni otra actividad comercial inscripta a su nombre en este partido.

Que a fojas 43 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la habilitación de un comercio dedicado a la explotación de los rubros “Mercería, Hilados y Tejidos”, denominación comercial “Sendero de Artesanos” de la señora Estefanía Soledad Flores, DNI Nº 34.674.490, Codificadores de Rentas Nº 62200-02 y 62200-01, fecha de apertura 6 de enero de 2017, NIS Nº 1605852-05 - T1G – Servicios Generales, declarando no contar con empleados en relación de dependencia, en el local comercial sito en calle Alvear Nº 541 de esta ciudad, individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 42, Parcela 11d.

ARTÍCULO SEGUNDO: Déjase constancia que devengará automáticamente la obligación del contribuyente de abonar la “Tasa por Alumbrado Público”, correspondiente al período transcurrido entre la fecha de apertura y el primer cobro efectivo de la misma.

ARTÍCULO TERCERO: La habilitación concedida en el Artículo Primero queda supeditada al cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa vigente ya sean nacional, provincial y/o municipal.

ARTÍCULO CUARTO: Hágase saber que es obligación del contribuyente comunicar al Municipio cualquier cambio de la situación dentro de los treinta (30) días, caso contrario quedará sin efecto la presente habilitación.

ARTÍCULO QUINTO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO SEXTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de División Centro de Cómputos, Secretaría de Comercio e Inspección General, Secretaría de Seguridad, División de Comercio e Inspección, Dirección de Rentas, Contaduría, Compras, Procesamiento de la Recaudación y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.